Gaceta del Congreso del 28-11-2014 - Número 770EPPL (Contenido completo) - 28 de Noviembre de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766759153

Gaceta del Congreso del 28-11-2014 - Número 770EPPL (Contenido completo)

Fecha de publicación28 Noviembre 2014
Número de Gaceta770
GACETA DEL CONGRESO 770 Viernes, 28 de noviembre de 2014 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXIII - Nº 770 Bogotá, D. C., viernes, 28 de noviembre de 2014 EDICIÓN DE 12 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ENMIENDA AL INFORME DE PONENCIA
PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 063 DE 2014 CÁMARA
por medio de la cual se adiciona un artículo en la
Ley 1257 de 2008 para que se prohíba la práctica de
la prueba de embarazo como requisito laboral y se
dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 26 de noviembre de 2014
Doctor
JAIME BUENAHORA FEBRES
Presidente
Comisión Primera
Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Enmienda al informe de ponencia para
primer debate al Proyecto de ley número 063 de 2014
Cámara, por medio de la cual se adiciona un artículo
en la Ley 1257 de 2008 para que se prohíba la práctica
de la prueba de embarazo como requisito laboral y se
dictan otras disposiciones.
SÍNTESIS DEL PROYECTO
A través del Proyecto de ley se busca adicionar un
artículo a la Ley 1257 de 2008, en el sentido de prohibir
la solicitud por parte de cualquier empresa o entidad
del ámbito privado o público; de pruebas de embarazo,
FHUWL¿FDGRVRGHFODUDFLRQHVDOUHVSHFWR
TRÁMITE DEL PROYECTO
Origen: Congresional.
Autores: Honorables Representantes Ana Paola
Agudelo García, Carlos Eduardo Guevara Villabón y
Guillermina Bravo Montaño.
Proyecto Publicado: Gaceta del Congreso número
411 de 2014.
COMPETENCIA Y ASIGNACIÓN DE
PONENCIA
Mediante comunicación de 20 de agosto de 2014
C.P.C.P.3.1-0080-2014 y conforme a lo expresado en el
artículo 150 de la Ley 5ª de 1992, fui designado como
ponente para primer debate del Proyecto de ley núme-
ro 063 de 2014.
Para el desarrollo de la presente ponencia, he toma-
do como base los argumentos y estudios realizados por
los autores del proyecto, en la exposición de motivos
del mismo. MARCO JURÍDICO
El presente proyecto de ley, tiene su fundamento
jurídico en la siguiente normatividad que se expone a
continuación:
Artículo 13. Todas las personas nacen libres e
iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato
de las autoridades y gozarán de los mismos derechos,
libertades y oportunidades sin ninguna discriminación
por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar,
lengua, religión, opinión política o ¿losó¿ca. El Estado
promoverá las condiciones para que la igualdad sea
real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos
discriminados o marginados.
Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su
intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el
Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual
modo, tienen derecho a conocer, actualizar y recti¿car
las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en
bancos de datos y en archivos de entidades públicas y
privadas.
Artículo 25. El trabajo es un derecho y una
obligación social y goza, en todas sus modalidades, de
la especial protección del Estado. Toda persona tiene
derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

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