Gaceta del Congreso del 27-12-2018 - Número 1158 (Contenido completo) - 27 de Diciembre de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 754565013

Gaceta del Congreso del 27-12-2018 - Número 1158 (Contenido completo)

Fecha de publicación27 Diciembre 2018
Número de Gaceta1158
INFORME DE SUBCOMISIÓN DE
PROPOSICIONES AL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 152 DE 2018 SENADO Y
202 DE 2018 DE CÁMARA
por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones (TIC),
se distribuyen competencias, se suprime la
Autoridad Nacional de Televisión, y se dictan otras
disposiciones.
Bogotá, D. C., 18 de diciembre de 2018
Alejandro Carlos Chacón
Presidente de Plenaria
Cámara de Representantes
Referencia: Informe de Subcomisión de
proposiciones al Proyecto de ley número 152 de
2018 Senado y 202 de 2018 de Cámara
Respetado Presidente:
Por medio de la presente, radicamos el informe
de la subcomisión aprobada en Plenaria de
Cámara de Representantes, el día 17 de diciembre
de 2018, respecto al Proyecto de ley número 152
de 2018 Senado y 202 de 2018 de Cámara; esta
subcomisión tenía como objetivo el análisis,
revisión y generación de una recomendación
acerca de las diferentes proposiciones radicadas
en la plenaria, para que sean sometidas a
consideración de la Plenaria.
Cordialmente,
Bogotá, D. C., 18 de diciembre de 2018
Señores
Mesa Directiva Plenaria de la Cámara de
Representantes
Informe de Comisión accidental articulado
Proyecto de ley número 152 de 2018 Senado,
202 de 2018 Cámara
Respetados miembros de la Mesa Directiva:
En cumplimiento de su honroso encargo,
nos permitimos rendir informe a la Plenaria
de la Cámara de Representantes, sobre las
proposiciones remitidas por los honorables
Congresistas de la Comisión Sexta
Constitucional Permanente de Cámara y
Senado, sobre el articulado para primer debate
al Proyecto de ley número 152 de 2018
Senado, 202 de 2018 Cámara, por la cual
se moderniza el sector de las Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones (TIC),
se distribuyen competencias, se suprime la
Autoridad Nacional de Televisión, y se dictan
otras disposiciones, en los siguientes términos:
1. INTEGRANTES
Adriana Gómez (Partido Liberal)
Mónica Raigoza (Partido de la U)
(Coordinadora)
Ciro Rodríguez (Partido Conservador)
Oswaldo Arcos (Partido Cambio Radical)
Esteban Quintero (Partido Centro Democrático)
2. 2PARTICIPANTES
Honorables Representantes, asesores de
los honorables Representantes, Ministra
de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, Viceministro de Conectividad y
Digitalización.
3. AGENDA PROPUESTA
I. Instalación
INFORMES DE SUBCOMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVII - Nº 1158 Bogotá, D. C., jueves, 27 de diciembre de 2018 EDICIÓN DE 80 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Página 2 Jueves, 27 de diciembre de 2018 G 1158
II. 
III. Recepción de proposiciones
IV. 
V. Lectura del articulado y sus proposiciones
VI. Discusión de proposiciones por artículo
VII. Lectura del acta
VIII. Finalización.
4. DESARROLLO DE LA REUNIÓN

las proposiciones recibidas de parte de la Mesa
Directiva, de acuerdo con el artículo del proyecto
de ley al que hacen referencia.
      
con la lectura y discusión de cada una de las
proposiciones recibidas, de la siguiente manera:
Artículo Autor de la proposición Análisis de la Subcomisión
1 Katherine Miranda 
el alcance del Proyecto, es decir, una actualización a la Ley 1341 de 2009.
1Benedicto González, Luis
    -
mas

