Gaceta del Congreso del 26-10-2018 - Número 899 (Contenido completo) - 26 de Octubre de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 745431265

Gaceta del Congreso del 26-10-2018 - Número 899 (Contenido completo)

Fecha de publicación26 Octubre 2018
Número de Gaceta899
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVII - Nº 899 Bogotá, D. C., viernes, 26 de octubre de 2018 EDICIÓN DE 47 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l c o n G r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
NÚMERO 186 DE 2018 CÁMARA
por el cual se modican los artículos 328 y 356 de
la Constitución Política otorgándole al municipio
de Ibagué (Tolima) el carácter de Distrito Especial,
Cultural y Musical.
Bogotá, D. C., 24 de octubre de 2018
Doctora
AMPARO YANETH CALDERÓN PERDOMO
Secretaria
Comisión Primera Constitucional
Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Informe de ponencia positiva
para primer debate al Proyecto de Acto
Legislativo número 186 de 2018 Cámara, por
el cual se modican los artículos 328 y 356 de la
Constitución Política otorgándole al municipio de
Ibagué (Tolima) el carácter de Distrito Especial,
Cultural y Musical.
Honorables Representantes:
En cumplimiento de la designación como
ponente realizada por la honorable Mesa
Directiva de la Comisión Primera Constitucional
Permanente de la Cámara de Representantes,
y según lo establecido en el artículo 150 de la
Ley 5ª de 1992, sometemos a consideración de
los honorables Representantes el informe de
ponencia para primer debate del Proyecto de Acto
Legislativo número 186 de 2018 Cámara, “por
el cual se modican los artículos 328 y 356 de la
Constitución Política otorgándole al municipio de
Ibagué (Tolima) el carácter de distrito especial,
cultural y musical”.
La ponencia cuenta de ocho (8) títulos, así:
I. Trámite de la Iniciativa
II. Objeto del Proyecto de Acto Legislativo
III. Justicación
IV. Antecedentes y consideraciones
V. JusticaciónEconómicaySocial
VI. Soporte normativo y jurisprudencial del
proyecto de acto legislativo
VII. Normasqueseproponenmodicar
VIII. Proposición.
I. TRÁMITE DE LA INICIATIVA
La presente iniciativa fue radicada el pasado
2 de octubre de 2018 por la honorable Senadora
Ana Paola Agudelo García, el honorable Senador
Jonatan Tamayo Pérez, la honorable Senadora
María Fernanda Cabal Molina, el honorable
Senador Miguel Ángel Barreto Castillo, el
honorable Representante Ricardo Alfonso Ferro
Lozano, el honorable Representante Aquileo
Medina Arteaga, el honorable Representante Ángel
María Gaitán Pulido, el honorable Representante
Jaime Armando Yepes Martínez, el honorable
Representante Juan Fernando Espinal Ramírez, el
honorable Representante Germán Alcides Blanco
Álvarez, el honorable Representante José Élver
Hernández Casas y la suscrita Representante
Adriana Magali Matiz Vargas.
Le correspondió el número 186 de 2018 en
Cámara y se publicó en la Gaceta del Congreso
número 810 de 2018.
Por disposición de la Mesa Directiva de la
Comisión Primera Constitucional Permanente de
la Cámara de Representantes, fui designada para
rendir informe de ponencia en primer debate ante
Página 2 Viernes, 26 de octubre de 2018 Gaceta del conGreso 899
estacélulalegislativamedianteOcioCPCP3.1-
0402 del 9 de octubre de 2018.
II. OBJETO DEL PROYECTO DE ACTO
LEGISLATIVO
Propender por el desarrollo de la ciudad de
Ibagué mediante su transformación a distrito
Especial, Cultural y Musical, para que de esta
manera se logre fortalecer su progreso a partir
de la integración económica y social que permita
la explotación de los recursos culturales y
musicales en el plano de la economía naranja,
fomentando actividades, proyectos y políticas
públicas de conservación protección, desarrollo
y fortalecimiento de la música y la cultura como
factor de emprendimiento y desarrollo económico
ysocialparabeneciodelapoblaciónibaguereña
en particular y los colombianos en general.
III. JUSTIFICACIÓN
El proyecto de acto legislativo busca reconocer
en la Constitución Política que el municipio de
Ibagué contiene elementos de ordenamiento
territorial que incluyen factores sociales, históricos,
económicos y territoriales que requieren que el
municipio se eleve a la categoría de Distrito, como
un medio de desarrollo que garantice la gestión de
planicación, regulación y transformación de la
Administración Municipal.
Con la Constitución de 1991, se buscó dotar
a las regiones de un instrumento de traslado de
competencias, desde el nivel central hacia el
regional, que permitiera dinamizar los procesos
administrativos y garantizar la consecución de los
nesdel Estadodecara a lasnecesidadesde los
habitantes de las diferentes regiones del país.
