Gaceta del Congreso del 23-11-2017 - Número 1089PL (Contenido completo) - 23 de Noviembre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766703517

Gaceta del Congreso del 23-11-2017 - Número 1089PL (Contenido completo)

Fecha de publicación23 Noviembre 2017
Número de Gaceta1089
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 1089 Bogotá, D. C., jueves, 23 de noviembre de 2017 EDICIÓN DE 19 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
* ൺ ർ ൾ ඍ ൺ ൽ ൾ අ & ඈ ඇ ඀ උ ൾ ඌ ඈ
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROY ECTO DE LE Y NÚMERO 191 D E
2017 CÁMA RA
SRUPHGLRGHOFXDOVHPRGL¿FDODGLVWULEXFLyQGH
FRPSHWHQFLDVGHRUGHQDPLHQWRWHUULWRULDOGHOD
QDFLyQFRQVDJUDGDVHQHODUWtFXORGHOD/H\
GH\VHGLFWDQRWUDVGLVSRVLFLRQHV
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. 2EMHWR. La presente ley tiene
por objeto proponer la correcta distribución de
competencias del artículo 29 de la Ley 1454 de
2011, y la inclusión de los aspectos relacionados
FRQODSODQL¿FDFLyQ\HORUGHQDPLHQWRGHOWHUULWRULR
marítimo como competencia de la nación.
2011 quedará de la siguiente manera:
COMPETENCIAS EN MATERIA DE
ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO
Artículo 29. Distribución de competencias
en materia de ordenamiento del territorio. Son
competencias de la nación y de las entidades
territoriales en materia de ordenamiento del
territorio, las siguientes:
1. De la nación.
Establecer la Política General de Ordenamiento
del Territorio en los asuntos de interés nacional
sobre:
a) Las áreas de parques nacionales y otras
áreas protegidas;
b) La localización de grandes proyectos de
infraestructura;
c) La determinación de áreas limitadas en
uso por seguridad y defensa;
d) Los lineamientos del proceso de
urbanización y el sistema de ciudades;
e) Los lineamientos y criterios para garantizar
la equitativa distribución de los servicios públicos
e infraestructura social de forma equilibrada en
las regiones:
f) La conservación y protección de áreas de
importancia histórica y cultural;
J /DGH¿QLFLyQGHORVSULQFLSLRVGHHFRQRPtD
y buen gobierno mínimos que deberán cumplir los
departamentos, los distritos, los municipios, las
áreas metropolitanas, y cualquiera de las diferentes
alternativas de asociación, contratos o convenios
plan o delegaciones previstas en la presente ley;
h) /D SODQL¿FDFLyQ\HO RUGHQDPLHQWRGHO
WHUULWRULRPDUtWLPR.
Parágrafo. Las competencias asignadas a la
nación en los literales anteriores se adelantarán
en coordinación con los entes territoriales y el
Departamento Nacional de Planeación.
Artículo 3°. 9LJHQFLD. La presente ley rige a
partir de la fecha de su expedición.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
/D 3ODQL¿FDFLyQ \ HO 2UGHQDPLHQWR GHO
Territorio Marítimo son instrumentos que
permiten crear y/o establecer una organización
coherente de los usos y las actividades que se
llevan a cabo en los espacios marítimos, basada en
PROYECTOS DE LEY
Página 2 Jueves, 23 de noviembre de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 1089
su vocación y función, para garantizar en el tiempo
y en el espacio, el mantenimiento, la protección
y el uso sostenible de los recursos naturales y la
JHQHUDFLyQGHEHQH¿FLRV SDUDODVRFLHGDGTXHGH
ellos depende.
(Q PDWHULD HVSHFt¿FD GH RUGHQDPLHQWR
territorial, y de acuerdo con lo establecido en
la Constitución Política, los artículos 151 y
288 disponen que la ley orgánica debe asignar
y distribuir competencias entre la nación y
las entidades territoriales; en efecto, previo
la posibilidad de que las competencias y las
DWULEXFLRQHV ¿VFDOHV \ DGPLQLVWUDWLYDV SURSLDV
de la nación pudieran radicarse en cabeza de los
departamentos en orden a resolver problemas de
orden económico, social, cultural y ambiental:
$UWtFXOR  (O &RQJUHVR H[SHGLUi OH\HV
RUJiQLFDVD ODV FXDOHVHVWDUiVXMHWR HO HMHUFLFLR
GH OD DFWLYLGDG OHJLVODWLYD 3RU PHGLR GH HOODV
VH HVWDEOHFHUiQ ORV UHJODPHQWRV GHO &RQJUHVR
\ GH FDGD XQD GH ODV &iPDUDV ODV QRUPDV
VREUH SUHSDUDFLyQ DSUREDFLyQ \ HMHFXFLyQ GHO
SUHVXSXHVWR GH UHQWDV \ OH\ GH DSURSLDFLRQHV
\GHO SODQ JHQHUDO GHGHVDUUROOR \ ODVUHODWLYDV
D OD DVLJQDFLyQ GH FRPSHWHQFLDV QRUPDWLYDV D
ODV HQWLGDGHV WHUULWRULDOHV /DV OH\HV RUJiQLFDV
UHTXHULUiQ SDUD VX DSUREDFLyQ OD PD\RUtD
DEVROXWDGH ORV YRWRV GHORV PLHPEURVGHXQD \
RWUD&iPDUD
$UWtFXOR/DOH\RUJiQLFDGHRUGHQDPLHQWR
WHUULWRULDO HVWDEOHFHUi OD GLVWULEXFLyQ GH
FRPSHWHQFLDV HQWUH OD QDFLyQ \ ODV HQWLGDGHV
WHUULWRULDOHV /DV FRPSHWHQFLDV DWULEXLGDV D ORV
GLVWLQWRV QLYHOHV WHUULWRULDOHV VHUiQ HMHUFLGDV
FRQIRUPH D ORV SULQFLSLRV GH FRRUGLQDFLyQ
FRQFXUUHQFLD \ VXEVLGLDULHGDG HQ ORV WpUPLQRV
TXHHVWDEOH]FDODOH\
El territorio marítimo colombiano tiene
potencialidades económicas, naturales, sociales
y culturales especiales, pues corresponde a cerca
del 45% de territorio total nacional (equivalente
a 928.660 km2). Posee 3.189 km de litorales en
12 departamentos (incluyendo el insular), 47
municipios con línea de costa, cuatro archipiélagos,
al menos 100 islas, 17 cayos, 42 bahías, cinco
golfos (PNOEC 2016, pág. 14) y una extensión
de 2.860 km2 de áreas coralinas y 3.789 km2 de
bosques de manglares.
Uno de los factores más importantes que
genera la transformación de las zonas costeras
es el incremento y concentración de la población
y el crecimiento desordenado de los centros
poblados. Esto conlleva a que se desarrollen
infraestructuras turísticas, habitacionales y de
prestación de servicios sin la debida planeación.
Adicionalmente, en estos centros poblados se
llevan a cabo actividades marítimas, pesqueras,
de transportes, de explotación de hidrocarburos,
entre otros, que favorecen la movilización de sus
habitantes hacia zonas donde existen oportunidades
económicas, presionando aún más la demanda
GHUHFXUVRV QDWXUDOHV\ JHQHUDQGRFRQÀLFWRV TXH
ponen en riesgo el desarrollo marítimo del país y
el bienestar de la población.
Estas actividades han sido objeto de un
ordenamiento sectorial por parte del Estado y no
se encuentran articuladas ni coordinadas desde
una instancia nacional, que incorpore una visión
inter y multisectorial, que considere los efectos
generados por cada uno de los sectores y reduzca
ORV FRQÀLFWRV HQWUH XVXDULRXVXDULR R XVXDULR
ambiente, mejorando la capacidad del océano para
proveer los servicios ecosistémicos necesarios de
los cuales dependemos todos.
Adicionalmente, y por las características del
PHGLRPDULQRODSODQL¿FDFLyQ\ HORUGHQDPLHQWR
de esta porción del territorio, no es posible
efectuarla como se ha efectuado hasta el momento
en el territorio continental, por lo que se requiere
desarrollar un marco normativo e instrumental
particular.
Ya la Sentencia C-579/01 proferida por la Corte
Constitucional llamó la atención al ente legislador
sobre sus amplias facultades constitucionales
para intervenir en la autonomía territorial y para
¿MDUVXVDOFDQFHVVLHPSUH\FXDQGR ORKDJDHQHO
marco comprendido entre el núcleo esencial y el
carácter unitario del Estado.
En este sentido en materia urbanística y de
ordenamiento territorial son materia de distribución
constitucional y orgánica, permitiendo una
coexistencia de competencias concurrentes entre
los niveles central, departamental y municipal,
por tal razón esta iniciativa tiene como propósito
propiciar el escenario pertinente para fortalecer
la articulación institucional que permita la
generación de políticas integrales que promuevan
la sostenibilidad, la competitividad y la equidad
en los mares y las costas de Colombia.
Atentamente,
5HIHUHQFLDVELEOLRJUi¿FDV
'LPDU  $WODV &DUWRJUi¿FR GH ORV
Océanos y Costas de Colombia (Tercera ed.).
Bogotá: Dirección General Marítima.
PNOEC 2016. Política Nacional de los Océanos
y los Espacios Costeros. Comisión Colombiana
del Océano. Bogotá, D. C., 89 p.
CÁMARA DE REPRESENTANTES
SECRETARÍA GENERAL
El día 22 de noviembre de 2017 ha sido
presentado en este despacho el 3UR\HFWR GH OH\
Q~PHUR  con su correspondiente exposición
de motivos. Por la honorable Representante:
.DUHQ9LROHWWH&XUH&RUFLRQH
El Secretario General,
-RUJH+XPEHUWR0DQWLOOD6HUUDQR

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