Gaceta del Congreso del 29-11-2005 - Número 840PPDPL (Contenido completo) - 29 de Noviembre de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766719461

Gaceta del Congreso del 29-11-2005 - Número 840PPDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación29 Noviembre 2005
Número de Gaceta840
GACETA DEL CONGRESO 840 Martes 29 de noviembre de 2005 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
G A C E T A D E L C O N G R E S O
AÑO XIV - Nº 840 Bogotá, D. C., martes 29 de noviembre de 2005 EDICION DE 8 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P O N E N C I A S
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NUMERO 141 DE 2005
CAMARA, 170 DE 2005 SENADO
por la cual se modif‌ican unos regímenes especiales
y se elimina el impuesto de remesas para estimular
la inversión.
Doctor
CESAR NEGRET MOSQUERA
Presidente Comisiones Terceras Conjuntas de Senado y
Cámara.
Actuando en calidad de ponentes y dentro de los términos
legales, nos permitimos rendir ponencia y texto propuesto para
primer debate al Proyecto de ley número 141 de 2005 Cámara,
170 de 2005 Senado, por la cual se modif‌ican unos regímenes
especiales y se elimina el impuesto de remesas para estimular
la inversión, bajo los siguientes parámetros:
El proyecto de ley contempla tres aspectos fundamenta-
les: Reestructuración de las Zonas Francas, Eliminación del
Impuesto de Remesas y posibilidad de solicitar el IVA de los
activos f‌ijos como descontable.
A) MODIFICACIONES AL REGIMEN DE ZONAS
FRANCAS
1. Antecedentes Legislativos
Las zonas francas se encuentran en un momento de cambio
en su estructura y benef‌icios, en gran parte motivado por las
políticas y normatividades de la OMC, en donde los países
miembros se comprometieron a desmontar los subsidios pro-
hibidos (atados a desempeño en las exportaciones).
Mediante la Ley 170 del 15 de diciembre de 1994, el honora-
ble Congreso de la República aprobó el Acuerdo por el que se
establece la Organización Mundial del Comercio, OMC, y por
lo tanto Colombia tuvo que denunciar como subsidio el CERT,
el Plan Vallejo de Bienes de Capital y la exención de renta para
usuarios industriales de bienes. No se denunció por parte del
Gobierno Nacional, ya que nunca se cuestionó, la exención de
renta para usuarios industriales de servicios y menos aún
la exención de renta para usuarios operadores.
Colombia gozó de un periodo de gracia de ocho años a partir
de la entrada en vigor del Tratado de la OMC, para el desmonte
del subsidio para UIB, el cual expiró en 2003.
Colombia desmontó a partir del 31 de diciembre del año 2006,
mediante el artículo 69 de la Ley 863 de 2003, las exenciones
de los impuestos de renta y complementarios y de remesas
para Usuarios Industriales de Bienes.
“A partir del 31 de diciembre de 2006, se derogan el artículo
213; literal m) del artículo 322 del Estatuto Tributario y el
artículo 15 de la Ley 109 de 1985 en lo referente a usuarios
industriales de bienes de las zonas francas”.
A partir del 31 de diciembre de 2006, los ingresos perci-
bidos por los Usuarios Industriales de Bienes en las zonas
francas serán gravados con el impuesto a la renta vigente en
ese momento.
Por lo anterior el Gobierno Nacional, en su interés por
mantener la competitividad de las zonas francas, ha radicado
el proyecto de ley con el f‌in de sustituir la exención de renta
para las ventas a mercados externos de los Usuarios Indus-
triales de Bienes, por subsidios que a la luz de la OMC sean

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