Gaceta del Congreso del 25-04-2019 - Número 262 (Contenido completo) - 25 de Abril de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 780277913

Gaceta del Congreso del 25-04-2019 - Número 262 (Contenido completo)

Fecha de publicación25 Abril 2019
Número de Gaceta262
ENMIENDAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 262 Bogotá, D. C., jueves, 25 de abril de 2019 EDICIÓN DE 29 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ENMIENDA ARTICULADO PONENCIA
PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 029 DE 2018
CÁMARA
ENMIENDA AL TEXTO PROPUESTO
PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 029 DE 2018 CÁMARA
por medio de la cual se crea el Plan Nacional de
Desarme Blanco Ciudadano.
Bogotá, D. C., 9 abril de 2019
Doctor
GABRIEL SANTOS GARCÍA
Presidente
Comisión Primera Constitucional Permanente
Cámara de Representantes
Referencia: Enmienda al texto propuesto
para primer debate al Proyecto de ley número
029 de 2018 Cámara, por medio de la cual
se crea el Plan Nacional de Desarme Blanco
Ciudadano.
Respetado señor Presidente:
El pasado 8 de noviembre de 2018 fue publicado
en la Gaceta del Congreso número 955 el informe
de ponencia para primer debate del proyecto de la
referencia.
Posteriormente fue allegado concepto del
Consejo Superior de Política Criminal que planteó
observaciones al Proyecto de ley número 029 de
2018 Cámara, algunas de ellas ya acogidas en el
informe de ponencia presentado, otras que han
sido analizadas y por tanto es necesario tener

texto propuesto en la ponencia.
Así mismo, fue presentada ponencia negativa
por la Representante Ángela María Robledo
quien dentro de sus argumentos expone algunos
temas que son de interés para el proyecto y que se
consideran viables incorporar.
Por las anteriores consideraciones y dada la
relevancia del proyecto de ley y el objetivo que se

al texto propuesto de la ponencia para primer
debate así:
AJUSTES AL PLIEGO DE MODIFICACIONES
PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE CAMBIOS PROPUESTOS JUSTIFICACIÓN
Artículo 1°. La presente ley tiene como
objeto la creación de una estrategia en
el marco de la convivencia y seguridad
ciudadana en el territorio nacional, con
   -
talecimiento de la previsión, prevención
y control de las lesiones personales, ho-
micidios, hurtos y delitos cometidos con
armas cortopunzantes y/o blancas.
Artículo 1°. La presente ley tiene
como objeto la creación de una estra-
tegia pedagógica, de comunicación y
de sensibilización en el marco de la
convivencia y seguridad ciudadana en
   -
rantizar la creación y el fortalecimiento
de la previsión, prevención y control
de las lesiones personales, homicidios,
hurtos y delitos cometidos con armas
cortopunzantes y/o blancas a partir de

En relación con el texto inicial del pro-
yecto de ley en la ponencia se incluyó el
tipo penal de hurto teniendo en cuenta
que es un delito que impacta por la utili-
zación de armas blancas.
En relación con los cambios que se pro-
ponen al articulado de la ponencia se
fortaleció la estrategia de pedagogía en
la medida que es una política social para
la prevención de violencias, es decir la
anticipación al hecho y no solo el plan
de choque.
Página 2 Jueves, 25 de abril de 2019 G 262
PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE CAMBIOS PROPUESTOS JUSTIFICACIÓN
concienciación de la ciudadanía sobre
los daños del uso de este tipo de ele-
mentos de porte común en Colombia.
Artículo 3°. El Plan Nacional de Des-
arme Blanco Ciudadano, en observancia
del principio de autonomía municipal,
estará bajo la coordinación y la acción
de los Departamentos, Alcaldías Distri-
tales y Municipales quienes serán los lí-
deres del proceso en los territorios; para
ello cada ente territorial desarrollará un
plan de acción para el cumplimiento
de esta normativa en concordancia con
sus Planes de Desarrollo y los planes
integrales de convivencia y seguridad
ciudadana. Adicionalmente se deberán
abrir espacios, escenarios y eventos
para el desarme ciudadano voluntario.
Parágrafo. La Policía Nacional será la
única autoridad competente para reci-
bir y custodia las armas blancas que los
ciudadanos decidan entregar volunta-
riamente, como resultado de las activi-
dades de pedagogía adelantadas por las
Alcaldías y Departamentos sin que ello
obste para continuar con otras acciones
previstas y orientadas a la incautación
forzosa solo en el caso de uso indebido
o relacionado con delitos.
La Policía Nacional elaborará un proto-
     
destinación, fundición o destrucción de
las armas recolectadas.
Artículo 3°. El Plan Nacional de Desar-
me Blanco Ciudadano, en observancia
del principio de autonomía territorial,
estará bajo la coordinación y la acción
de los Departamentos, Alcaldías Dis-
tritales y Municipales quienes serán
los líderes del proceso pedagógico,
comunicacional e informativo en los
territorios; para ello cada ente territo-
rial desarrollará un plan de acción para
el cumplimiento de esta normativa en
concordancia con sus Planes de Desa-
rrollo y los planes integrales de convi-
vencia y seguridad ciudadana desde el
enfoque preventivo. Adicionalmente
se deberán abrir espacios, escenarios
y eventos para el desarme ciudadano
voluntario que sensibilicen sobre el
cuidado de la vida especialmente en las
relaciones comunitarias y la forma de

Parágrafo. La Policía Nacional será la
única autoridad competente para reci-
bir y custodiar las armas blancas que
los ciudadanos decidan entregar volun-
tariamente, como resultado de las acti-
vidades de pedagogía y sensibilización
adelantadas por los municipios, distritos
y Departamentos.
La Policía Nacional elaborará un proto-
     
destinación, fundición o destrucción de
las armas recolectadas en las entregas
voluntarias.
Se ajusta el término municipal por te-
rritorial en el entendido que no solo se
trata de Municipios, sino también de las
demás entidades territoriales como Dis-
tritos y Departamentos.
El cuidado de la vida es el pilar funda-
mental del Plan Nacional de Desarme
Blanco que busca orientar a las entida-
des para las sensibilizaciones, acciones
simbólicas y programas pedagógicos
necesarios que sintonice la resolución
      
uso de elementos cortopunzantes para
agredir a otras personas.
Este artículo es armónico con la Ley
1801 de 2016 en cuanto a los lineamien-
tos sobre armas blancas, agregando la
indicación sobre la destinación fundi-
ción o destrucción de las mismas.
Pertinente señalar que los procesos de
sensibilización y pedagogía deben in-
centivar al desarme voluntario y del uso
responsable de las mismas por parte de
     
excepción pueden portarlas.
Artículo 4°. El Plan Nacional de Des-
arme Blanco Ciudadano, busca llegar a
diferentes poblaciones y por ende cada
municipio creará las estrategias necesa-
rias y particulares para el cumplimien-
        
diferenciadamente a menores de edad,
poblaciones protegidas constitucional-
mente, grupos minoritarios y demás
   -
cos de variables como ciclos vitales y
   
del fenómeno de agresiones en el mu-
   
de la Policía Nacional, Fiscalía General
de la Nación, Cuerpo Técnico de Inves-
tigación de la Fiscalía General de la Na-
ción, Ejército Nacional de Colombia y
el Instituto Nacional de Medicina Legal
y Ciencias Forenses.
Artículo 4°. El Plan Nacional de Des-
arme Blanco Ciudadano, busca llegar a
diferentes poblaciones de forma peda-
gógica, comunicativa e informativa que
permitan la sensibilización ciudadana
con el reconocimiento de las creencias,
cultura tradiciones de los grupos de pro-
tección especial constitucional por ende
cada entidad territorial creará las estra-
tegias necesarias y particulares para el
cumplimiento de la normativa pedagó-
gica      -
mente a menores de edad, poblaciones
protegidas constitucionalmente, grupos
minoritarios y demás poblaciones iden-
    
como ciclos vitales y ubicación geográ-
     
agresiones en el municipio de acuerdo
       -
cional, Fiscalía General de la Nación,
Cuerpo Técnico de Investigación de la
Fiscalía General de la Nación, Ejérci-
to Nacional de Colombia y el Instituto
Nacional de Medicina Legal y Ciencias
Forenses.
El Plan Nacional de Desarme Blanco
reconoce la diversidad y al ser una polí-
tica de orden social. Tendrá excepciones
frente a poblaciones, grupos, identida-
des bajo el respeto histórico cultural de
las comunidades indígenas y población
rural que se dedican a labores agrope-
cuarias.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR