Gaceta del Congreso del 26-11-2019 - Número 1133IPSDPL (Contenido completo) - 26 de Noviembre de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 828328757

Gaceta del Congreso del 26-11-2019 - Número 1133IPSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación26 Noviembre 2019
Número de Gaceta1133
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 70 DE 2019
SENADO
por medio del cual se crea la Feria Nacional de
las Cosechas en el marco del Día Nacional del
Campesino.
Bogotá, D. C., noviembre de 2019
Honorable Senador
CARLOS FELIPE MEJÍA MEJÍA
Presidente Comisión Quinta
Honorable Senado de la República
Ciudad.
Referencia: Ponencia para primer debate
al Proyecto de ley número 70 de 2019 Senado,
por medio del cual se crea la Feria Nacional de
las Cosechas en el marco del Día Nacional del
Campesino.
En atención a la designación hecha por esa
presidencia, nos permitimos presentar para el
trámite legislativo correspondiente, la ponencia
para primer debate del Proyecto de ley número
70 de 2019 Senado, por medio del cual se crea la
Feria Nacional de las Cosechas en el marco del Día
Nacional del Campesino.
Cordialmente,
PONENCIAS
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 70 DE
2019 SENADO
por medio del cual se crea la Feria Nacional
de las Cosechas en el marco del Día Nacional del
Campesino.
Honorables Senadores: Por designación
de la Mesa Directiva de la Comisión Quinta
Constitucional Permanente del Senado de la
República, me ha correspondido realizar la ponencia
para primer debate del Proyecto de ley número
70 de 2019 Senado, por medio del cual se crea la
Feria Nacional de las Cosechas en el marco del
Día Nacional del Campesino, iniciativa de carácter
legislativo, que ha sido puesta a consideración del
Congreso de Colombia el día 31 de julio de 2019, por
los honorables Senadores Jhon Milton Rodríguez
González, Eduardo Emilio Pacheco Cuello, Édgar
Palacios Mizrahi, y el honorable Representantes
Carlos Eduardo Acosta Lozano. Proyecto de ley
que ha sido debidamente publicado en la Gaceta del
Congreso número 728 de 2019.
ALCANCE Y CONTENIDO DEL
PROYECTO DE LEY
La presente iniciativa consta de 7 artículos. El
artículo 1° crea la Feria Nacional de las Cosechas
en el marco del día nacional del campesino, con el
propósito primordial de incentivar el sector agrícola
del país, impulsar el emprendimiento y la equidad.
Teniendo en cuenta la relevancia de las actividades
que desempeñan los pequeños y medianos
productores agropecuarios en el sostenimiento de
una base de productos agrícolas para el comercio
interno e internacional.
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 1133 Bogotá, D. C., martes, 26 de noviembre de 2019 EDICIÓN DE 60 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
        
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
Página 2 Martes, 26 de noviembre de 2019 G 1133
En ese sentido, en el artículo segundo, se
establece la periodicidad de la feria nacional de las
cosechas, promoviendo la realización de 4 ferias en
el año, separadas entre sí por un periodo de 3 meses.
Cada una de las cuatro ferias se realizarán en una
región diferente a las que la hayan albergado con
anterioridad, es decir, se promueva su realización
en la mayor cantidad de regiones posibles y brinde
oportunidades para los productores agrícolas de toda
la geografía patria.
Así mismo, el artículo tercero consigna el
objeto de la feria nacional de las cosechas, la cual
pretende ser una plataforma mediante la cual se cree
un ambiente de oportunidades e incentivos para el
sector agrícola colombiano, con el fortalecimiento
del mercado interno mediante espacios de encuentro
y la visibilización de los productos agrícolas del
país a nivel internacional con ruedas de negocio
y capacitación para los pequeños y medianos
productores.
      
campesino y sus tradiciones a través de incentivos
tributarios, para efectos de la capacitación técnica,
    
internacional por parte de las entidades encargadas.
Igualmente consagra el día nacional de las cosechas
en todos los departamentos de Colombia, donde las
autoridades departamentales, distritales y locales
serán los encargados de los aspectos logísticos de
su realización.
El artículo quinto crea la Comisión Intersectorial
de la Feria Nacional de las Cosechas, que estará a
cargo de 5 autoridades: El Ministro de Agricultura
o su delegado, el Director del Sena o su delegado,
el Director del ICA o su delegado, el Director del
Banco Agrario o su delegado, el Director, Gerente
o Representante legal de las asociaciones y
agrupaciones de cooperativas y gremios productores
agrícolas del país.
En el artículo sexto, se establece la posibilidad de
promover el contrato de compraventa por parte del
     
en el cual se proteja un precio justo del producto
en el mercado, que se consolide como un respaldo

