Gaceta del Congreso del 25-08-2020 - Número 776 (Contenido completo) - 25 de Agosto de 2020 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 847985469

Gaceta del Congreso del 25-08-2020 - Número 776 (Contenido completo)

Fecha de publicación25 Agosto 2020
Número de Gaceta776
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXIX - Nº 776 Bogotá, D. C., martes, 25 de agosto de 2020 EDICIÓN DE 27 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
       
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN PRIMERA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE DEL HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
PLATAFORMA VIRTUAL ZOOM
ACTA ORDINARIA VIRTUAL NÚMERO 46
DE 2020
(junio 16)
Cuatrienio 2018-2022 - Legislatura 2019-2020
Segundo Periodo
El día dieciséis (16) de junio del dos mil veinte
(2020), se reunieron en la plataforma virtual ZOOM,
previa citación, los miembros de la Comisión

virtualmente.
I
Llamado a lista y vericación del quórum
La Presidencia ejercida por el titular Honorable
Senador Santiago Valencia González, se conectaron
a la plataforma virtual ZOOM, los Honorables
Senadores:
Amín Saleme Fabio Raúl
Andrade de Osso Esperanza
Barreras Montealegre Roy Leonardo
Cabal Molina María Fernanda
Enríquez Maya Eduardo
Gallo Cubillos Julián
Guevara Villabón Carlos
Ortega Narváez Temístocles
Pinto Hernández Miguel Ángel
Rodríguez Rengifo Rossvelt
Valencia González Santiago
Valencia Laserna Paloma, y
Velasco Chaves Luis Fernando.
En el transcurso de la sesión virtual, se
conectaron a la plataforma virtual ZOOM los
Honorables Senadores:
Benedetti Villaneda Armando
García Gómez Juan Carlos
Gaviria Vélez José Obdulio
Lara Restrepo Rodrigo
López Maya Alexánder
Lozano Correa Angélica
Name Vásquez Iván
Petro Urrego Gustavo Francisco, y
Varón Cotrino Germán.
La Secretaría informa que se ha registrado
Quórum decisorio
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Ábrase la sesión ordinaria virtual, solicita al
Secretario dar lectura al Orden del Día para la
presente reunión.
ORDEN DEL DÍA
COMISIÓN PRIMERA HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
Cuatrienio 2018-2022 Legislatura 2019-2020
Segundo Periodo
SESIÓN ORDINARIA VIRTUAL
“La Mesa Directiva de la Comisión Primera de
Senado, informa que para esta sesión ordinaria,
la presencia será virtual a través de la plataforma
ZOOM, la invitación para la conexión, el ID y la
contraseña se enviará vía WhatsApp”.
Día: Martes 16 de junio de 2020
Hora: 8:00 a. m.
I
Llamado a lista y vericación del quórum
Página 2 Martes, 25 de agosto de 2020 G 776
II
Consideración y aprobación de actas
Sesiones Ordinarias
Acta número 24 del 22 de abril de 2020, Gaceta
del Congreso número 250 de 2020; Acta número
25 del 28 de abril de 2020, Gaceta del Congreso
número 252 de 2020; Acta número 26 del 30 de
abril de 2020, Gaceta del Congreso número 251
de 2020; Acta número 27 del 4 de mayo de 2020;
Acta número 28 del 7 mayo de 2020, Gaceta del
Congreso número 253 de 2020.
III
Consideración y votación de Proyectos
en primer debate
1. Proyecto de ley número 61 de 2019
Senado, por medio del cual se regula un
procedimiento especial para la legalización
y adquisición de los predios e inmuebles en
favor de las entidades territoriales de predios
donde funcionan instituciones educativas
públicas urbanas y rurales y se dictan otras
disposiciones”.
Autor: Honorable Senador Miguel Ángel Barreto
Castillo.
Ponente Primer Debate:
Senado: Honorable Senador Eduardo Enríquez
Maya.
Publicación: Proyecto Original: Gaceta del
Congreso número 720 de 2019
Ponencia 1er Debate: Gaceta del
Congreso número 1190 de 2019
2. Proyecto de ley número 116 de 2019
Senado, por medio de la cual se establecen
lineamientos especiales para la adquisición
de predios para las entidades territoriales
por prescripción adquisitiva y se dictan
otras disposiciones.
Autores: Honorables Senadores José Rítter
López Peña, Roosvelt Rodríguez Rengifo. -
Honorables Representantes Jorge Eliécer Tamayo,
Luis Fernando Gómez, Martha Patricia Villalba,
Julián Peinado Ramírez, Norma Hurtado Sánchez,
Élbert Díaz Lozano, José Eliécer Salazar, Harold
Augusto Valencia, Hernán Banguero Andrade,
Anatolio Hernández Lozano, Jairo Humberto
Cristo, Alejandro Carlos Chacón, Jorge Méndez
Hernández, Emeterio José Montes
Ponente Primer Debate:
Senado: Honorable Senador Roosvelt Rodríguez
Rengifo.
Publicación: Proyecto Original: Gaceta del
Congreso número 793 de 2019
Ponencia 1er Debate: Gaceta del Congreso
número 1206 de 2019
3. Proyecto de ley número 251 de 2019
Senado, 011 de 2019 Cámara, “por medio
de la cual se modica el Decreto Ley 1421
de 1993, referente al Estatuto Orgánico de
Bogotá”.
Autores: Honorables Representantes José Daniel
López Jiménez, Juanita María Goebertus Estrada,
Édward Rodríguez Rodríguez, Irma Luz Herrera
Rodríguez, Juan Manuel Daza Iguarán, José Jaime
Uscátegui Pastrana, Carlos Eduardo Acosta Lozano,
María José Pizarro, Ángela Patricia Sánchez Leal,
Enrique Cabrales Baquero, Juan Carlos Wills
Ospina, Katherine Miranda Peña, Mauricio Andrés
Toro Orjuela, Gabriel Santos García, David Ricardo
Racero Mayorca, Juan Carlos Lozada Vargas.
Ponente Primer Debate:
Senado: Honorable Senador Germán Varón
Cotrino.
Publicación: Proyecto Original: Gaceta del
Congreso número 655 de 2019
Texto Aprb. Plenaria Cámara: Gaceta del
Congreso número 1112 de 2019
Ponencia 1er Debate: Gaceta del
Congreso número 1176 de 2019
4. Proyecto de ley número 93 de 2019
Senado, por medio del cual se adoptan
acciones armativas para mujeres cabeza
de familia en materias de política criminal
y penitenciaria, se modica y adiciona
el Código Penal, la Ley 750 de 2002 y el
Código de Procedimiento Penal y se dictan
otras disposiciones.
Autores: Honorables Senadores Rodrigo Lara
Restrepo, Armando Benedetti Villaneda, Ana María
Castañeda Gómez, Fabio Amín Saleme, Maritza
Martínez Aristizábal, Temístocles Ortega Narváez,
Miguel Ángel Pinto Hernández, Juan Carlos García
Gómez, Gustavo Petro Urrego, Santiago Valencia
González, Paloma Valencia Laserna, Esperanza
Andrade de Osso, José Rítter López Peña, Gustavo
Bolívar Moreno, Roosvelt Rodríguez Rengifo, Julián
Gallo Cubillos, Aída Avella Esquivel, Griselda
Lobo Silva, Jorge Eduardo Londoño Ulloa, Iván
Marulanda Gómez, José Polo Narváez.
Honorables Representantes José Daniel López,
Julio César Triana Quintero, Juan Carlos Lozada
Vargas, Juanita Goebertus Estrada.
Ponente Primer Debate:
Senado: Honorable Senador Rodrigo Lara
Restrepo.
Publicación: Proyecto Original: Gaceta del
Congreso número 734 de 2019
Ponencia 1er Debate: Gaceta del Congreso
número 1206 de 2019
5. Proyecto de ley número 14 de 2019
Senado, por medio de la cual se establecen
condiciones especiales para acceder al
benecio de la libertad condicional para los
miembros de las fuerzas públicas.
Autores: Honorables Senadores Álvaro Uribe
Vélez, Honorio Miguel Henríquez Pinedo, Ciro

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