Gaceta del Congreso del 20-05-2016 - Número 303CC (Contenido completo) - 20 de Mayo de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766706645

Gaceta del Congreso del 20-05-2016 - Número 303CC (Contenido completo)

Fecha de publicación20 Mayo 2016
Número de Gaceta303
CARTAS DE COMENTARIOS
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 303 Bogotá, D. C., viernes, 20 de mayo de 2016 EDICIÓN DE 18 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
* ൺ ർ ൾ ඍ ൺ ൽ ൾ අ & ඈ ඇ ඀ උ ൾ ඌ ඈ
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
CARTA DE COMENTARIOS DEL MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DEL DERECHO AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 202 DE 2016
CÁMARA (MATERNIDAD SUBROGADA)
por medio de la cual se prohíbe la práctica de
la maternidad subrogada al ser una categoría de
WUDWDGHSHUVRQDV\H[SORWDFLyQGHODPXMHUFRQ¿QHV
reproductivos.
Bogotá, D. C., lunes 16 de mayo de 2016
Doctor
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
Secretario General
Cámara de Representantes
Carrera 7 No. 8-68
Ciudad.
Asunto: Concepto Consejo Superior de Política
Criminal - Proyecto de ley número 202 de 2016 Cáma-
ra (maternidad subrogada).
Respetado doctor Mantilla:
De manera atenta, me permito remitirle el Concepto
del Proyecto de ley 202 de 2016 Cámara, por medio de
la cual se prohíbe la práctica de la maternidad subro-
gada al ser una categoría de trata de personas y explo-
WDFLyQGHODPXMHUFRQ¿QHVUHSURGXFWLYRV(maternidad
subrogada), emitido el 13 de mayo de 2016 por parte
del Consejo Superior de Política Criminal.
De igual manera, agradezco circular el respectivo
concepto a los autores, ponentes y Congresistas inte-
grantes de la célula respectiva en la que se encuentra
HOSUR\HFWR GHOH\ SDUDVX FRQRFLPLHQWR\ ¿QHVSHUWL-
nentes.
Cordialmente,
CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA
CRIMINAL
ESTUDIO DEL CONSEJO SUPERIOR DE
POLÍTICA CRIMINAL AL PROYECTO DE LEY
202 DE 2016 CÁMARA
por medio de la cual se prohíbe la práctica de la
maternidad subrogada al ser una categoría de trata
de personas y explotación de la PXMHUFRQ¿QHVUHSUR-
ductivos.
(Maternidad Subrogada)
PROYECTO DE LEY 202 DE 2016 CÁMARA
Autores Senadora María del Rosario Guerra.
Representante Santiago Valencia
González.
Fecha de radi-
cación
Marzo 9 de 2016.
Estado actual Tránsito a Comisión.
Referencia Concepto número 16.06
El estudio de este proyecto se realiza con base en el
texto publicado en la Gaceta del Congreso número 86
de 2016.
1. Objeto, contenido y alcance del proyecto de ley
El proyecto de ley consta de cinco artículos, y tiene
por objeto “prohibir la práctica de la maternidad subro-
JDGDHQ &RORPELDHVWR FRQHO ¿QGH SURWHJHU ORVGH-
rechos a la dignidad, intimidad, igualdad, autonomía,
procreación y salud de la mujer, así como el derecho a
la vida y al de conformar una familia de quien está por
nacer” (artículo 1º).
La maternidad subrogada, objeto de regulación de
la propuesta normativa a través de su penalización, se
GH¿QHHQ HO DUWLFXODGR FRPR ³OD FRQWUDWDFLyQ GH XQD
mujer para gestar un bebé, entregarlo a los solicitantes
y renunciar a todos los derechos sobre el recién nacido”
(artículo 2º).
Página 2 Viernes, 20 de mayo de 2016 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 303
En este sentido, entiende que es nulo cualquier acto
jurídico en el que se consigne la obligación a cargo de
XQDPXMHU GH UHQXQFLDUD OD ¿OLDFLyQ PDWHUQDD favor
del contratante o de un tercero (artículo 3º), y por el
contrario, las partes involucradas incurrirán en los de-
litos contemplados en los artículos 188A del Código
Penal y 2º de la Ley 919 de 2004 (artículo 4º). En con-
secuencia, la iniciativa legislativa iguala esta práctica
con el delito de trata de personas, que prevé una pena
de trece (13) a veintitrés (23) años y una multa de ocho-
cientos (800) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos
legales mensuales vigentes (artículo 188A del C. P.),
así como un acto de comercialización de componentes
anatómicos humanos para trasplante, WLSL¿FDGRFRPR
WUi¿FR, con una pena de tres (3) a seis (6) años de pri-
sión (artículo 2º, Ley 919 de 2014).
2. Observaciones político-criminales en relación
con el Proyecto de ley 202 de 2016 Cámara.
En términos generales, el Consejo Superior de Po-
lítica Criminal advierte que la propuesta es inconstitu-
cional, inconveniente y adolece de fundamentos empí-
ricos y jurídicos que le den viabilidad, a razón de las
siguientes consideraciones.
2. 1. Falta de rigor en las GH¿QLFLRQHV
(OSUR\HFWRGH OH\WUDH FRQVLJRXQD GH¿QLFLyQUHV-
tringida de la maternidad subrogada, que en conse-
cuencia afectaría la propia claridad de la conducta que
VHSUHWHQGHWLSL¿FDU, al considerarla como la contra-
tación de una mujer para gestar un bebé, entregarlo a
los solicitantes y renunciar a todos los derechos sobre
el recién nacido” (artículo 2º), ignorando ODVGH¿QLFLR-
nes que desde la propia Organización Mundial de la
Salud (OMS) se han desarrollado al respecto, así como
el derecho comparado y la sentencia de la Corte Consti-
tucional que se cita en la exposición de motivos (T-968
de 2009).
