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Gaceta del Congreso del 21-04-2004 - Número 142PL (Contenido completo)

Fecha de publicación21 Abril 2004
Número de Gaceta142
GACETA DEL CONGRESO 142 Miércoles 21 de abril de 2004 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
SENADO Y CAMARA
G A C E T A D E L C O N G R E S O
AÑO XIII - Nº 142 Bogotá, D. C., miércoles 21 de abril de 2004 EDICION DE 16 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
S E N A D O D E L A R E P U B L I C A
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P R O Y E CT O S D E L E Y
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
PROYECTO DE LEY NUMERO 218 DE 2004 SENADO
por la cual se autoriza provisionalmente la circulación de bicitaxis
o tricimóviles en el territorio nacional, como medio de transporte
público de pasajeros alternativo.
(por la cual se modifica la Ley 769 de 2002).
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. El artículo 95 de la Ley 769 de 2002, quedará así:
Artículo 95. Normas específicas para bicicletas y triciclos. Las
bicicletas y triciclos se sujetarán a las siguientes normas específicas:
No podrán llevar acompañante excepto mediante el uso de
dispositivos diseñados especialmente para ello, ni transportar objetos
que disminuyan la visibilidad o que los incomoden en la conducción.
Cuando circulen en horas nocturnas, deben llevar dispositivos en
la parte delantera que proyecten luz blanca, y en la parte trasera que
reflecte luz roja.
Parágrafo. Los Alcaldes Municipales podrán restringir
temporalmente los días domingos y festivos, el tránsito de todo tipo
de vehículos por las vías nacionales o departamentales que pasen por
su jurisdicción, a efectos de promover la práctica de actividades
deportivas tales como el ciclismo, el atletismo, el patinaje, las
caminatas y similares, así como, la recreación y el esparcimiento de
los habitantes de su jurisdicción, siempre y cuando haya una vía
alterna por donde dichos vehículos puedan hacer su tránsito normal.
Parágrafo transitorio. Las Autoridades de Tránsito de los
Departamentos, Municipios y Distritos podrán expedir la
reglamentación y el permiso provisional para la circulación de bicitaxis
o tricimóviles que presten el servicio de Transporte de Pasajeros, hasta
tanto se expida la reglamentación Nacional respectiva y el reglamento
pertinente de seguridad, o la Norma ISO sobre el asunto.”
Artículo 2°. La presente ley rige a partir de su sanción y
promulgación y deroga todas aquellas que le sean contrarias.
Carlos Moreno de Caro,
Senador de la República.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Constitución Política de Colombia establece como uno de los
derechos fundamentales el derecho al trabajo. Derecho que el
Estado debe proteger brindando las políticas y las garantías necesarias
para que la población que se encuentra en edad laboral adelante
actividades económicas. Para el año 2004 el índice de desempleo
llega al 13.4%, sin tener en cuenta que la población que realiza
labores informales es alta.
Frente a este imperativo constitucional y atendiendo las
necesidades de la población colombiana el presente proyecto de ley
prosigue con el espíritu constitucional al querer atender a la población
que subsiste a través del trabajo informal de transporte de pasajeros
en medio de tracción humana como lo es el triciclo, más comúnmente
conocido como “bicitaxi o tricimóvil”.
Históricamente, la humanidad ha buscado la manera de
transportarse mediante medios de tracción pasando desde el humano
como en China e India, hasta llegar a los vehículos de tracción con
energía solar y pilas de hidrógeno los cuales se encuentran en
experimentación.
Los vehículos de tracción humana, han prestado el servicio desde
tiempos anteriores al aparecimiento de la escritura y es tal su
utilización que hoy en día países como España, República
Dominicana, Bolivia, Brasil, Japón, Venezuela, Uruguay, Paraguay,
India, Chile, China, Holanda, México, Ecuador, Nicaragua, Alemania
y Cuba, entre otros, lo utilizan como mecanismos de transporte no
contaminantes del medio ambiente, como elementos turísticos y
como medio de empleo para una importante capa social.
“En Kenia Occidental al Nqware Bicycle Transportes Youth
Group, le fue otorgado el premio Colin Relf 2001, este grupo
conformado por cuatro varones que en 1991, vivían cerca del
mercado de Chiga, a 20 kilómetros de Kisumu, decidieron usar sus
bicicletas para acarrear carga de y hacia el mercado por un precio,
en este año el grupo estaba conformado por 200 ya en el año de 1994,
el número de miembros se había incrementado a 1.500.
Página 2 Miércoles 21 de abril de 2004 GACETA DEL CONGRESO 142
El objetivo del grupo es ayudar a mejorar económica y socialmente
a sus miembros, ofrecerles préstamos a intereses bajos, crear
oportunidades de trabajo y fomentar el acceso a educación y
servicios de salud. Esta actividad del grupo ha hecho una contribución
importante a la comunidad al hacer más fácil la situación de
transporte, dando trabajo a los desempleados y reduciendo el
potencial de desocupación y actividades antisociales entre los
varones juveniles”1.
De otra parte, el Estado debe seguir pensando en la manera de
ofrecer soluciones de empleo para todos y es importante recordar
que este sistema existe en las ciudades grandes y pequeñas tanto por
la falta de empleo como por la falta en algunos casos de servicios de
transporte en pequeños recorridos.
Un caso de lo anterior sucede en la ciudad de Bogotá donde la
planeación urbanística se inclina hacia la vivienda planificada en
conjunto residenciales, hacía los cuales no existe transporte público
desde vías arterias teniendo el ciudadano caminar largas distancias
o pagar un transporte de vehículo motorizado contaminante o a
costos muy altos.
Las deficiencias de la prestación del servicio también son
imperantes para que se tome la solución de permitir el servicio de
bicitaxis o tricimóviles como medio de transporte, ya que estos
prestarán sus servicios en distancias cortas, por vías no principales
y arterias de los municipios y distritos, no deterioran la malla vial del
barrio por su poco peso, ayudará con los agentes de policía en el
servicio de seguridad de cada una de las zonas donde laboren y serán
vigilantes de la seguridad de la zona.
En síntesis, Colombia no puede estar ajena a los cambios de los
sistemas en el resto del mundo, y es tal el asunto que ONG y el Banco
Mundial al ver la proliferación del negocio de transporte de pasajeros
a través de bicitaxis o tricimóviles, han empezado a adelantar la
creación de créditos para empresas del sector, es el caso de Vivacred,
la cual financió 80 mototaxis en Río de Janeiro que dan servicio a
más de 100.000 habitantes de la ciudad.
Este fenómeno ha conllevado a que pequeños empresarios y
desempleados en los dos últimos años hayan creado un sinnúmero
de pequeñas microempresas de las cuales se mantienen en promedio
3 personas por vehículo (el dueño y 2 conductores).
Con base en las anteriores reflexiones y teniendo en cuenta que
la igualdad del hombre se basa en la forma en que se aplique la ley,
pero, que la ley se hizo para beneficiar al hombre y a la sociedad,
presento a consideración de los honorables Parlamentarios el presente
proyecto de ley, recalcando que el Estado existe para proteger al
hombre y cubrir sus necesidades, y que la igualdad del hombre nos
hace vinculantes frente a sus necesidades.
Carlos Moreno de Caro,
Senador de la República.
SENADO DE LA REPUBLICA
Secretaría General (Art. 139 y ss. Ley 5ª de 1992)
El día 20 del mes de abril del año 2004 se radicó en la Plenaria del
Senado el Proyecto de ley número 218, con todos y cada uno de los
requisitos constitucionales y legales, por el honorable Senador
Carlos Moreno de Caro.
El Secretario General,
Emilio Otero Dajud.
SECRETARIA
Tramitación de Leyes
Bogotá, D. C., abril 20 de 2004
Señor Presidente:
Con el fin de que se proceda a repartir el Proyecto de ley número
218 de 2004 Senado, por la cual se autoriza provisionalmente la
circulación de bicitaxis o tricimóviles en el territorio nacional,
como medio de transporte público de pasajeros alternativo. (por la
cual se modifica la Ley 769 de 2002), me permito pasar a su
despacho el expediente de la mencionada iniciativa que fue presentada
en el día de hoy ante Secretaría General. La materia de que trata el
mencionado proyecto de ley, es competencia de la Comisión Sexta
Constitucional Permanente, de conformidad con las disposiciones
reglamentarias y de ley.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Otero Dajud.
PRESIDENCIA DEL HONORABLE SENADO
DE LA REPUBLICA
Bogotá, D. C., abril 20 de 2004
De conformidad con el informe de Secretaría General, dese por
repartido el proyecto de ley de la referencia a la Comisión Sexta
Constitucional y envíese copia del mismo a la Imprenta Nacional
con el fin de que sea publicado en la Gaceta del Congreso.
Cúmplase.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Germán Vargas Lleras.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Otero Dajud.
1Proyecto de ley 054 de 2003 Cámara de Representantes. Congreso de la República
de Colombia.
P O N E N C I A S
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE SENADO
AL PROYECTO DE LEY NUMERO 247 DE 2003
SENADO Y 117 DE 2002 CAMARA
por la cual la Nación rinde homenaje al municipio de Soledad, con
motivo de los 405 años de haberse fundado el primer asentamiento
humano en su territorio, se exaltan las virtudes de sus habitantes y
se autoriza en su homenaje la inversión de unas obras de interés
social.
En cumplimiento de la designación que me hiciera el Presidente
de la Comisión Cuarta del Senado, me permito rendir ponencia para
Segundo debate al proyecto arriba referenciado, en lo siguiente
términos:
Consideraciones históricas y sociales
El proyecto presentado al Congreso de la República por el
honorable Representante Jaime Cervantes, busca rendir un
merecido homenaje al municipio de Soledad, Atlántico, más en
razón a su historia, que su efemérides. Y decimos a su historia,
ya que como lo presenta el autor del proyecto, los orígenes de
Soledad se remontan a la insaciable sed de desarrollo que posee
el ser humano, la cual lo lleva casi siempre a la búsqueda de
mejores condiciones de vida.

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