En este sentido, la descentralización territorial
es reconocida como un proceso que permite
dinamizar las cargas del Estado, para fortalecer
el desarrollo del país, otorgando a los territorios
locales competencias y recursos que les permitan
ejecutar políticas públicas de manera directa,
las cuales se pueden desenvolver con mayor
ecacia, por las entidades territoriales, dado el
conocimiento especializado que tiene el nivel local
de las necesidades de su población, en contraste
con la ausencia de comprensión de la realidad de
las comunidades que mantienen el nivel central
y que difícilmente permite que los territorios
comprendan y, en consecuencia, apliquen las
regulaciones del nivel central.
Con el tiempo la descentralización ha reportado
benecioscomoelmejoramientodelosservicios
públicos, la calidad de vida de los ciudadanos y
el fortalecimiento de sistema democrático por
mencionar solo algunos factores que apoyan la
autonomía territorial.
IV. ANTECEDENTES Y
CONSIDERACIONES
Ibagué es un municipio ubicado en el centro-
occidente de Colombia, sobre la cordillera Central
delosAndes entre el cañón del Combeima y el
valle del Magdalena, en cercanías del nevado del
Tolima. Es la capital del departamento de Tolima.
Siempre ha sido tierra lírica y se ha destacado
orgullosamente por mantener este título.
De ello han dado fe diferentes personalidades
nacionales y territoriales, tales como el
expresidente Darío Echandía que en alguna
oportunidad expresó:
“En Ibagué ciertamente puede observarse una
dirección general de los espíritus, que han tendido
naturalmente al desarrollo del talento musical
del pueblo, ingénito seguramente, pero que por
determinadas circunstancias ambientales ha
crecido de referencia a otras manifestaciones del
sentimiento estético”1.
No son menos halagadores los comentarios
del gran periodista Jorge Eliécer Barbosa Ospina,
que decía: “[...] el Tolima es además de tierra
buena, cuna de música y músicos, compositores
y de amantes de la interpretación de sus aires
musicales,losqueporañoshandado identidady
personalidad a su gente”2.
Incluso, se encuentran referencias más antiguas,
como la del sacerdote portugués Antonio Segura,
que, en 1575, mencionó que en Ibagué existía un
ambiente propicio para el canto y ejecución de
instrumentos de cuerda3.
En ese sentido, es conocida como la “Ciudad
Musical de Colombia”, pues, además de lo dicho,
Ibagué se ha destacado por el “oído musical de
su gente y por la calidad artística de quienes
profesan este arte con inmensa vocación”4. Es
la tierra de los bambucos, pasillos, guabinas,
sanjuaneros, joropos, bundes, rumbas criollas,
cañas,rajaleñas,torbellinos, danzones y danzas.
Lugar de nacimiento de la música vernácula, tierra
de duetos, tríos, bandas, coros, quintetos. Es la
ciudad de Pedro de Galarza, Manuela Casabianca
y de Tulio Varón.
Debido al talento humano y el ambiente
artístico y musical, Ibagué cuenta con diferentes
escenarios artísticos como la concha acústica
Garzón y Collazos y el Conservatorio del Tolima;
este último fue fundado en el año 1906 por el
senador y representante por el Tolima Alberto
Castilla y es la más importante reliquia cultural
de la ciudad.
Dicha institución ha inuido en darle forma
al contenido melódico de los tolimenses y lo
ha posicionado en los mapas de todo el mundo,
1 Gobernación del Tolima. (1991) “Por qué!... Ciudad
Musical?”. Gobernación del Tolima. Darío Echandía.
“Ambiente espiritual que conduce al gran arte”.
2 Ibid. Jorge Eliécer Barbosa Ospina. “Común denominador
del Hombre tolimense”.
3 González, Helio. (1986) “Historia de la música en el
Tolima”. Fundación para el desarrollo de la democracia
“ANTONIO GARCÍA” Ibagué. (p. 20).
4 Ibid. Jorge Eliécer Barbosa Ospina. “Común denominador
del Hombre tolimense”.
Gaceta del conGreso 899 Viernes, 26 de octubre de 2018 Página 3
especialmente de la mano del Coro del Tolima que
ha estado en giras nacionales e internacionales,
desde Zipaquirá hasta Nueva York y Berlín. Al
Coro del Conservatorio del Tolima, el Gobierno
le concedió la Cruz de Boyacá en 1948 y obtuvo
reconocimientos como la Medalla del Segundo
Concilio Vaticano, la Placa del Club de Conciertos
deEspaña,entreotros5.
Destacable es que los ibaguereños, a pesar
de las carestías, persistentemente han explotado
y exportado sus talentos artísticos al resto de la
nación y al mundo. Es por ello que vale la pena
seguir fomentando e incentivando los talentos y
emprendimientos culturales y musicales de los
tolimenses, su identidad cultural que es de paso
una parte de la identidad nacional.
Así mismo, Ibagué es sede de varios eventos
musicalesy folclóricos duranteelaño como son
el Festival Folclórico Colombiano, en el mes de
junio; el Concurso Polifónico Internacional, en
la primera semana de diciembre; homenaje al
dueto Garzón y Collazos, en el mes de marzo;
la Feria Industrial Expotolima, en junio; la Feria
Agroindustrial, en la última semana de junio, y la
Feria Textil y de la Confección Moda Trópico, en
el mes de agosto.
Es una ciudad de encantadora temperatura y
bellos parques adornados con su árbol insignia6, el
Ocobo, lugar biodiverso que vale la pena conocer,
lugar del Festival Nacional de Música y del
Festival Folclórico Colombiano, entre otros, los
cuales,apartedelosibaguereñosytolimenses,son
disfrutados por nacionales y extranjeros. No hay
que olvidar sitios de importancia del Tolima que
lo hacen atracción turística, cultural y biodiversa,
por nombrar algunos, la Concha Acústica Garzón
y Collazos, el Jardín Botánico Alejandro von
Humboldt y el Cerro Pan de Azúcar.
Por lo tanto, y en el orden de las ideas anteriores,
sehadadosustentoalaarmación,nosolodeque
Ibagué es la ciudad musical de Colombia, sino,
además, las razones por las cuales deberíamos
propender porque lo sea. En este punto resulta de
fundamental importancia la aprobación y entrada
en vigor del presente proyecto de acto legislativo
para benecio de Ibagué en particular y de
Colombia en general.
V. JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
Y SOCIAL
Por una Ibagué Naranja
Sin duda se espera con este acto legislativo
posicionar con mayor fuerza a la región y a la ciudad
de Ibagué como un lugar atractivo, imprescindible
5 Véase: Conservatorio de Música del Tolima. (1969)
“Coros del Tolima”. (1969) Consejo Directivo del
Conservatorio de Música del Tolima.
6 Decreto número 00569. (14 de octubre 2000), por medio
del cual se acoge y proclama la designación del Ocobo
como árbol insignia de Ibagué. Recuperado de:
http://www.ibague.gov.co/portal/admin/archivos/
normatividad/2000/DECRETO%20569.PDF
y de obligatoria visita por cualquier colombiano
y extranjero interesado en la cultura y la música.
En el plano económico podemos esperar
de esta medida un aumento en la demanda
de bienes de consumo como ropa, alimentos
tradicionales, artesanías, entre otros, y un
aumento en la demanda de servicios de
hospedaje, construcción, tour, transporte y un
largo etcétera, pues como ha mencionado el
Presidente, Iván Duque, la economía naranja
es “Una oportunidad innita”. La Economía
Naranja es la economía creativa, basada en
el talento y la herencia cultural de nuestros
pueblos, para generar empleos, promover
nuevos emprendimientos y futuras políticas
públicas que nos permitan apoyar nuestro
turismo y a nuestros grandes, pero abandonados
artistas.
El primer paso, desde luego, es la aprobación del
proyecto de acto legislativo; en un segundo paso,
se podrán desarrollar localmente todas las políticas
públicas de seguimiento, acompañamiento
y apoyo por parte del Estado, para que estos
emprendimientos naranjas, culturales y musicales
se conviertan en bienes y servicios exportables
al resto del mundo, a partir de la conectividad,
cooperación, cotrabajo, coproducción, cocreación,
conanciación,etc.
Toda vez que la posibilidad de elevar la capital
tolimense a Distrito Especial, Cultural y Musical
viabiliza un mejor empuje, manejo y desarrollo
de la economía local, estos sectores se verán
beneciadosdeformadirecta.Delamismaforma
beneciaránal resto de ibaguereños, ya queuna
mayor demanda de estos bienes y servicios les
posibilita a los empresarios expandir sus negocios
y crear empleos formales, de esta manera, todos
los ibaguereños y colombianos nos veremos
favorecidos en el marco de la legalidad, el
emprendimiento y la equidad.
Se presenta a continuación el estado económico
y social de Ibagué con corte del primer trimestre
de 2018 del Boletín Económico Regional (BER),
que se publicó en el mes de junio del presente
añoporelBancodelaRepública.Esteboletínes
producido trimestralmente desde 2003 y tiene el
propósito de:
“Ofrecer a los agentes de la economía y
al público en general información periódica,
conable y oportuna sobre la evolución de las
principales variables de la actividad económica de
lasregionesdelpaís,deacuerdoconclasicación
propia del Banco de la República”7.
Así, este boletín8 –sin descartar otros que
puedan damos información relevante, como los
7 Banco de la República. (2018) “Boletín Económico
Regional 08 junio 2018 (BER)”. Recuperado de:
http://www.banrep.gov.co/es/publicaciones/boletin-
economico-regional-centro-2018-1
8 Banco de la República. (2018) “Boletín Económico
Regional 08 junio 2018 (BER)”. Recuperado de: http://

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