el alcance del proyecto, es decir, una actualización a la Ley 1341 de 2009.
3 Jaime Contreras -
gadas a la CRC por el artículo 22 de la Ley 1341 de 2009. Actualmente en la Resolución
5283 de 2017. Por tanto, se acoge en el numeral 5 del artículo 19 del proyecto de ley, por
tratarse de una función de la CRC.
3 Katherine Miranda El cierre de brecha de digital es equivalente a la inclusión digital, razón por la cual no
es necesario agregar la expresión. Adicionalmente, los asuntos de asuntos de ciencia,
tecnología e innovación son competencias de Colciencias (que se convertirá en el Mi-
nisterio de CTI), así mismo, los asuntos de innovación son competencia del MinCIT.
3Benedicto González, Luis
    -
mas
Lo referido a la promoción de contenidos con enfoque étnico, se encuentra en las funcio-
nes del Fondo Único, en el numeral 10 del artículo 22 del proyecto de ley. Igualmente, la
promoción de contenidos públicos se encuentra en los numerales 3 y 4 del artículo 22 del
proyecto de ley. También se brinda incentivos a los operadores de televisión comunitaria
en el parágrafo transitorio del artículo 23 del proyecto de ley. El principio de promoción
de servicios TIC comunitarios, se agregó en la ponencia para segundo debate en el nu-
meral 7 del artículo 3° del proyecto de ley.
3Oswaldo Arcos El representante retira la proposición.
3 José Eliécer Salazar Este criterio diferencial fue incluido en el informe de ponencia para primer debate, con

4 José Eliécer Salazar El énfasis en la protección de los derechos de niñas, niños, adolescentes y padres de familia
fue incluido en el primer debate, en el numeral 1 del artículo 4° del proyecto de ley.
4Benedicto González, Luis
    -
mas
El término usuario incluye a cualquier colombiano, es decir, la comunidad. Adicional-
-
tarias, ya se encuentran incluidos en el numeral 3 del artículo de la Ley 1341 de 2009,
         
numeral 7 del artículo 3° del proyecto de ley, que hace referencia al acceso comunitario.
5 Wílmer Leal       -
miento para la expedición del glosario, que se considera necesario, para fortalecer el
proceso de su elaboración y actualización.
5 Neyla Ruiz Correa 
     
incluya de manera neutra todos los elementos que le son aplicables, sin riesgo de incurrir
en obsolescencia.
6 Wílmer Leal Es necesario mejorar el artículo 7° actual de la Ley 1341 de 2009, para priorizar el bien-
estar del usuario en los criterios de interpretación de la ley.
Nuevo 6ª Benedicto González, Luis
    -
mas

igualar las actividades con ánimo de lucro con las actividades sin ánimo de lucro. Por
otro lado, la promoción de las iniciativas comunitarias ya se incluye en el principio de 7
del artículo 3° del proyecto de ley.
6Carlos Ardila La prevalencia del interés general sobre el particular se encuentra en la Constitución
Política, por tanto, no es necesario incluir en la ley.
6 Wílmer Leal -
den de los criterios de interpretación precisamente para que la promoción de la inversión
sea subsidiaria.
6 Katherine Miranda El artículo, tal y como se encuentra vigente en la Ley 1341 de 2009, hace referencia a

a metodologías jurídicas de interpretación de las normas, que son mecanismos generales
v no hacen parte de la presente ley.
6Benedicto González, Luis
    -
mas
Los aspectos mencionados hacen referencia a los objetivos de la intervención estatal en

4° del proyecto de ley) y el artículo 7° del proyecto de ley hace referencia a los criterios
de interpretación.
7Carlos Ardila El parágrafo 3° del artículo 7° es necesario porque consiste en mantener las excepciones
y exenciones de la televisión pública por concepto de contraprestaciones.
7 César Ortiz   
-
nición de una tasa simétrica de contraprestación periódica, se encuentra soportada en las esti-
maciones realizadas por el DNP en el estudio que recomienda la creación de un Fondo Único.
G 1158 Jueves, 27 de diciembre de 2018 Página 3
Artículo Autor de la proposición Análisis de la Subcomisión
7Benedicto González, Luis

 
33 del proyecto de ley.
7Benedicto González, Luis
    -
mas
La existencia de la habilitación general (artículo 10 de la Ley 1341 de 2009) y de la
neutralidad tecnológica (numeral 6 del artículo de la Ley 1341 de 2009), hace impro-

7Benedicto González, Luís
    -
mas

de telecomunicaciones y, por tanto, no son sujeto de habilitación, porque son actividades
propias de la libre iniciativa privada.
8 Wílmer Leal             -
dioeléctrico, como bien público de la Nación y el negocio jurídico se somete a la auto-
rización previa del Estado. De este modo, se conservan condiciones económicas y jurí-

8 César Ortiz, Fabián Díaz No es procedente la inclusión de la expresión, porque el permiso temporal, mediante
asignación directa, no se asigna a través de un contrato. Este procedimiento corresponde
a la expedición de un acto administrativo.
8 César Ortiz, Fabián Díaz El régimen de las emisoras comunitarias es desarrollado en la reglamentación expedida
por el Ministerio Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y no se eviden-
cian barreras legales para adelantar los procesos de asignación de las emisoras comuni-
tarias que hagan necesario un cambio legislativo.
8Carlos Ardila Debe tenerse en cuenta que el ánimo de lucro es una condición de quien uso la banda, no
de la banda, en sí misma. En la actualidad se usan frecuencias libres para conectividad en
zonas rurales y no puede eliminarse la posibilidad del Estado de incorporar condiciones
técnicas y económicas es necesaria mantener la posibilidad de reglamentar criterios de
cesión y comercialización.
8Benedicto González, Luis
    -
mas
La asignación directa de los permisos de uso del espectro radioeléctrico no puede ser
gratuita y es un mecanismo temporal, que no puede limitarse económicamente porque
dependerá de la valoración del espectro a asignar temporalmente, según los criterios

8Benedicto González, Luis
    -
mas

de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y no de las condiciones parti-
culares del usuario.
8 Wílmer Leal Se acoge la proposición porque fortalece la aplicación del uso de las bandas exentas de pago.
9 Katherine Miranda La duración de los permisos de uso del espectro radioeléctrico fue inicialmente propues-
ta por hasta 30 años en el proyecto de ley radicado por el Gobierno nacional, posterior-
mente este término fue reducido, a hasta 20 años, según lo aprobado en el debate de las
Comisiones Sextas Constitucionales Permanentes, y tuvo en cuenta estudios técnicos,
particularmente el concepto de GSMA en el que encuentra que el promedio de la región
es 17 años y recomienda que la duración mínima se suba a 20 años.
9 Neyla Ruiz Correa 
de acuerdo con las condiciones del pactadas en el acto administrativo de asignación de
los permisos de uso del espectro. Adicionalmente, no es apropiado ponerle un límite
  -

9 Wílmer Leal Ley 1341 de 2009 dispone que el término para solicitar la renovación es de tres (3) me-
ses, en el texto aprobado en el debate de la Comisiones Sextas Constitucionales Perma-
nentes, este término se duplicó a seis (6) meses, que se considera un plazo proporcional.
9 Wílmer Leal La duración de los permisos de uso del espectro radioeléctrico fue inicialmente propues-
ta por hasta 30 años en el proyecto de ley radicado por el Gobierno nacional, posterior-
mente este término fue reducido, a hasta 20 años, según lo aprobado en el debate de las
Comisiones Sextas Constitucionales Permanentes, y tuvo en cuenta estudios técnicos,
particularmente el concepto de GSMA en el que encuentra que el promedio de la región
es 17 años y recomienda que la duración mínima se suba a 20 años.
9Benedicto González, Luis
    -
mas
La duración de los permisos de uso del espectro radioeléctrico fue inicialmente propues-
ta por hasta 30 años en el proyecto de ley radicado por el Gobierno nacional, posterior-
mente este término fue reducido, a hasta 20 años, según lo aprobado en el debate de las
Comisiones Sextas Constitucionales Permanentes, y tuvo en cuenta estudios técnicos,
particularmente el concepto de GSMA en el que encuentra que el promedio de la región
es 17 años y recomienda que la duración mínima se suba a 20 años.
Adicionalmente, ya existe cosa juzgada constitucional (C-032 de 2017), respecto de
que las renovaciones de los permisos de uso del espectro radioeléctrico no pueden ser
gratuitas ni automáticas, pero no existen límites temporales o número renovaciones, en

Por otro lado, la función de la vigilancia y control es una permanente.
10 Carlos Ardila Las obligaciones de hacer se someten a autorización previa y valoración económica, por
parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y buscan

Adicionalmente, la reversión de infraestructura fue eliminada por el artículo 68 de la
Ley 1341 de 2009, y volver al esquema de infraestructura es equivalente a revivir a
Telecom, es decir, que el Estado se convierta en un administrador de infraestructura, en
lugar de ser el responsable del acceso, uso y servicio universal. Por otro lado, ya existe
     
virtud de la función dispuesta en el artículo 19 y artículo 50 de la Ley 1341 de 2009).

infraestructura, que es de operación del privado.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR