Gaceta del Congreso del 23-04-2008 - Número 170PSDPL (Contenido completo) - 23 de Abril de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766882809

Gaceta del Congreso del 23-04-2008 - Número 170PSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación23 Abril 2008
Número de Gaceta170
GACETA DEL CONGRESO 170 Miércoles 23 de abril de 2008 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
G ACETA DEL C ONGRESO
AÑO XVII - Nº 170 Bogotá, D. C., miércoles 23 de abril de 2008 EDICION DE 20 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
S E N A D O D E L A R E P U B L I C A
JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL (E.) DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P O N E N C I A S
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO
DE LEY NUMERO 036 DE 2006 CAMARA,
130 DE 2007 SENADO
por la cual se establece el Código Nacional de Navegación
y Actividades Portuarias Fluviales y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 3 de abril de 2008
Doctora
SANDRA OVALLE GARCIA
Secretaria General Comisión Sexta
Senado de la República
Ciudad
Respetada doctora Ovalle:
Adjunto Ponencia, para segundo debate al Proyecto de ley número
036 de 2006 Cámara, 130 de 2007 Senado,por la cual se establece el
se dictan otras disposiciones, FRQSOLHJRGHPRGL¿FDFLRQHV
Cordialmente,
Carlos R. Ferro Solanilla, Coordinador Ponente; Carlos Julio Gon-
zález Villa, Oscar Jesús Suárez Mira,Jorge Eliécer Guevara, Gabriel
Acosta Bendeck,Ramón Elías López Sabogal, Juan Manuel Corzo Ro-
mán, Ponentes.
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NUMERO 036 DE 2006 CAMARA, 130 DE 2007 SENADO
por la cual se establece el Código Nacional de Navegación
y Actividades Portuarias Fluviales y se dictan otras disposiciones.
Honorable Presidenta
NANCY PATRICIA GUTIERREZ CASTAÑEDA
Senado de la República
Ciudad
Atendiendo la honrosa designación de la Mesa Directiva de la Comi-
sión Sexta del honorable Senado de la República de conformidad con
la Ley 5ª de 1992, nos permitimos rendir ponencia favorable para que
se dé segundo debate del Proyecto de ley número 036 de 2006 Cámara,
130 de 2007 Senado, por la cual se establece el Código Nacional de
Navegación y Actividades Portuarias Fluviales y se dictan otras dispo-
sicionesFRQSOLHJRGHPRGL¿FDFLRQHV
ANTECEDENTES DEL PROYECTO
Se trata de una iniciativa presentada por el honorable Representante
Alonso Acosta Osio, Representante por el Departamento del Atlántico,
el 18 de julio de 2006, repartido a la Comisión Sexta de la honorable
Cámara de Representantes, quien designó ponentes a los doctores Alo-
nso Acosta Osio y José Manuel Herrera Cely, quienes presentaron po-
nencia para primer debate el 16 de agosto de 2006, la cual fue aprobada
el 29 de agosto de ese año.
En Sesión Plenaria del día 14 de agosto de 2007, fue aprobado en
6HJXQGR'HEDWHFRQPRGL¿FDFLRQHVHO3UR\HFWRGHOH\Q~PHURGH
2006 en la honorable Cámara de Representantes.
