Gaceta del Congreso del 18-09-2018 - Número 723CCPL (Contenido completo) - 18 de Septiembre de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 745432493

Gaceta del Congreso del 18-09-2018 - Número 723CCPL (Contenido completo)

Fecha de publicación18 Septiembre 2018
Número de Gaceta723
LEYES SANCIONADAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVII - Nº 723 Bogotá, D. C., martes, 18 de septiembre de 2018 EDICIÓN DE 25 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l c o n G r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene como
objeto otorgar las herramientas necesarias al
Ministerio de Educación Nacional, al departamento
de Casanare y a la Asamblea Departamental del
Casanare, para transformar la N at u raleza, Carácter
Académico y Régimen Jurídico de la Fundación
Universitaria Internacional del Trópico Americano.
Artículo 2°. Solo para los efectos de esta
ley. A iniciativa del Gobernador autorícese a
la Asamblea del Departamento de Casanare
a ocializar e incorporar en la estructura
administrativa del Departamento a la Fundación
Universitaria Internacional del Trópico
Americano, previa renuncia o donación al
Departamento de los derechos sobre los aportes,
cuotas sociales o bienes a nombre de entidades
públicas y particulares dentro del patrimonio
de la Fundación Universitaria Internacional
del Trópico Americano si así lo establecen sus
estatutos internos. La institución de educación
superior ocializada mediante Ordenanza
quedará organizada como una Universidad
Pública de orden departamental con sujeción a
las particularidades de la Ley 30 de 1992, sin
necesidad de disolución.
Parágrafo 1°. Una vez se expida la ordenanza
que incorpore en la estructura administrativa
del departamento a la Fundación Universitaria
Internacional del Trópico Americano, el
nombre de esta será cambiado por Universidad
Internacional del Trópico Americano, conforme
a su nueva naturaleza jurídica y utilizará la sigla
Unitrópico igualmente para identicarse.
Parágrafo 2°. Autorícese al Ministerio de
Educación Nacional, a la Gobernación y a la
Asamblea Departamental de Casanare, para
adelantar y gestionar los trámites que corresponda
en aras de garantizar que todos los bienes muebles
e inmuebles que se encuentren bajo la tutela y
uso de la Fundación Universitaria Internacional
del Trópico Americano (Unitrópico) a la
promulgación de la presente ley, pasen a ser
propiedad de la Universidad Internacional del
Trópico Americano (Unitrópico).
Artículo 3°. La nueva entidad ocial de
orden departamental Universidad Internacional
del Trópico Americano, sustituirá en todo a
la Fundación Universitaria Internacional del
Trópico Americano, esto es en tanto sus derechos
como en sus obligaciones.
Artículo 4°. Una vez la Asamblea
Departamental de Casanare expida la Ordenanza
de incorporación a la estructura administrativa
(septiembre 6)
por la cual se establece la naturaleza y régimen jurídico de la Fundación Universitaria
Internacional del Trópico Americano.
Página 2 Martes, 18 de septiembre de 2018 Gaceta del conGreso 723
de la institución, autorícese al Ministerio de
Educación Nacional para que se incluya en la
lista de instituciones de educación superior
ocialmente reconocidas a la Universidad
Internacional del Trópico Americano
(Unitrópico), en un plazo máximo de seis (6)
meses.
Artículo 5°. Con el n de evitar situaciones
que afecten las expectativas legítimas de
los estudiantes, el Ministerio de Educación
Nacional conforme al artículo 10, numeral 6, de
la Ley 1740 de 2014; transferirá los registros I
calicados y demás documentos y actuaciones
administrativas concomitantes de la Fundación
Universitaria Internacional del Trópico
Americano a la Universidad Internacional del
Trópico Americano.
Artículo 6°. Una vez la Fundación
Universitaria Internacional del Trópico
Americano sea organizada como Universidad
Pública del orden departamental, presentará
directamente proyectos de formación y
capacitación cientíca al Fondo de Ciencia,
Tecnología e Innovación del Sistema General
de Regalías, conforme a los requisitos generales
expedidos por La Comisión Rectora del Sistema
General de Regalías. Los proyectos beneciarán
a docentes de planta, estudiantes y egresados de
la institución.
Artículo 7°. La presente ley rige a partir de la
fecha de su promulgación.
El Presidente del Honorable Senado de la
República,
Ernesto Macías Tovar.
El Secretario General del Honorable Senado
de la República,
Gregorio Eljach Pacheco.
El Presidente de la Honorable Cámara de
Representantes,
Alejandro Carlos Chacón Camargo.
El Secretario General de la Honorable
Cámara de Representantes,
Jorge Humberto Mantilla Serrano.
REPÚBLICA DE COLOMBIA
GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
En cumplimiento de lo dispuesto en la
proferida por la Honorable Corte Constitucional,
se procede a la sanción del proyecto de ley, toda
vez que dicha Corporación ordena la remisión
del expediente al Congreso de la República,
para continuar el trámite de rigor y su posterior
envío al Presidente de la República para efecto
de la correspondiente sanción.
Dada en Bogotá, D. C., a 6 de septiembre de
2018.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministro del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
La Ministra de Educación Nacional,
María Victoria Angulo González.
ACTAS DE COMISIÓN
COMISIÓN QUINTA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE
CÁMARA DE REPRESENTANTES
INFORME SOBRE PRESUPUESTO
PARA LOS SECTORES DE AMBIENTE,
MINAS Y ENERGÍA Y AGRICULTURA
AÑO 2019
El artículo 4° de la Ley 3ª de 1992,
establece la obligación que Dentro de los
veinte (20) días siguientes a la presentación
de los proyectos de presupuestos, de rentas y
apropiaciones, plan nacional de desarrollo y
plan de inversiones, cada comisión rendirá
informes y recomendaciones sobre los temas de
su conocimiento a las Comisiones Económicas
Tercera y Cuarta”.
En cumplimiento de la disposición anterior,
mediante proposición aprobada por la Comisión
5 de la Cámara, se realizó las citaciones a los
Señores Ministros, de Agricultura y Desarrollo
Rural, Minas y Energía y Medio Ambiente y
Desarrollo Sostenible.
La Comisión Quinta de la Cámara escuchó
a cada uno de los Ministros en sesiones
desarrolladas así:
1. Martes 21 de agosto de 2018, sesión con
el señor Ministro de Ambiente y Desa-
rrollo Sostenible, doctor Ricardo Loza-
no.
2. Miércoles 22 de agosto de 2018, sesión
con la señora Ministra de Minas y Ener-
gía, Dra. María Fernanda Suárez.
3. Martes 28 de agosto de 2018 sesión con
el señor Ministro de Agricultura y Desa-
rrollo Rural doctor Andrés Valencia.
Mediante Resolución MD número 001
de 2018, la Mesa Directiva de la Comisión

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