Así, en dicha providencia el alto tribunal consi-
dera la maternidad subrogada como una técnica de
reproducción asistida e incluso como un mecanismo
positivo para resolver los problemas de infertilidad de
ODVSDUHMDVODGH¿QHHQVtQWHVLVFRPR³HODFWRUHSUR-
ductor que genera el nacimiento de un niño gestado
por una mujer sujeta a un pacto o compromiso me-
diante el cual debe ceder todos los derechos sobre el
UHFLpQQDFLGRDIDYRUGHRWUDPXMHUTXH¿JXUDUicomo
madre de este1. A lo anterior, añade la Corte, que
en este evento la mujer que gesta y da a luz no aporta
sus óvulos y deben cumplirse una serie de requisitos y
condiciones:
LTXH OD PXMHUWHQJD SUREOHPDV ¿VLROyJLFRV SDUD
concebir; (ii) que los gametos que se requieren para
la concepción no sean aportados por la mujer gestante
(quien facilita su vientre); (iii) que la mujer gestante no
WHQJDFRPRPyYLOXQ¿Q OXFUDWLYR, sino el de ayudar a
otras personas; (iv) que la mujer gestante cumpla una
serie de requisitos como mayoría de edad, salud psico-
física, haber tenido hijos, etc.; (v) que la mujer gestante
tenga la obligación de someterse a los exámenes perti-
nentes antes, durante y después del embarazo, así como
a valoraciones psicológicas; (vi) que se preserve la
identidad de las partes; (vii) que la mujer gestante, una
1 Colombia, Corte Constitucional. T-968 de 2009, M. P.
María Victoria Calle Correa.
.
YH]¿UPDGRHOconsentimiento informado, e implantado
el material reproductor o gametos, no pueda retractarse
de la entrega del menor; (viii) que los padres biológicos
no pueden rechazar al hijo bajo ninguna circunstancia;
(ix) que la muerte de los padres biológicos antes del
nacimiento no deje desprotegido al menor; y (x) que la
mujer gestante solo podría interrumpir el embarazo por
prescripción médica, entre otros2.
Igualmente, hay que advertir que la situación par-
ticular que se analiza en esta providencia es la de una
madre gestante que aporta material genético, caso di-
ferente al que la Corte ha considerado como materni-
dad subrogada, en el que la madre gestante no tiene un
vínculo genético que la una con el menor, porque en el
primer caso, cuando la mujer aporta material genético,
se estaría frente a una hipótesis en que entrega a su hijo
biológico a cambio de una suma de dinero, lo cual está
prohibido por el ordenamiento jurídico interno, y que
entre otras, constituiría adopción irregular.
$VX YH]OD 206 GH¿QH HVWD FRQGXFWDFRPR XQD
técnica de reproducción asistida, en la cual una mujer
lleva el embarazo y da a luz a un bebé que, genética
y legalmente pertenece a otros padres. La gestante su-
brogada es, por tanto, la mujer que, de común acuerdo
con una persona o pareja (padre y/o madre intencional),
DFHSWDTXHVHOHWUDQV¿HUDDVX~WHURel embrión previa-
PHQWHHQJHQGUDGRFRQHO¿QGHTXHGDUHPEDUD]DGDGH
dicho embrión, gestarlo a término y dar a luz en sus-
titución de la mencionada persona o pareja. [...] Para
alcanzar el embarazo de la madre gestacional o porta-
dora, se utiliza la fecundación in vitro o inseminación
DUWL¿FLDO3.
Otra falta en las que incurre la iniciativa legislativa
es de equiparar los derechos que protegen al nasciturus
con los del niño luego de nacer. Si bien el nasciturus es
sujeto especial de protección de derechos, al que se le
protege, no es equiparable con aquellos que le asisten
a la persona una vez nazca. La Corte se ha manifestado
al respecto, como sigue4:
La tradición jurídica más acendrada, que se compa-
JLQDFRQ OD ¿ORVRItDGHO (VWDGR VRFLDOGH GHUHFKR KD
reconocido que el nasciturus es sujeto de derechos en
cuanto es un individuo de la especie humana. Los innu-
merables tratados y convenios internacionales suscri-
tos por Colombia, así como el preámbulo de la Cons-
titución Política, cuando asegura que el Estado tiene
la obligación de garantizar la vida de sus integrantes;
el artículo 43, al referirse a la protección de la mujer
embarazada, y el artículo 44, cuando le garantiza a los
niños el derecho a la vida, no hacen otra cosa que for-
talecer la premisa de que los individuos que aún no han
2 Corte Constitucional. Sentencia T-968 de 2009, M. P.
María Victoria Calle Correa.
3 Organización Mundial de la Salud (OMS). Study Gui-
de, UC3MUN. 2016, p. 5. Adicionalmente, distinguen
entre la maternidad subrogada internacional en la cual
la madre gestacional aporta también su óvulo, pero el
espermatozoide proviene del padre que solicita la subro-
gación o de un donante. El bebé es concebido por medio
de insemiQDFLyQDUWL¿FLDO R fecundación in vitro, y la
gestacional cuando el material genético es aportado por
la pareja que solicita la subrogación, a esta es la que se
UH¿HUHOD&RUWH&RQVWLWXFLRQDOHQVXVHQWHQFLD
4 Colombia. Corte Constitucional, Sentencia T-223 de
1998, M. P. Vladimiro Naranjo Mesa, Consejo Superior
de Política Criminal.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR