Gaceta del Congreso del 19-02-2019 - Número 72AC (Contenido completo) - 19 de Febrero de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 768595305

Gaceta del Congreso del 19-02-2019 - Número 72AC (Contenido completo)

Fecha de publicación19 Febrero 2019
Número de Gaceta72
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 72 Bogotá, D. C., martes, 19 de febrero de 2019 EDICIÓN DE 28 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
               
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN QUINTA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE
ACTA NÚMERO 015 DE 2018
(noviembre 13)
Legislatura 2018-2019
Segundo Periodo
En la ciudad de Bogotá, D. C., a los trece (13)
días del mes de noviembre de dos mil dieciocho
(2018), previa convocatoria de la Mesa Directiva,
se reunieron en el recinto de la Comisión Quinta de
Senado de la República, los honorables Senadores
miembros de la misma.
-Asume la presidencia de la Comisión el
honorable Senador Dídier Lobo Chinchilla,
Vicepresidente:
Senadores y miembros del Gobierno que nos
acompañan en el día de hoy, vamos a iniciar la
sesión correspondiente al día de hoy, “debate
de control político sobre las implicaciones de
los Decretos 1500 del 2007 y 2270 del 2012, en
materia de inocuidad y sanidad en el proceso de
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para el consumo de productos cárnicos en razón
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las entidades territoriales de categoría 4, 5 y 6,
el consecuente deterioro de la higiene y calidad
nutricional de los alimentos básicos de proteína
animal en la dieta de los colombianos”.
Citados: el doctor Andrés Valencia Pinzón,
Ministro de Agricultura y Desarrollo; la doctora
Deyanira Barreto León, Gerente del ICA, y
el doctor Julio César Aldana Bula, que nos
acompaña, Director General del Invima.
Citante: la honorable Senadora Maritza
Martínez Aristizábal.
Acto seguido solicita a la señora Secretaria
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
-La doctora Delcy Hoyos Abad, Secretaria de
la Comisión, realiza el llamado, registrándose
la presencia de los siguientes senadores:
Barreto Castillo Miguel Ángel
García Burgos Nora María
Lobo Chinchilla Dídier
Martínez Aristizábal Maritza
Mejía Mejía Carlos Felipe
Pacheco Cuello Eduardo Emilio
Robledo Castillo Jorge Enrique
Torres Victoria Pablo Catatumbo.
-Informa la señora Secretaria que se
encuentran presentes ocho (8) honorables
Senadores y se ha constituido quórum para
decidir.
-En el transcurso de la sesión se hicieron
presentes los Senadores:
Corrales Escobar Alejandro
García Realpe Guillermo
Londoño Ulloa Jorge Eduardo
Name Cardozo José David
Ortiz Nova Sandra Liliana.
-Con excusa que a continuación se
transcribe, deja de asistir la Senadora Daira de
Jesús Galvis Méndez:
Bogotá, 13 de noviembre de 2018
Página 2 Martes, 19 de febrero de 2019 G 72
Doctora
DELCY HOYOS ABAD
Secretaria General Comisión V.
Senado de la República
E. S. D.
Referencia: Excusa por inasistencia
Cordial Saludo
Presento excusa médica por la inasistencia de
la Senadora Daira Galvis Méndez a la sesión de la
Comisión V de Senado, desarrollada hoy martes
13 de noviembre del año en curso.
Se anexa incapacidad médica.
Agradeciéndole de antemano la atención
prestada.
Atentamente,
Stefanía Pupo Benito.
UTL. Senadora Daira de Jesús Galvis Méndez.
-Siendo las 10:19 a. m., el señor presidente da
inicio a la sesión y dispone que se dé lectura al
orden del día propuesto para la fecha.
ORDEN DEL DÍA
Fecha de sesión: martes 13 de noviembre de
2018
Lugar: recinto de la Comisión
Hora de citación: 9:30 a. m.
I
Llamado a lista y vericación de quórum
II
Discusión y aprobación del Orden del Día
III
Debate de control político sobre las
implicaciones de los Decretos 1500 de 2007
y 2270 de 2012 en materia de inocuidad y
sanidad en el proceso de sacricio, desposte,
desprese y disposición nal para el consumo
de productos cárnicos, en razón al cierre
de las plantas de benecio animal de las
entidades territoriales de categoría 4, 5 y
6 y, el consecuente deterioro de la higiene
y calidad nutricional de los alimentos
básicos de proteína animal en la dieta de los
colombianos.
Citados: Ministros de Agricultura y
Desarrollo Rural, doctor Andrés Valencia
Pinzón.
Gerente General del ICA, doctora Deyanira
Barrero León.
Director General del Invima, doctor Julio
César Aldana Bula.
Citante: Honorable Senadora Maritza
Martínez Aristizábal.
Proposición número 22 de 2018
Cítense a los Ministros de Agricultura y
Desarrollo Rural, doctor Andrés Valencia Pinzón;
a la Gerente General del ICA, Doctora Deyanira
Barrero León, y al Director General del Invima,
doctor Javier Humberto Guzmán Cruz, a un
debate de control político sobre las implicaciones
de los Decretos 1500 de 2007 y 2270 de 2012 en
materia de inocuidad y sanidad en el proceso de
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para el consumo de productos cárnicos, en razón
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las entidades territoriales de categoría 4, 5 y 6 y,
el consecuente deterioro de la higiene y calidad
nutricional de los alimentos básicos de proteína
animal en la dieta de los colombianos.
Cuestionario para el Ministro de
Agricultura y Desarrollo Rural
1. ¿Cuál es la diferencia entre el Plan
Gradual de Cumplimiento PGC y el
Plan de Racionalización de Plantas de

administrativo que los sustenta, los plazos
actuales vigentes para su plena adopción o
entrada en vigencia, la entidad que los debe
formular y el objetivo a alcanzar con dicho
instrumento.
2. Relacione todos los aplazamientos que se han
dado para la plena entrada en vigencia de las
disposiciones contempladas en los Decretos
1500 de 2007 y 2270 de 2012, indicando el
acto administrativo que lo sustenta. Señale
el último plazo contemplado para la plena

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