Gaceta del Congreso del 26-11-2009 - Número 1202PL (Contenido completo) - 26 de Noviembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766828957

Gaceta del Congreso del 26-11-2009 - Número 1202PL (Contenido completo)

Fecha de publicación26 Noviembre 2009
Número de Gaceta1202
GACETA DEL CONGRESO 1.202 Jueves 26 de noviembre de 2009 Página 1
P R O Y E C T O S D E L E Y
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVIII - Nº 1.202 Bogotá, D. C., jueves 26 de noviembre de 2009 EDICION DE 8 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NUMERO 220
DE 2009 CAMARA
por la cual se rinde homenaje a la memoria del
poeta, maestro, periodista, traductor, político,
diplomático, militar y precursor de la poesía
con temática negra en América, CANDELA-
RIO OBESO, y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. El Congreso de la República de
Colombia honra y exalta la memoria del poeta,
maestro, periodista, traductor, político, diplo-
mático y fundador de la literatura con temáti-
ca negra en América CANDELARIO OBESO
y se vincula a la celebración del 160 aniversa-
rio de su natalicio.
Artículo 2º. Encárguese a la Fundación Cul-
tural y Ambiental Candelario Obeso (Fucob)
la recopilación, selección, publicación y difu-
sión de la obra de Candelario Obeso, mediante
la realización de encuentros nacionales e inter-
nacionales de arte y cultura, con el auspicio del
Ministerio de Cultura.
Artículo 3º. Autorícese al Gobierno na-
cional para adquirir un inmueble en el centro
histórico de Mompox, en donde funcione la
Casa de Poesía Negra de América Candelario
Obeso.
Artículo 5º. Autorícese al Gobierno nacio-
nal para incorporar, dentro del Presupuesto
General de la Nación, las apropiaciones presu-
puestales necesarias, para los efectos contem-
plados en la presente ley.
Artículo 6º. La presente ley rige a partir de
su promulgación.
Presentando por
Wilson Alfonso Borja Díaz,
Representante a la Cámara.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El artículo 150 numeral 15 otorga la potes-
tad legal para impulsar leyes de honores a ilus-
tres colombianos que hayan prestado servicios
destacados.
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Candelario Obeso nació en la Villa de San-
ta Cruz de Mompox, Patrimonio Histórico y
Cultural de la Humanidad, el 12 de enero de
1849. Hijo de Eugenio María Obeso, abogado
liberal, y de María de la Cruz Hernández, la-
vandera, Candelario Obeso vivió con su madre
en una situación bastante precaria; no obstan-
te, realizó estudios elementales en el Colegio
Pinillos de su ciudad natal y los continuó en
Bogotá, como becario en el Colegio Militar
que fundara Tomás Cipriano de Mosquera. En
1867, tras el cierre del Colegio, ingresó a la
Facultad de Ingeniería de la Universidad Na-
cional y luego pasó a la Facultad de Derecho
y Ciencias Políticas. No terminó la carrera de-

grado de maestro. La pobreza fue una constan-
te en su vida.
Para sobrevivir, Candelario Obeso reali-
      

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