CONSIDERACIONES
El legislador desde 2003 (honorable Senadora Carlina Rodríguez
Rodríguez y el honorable Representante Alonso Acosta Osio) se ha pre-
RFXSDGRSRUODH[SHGLFLyQGHXQDQRUPDWLYLGDGXQL¿FDGDFODUD\WpFQL-
FDHQUHODFLyQFRQODQDYHJDFLyQ\DFWLYLGDGHVSRUWXDULDVÀXYLDOHV
8QL¿FDGD HQ YLUWXG D TXH HO 0LQLVWHULR GH 7UDQVSRUWH KD H[SH-
dido Decretos y Resoluciones como los Decretos 1661/75, 2501/86,
2689/88, 3112/97, 101/00 y las Resoluciones 0664/99, 0665/99,
0666/99, 0667/99, 0668-99, 2104/99, 2105/99, 2106/99 y 2107/99 y
encontramos los artículos 34 y 12 de la Ley 105/93, la Ley 336/96, al
UHIHULUVHD ODSDUWH ÀXYLDOHQ ORVDUWtFXORV    \ OR
TXHKDFHQHFHVDULRXQDOHJLVODFLyQFRKHUHQWHDPDQHUD GHFRGL¿FDFLyQ
ÀXYLDOHQQXHVWURSDtV
&ODUD SDUD TXH ODV DXWRULGDGHV SRUWXDULDV ÀXYLDOHV GH &RORPELD
puedan contar con un instrumento idóneo que le permitan controlar el
WUDQVSRUWHÀXYLDO HQ&RORPELD\ UHJXODUODV UHODFLRQHVMXUtGLFDV GHOD
QDYHJDFLyQÀXYLDOGH XVXDULRVSDVDMHURVWULSXODQWHV HPSUHVDV\HP-
barcaciones por ríos, caños, canales, lagos, lagunas, ciénagas, embal-
ses, riveras y represas en todo el territorio nacional.
7pFQLFDDOFRQWHQHUGH¿QLFLRQHVGHODDFWLYLGDGIRUPDFLyQ\SUiF-
WLFDVÀXYLDOHVVXVYtDV\XVRVUpJLPHQQDFLRQDOTXHFRPSUHQGHODVPD-
trículas de las embarcaciones, normas de comportamiento, transporte y
RSHUDFLRQHVSRUWXDULDVÀXYLDOHVSDWHQWHGHQDYHJDFLyQ\SRU~OWLPRHO
establecimiento de sanciones y su procedimiento.
El autor del proyecto y los ponentes en la honorable Cámara de Re-
presentantes buscaron contar con una herramienta legal para proteger la
Página 2 Miércoles 23 de abril de 2008 GACETA DEL CONGRESO 170
vida y el bienestar de los usuarios que utilicen el sistema de transporte
ÀXYLDOSUHVHUYDQGRHOHFRVLVWHPD\HVWLPXODQGRODDFWLYLGDGHFRQyPL-
ca de este medio de navegación.
JUSTIFICACION
En siglo XIX se desarrollo nuestro mercado nacional alrededor del
río Magdalena, es así que para buscar los mercados externos, las zonas
productoras del interior andino reforzaban sus vínculos con los puertos
del caribe a través del río con sus puertos Ambalema Honda, Girardot,
Puerto Wilches, Magangué, Calamar y Barranquilla.
Debemos recordar que el primer barco a vapor llamado Philadel-
phia navegó desde 1824 ayudado por bomgos y champanes, teniendo
su máximo auge en 1850. Este incipiente comercio de vio afectado a
¿QDOHVGH SRUORVFRQÀLFWRVLQWHUQRV OD*XHUUDGHORV PLOGtDV\
los caprichos del canal navegable del río Magdalena.
Desde comienzos del siglo XX, y con espacial énfasis entre 1920 y
1960, el viaje por el Magdalena fue un destino turístico y obligado para
aquellos que recorrían el país o que viajaban al extranjero.
Vapores como El Santander, Gran Bolívar, El Libertador, Susana,
Unión, Magdalena, Nueva Granada, Barranquilla y Honda se inmorta-
lizaron. Y el David Arango, uno de los últimos grandes vapores hechos
en el astillero de Barranquilla, pasó a la historia por un incendio que lo
dejó en cenizas.
Los productos que han sido transportados por el río son la quina y
tabaco.
En 1899 se movían 340.000 toneladas de subida, 40.000 de bajada.
En 1925, con vapores movidos con fueloil, se mueven 380.000 tone-
ladas y 101.675 pasajeros.
Hasta 1956 el transporte por el río crece a 2´069.000 toneladas y
313.132 pasajeros.
