Gaceta del Congreso del 24-10-2019 - Número 1052 (Contenido completo) - 24 de Octubre de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 821626173

Gaceta del Congreso del 24-10-2019 - Número 1052 (Contenido completo)

Fecha de publicación24 Octubre 2019
Número de Gaceta1052
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 1052 Bogotá, D. C., jueves, 24 de octubre de 2019 EDICIÓN DE 16 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
       
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN PRIMERA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE DEL HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
AUDIENCIA PÚBLICA DE 2019
(octubre 9)
Segunda Audiencia
Proyecto de Acto Legislativo número
06 de 2019 Senado, por medio del cual
se adopta una reforma política y electoral
que permita la apertura democrática para
la construcción de una paz, estable y
duradera.
Convocada mediante Resolución número 4 del
24 de septiembre de 2019,  
a las personas naturales o jurídicas, interesados en
presentar opiniones u observaciones al Proyecto
de Acto Legislativo número 06 de 2019 Senado,
por medio del cual se adopta una reforma política
y electoral que permita la apertura democrática
para la construcción de una paz, estable y
duradera.
Siendo las 9:20 a. m. del día 9 de octubre
de 2019, en el Salón Guillermo Valencia –
Capitolio Nacional, recinto de sesiones de la
Comisión Primera de Senado, en la ciudad de
Bogotá, D. C., se da inicio a la Audiencia Pública
previamente convocada y con la presencia
     
la Comisión Primera del Honorable Senado,
     
Julián Gallo Cubillos.
La Presidencia ejercida por el ponente del
proyecto honorable Senador Julián Gallo
Cubillos maniesta lo siguiente:
Muy buenos días a todos y todas las presentes,
     
invitación a participar en esta segunda audiencia
pública que realizamos, en la idea de recoger la
opinión de los ciudadanos, las organizaciones y
movimientos políticos, lo mismo que los partidos
del Proyecto de Acto Legislativo número 06
de 2019, que tiene como objetivo una reforma
política y electoral.
En el momento en que estamos en desarrollo
de una campaña electoral, que además deja
     
tiene el sistema político colombiano, por eso
      
coyuntura, convocar este tipo de audiencias que
nos permitan ojalá poder avanzar en consenso con
los partidos.
Por supuesto el Gobierno nacional, en esa
necesaria reforma política, que fue entre otras
uno de los puntos pactados en los acuerdos de
paz de La Habana, buscando la ampliación y la

solicito señor Secretario leer el orden del día
en la resolución de convocatoria de la de la
audiencia.
Atendiendo instrucciones de la Presidencia
por Secretaría se da lectura a la Resolución
número 04.
Página 2 Jueves, 24 de octubre de 2019 G 1052
Secretario:
Al respecto me permito informarle señor
Presidente que conforme a la resolución se acudió
a la parte administrativa, se solicitó la publicación
de la audiencia en periódicos de circulación
nacional, además en el Canal Institucional del
Congreso, esta audiencia se anunció.
Se inscribieron, de conformidad como lo
ordena la Ley 5ª, con documento, los siguientes
ciudadanos:
Alberto Acosta Ortega – Ingeniero -
Comité Colombia Vota NO:
Camilo Mancera Morales – Coordinador -
Misión de Observación Electoral (MOE)
 
el Desplazamiento (CODHES)
Se invitaron

- Partido Liberal Colombiano
Doctor Ómar Yepes Alzate – Presidente -
Partido Conservador Colombiano
Doctor Germán Córdoba Ordóñez –
Director - Partido Cambio Radical
Doctor Antanas Mokus - Co-Presidente -
Partido Alianza Verde
Doctor Luis Humberto Cuaspud – Director
- Movimiento Autoridades Indígenas de
Colombia (AICO)
Doctor Alonso Tobón Tobón – Director
- Partido Alianza Social Independiente
(ASI)
Doctor Carlos Eduardo Guevara – Director
- Movimiento Político MIRA
Doctor Aurelio Iragorri Valencia –
Presidente - Partido Social de Unidad
Nacional
Doctor Álvaro José Argote Muñoz –
Presidente - Partido Polo Democrático
Alternativo
Doctora Aida Avella Esquivel – Presidente
- Partido Unión Patriótica (UP)
Doctora Nubia Stella Martínez Rueda
- Directora Nacional - Partido Centro
Democrático
     
– Presidenta - Movimiento Alternativo
Indígena y Social (MAIS)
Doctor Rodrigo Londoño – Presidente -
Partido Fuerza Alternativa Revolucionario
del Común
      
Director - Partido Colombia Renaciente
• Partido Alianza Democrática
Afrocolombiana ADA

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