FUNDAMENTACIÓN DEL PROYECTO
DE LEY
Este proyecto de ley tiene como objeto fomentar
y proteger el desarrollo de las actividades que
integran el sector agrícola en Colombia, creando la
Feria Nacional de las Cosechas, en el marco del Día
Nacional del Campesino que se celebra el 2 de junio
de cada año, como una oportunidad para reconocer
las tradiciones culturales, fomentar la agroindustria
y la reactivación del campo colombiano.
Por medio de la Feria Nacional de las Cosechas,
se pretende visibilizar y fortalecer la agricultura
nacional como la columna vertebral de nuestro
sistema económico, que no solo proporciona
alimentos y materias primas, sino también
oportunidades de empleo a un sector importante de
la población colombiana.
La Feria Nacional de las Cosechas, busca generar
espacios de encuentro, con el propósito de incentivar
el agro nacional, como despensa de Colombia y de
contribución al mercado internacional, mediante la
participación de pequeños y medianos productores
agropecuarios, la agroindustria y el comercio, con la

impulsar el campo con emprendimiento y equidad,
que permitan un acercamiento directo entre los más
de 300.000 productores pequeños y medianos con la
industria nacional e internacional.
Se debe mencionar que, la necesidad de fomentar
y proteger la agricultura también se fundamenta en

armado interno y el desplazamiento forzado. Estos
hechos han impactado de manera determinante las
zonas rurales del país, forzando masivamente la
movilidad de la población rural hacia las ciudades
y cabeceras municipales, alterando nuevamente el
mapa social, económico y cultural de la población
campesina en nuestro país. Por lo que se requiere
crear escenarios que desarrollen la cultura del
agro y permitan que todos los campesinos puedan
participar de una exposición trimestral para crear
y propiciar lazos comerciales, y a su vez, puedan
mejorar sus prácticas por medio de la innovación en
el sector, en jornadas que contengan espacios para
      
sus proyectos productivos y la vinculación con la
agroindustria y el comercio.
Esto, además, permitirá que los campesinos
colombianos conozcan cómo pueden industrializar
sus productos y procesos, rompiendo a su vez
la brecha comunicacional entre el campo y las
ciudades.
Adicionalmente, este proyecto busca que la Feria
Nacional de las Cosechas sea un espacio de enlace
entre las industrias nacionales y los campesinos,
consolidando el desarrollo sostenible del sector para
todos los actores, reconociendo especialmente la
labor de los campesinos agricultores.
Al respecto, se debe tener en cuenta que la
población colombiana es más urbana que rural. Las
     
al igual que el Informe de Desarrollo Humano del
PNUD así lo muestran. Aunque existe un debate
reciente sobre el Índice de Ruralidad (IR) entre el
Gobierno nacional y las Naciones Unidas, en las dos
fuentes de información la población rural es menor
que la urbana.
Según cifras del Censo del DANE de 2005, desde
esa época se venía registrando una disminución de
dos millones de habitantes en el área rural nacional,
esto es como si en 10 años los habitantes de Cali
se hubieran ido de la ciudad. De tal manera que,
debemos ahondar esfuerzos para que los jóvenes del
campo no se vean obligados a abandonarlo.
Igualmente se debe mencionar según el
Ministerio del Trabajo, cinco millones de
G 1133 Martes, 26 de noviembre de 2019 Página 3
trabajadores campesinos que hay en Colombia, el
85% desarrollan actividades laborales de manera
informal.
El Banco de la República ha establecido en
estudios recientes que los productos agrícolas de
Colombia son inmensamente variados como su
clima y su topografía. Ello se debe a que toda clase
de tierras y climas se encuentran en el territorio
nacional, desde los tropicales extremos hasta los de
zonas templadas; existen las zonas cálidas donde se
dan los plátanos, la caña de azúcar y el tabaco, y la
zona fría, tierra de papas, trigo y cebada, comunes en
la meseta del interior. La topografía del país afecta

La porción deshabitada de Colombia es en
extremo montañosa; las áreas planas adecuadas
para el desarrollo de la agricultura a gran escala
son pocas y comparado con el vasto territorio de la
     
se hace analizando el país desde su totalidad y no
implica, por supuesto, que no haya posibilidades
para la expansión de la agricultura en Colombia.
De hecho, en vista de la gran fertilidad de la tierra
y otras condiciones, hay gran potencial para la
industria agrícola, en muchas de sus áreas.
La producción de vegetales en Colombia es
limitada debido a la escasez de mano de obra
        
valles más importantes del territorio nacional y
también por la falta de capital que no permite hacer
proyectos a gran escala.
Dicho estudio señaló que, de forma general, la
      
se encuentre desarrollada. Esta condición se debe
principalmente por la falta de infraestructura vial,
que no se han construido por la naturaleza quebrada
e irregular de la tierra y las grandes distancias que
separan unos sitios poblados de otros, siendo la
razón por la cual, los productos importados, con
mucha frecuencia, les hacen fuerte competencia a
productos domésticos, a pesar de los altos aranceles
para la protección del producto nacional. A manera
de ejemplo, es pertinente resaltar lo correspondiente
a la importación del trigo que proviene de los Estados
Unidos para luego ser procesado en el Caribe o en el

el río Magdalena desde la región de Bogotá.
En el citado estudio se concluyó cuáles son los
principales productos agrícolas por departamento y
regiones, a saber:
Boyacá: trigo, cebada, papa, fríjol, maíz,
vegetales, ganado y caballos, unas pocas ovejas,
poca azúcar y algo de café.
Cundinamarca: café, trigo, maíz, ganado bovino,
ovejas y azúcar. La agricultura es más avanzada en
Cundinamarca que en cualquier otro lugar del país
y la mano de obra es abundante siendo casi toda
indígena.
Antioquia: café, algo de algodón, caña de azúcar
en la forma de panela y plátanos.
Tolima: cacao, azúcar, café, arroz y ganado
(aunque no de buena calidad).
Costa Atlántica: bananos en Santa Marta, maíz,
azúcar, tabaco, cacao (no en abundancia) cerca de
Barranquilla y arroz al sur de Cartagena.
Nariño: trigo, anís, papa, vegetales y poco
ganado. La población es casi toda indígena.
Caldas: café, maíz, fríjol y papa. Buena mano de
obra, casi toda blanca.
Valle del río Cauca: ganado, azúcar, arroz, maíz
y fríjol. Mano de obra: mulatos Departamento del
Cauca: café, ganado, trigo y maíz. Mano de obra:
indios.
Santander: café, tabaco, cacao y maíz. Mano de
obra: blanca, pero de calidad muy regular.
     
tropical. Ganado, maíz, caucho y algo de azúcar en
el valle del Patía y en los alrededores de Tumaco.
Sierra Nevada, región del departamento
de Magdalena: se siembra café en pequeñas
extensiones, debido a la escasez de mano de obra.
Los indios también siembran trigo y papa.
Según cifras del DANE, para el año 2012
calculadas en 22 departamento, los 10 productos
más sembrados fueron:
1 Café 722.110 hectáreas
2 Plátano 209.931 hectáreas
3 Caña 184.075 hectáreas
4 Cacao 95.307 hectáreas
5 Aguacate 35.594 hectáreas
6 Naranja 33.213 hectáreas
7 Mango 22.771 hectáreas
8 Limón 15.214 hectáreas
9 Banano de consumo interno 14.558 hectáreas
10 Mandarina 10.498 hectáreas
CULTIVOS CON MAYOR POTENCIAL
COMERCIAL EN COLOMBIA
Colombia se encuentra ubicada en una zona
   
americano, contando con vientos, climas, ecosistemas
y pisos términos diversos, constituyéndose para el
mundo una despensa alimentaria.
Mediante publicación de la Revista Dinero del 30
de agosto de 2018, se indicó: “Diferentes entidades,
como la FAO, han destacado el papel protagónico
del país para menguar la crisis alimentaria, que
vaticinan organismos a nivel mundial, dado
el aumento estimado de la demanda global de
alimentos, proyectado en cerca de 70% desde la
actualidad hasta el año 2050 por un aumento de la
población a 9.000 millones de personas”.
Paralelamente, el mundo se enfrenta a la
necesidad de suplir sus necesidades energéticas con
fuentes alternativas a las tradicionales, tales como
los biocombustibles, lo que ubica a la agricultura
en un plano adicional al alimentario. Sin embargo,
este panorama no está siendo aprovechado por
el país. Los agricultores parecen estar siempre
cultivando ciertos productos por tradición familiar

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR