Gaceta del Congreso del 21-09-2001 - Número 480PPDPL (Contenido completo) - 21 de Septiembre de 2001 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766720397

Gaceta del Congreso del 21-09-2001 - Número 480PPDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación21 Septiembre 2001
Número de Gaceta480
GACETA DEL CONGRESO 480 Viernes 21 de septiembre de 2001 Página 1
(Artículo 36, Ley 5a. de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
SENADO Y CAMARA
AÑO X - 480 Bogotá, D. C., viernes 21 de septiembre de 2001 EDICION DE 20 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
MANUEL ENRIQUEZ ROSERO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO
DE LEY NUMERO 041 DE 2001 CAMARA
por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de ingeniería
catastral y geodesia y se crea el Colegio de Ingenieros Catastrales
y Geodesias.
Bogotá, D. C., 11 de septiembre de 2001
Doctor
PLINIO EDILBERTO OLANO BECERRA
Presidente
Comisión Sexta Constitucional Permanente
Honorable Cámara de Representantes
Respetuosamente presentamos a ustedes ponencia para primer debate
del Proyecto de ley número 041 de 2001 Cámara, por la cual se
reglamenta el ejercicio de la profesión de ingeniería catastral y geodesia
y se crea el Colegio de Ingenieros Catastrales y Geodesias.
En relación con el proyecto de ley se hace un recuento histórico, donde
se expresa lo siguiente:
“El término catastro, apareció en el país a finales del mes de septiem-
bre del año 1821, cuando se incluyó en el artículo 31 de la Ley 30 de 1821.
Acto realizado en el Congreso de Villa del Rosado de Cúcuta y posterior-
mente reglamentada por el Decreto 15 de 1825, firmado por el General
Francisco de Paula Santander.
La filosofía de la realización del catastro en el país, tenía como
objetivo fundamental la parte fiscal, ya que en su primer considerando
se expresa literalmente: ‘Proveer fondos suficientes para la subsisten-
cia de los ejércitos que tan gloriosamente combaten por la independen-
cia de la República, lo mismo que para sostener las demás ramas de la
administración’.
Por medio de un decreto del día 23 de febrero de 1823, se castigaba con
presidio en la Guayana, quienes tuvieran poco celo en el desempeño de
sus funciones en perjuicio del erario nacional. A estas disposiciones y
normas legales no se les dio la debida aplicación, generando para el
sistema catastral sólo un listado de propietarios de fincas, lotes y predios
y de avalúos, sin tener en cuenta la correcta identificación, descripción de
los inmuebles objeto de la realización de un catastro. De igual manera, se
centralizó en forma errónea a la persona y no al objeto tema del estudio.
En el año de 1887 se retoma el concepto catastral y se expide la Ley
48 del mismo año, en su artículo 4°, y se procede a legislar, pero se incurre
en el error conceptual de denominarlo e identificarlo como ‘impuesto de
raíz’. Posteriormente en el año de 1908 por medio de la Ley 20 se deroga
la Ley 48 de 1887 y se fija el impuesto sobre la Propiedad Raíz en un dos
por mil y se ordena que el recaudo lo realizaran los municipios.
La Ley 4° del año 1913 en su artículo 97 del numeral 39, asigna a las
asambleas la función de reglamentar el ‘Impuesto sobre la Propiedad
Raíz’ norma que causó un desacierto total por cuando las asambleas no
tenía la experiencia para efectuar la reglamentación o legislación catastral.
Años más tarde en 1930 la Misión Kemmerer, presentó un documento
para ser sometido a consideración del doctor Francisco de Paula Pérez,
Ministro de Hacienda y Crédito Público, este proyecto de ley tenía como
fin, la nacionalización del catastro y elevar la anterior tasa. La Misión
Kemmerer no consideró la identificación de los inmuebles, sino su
avalúo y no basándose exclusivamente en los registros, sino elaborando
planos. La Misión de la referencia recomendó que se asignará un técnico
extranjero especializado para organizar detalladamente la Institución
Catastral, pero el proyecto se realizó parcialmente incorporado en los
artículos 28, 29, 30, 31 de la Ley 78 de 1935 denominada ‘Reforma
Tributaria’.
El día 5 de octubre de 1938, se expidió el Decreto 1797 por parte del
Estado colombiano y en desarrollo de las autorizaciones conferidas por
medio de la Ley 109 de 1938, se organizó en el Ministerio de Hacienda
y Crédito Público una sección o división especial encargada de efectuar
los estudios y análisis de los trabajos preparatorios de Catastro Nacional.
Como era natural el país no estaba preparado ni contaba con el
personal especializado para adecuar y resolver los problemas técnicos y
administrativos relacionados con la formación y conservación del catas-
tro, teniendo en cuenta las recomendaciones y sugerencias de la Misión
Kemmerer. En este momento se tomó la decisión por parte del Ministro
de Hacienda de contratar al doctor Pierre Grandchamp, profesional y Jefe
del Servicio Técnico del Registro Territorial del Cantón de Ginebra,
Suiza, ya que el sistema catastral de este país contaba con uno de los
mejores catastros organizados. La idea fundamental del Gobierno era
establecer un catastro con fines netamente fiscalistas, pero al ser aproba-
do por el Ministro de Hacienda el 9 de mayo de 1939 el plan de trabajo
de la Misión Suiza, se acepto como principio fundamental, que la nueva
institución catastral debería perseguir el saneamiento definitivo de la
titulación de la propiedad inmobiliaria con sus respectivas características
de tipo físico con levantamientos topográficos directos y la reforma de los
actuales sistemas de registro y notariado por medio de la implantación de
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un Catastro Jurídico - fiscal y físico la cual contemplaba dos aspectos
fundamentales.
1. La colaboración del Instituto Geográfico Militar (fundado el 13 de
agosto de 1935) con el Catastro Nacional.
2. La formación de un profesional idóneo en la materia del catastro,
con conocimientos en el manejo de la cartografía que para tal fin era la
necesaria y en los métodos de las mediciones para la ubicación y
localización de los predios, lotes y demás actividades concernientes a tal
especialidad. Profesión que corresponde la de ingeniero catastral.
El Decreto número 153 de enero 31 de 1940 dio como resultado la
unión de dos entidades en una sola, Instituto Geográfico Militar y la
Sección Nacional de Catastro y que a partir de la fecha denominaría
Instituto Militar y Catastral, (dependiente del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público).
Posteriormente la Resolución 831 de diciembre 1° de 1941 expedida
por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, reglamentaria del
Decreto 1301 de 1940, fija normas del Catastro Preparatorio Nacional.
El Catastro Preparatorio Nacional es el conjunto de documentos
relativos a la descripción de los elementos físicos, económicos y jurídicos
de la propiedad inmueble con indicación sumaria.
En el Decreto 0867 del 12 de abril de 1956, se cita; la Inspección
General de Catastro las oficinas secciónales y demás dependencias del
Catastro Nacional pasarán a depender de la jefatura de Rentas e Impues-
tos Nacionales.
El Decreto Legislativo 0290 de noviembre 8 de 1957 cita; la Junta
Militar de Gobierno, creó el Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”
como entidad autónoma descentralizada. El Decreto 622 del 1° de abril
de 1958 le fijo sus funciones que con relación al catastro fueron: Estudiar
la parte de los elementos geométricos, físicos, económicos y jurídicos de
la propiedad inmueble, para formar, reglamentar y hacer la conservación
del catastro en el territorio nacional.
La Resolución número 1173 de septiembre 29 de 1965, expedida por
el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, reglamenta la formación y la
conservación de los catastros nacionales, considerando que es necesario
unificar y actualizar, con base en la experiencia adquirida, las disposicio-
nes sobre la formación y conservación de ellos.
La determinación de los elementos físicos, económicos y jurídicos
tienen como finalidad esencial:
1. Determinación física económica y jurídica cada vez más perfecta de
los límites y condiciones geométricas de la propiedad inmobiliaria en
beneficio de los propietarios o poseedores de los inmuebles.
2. Establecimiento de los planos, cartas o planos catastrales y agríco-
las del país.
3. La preparación de una reforma legal que permita la fusión de un
sistema único de las tres instituciones: Notariado, Registro y Catastro.
4. La obtención de las informaciones relativas a la propiedad inmobi-
liaria en los tres elementos ya enunciados, para la utilización en los
programas de Gobierno.
5. La determinación de los avaluós de conformidad con las normas
establecidas en la Resolución 1173, para el recaudo de los impuestos
directos sobre la propiedad inmobiliaria, y como base para la transferen-
cia o adquisición de la misma, bien se trate de negociación directa o de
expropiación por parte del Estado.
6. La conservación y perfeccionamiento de los catastros a nivel
nacional, departamental y municipales, como parte fundamental para los
planes de ordenamiento y del desarrollo de las comunidades.
Otro de los pilares de la formación académica del ingeniero catastral
y geodesta, se encuentra en el área de la Geodesia, ciencia que se ocupa
de definir cuantitativamente la forma y dimensiones del globo terrestre
(la tierra) y extraer de ellas, conclusiones aplicables a la ingeniería y a la
ciencia.
Existen varios objetivos de la geodesia y entre los principales se
pueden enunciar los siguientes:
Abarca tanto la descripción geométrica de la tierra (geodesia
geométrica) como el estudio de la aceleración de la gravedad, su
distribución, su intensidad y su dirección en la superficie terrestre y en el
espacio vecino (geodesia dinámica). Tiene aplicaciones inmediatas en la
topografía, fotogrametría, y la cartografía, disciplinas que se apoyan en
los resultados de las redes de control terrestre primario que le suministra
la elaboración de mapas, cartas y planos precisos y detallados de grandes
extensiones, solución de los problemas limítrofes tanto a nivel interno
con los municipios y los departamentos como a nivel fronterizo, ayuda
la geodesia a la determinación de puntos astronómicos para la concesión
de las áreas de explotación petrolera e inclusive para los baldíos.
Desde el punto de vista científico y de la investigación se abren las
siguientes perspectivas para el profesional conocedor de la geodesia:
1. Desarrollo general del uso de ordenadores o computadoras.
2. Teoría de largas líneas geodésica
3. Análisis y estudios de las redes geodésicas nacionales y nacionales,
el empalme con las redes de los países colindantes y otras naciones.
4. Búsqueda de la forma real de la tierra por los diferentes métodos del
geoide en función de las anomalías de la gravedad.
5. Investigar las teorías de la geodesia tridimensional.
6. Estudio, análisis e investigación sobre las mareas terrestres.
7. Utilización de los diferentes aparatos digitales para la determina-
ción de medidas y dimensiones.
Todo lo anterior puede ser aplicado en los estudios, e investigaciones
como los realizados el 4 de octubre de 1957 cuando se lanzó el primer
Sputnik y se abrió una nueva era para la aplicación de la geodesia y
naturalmente para el profesional conocedor de esta ciencia como lo es el
ingeniero catastral y godesta, porque las perturbaciones de las órbitas van
a permitirle estudiar los términos sucesivos del potencial de la gravita-
ción, por otra parte, las imágenes de los satélites en el fondo de las
estrellas y a partir de varias estaciones terrestres permite efectuar
triangulaciones espaciales de mallas muy grandes y abre la posibilidad de
observar una Red de Control Geodesico Verdadero.
Otra de las herramientas de que el profesional ingeniero catastral y
geodesta ha tenido y tiene conocimiento, fundamental y profundo en la
aplicación de los sistemas de información geográfica.
Herramienta conocida con la sigla SIG, la cual permite el manejo y
análisis de cosas que existen y eventos que pasan sobre la superficie
terrestre. La tecnología (SIG) integra operaciones comunes sobre bases
de datos, como son la búsqueda y análisis estadísticos, con mapas. Estas
habilidades distinguen a los (SIG) de otros sistemas de información y
convierte una herramienta valiosa para una gran variedad de empresas
públicas y privadas en la planeación de estrategias y administración de su
infraestructura.
Los sistemas de información geográfica dan el poder de crear y
elaborar mapas, integrar información, visualizar escenarios, solucionar
problemas del mundo real. Los usuarios de los SIG pasan por los técnicos
especialistas los cuales diseñan y mantienen el sistema hasta los usuarios
que utilizan como ayuda en el desempeño de sus labores diarias, para tal
fin existen el profesional catastral y geodesta.
Por lo tanto el propósito general del SIG es poder introducir, manipu-
lar, administrar, buscar, analizar y visualizar los datos geográficos.
Las herramientas SIG ofrecen varias opciones de entrada de datos, una
gran cantidad de datos geográficos pueden ser obtenidos por medio de
proveedores de datos y leídos directamente en un software para SIG.
Junto con los sistemas de información geográfica existen otras tecno-
logías las cuales se encuentran estrechamente relacionadas. Los SIG
comparten algunas características con los sistemas de mapeo, los siste-
mas administradores de bases de datos (DBMS) el diseño asistido por un
computador (CAD) y sensores remotos (GPS). La habilidad de los SIG
para manipular y analizar datos geográficos es un grupo aparte y
particular de los SIG. Los sistemas administradores de bases de datos
pueden almacenar y administrar todos los tipos de datos incluyendo los
geográficos.

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