Después se vuelve una vía marginal, pues en 1960 existe ya la carre-
tera que permite llevar carga de los puertos a Bogotá en 24 horas.
Desde 2001 a la fecha se transporta 2.1 millones de toneladas y se
espera en 2 años llegar a 10 millones.
El 6 de octubre de 2007 zarpó de Cartagena, con destino a Puerto Be-
rrío, el mayor despacho de carga en contenedores por el río Magdalena.
Lo integra un convoy de seis planchones, movilizado por el remolcador
Catalina, de la Naviera Fluvial Colombiana, con 154 contenedores de
40 pies. Es la primera vez que se supera el límite de 90 contenedores
que habían utilizado empresas como Productos Familia, Ecopetrol y
Abocol desde Cartagena y Barranquilla hasta Barrancabermeja y Puer-
to Berrío. La carga de motores y partes para vehículos viene para Sofasa
y, según Cormagdalena, esta operación será semanal, con el propósito
de alcanzar la movilización de 10.000 contenedores por año.
La condición de este río enmarca un futuro económico rentable para
las empresas productoras del interior del país, ya que los costos son
muy inferiores al transporte por carretera, a su vez disminuirá el uso de
transporte pesado por las carreteras, este caso nos enseña que dejarán
de transitar 308 tractocamiones de Bogotá a Cartagena, lo que nos da
un total con el regreso de carga de 616 vehículos que dejarán de usar
las carreteras
/DLQLFLDWLYDWDPELpQ SURSRQHIRPHQWDUHOPRGR GHWUDQVSRUWHÀX-
YLDOQRUPDOL]DU HOXVRGH ODUHG ÀXYLDOQDFLRQDOSDUD ODDFWLYLGDGFR-
mercial del transporte y para la recreación, armonizar las prácticas de
navegación y un sistema de inspección para el cumplimiento de las dis-
posiciones legales nacionales y las pactadas mediante acuerdos multi-
laterales y bilaterales en un marco de principios.
Como ya se ha reiterado en el transcurso del proyecto, se pretende
OHJLVODUFUHDQGRXQDFRGL¿FDFLyQGRQGHFRQÀX\DQWRGRVORV WHPDVTXH
FRQFLHUQHQFRQHOGHVDUUROORÀXYLDOGH ORVUtRVTXHFRQIRUPDQHOVLVWH-
ma hídrico nacional en procura de integrarlo o complementarlo con las
diversas modalidades de transporte, logrando así una verdadera com-
petitividad en la cadena logística de la actividad comercial nacional e
internacional, logrando un impacto en el mejoramiento de la calidad de
vida de nuestro conglomerado social.
(QJHQHUDO ³SURSRQHIRPHQWDU HOPRGR GHWUDQVSRUWH ÀXYLDO QRU-
PDOL]DUHO XVR GH OD UHG ÀXYLDO QDFLRQDO SDUD OD DFWLYLGDG FRPHUFLDO
del transporte y la recreación, armonizando las prácticas de navegación
internas y las pactadas mediante acuerdos multilaterales y bilaterales
con otras naciones”.
Debemos tener presente que Colombia cuenta con recursos hidrográ-
¿FRVH[FHSFLRQDOHVHQHOFRQWH[WRUHJLRQDOGHORVSDtVHVVXUDPHULFDQRV
TXHQRKDQVLGR VX¿FLHQWHPHQWHDSURYHFKDGRVSRUODVSROtWLFDV JXEHU-
namentales, y que la cuenca del Magdalena es la clave del presente y
futuro de Colombia, como a continuación se anota:
±2FXSDHOGHODVXSHU¿FLHFRQWLQHQWDOGHOSDtV
±(QVXiUHDGHLQÀXHQFLDKDELWDQFHUFDGHPLOORQHVGHFRORP-
bianos.
±6X iUHDGH LQÀXHQFLDFRPSUHQGH PXQLFLSLRV GH GHSDUWD-
mentos, y en ella se ubican los grandes centros urbanos del país: Bo-
gotá, Medellín, Cali, Bucaramanga, Barranquilla, Cartagena, Pereira,
Manizales, Ibagué y Neiva.
– La cuenca genera el 85% del Producto Interno Bruto del país.
– Genera el 70% de la producción hidroeléctrica del país.
– Genera el 95% de la producción termoeléctrica del país.
– Concentra el 75% de la producción agropecuaria.
– La cuenca está constituida por 31 ríos principales y numerosos
DÀXHQWHV
– En ella operan 23 Corporaciones Autónomas Regionales y 4 De-
partamentos Administrativos Ambientales.
Estadísticas tomadas de Cormagdalena”
3RUWDQWRHO&yGLJRGH 1DYHJDFLyQ\DFWLYLGDGHVSRUWXDULDVÀXYLD-
OHVFX\RREMHWLYRHVGHLQWHUpVS~EOLFR\VX¿QDOLGDGHV
D3URWHJHU ODYLGD\ ELHQHVWDUGH WRGRVORV XVXDULRVGHOPRGR ÀX-
vial;
E3URPRYHUODVHJXULGDGHQHOWUDQVSRUWHÀXYLDO\HQODVDFWLYLGDGHV
de navegación;
c) La protección del ecosistema, y
d) Especialmente estipular la viabilidad y efectividad de la actividad
comercial para la consecución de ventajas a la integración económica
para la red que se requiere para competir en un mercado abierto, se debe
impulsar esta iniciativa legislativa.
De igual manera con este proyecto de ley se busca armonizar las
prácticas de navegación y un sistema de inspección efectivo para garan-
tizar el cumplimiento de las disposiciones en ella contenidas.
Debemos anotar que desde el aspecto económico, los ríos han sido
la vía natural del progreso y del comercio, como lo señalaron en días
pasados los medios de comunicación, al informar que cada vez más las
empresas transportan su carga por los ríos, actualmente se movilizan
dos millones de toneladas de carga y se espera que en dos años lleguen
a 10 millones, pues ahorran el 30% en sus costos y podrían llegar hasta
un 50%, si más compañías deciden mover su carga por el río.
/DVPRGL¿FDFLRQHVLQWURGXFLGDVHQODSULPHUDSRQHQFLDEXVFDQGDU-
le una mayor claridad y precisión, al presente Proyecto de ley, a saber:
Referente al Título I, Capítulo I “Objetivo, principios, ámbito de
DSOLFDFLyQ\GH¿QLFLRQHV´DUWtFXORODPRGL¿FDFLyQobedece a la im-
portancia de los principios, por lo que es conveniente que se plasmen en
DUWtFXORQXHYR(QFXDQWRDODUWtFXORVHSUHFLVDVXUHGDFFLyQSDUDGDU
mayor claridad, en cuanto al ámbito de aplicación. En el artículo 3°, se
DGLFLRQDURQQXHYDV GH¿QLFLRQHV\VH PRGL¿FDURQDOJXQDV FRPR$UUL-
EDGDIRU]RVD$UWHIDFWRÀXYLDO(PEDUFDFLyQÀXYLDO0DWUtFXOD3DWHQWH
de navegación, Servicios especiales de transporte.
(QHO &DStWXOR ,,³$FWLYLGDG ÀXYLDO´DUWtFXOR  VHDFODUD TXHOD
navegación la realizan embarcaciones y artefactos. En el parágrafo se-
gundo del artículo 5°, se precisa que la navegación se realiza en vías
ÀXYLDOHV\QRFRPR DSDUHFHDOOtHQDJXDVÀXYLDOHV \VHVXSULPHHOSD-
rágrafo segundo en virtud a que se regula en el Título IV Capítulo III
³,GHQWL¿FDFLyQ´(QHODUWtFXORVHDGLFLRQDFRQODH[SUHVLyQ³VLQSHU-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR