Gaceta del Congreso del 26-08-2009 - Número 781PSDPL (Contenido completo) - 26 de Agosto de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766812277

Gaceta del Congreso del 26-08-2009 - Número 781PSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación26 Agosto 2009
Número de Gaceta781
Gaceta del congreso 781 Miércoles 26 de agosto de 2009 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVIII - Nº 781 Bogotá, D. C., miércoles 26 de agosto de 2009 EDICION DE 8 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NUMERO 232
DE 2008 CAMARA
por la cual se regula un arancel judicial.
Bogotá, D. C., 4 de agosto de 2009
Doctora
ELIZABETH MARTINEZ BARRERA
Secretaria General
Comisión Tercera
Cámara de Representantes
Ciudad
En atención a la designación que me hizo la
Mesa Directiva de la Comisión Tercera Perma-
nente de Cámara y dando cumplimiento con lo
establecido en la Ley 5ª de 1992, me permi-
to presentar ponencia para segundo debate al
Proyecto de ley número 232 de 2008 Cámara,
“por la cual se regula un arancel judicial”, en
los siguientes términos:
1. Antecedentes del proyecto
El proyecto de ley número 232 de 2008
Cámara, “por la cual se regula un arancel ju-
dicial”, de autoría del doctor Fabio Valencia
Cossio, Ministro del Interior y de Justicia y del
doctor Oscar Iván Zuluaga Escobar, Ministro
de Hacienda y Crédito Público, fue radicado
el día 10 de diciembre de 2008 y publicado en
la Gaceta del Congreso número 932 del 11 de
diciembre de 2008.
En sesión ordinaria de la Comisión de fecha
16 de junio de 2009, fue aprobado en primer
debate en los términos previstos inicialmente.
La propuesta gubernamental nace a raíz
de la declaratoria de inexequibilidad de esta
misma iniciativa incluida en el Proyecto de
ley número 286 de 2007 Cámara, 023 de 2006
Senado, “por la cual se reforma la Ley 270 de
1996, Estatutaria de Administración de Jus-
ticia”, corregida precisamente en los térmi-
nos expuestos en la Sentencia número C-713
del 15 de julio de 2008 de la honorable Corte
Constitucional.
2. Objeto del proyecto de ley
El proyecto en estudio pretende cobrar un
arancel judicial con destino a la Rama Judi-
cial y a cargo de los demandantes en procesos
civiles, comerciales y contencioso adminis-
trativos, constituyendo un ingreso público del
Fondo para la modernización, descongestión y
bienestar de la administración de justicia, des-
tinado a asumir gastos de funcionamiento y de
inversión de la Rama Judicial, con prioridad
para los de funcionamiento.
El arancel judicial se causará, en primer
lugar, sobre los pagos que se realicen para
cumplir la condena impuesta en sentencia
ejecutoriada, en los procesos civiles, comer-
ciales y contencioso administrativos. En se-
gundo lugar, sobre los pagos que se realicen
para satisfacer el valor del crédito, según la
liquidación del mismo, judicialmente apro-
bada en los procesos civiles, comerciales y
contencioso administrativos. Y en tercer lu-
gar, sobre los pagos que den lugar a la ter-
minación anticipada del proceso o los deri-
vados de transacción o de conciliación que
presuponga la satisfacción de pretensiones

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