Gaceta del Congreso del 28-04-2017 - Número 281PL (Contenido completo) - 28 de Abril de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766705933

Gaceta del Congreso del 28-04-2017 - Número 281PL (Contenido completo)

Fecha de publicación28 Abril 2017
Número de Gaceta281
PROYECTOS DE LEY
públicos vinculados a tales entidades, y se dictan otras
disposiciones”.
El proyecto de ley en mención se acompaña de su
correspondiente exposición de motivos, y de copia
de la Comunicación número OFI17-00037949/JMSC
110200, suscrita por la Secretaría Jurídica de la Pre-
sidencia de la República, en la que consta el aval al
trámite ante el Congreso de la República, de dicho pro-
yecto de ley.
Cordialmente,
PROYECTO DE LEY NÚMERO 236 DE 2017
SENADO
por la cual se otorgan facultades extraordinarias
pro témpore al Presidente de la República para expe-
dir un régimen laboral especial para los servidores
públicos de las Empresas Sociales del Estado del
nivel nacional y territorial y para expedir el Sistema
(VSHFt¿FRGH&DUUHUD$GPLQLVWUDWLYDGHOSHUVRQDOTXH
SUHVWDVXVVHUYLFLRVHQODVHQWLGDGHVTXHLQWHJUDQHO
6LVWHPD1DFLRQDOGH&LHQFLD7HFQRORJtDH,QQRYD-
ción y la expedición del sistema de estímulos, capaci-
tación y situaciones administrativas especiales de los
servidores públicos vinculados a tales entidades, y se
dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Facultades extraordinarias. De confor-
midad con lo establecido en el artículo 150, numeral
10, de la Constitución Política, revístese al Presidente
de la República de precisas facultades extraordinarias,
por el término de seis (6) meses, contados a partir de la
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 281 Bogotá, D. C., viernes, 28 de abril de 2017 EDICIÓN DE 28 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
* ൺ ർ ൾ ඍ ൺ ൽ ൾ අ & ඈ ඇ ඀ උ ൾ ඌ ඈ
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 236 DE 2017
SENADO
por la cual se otorgan facultades extraordinarias
pro témpore al Presidente de la República para expe-
dir un régimen laboral especial para los servidores
públicos de las Empresas Sociales del Estado del
nivel nacional y territorial y para expedir el Sistema
(VSHFt¿FRGH&DUUHUD$GPLQLVWUDWLYDGHOSHUVRQDOTXH
SUHVWDVXVVHUYLFLRVHQODVHQWLGDGHVTXHLQWHJUDQHO
6LVWHPD1DFLRQDOGH&LHQFLD7HFQRORJtDH,QQRYD-
ción y la expedición del sistema de estímulos, capaci-
tación y situaciones administrativas especiales de los
servidores públicos vinculados a tales entidades, y se
dictan otras disposiciones.
Bogotá,
Doctor
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General
Congreso de la República
Carrera 7 núm. 8-68
Bogotá, D. C.
Asunto: Presentación proyecto de ley
Respetado doctor Eljach:
En el marco de lo dispuesto en la Ley 5ª de 1992 y
para el trámite que, constitucional y legalmente proce-
da, estamos presentando, en tres ejemplares, el proyec-
to de ley “por el cual se otorgan facultades extraordi-
narias pro témpore al Presidente de la República para
expedir un régimen laboral especial para los servido-
res públicos de la Empresas Sociales del Estado del
nivel nacional y territorial y expedir el Sistema Especí-
¿FRGH&DUUHUD$GPLQLVWUDWLYDGHOSHUVRQDOTXHSUHVWD
VXVVHUYLFLRVHQ ODVHQWLGDGHVTXH LQWHJUDQHO6LVWHPD
1DFLRQDOGH&LHQFLD7HFQRORJtDH,QQRYDFLyQ\ODH[-
pedición del sistema de estímulos, capacitación y si-
tuaciones administrativas especiales de los servidores
Página 2 Viernes, 28 de abril de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 281
fecha de publicación de la presente ley, para expedir las
normas con fuerza de ley que regulen:
1. El régimen laboral aplicable a los servidores pú-
blicos vinculados a las Empresas Sociales del Estado
de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial.
Parágrafo 1º. Las facultades extraordinarias conferi-
das al Presidente de la República en la presente ley, para
¿MDUHO UpJLPHQ ODERUDO GH ODV(PSUHVDV 6RFLDOHV GHO
Estado, serán ejercidas con el propósito de garantizar la
FDOLGDGKXPDQL]DFLyQ\H¿FLHQFLDHQODSUHVWDFLyQGHO
servicio público de salud. En todo caso, en desarrollo
de estas facultades se deberá respetar la estabilidad la-
boral, la primacía de la realidad sobre la formalidad, los
derechos adquiridos incluidos los de carrera adminis-
trativa para quienes se encuentren vinculados a ella en
cuanto le sean más favorables y propiciar condiciones
dignas de trabajo y el adecuado bienestar social para
los servidores públicos, en observancia de los princi-
pios del artículo 53 de la Constitución Política y el artí-
culo 18 de la Ley 1751 de 2015.
Parágrafo 2º. La Comisión Nacional del Servicio
Civil solo podrá realizar la convocatoria a concurso de
ORVHPSOHRVFODVL¿FDGRVFRPRGH FDUUHUDDGPLQLVWUDWL-
YDKDVWDWDQWRVH¿MHHOQXHYRUpJLPHQODERUDOHQGHVD-
rrollo de las presentes facultades y frente a los empleos
que conserven esta naturaleza.
(O6LVWHPD(VSHFt¿FR GH&DUUHUD$GPLQLVWUDWLYD
de los servidores públicos vinculados a las entidades
que conforman el Sistema Nacional de Ciencia, Tecno-
logía e Innovación, el cual contendrá
a) Los requisitos máximos y mínimos para acceder
DO6LVWHPD(VSHFt¿FRGH&DUUHUD$GPLQLVWUDWLYR
b) El régimen de situaciones administrativos espe-
ciales y el sistema de incentivos, estímulos y capacita-
ción especial para los servidores públicos vinculados a
las entidades que integral el Sistema Nacional de Cien-
FLD7HFQRORJtDH,QQRYDFLyQ
F0RGL¿FDFLyQ R WUDQVIRUPDFLyQGH OD QDWXUDOH]D
jurídica de las entidades públicas que conforman el Sis-
tema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Artículo 2º. Vigencia. La presente ley rige a partir
de la fecha de su promulgación.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El presente documento contiene la exposición de
motivos del proyecto de ley que otorga facultades ex-
traordinarias pro témpore al Gobierno nacional para
expedir un régimen laboral especial para los servidores
públicos de las Empresas Sociales del Estado del nivel
nacional y territorial, así como para expedir el Sistema
(VSHFt¿FRGH&DUUHUD$GPLQLVWUDWLYD GHOSHUVRQDOTXH
presta sus servicios en las entidades públicas del orden
nacional que integran el Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación y la expedición del sistema de
estímulos, capacitación y situaciones administrativas
especiales de los servidores públicos vinculados a tales
entidades, y se dictan otras disposiciones.
La exposición de motivos, se desarrolla sobre la
base de los siguientes temas:
1. Aspectos generales de carrera administrativa.
2. Régimen laboral especial para los servidores pú-
blicos de las empresas sociales del Estado del nivel na-
cional y territorial.
6LVWHPD HVSHFt¿FRGH FDUUHUDDGPLQLVWUDWLYD GHO
personal que presta sus servicios en las entidades pú-
blicas del orden nacional que integran el Sistema Na-
cional de Ciencia, Tecnología e Innovación y para la
expedición del sistema de estímulos, capacitación y
situaciones administrativas especiales de los servidores
públicos vinculados a tales entidades.
1. Aspectos generales de la carrera administra-
tiva
Con estricto acatamiento a lo dispuesto por el artí-
culo 150, numeral 10 de la Constitución Política y con
profundo respeto por la representación democrática
que ostenta el Congreso de la República, el Gobierno
nacional presenta a consideración el proyecto de ley
“por la cual se otorgan facultades extraordinarias pro
témpore al Presidente de la República para expedir un
régimen laboral especial para los servidores públicos
de las Empresas Sociales del Estado del nivel nacional
\WHUULWRULDO\SDUDH[SHGLUHO6LVWHPD(VSHFt¿FRGH&D-
UUHUD$GPLQLVWUDWLYDGHOSHUVRQDOTXHSUHVWDVXVVHUYL-
cios en las entidades públicas del orden nacional TXH
LQWHJUDQHO 6LVWHPD 1DFLRQDO GH &LHQFLD 7HFQRORJtD
H,QQRYDFLyQ\ODH[SHGLFLyQGHO VLVWHPDGHHVWtPXORV
capacitación y situaciones administrativas especiales
de los servidores públicos vinculados a tales entidades,
y se dictan otras disposiciones”.
La presentación misma de este proyecto de ley im-
pone al Presidente de la República, por ministerio de
la Constitución Política, solicitar la concesión de las
IDFXOWDGHV H[WUDRUGLQDULDV D ODV FXDOHV VH UH¿HUH HVWH
proyecto, conforme a las consideraciones siguientes:
1. La Constitución Política eleva a rango constitu-
cional la garantía para todo ciudadano de participar en
la conformación, ejercicio y control del poder político,
derecho que para hacer efectivo puede, entre otros, ac-
ceder al desempeño de funciones y cargos públicos1.
De otra parte, el Capítulo II del Título V constitu-
cional, regula el ejercicio y los principios de la función
pública, entre estos, los relativos a:
D(OHPSOHRS~EOLFRDUWtFXOR
E/DFODVL¿FDFLyQGHORVVHUYLGRUHVS~EOLFRVHQHP-
pleados estatales, trabajadores estatales y miembros de
ODVFRUSRUDFLRQHVS~EOLFDVDUWtFXOR
c) a responsabilidad de los servidores y la forma de
hacerla efectiva debe ser desarrollada legalmente (artí-
FXOR
d) El carácter de empleos de carrera como regla ge-
neral en todos los órganos y entidades del Estado, con
algunas excepciones previstas en el artículo 1252 y las
TXHVHxDOHODOH\
2 Constitucionalmente se exceptúan los empleos de elec-
ción popular, los de libre nombramiento y
remoción y
ORVGHWUDEDMDGRUHVR¿FLDOHV

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