Gaceta del Congreso del 24-11-2003 - Número 610PPDPMPL (Contenido completo) - 24 de Noviembre de 2003 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766714417

Gaceta del Congreso del 24-11-2003 - Número 610PPDPMPL (Contenido completo)

Fecha de publicación24 Noviembre 2003
Número de Gaceta610
GACETA DEL CONGRESO 610 Lunes 24 de noviembre de 2003 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
SENADO Y CAMARA
G A C E T A D E L C O N G R E S O
AÑO XII - Nº 610 Bogotá, D. C., lunes 24 de noviembre de 2003 EDICION DE 16 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P O N E N C I A S
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camararep.gov.co
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO
DE LEY NUMERO 023 DE 2003 CAMARA
por la cual se dictan normas sobre el fomento al consumo del Gas Natural
Vehicular, se establece una cuota parafiscal de fomento
y se dictan otras disposiciones.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Doctor
LUIS EDMUNDO MAYA PONCE
Presidente Comisión Quinta
Cámara de Representantes
Ciudad
Señor Presidente:
Procedemos a rendir informe de ponencia para primer debate sobre el
Proyecto de ley número 023 de 2003 Cámara con base en los siguientes
A. Antecedentes que justifican la aceleración del programa de
conversión a gas natural del parque automotor colombiano
Es indudable que el fomento al uso racional y eficiente de la energía y la
utilización de energías alternativas es un asunto de interés social nacional, y,
en el caso que nos ocupa, en la exposición de motivos que acompañó la
presentación del Proyecto de ley número 023 de 2003 Cámara se presenta, en
forma detallada, las razones por las cuales resulta de enorme interés para el
país proceder a sustituir el consumo de combustibles líquidos derivados del
petróleo (gasolina y combustible diésel) por gas natural a ser utilizado como
combustible en los vehículos de transporte terrestre existentes en Colombia.
Esta es la razón fundamental para aprovechar la presentación del referido
proyecto de ley para crear un marco legal general destinado a promover la
competitividad de la economía nacional, el saneamiento ambiental, el logro
de la autosuficiencia energética del país al igual que a proteger a los usuarios
de los combustibles antes citados siendo esta la oportunidad para establecer,
a través de unos nuevos artículos:
Que el Gobierno Nacional fijará en el Plan Nacional de Desarrollo las
directrices de política, planes y programas que durante el respectivo cuatrienio
ejecutará para el uso eficiente y adecuado del gas natural en la propulsión de
vehículos automotores.
Que durante los próximos quince (15) años el Gobierno Nacional deberá
fijar como prioritario dentro de su política de uso del gas natural, acciones y
directrices que incentiven el uso del gas natural vehicular (GNV) y,
Que el Gobierno nacional propugnará por políticas de incentivos al uso
de gas natural vehicular para lo cual tendrá como instrumento esencial la
cuota de contribución parafiscal para la conversión y racionalización del uso
de combustibles del Transporte Automotor Terrestre que se propone crear en
el Proyecto de ley 023, con el fin de propugnar por la protección del medio
ambiente y la salud pública.
Todo lo anterior tiene que ver con el hecho suficientemente conocido de
que no obstante los numerosos esfuerzos que, por décadas, han tratado de
masificar el uso del GNV en Colombia, los resultados muestran que, hasta el
día de hoy, no ha sido posible alcanzar unos niveles deseables en esta
importante materia y que las acciones adelantadas no han logrado modificar
los patrones de consumo de nuestra población como si ocurrió con el caso de
la masificación del uso del gas natural residencial1.
Es por ello que este nuevo uso racional y eficiente de la energía adquiere
una singular importancia para el país por ser el GNV uno de los insumos
energéticos potenciales más relevantes para el futuro desarrollo económico
del país, ya que su uso bien puede significar eficiencia micro y
macroeconómica2, disminución de costos y renovación tecnológica de todo
el sector transporte del país.
Este tipo de programas de altísimo impacto energético, económico y
ambiental debería ser prioritario para el país y por ello, con el Proyecto de ley
023, se espera poder superar las barreras que han impedido la consolidación
de una política continua y continuada de uso de este combustible debido a que,
por ejemplo, hoy no existen suficientes atractivos económicos para llevar a
cabo la conversión de los vehículos a GNV, ni se cuenta con un sistema eficaz
de financiación de dichas conversiones al igual que la de los talleres y
estaciones de servicio requeridas para poder masificar el consumo respectivo.
Por ello, bajo el entendido de que Colombia requiere:
1. Generar empleo permanente y sustentable.
2. Mejorar su Balanza Comercial.
3. Correr la fecha estimada para que el país pase de ser exportador de
petróleo a importador de crudo.
4. Incentivar la inversión privada en el sector gasífero y en la búsqueda de
hidrocarburos.
1Proyecto URE (de Uso Racional y Eficiente de Energía) de gran éxito y relevancia,
que permitió (inicialmente) ahorros cercanos a los $97.000 millones de pesos
anuales corrientes en 1997, mediante la sustitución de electricidad por gas en el
sector residencial.
2Al traer consigo una mejora en la balanza comercial del país por ahorro en
importaciones, generar una muy notable reducción en los subsidios, generar
empleo permente y sustentable, incentivar la inversión privada, generar riqueza
para la Nación y reducir el impacto ambiental y los costos de los combustibles para
los usuarios.
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5. Disminuir la factura energética y de mantenimiento3 a los propietarios
de los vehículos de transporte automotor.
6. Disminuir la contaminación ambiental4.
7. Generar riqueza para la Nación5.
8. Disminuir los subsidios a los combustibles líquidos y la presión sobre
las tarifas de transporte.
9. Utilizar parte de la enorme capacidad ociosa existente en la actual
infraestructura que posee el sector del gas natural6.
10. Aumentar los años de duración de los vehículos que lo utilicen al igual
que los años de duración de nuestras reservas de petróleo, no cabe duda de que
el Estado colombiano debería estar pensando en cómo o de qué manera es
posible conseguir todas estas metas o propósitos en el menor tiempo posible,
para lo cual el tema del Gas Natural Vehicular (GNV) puede llegar a ser una
de las fórmulas que permitan lograr todos estos propósitos de manera
simultánea.
En efecto, experiencias reales en muchos países7 y sobre todo la más
reciente de Brasil8, indican que el propósito contenido en el Proyecto de ley
023 constituye, sin duda, una excelente herramienta que se le da a los
empresarios del transporte y a los propietarios de vehículos automotores para
que hagan cuentas y escojan, máxime si se tiene en cuenta que los vehículos
a convertir bien pueden operar con los dos combustibles de manera simultánea
pudiendo cambiar de uno a otro accionando para ello una simple palanca
desde el tablero de su vehículo.
No cabe duda de que el GNV puede llevar al país a depender menos de la
“gasolina importada” al igual que del escaso y contaminante ACPM (que el
país debe empezar a importar a partir del año entrante) promoviendo con ello
el uso de un combustible abundante y barato (el gas natural) en vez de
estos 2 combustibles líquidos que son más escasos y costosos9 con lo cual,
adicionalmente, vamos a descontaminar a una gran cantidad de ciudades y
poblaciones del país debido a que EL GNV ES EL COMBUSTIBLE
ECONÓMICO Y ECOLÓGICO DEL FUTURO10, debiendo tener en cuenta,
además, que el gas no le causa ningún tipo de subsidio al Gobierno Nacional
como sí ocurre con el caso de la gasolina y el ACPM.
Más aún, frente al hecho suficientemente conocido de que el gas natural
es significativamente más barato que la gasolina y que, cuando se eliminen
los enormes subsidios que actualmente se le otorgan a este combustible
líquido al igual que al ACPM, las ventajas económicas para los transportadores
harán sin duda que la presión sobre las tarifas se reduzca de manera notable
debido a que es bien sabido que al gas natural el Estado colombiano NO LE
OTORGA NINGÚN TIPO DE SUBSIDIO, como sí lo está haciendo hoy con
los combustibles líquidos en mención.
Adicionalmente debe tenerse en cuenta que UN PROGRAMA DE
MASIFICACION DEL GNV como el que se pretende lograr con esta
iniciativa de ley, va a incentivar al sector privado para fabricar en el país
muchas de las partes, piezas y equipos que se requieren para realizar la
conversión respectiva y proveer de gas natural a los automotores que realicen
dicha conversión.
Debemos anotar que gracias al pleno convencimiento de las bondades de
lo antes expuesto, el Gobierno Nacional decidió, en el año 2001, que se podía
prolongar la vida útil de los vehículos de transporte público por 3 años y POR
UNA SOLA VEZ cuando a dichos automotores se les instalen kits de
conversión a gas natural (véase Resolución 5444 de 2001 de Mintransporte)
lo cual va a traer enormes beneficios para más de 15 mil propietarios de buses
urbanos que debían salir de circulación en los próximos 3 años.
B. La Constitucionalidad del proyecto de ley
No cabe duda de que el Proyecto de ley 023 y la cuota parafiscal que con
él se crea está totalmente de acuerdo con lo preceptuado por la Constitución
Nacional y con la ley o Estatuto Orgánico del Presupuesto al igual que con la
jurisprudencia de la honorable Corte Constitucional debido a que dicha cuota:
1. Es obligatoria y el Estado (a través de esta nueva ley) indicaría a cuánto
equivale, cómo se genera, quién la recauda, etc.
2. Grava a todos los propietarios de vehículos automotores (públicos
y privados11).
3. Se convertirá en un recurso que se invertirá en beneficio de todos los
propietarios de vehículos automotores (públicos y privados).
4. Por ser un recurso público destinado a favorecer al grupo antes
citado, quien la administre deberá rendir cuentas a la Tesorería General
de la Nación, al Ministerio de Transporte y a la Contraloría General de
la República sobre la inversión de los recursos respectivos, para lo cual
estos entes del Estado adoptarán, en su momento, los sistemas que consideren
adecuados para el efecto, tal y como aparece consignado en el articulado del
Proyecto de ley número 023 de 2003 Cámara.
C. La Compatibilidad del proyecto con el programa de Gobierno del
Presidente Uribe
Es importante anotar que el Gobierno del Presidente Uribe tiene el
propósito de:
1. Consolidar la industria del gas natural, mediante la adopción de
una política que propicie el desarrollo de un mercado doméstico y
secundario de gas12 para lo cual en el Plan Nacional de Desarrollo 2002-
2006 se propuso crear incentivos tributarios a los motores de vehículos
importados para el servicio público de transporte que utilicen de forma
exclusiva gas como combustible; así como a aquellos equipos que se
importen para la conversión de vehículos a gas y para las estaciones de
servicio de gas natural vehicular (GNV) comprimido”, tal y como quedó
estatuido en la Ley 788 del 27 de diciembre de 2002, de manera tal que con
el articulado del proyecto de ley del Senador Manzur lo que se pretende es
complementar esta política al generar (a través de la nueva cuota parafiscal)
los recursos necesarios para crear un nuevo mercado que permita hacer uso
de los incentivos tributarios establecidos por la ley en mención para los
“kits” de conversión, los compresores y surtidores de gas natural vehicular
al igual que para sus partes y accesorios.
3Al equivaler su precio, por resolución ministerial, a un 60% del precio de la
gasolina, requerir cambios de aceite cada 15 a 30 mil kilómetros pudiendo durar las
bujías hasta 120 mil kilómetros y no ser posible que le roben este combustible al
vehículo como sí ocurre con la gasolina o el diésel.
4De acuerdo con el GAS RESEARCH CENTER de Inglaterra, el gas natural: a) No
produce material particulado; b) Reduce 6 veces las emisiones de Oxido de
Nitrógeno (NOx); c) Reduce entre 6 y 8 veces la emisión de hidrocarburos no
metánicos, y d) Reduce en 4 veces las emisiones de Monóxido de Carbono (CO),
debiendo tener en cuenta que, con base en estas razones, LOS VEHÍCULOS CON
SISTEMA DUAL (gas-gasolina) QUEDARON EXENTOS DE OBTENER EL
CERTIFICADO DE EMISIONES DEL DAMA en la ciudad de Bogotá (Resolución
1337).
5Al lograrse una vinculación activa de capital privado lo cual incentivará desarrollo
económico al igual que generará más empleo, regalías e impuestos para el Estado
colombiano.
6Al consumirse anualmente 270 millones de metros cúbicos de gas natural comprimido
que reemplazarían a 131 millones de galones de gasolina motor importada.
7Caso, por ejemplo, de Argentina con 647.590 vehículos convertidos a gas natural
y 913 estaciones, Rusia con más de 500 mil, Italia con más de 400 mil, Nueva
Zelandia con más de 350 mil; Estados Unidos y Canadá con más de 200 mil,
debiendo tener en cuenta que Argentina inició su programa hace 16 años y hoy
cuenta con 950 estaciones de servicio y más de 1.600 talleres de conversión que
facturan alrededor de US$970 millones por año, mientras que Colombia inició esta
actividad hace 22 años y sólo ha logrado convertir a gas natural 11 mil vehículos.
8En donde, en Río de Janeiro, en escasos 3 años (entre 1999 y diciembre del 2001)
se convirtieron a gas natural alrededor de 60 mil vehículos debiendo anotar que hoy
el 90% de los taxis de esta ciudad utiliza gas natural como combustible para lo cual
fue necesario instalar 91 estaciones de servicio lo cual hizo que el consumo de GNV
pasara de 169,3 millones de mt3 en el año 2000 a 285 millones en el 2001
esperándose que en el año 2005 Brasil va a tener un millón de vehículos operando
con gas natural, consumiendo 9 millones de mt3 diarios los cuales van a ser
vendidos por unas mil estaciones de servicio.
9En efecto, a partir de agosto 1º de 2003 el galón de gasolina motor es de $4.114
mientras que el equivalente en Gas Natural Vehicular a este mismo galón cuesta
$1.900 (a razón de $660 el metro cúbico).
10 Si lo que se está proponiendo es llevado a cabo, digamos, en 3 años Bogotá se
convertiría en la capital poseedora del aire más limpio de todas las grandes ciudades
del mundo.
11 Para un total de 2´650.000 vehículos, de acuerdo con cifras suministradas por el
Asesor Jurídico del Ministerio de Transporte a la Comisión Quinta de la Cámara
el 20 de mayo de 2003, de los cuales 530 mil corresponden a vehículos de transporte
público urbano, 435 mil a transporte interurbano, 185 mil a transporte público de
carga y 1,5 millones son particulares debiendo tener en cuenta que los 530 mil
vehículos de transporte público urbano son utilizados por el 85% de los colombianos,
quienes, obviamente, SERIAN LOS MAS DIRECTAMENTE BENEFICIADOS
CON LA APROBACION DEL PROYECTO DE ESTA LEY.
12 Véase, a propósito, la página 87 de las “Bases del Plan Nacional de Desarrollo
2002-2006”.

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