Gaceta del Congreso del 30-05-2008 - Número 302IPSDPL (Contenido completo) - 30 de Mayo de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766867265

Gaceta del Congreso del 30-05-2008 - Número 302IPSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación30 Mayo 2008
Número de Gaceta302
GACETA DEL CONGRESO 302 Viernes 30 de mayo de 2008 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVII - Nº 302 Bogotá, D. C., viernes 30 de mayo de 2008 EDICION DE 20 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL (E.) DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
PONENC I AS
G ACETA DEL C ONGRESO
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NUEMRO 302 DE 2007 CAMARA,
171 DE 2006 SENADO ACUMULADO CON EL PROYECTO
DE LEY NUMERO 98 DE 2006 SENADO
por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción
de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman
los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996
y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 21 de mayo de 2008
Doctor
JORGE HUMBERTO MANTILLA
Presidente Comisión Primera
Cámara de Representantes
Ciudad.
Referencia: Informe de ponencia para segundo debate en la Plenaria de
la honorable Cámara de Representantes al Proyecto de ley número 302
de 2007 Cámara, 171 de 2006 Senado acumulado con el Proyecto de
ley número 98 de 2006 Senado, por la cual se dictan normas de sensi-
bilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación
contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Pe-
nal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones.
Consideraciones Generales
El Proyecto de ley de la referencia, es producto del trabajo adelantado
por la Comisión Accidental de Mujeres del Congreso de la República, con
el apoyo de otros honorables Congresistas, entre ellos, Luis Carlos Ave-
llaneda T., Miguel Pinedo Vidal, Germán Aguirre Muñoz, Wilson Borja
Díaz, y Armando Benedetti y con la participación y apoyo en la formula-
ción del mismo de la Defensoría del Pueblo, la Mesa por una ley integral
por el Derecho de las Mujeres a vivir una vida libre de violencias, Movi-
miento de mujeres, La Academia y en especial por el Sistema de Naciones
Unidas en Colombia.
Esta iniciativa legislativa, busca exigir del Estado colombiano medi-
GDVH¿FDFHV\HIHFWLYDVSDUDVDQFLRQDUSUHYHQLU\ HQJHQHUDOHUUDGLFDUOD
violencia contra las mujeres; reparar los efectos que dicha violencia ejerce
sobre sus vidas y develar cómo la perpetuación de la violencia en su con-
tra es una forma de mantener relaciones estructurales de subordinación,
debido a las históricas relaciones desiguales de poder entre hombres y
mujeres.
En este largo proceso de lucha de las Mujeres Congresistas y en ge-
neral de la sociedad civil, hemos coordinado esfuerzos con el objeto de
trazar directrices que permitan la eliminación de todas las formas de vio-
lencia contra la mujer.
La violencia contra las mujeres ha despertado desde años atrás, un es-
pecial interés en los ámbitos nacional e internacional, como una expresión
de discriminación y violación de los derechos humanos de las mujeres.
Este interés ha surgido gracias al trabajo desplegado por las organizacio-
nes de mujeres en todo el mundo y su lucha política para que se recono-
ciera que la violencia contra ellas no era producto del azar o un hecho de
la esfera privada.
Estadísticas
Las recientes estadísticas revelan la aterradora y preocupante situación
GHODPXMHUHQ&RORPELDD¿UPDQGR ODQHFHVLGDGXUJHQWHGHDSUREDUFRQ
el concurso de los honorables legisladores esta importante legislativa:
El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses reportó que en el
año 2006 se registraron en el país 37.047 casos de maltrato conyugal, que
señalan un descenso de 2% en el total de denuncias registradas, respecto
al año inmediatamente anterior, cuando se presentaron 37.658 casos de
maltrato de pareja. Sin embargo las cifras continúan siendo alarmantes,
solo durante los meses comprendidos entre enero y abril del año 2007,
según estadísticas presentadas por el Instituto de Medicina Legal, durante
este período se presentaron 13.081 casos de maltrato de pareja.
Para el año 2006, se mantuvo la tendencia de los últimos 3 años en los
que 9 de cada 10 víctimas de violencia conyugal fueron mujeres. En 2005,
se presentaron 34.336 denuncias de mujeres y en 2006, 33.769.
En términos de frecuencia, en 2006 cada día 93 mujeres fueron maltra-
tadas por su pareja.
En el último estudio realizado por Profamilia sobre el seguimiento que
le hace a los casos en que las mujeres denuncian violencia intrafamiliar
contenido en el libro “Feminicidio, mujeres que mueren por violencia in-
trafamiliar en Colombia” revela que 8 millones de mujeres en Colom-
bia han sufrido maltrato físico por parte de su esposo o compañero. Pero
que lastimosamente de cada diez mujeres que son ultrajadas, solo dos se
arriesgan a denunciar.
En cuanto a la violencia sexual ejercida en contra de las mujeres, para
el 2006, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses reportó 16.267
dictámenes sexológicos, y en el 84% de los casos (13.697) las víctimas
fueron mujeres, proporción que se mantiene con respecto al año inmedia-
tamente anterior, donde se reportaron 14.369 dictámenes sexológicos a
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mujeres. Durante el período comprendido entre enero y abril de 2007 se
presentaron 5.254 dictámenes sexológicos de los cuales el 83% es decir
4.395 casos, las víctimas fueron mujeres.
En el marco del día internacional de la no violencia contra las mujeres
celebrado el 25 de noviembre de 2007, se dieron a conocer las siguientes
cifras:
• El 12% de las mujeres en Colombia son obligadas por su pareja a
tener relaciones sexuales.
• 1 de cada 3 mujeres en Colombia es golpeada por su pareja. (Fuente:
ONU-Colombia, Radio Revista Naciones Unidas-Manos Amigas).
En el siglo XXI demasiadas mujeres siguen siendo maltratadas por sus
parejas, solo unas pocas se atreven a denunciarlo, pero lo más grave, mu-
chas mueren a manos de sus maridos por golpizas y otros ataques violen-
tos. El alto riesgo que corren las mujeres cuando son sujetos permanentes
de violencia crece porque ellas no lo denuncian a las autoridades en la
mayoría de los casos por temor a quedar económicamente desprotegidas,
y cuando lo hacen, las comisarías de familia suelen hacer caso omiso de
su caso en gran parte porque no cuentan con el personal especializado e
idóneo, presupuesto e instalaciones para atender estos eventos.
Según el estudio de consultoría contratado para determinar el impacto
¿VFDOGHOSUR\HFWRGHOH\GHOTXHPiVDGHODQWHVHKDFHUHIHUHQFLDEDVDGR
en la revista Forensis 2006, determinó que las principales causas de vio-
OHQFLDFRQWUDODVPXMHUHVLGHQWL¿FDGDVHQHOPHQFLRQDGRHVWXGLRRUGHQD-
das según su incidencia sobre el sexo femenino son las siguientes:
Maltrato de Pareja:
(OPDOWUDWRGHSDUHMDHVSULQFLSDOPHQWHIHPHQLQR\VHLGHQWL¿FDVXSUH-
sencia particularmente en el rango de edad entre los 21 a 40 años, donde se
ubica el 73% de los casos. Este tipo de violencia se efectúa principalmente
en la vivienda (76.9%), y en la calle (17.3%), y particularmente por parte
del compañero permanente (18.555), y por parte del esposo (13.269).
Las mujeres víctimas de este tipo de violencia contra la pareja, se ca-
racterizan por su incidencia en personas con bajo nivel educativo, pero
particularmente en aquellas mujeres con secundaria completa o incomple-
WD$GLFLRQDOPHQWHVH LGHQWL¿FDTXHOD YLROHQFLDGHSDUHMDHV SULQFLSDO-
mente urbano (94.7%), aunque se puede inferir un alto subregistro de la
GHQXQFLDGHHVWHWLSR GHFDVRVHQODV]RQDVUXUDOHV GDGDVODVGL¿FXOWDGHV
para su denuncia, o razones culturales.
Los departamentos donde se presentan el mayor número de casos
son Bogotá, Antioquia, Cundinamarca, Valle del Cauca, Boyacá, y
Santander.
Lo anterior indica que como factores protectores de violencia contra
las mujeres, como primera medida se debería buscar que las mujeres ac-
cedieran por lo menos a educación técnica y superior, donde existe una re-
lación cercana de 1 caso para cada 10 de mujeres con secundaria completa
o secundaria incompleta.
Delitos Sexuales:
(QFXDQWRDORVGHOLWRV VH[XDOHVHVDEHUUDQWHLGHQWL¿FDUFRPRGHHVWH
tipo de violencia es preponderantemente infantil y se desarrolla principal-
mente en la vivienda; el 75% de las víctimas son menores de edad. Este
tipo de delito se comete sobre todo contra mujeres (83.89%), caracteri-
zadas por estar en estado civil de soltería o en unión libre lo cual tiene
sentido con los rangos de edad donde es prevalente el delito, pero llama
particularmente la atención que se presenta particularmente en víctimas
con primaria incompleta o secundaria incompleta (sumados son el 51.83%
de los casos).
Así mismo, las mayores tasas de incidencia se presentan en los depar-
tamentos de Guainía, Amazonas, Casanare, Cundinamarca, y Meta.
Como factores protectores de los delitos sexuales contra las mujeres,
GH¿QLWLYDPHQWH VH LGHQWL¿FD OD HVFRODULGDG SULQFLSDOPHQWH OD SLPDULD
completa, el desarrollo de actividades por fuera de la vivienda, y la edad.
Maltrato al Menor:
La siguiente causa de violencia contra las mujeres, es el maltrato a las
menores donde la incidencia es del 53.71%. Esta básicamente se presenta
en los rangos de edad entre los 10 y 14 años (1.922 casos), y entre los 15 y
17 años (1.686 casos). La agresión en el 73% de los casos se hace con me-
canismos contundentes, y el agresor generalmente es el papá, seguido de
ODPDPi\HOSDGUDVWURSDUWLFXODUPHQWHVHLGHQWL¿FDTXHORVKRPEUHVVRQ
más violentos que las mujeres para el tipo de maltrato (padre + padrastro
+ tío + primo + primo + cuñado + hermano).
En el momento de los hechos, el 73% de las veces se desarrolla prin-
FLSDOPHQWHHQHOKRJDU\D VHDFXDQGRVHGHVFDQVDRGXHUPH 'H¿QLWLYD-
mente las causas son la intolerancia (49.86%), el alcoholismo (5.21%), y
el desamor (6.95%), que sumados explican más del 62% de las causas.
Como factores protectores para este tipo de violencia, se pueden iden-
WL¿FDUHOGHVDUUROORGH DFWLYLGDGHVSRUIXHUDGHOKRJDU\ SDUWLFXODUPHQWH
una alta dosis de tolerancia frente a los menores.
Violencia Interpersonal y Homicidios:
Aunque la violencia interpersonal tiene una alta incidencia sobre las
PXMHUHV QRHVIiFLOLGHQWL¿FDU FRQORVGDWRV GLVSRQLEOHVDORV
agresores y sus causas (39.8%), se puede decir que corresponde a causas
derivadas de intolerancia principalmente a riñas (58%), y otros no deter-
PLQDGRVHVFHQL¿FDGDSULQFLSDOPHQWHHQFDOOHVODYLYLHQGDEDUHV
tabernas, y centros educativos.
Frente a los homicidios contra las mujeres, el número de casos repor-
tados (1.223), corresponde al 7.5% del total de casos, por lo que se puede
decir que los homicidios son principalmente masculinos.
TRAMITE DEL PROYECTO DE LEY
1. Acumulación del Proyecto de ley número 98 de 2006
Atendiendo el encargo de la Mesa Directiva se hizo el estudio de los
Proyectos de ley número 302 de 2007 y 98 de 2006; y se llegó a la conclu-
sión que el tema de ambos era coincidente y se recogieron iniciativas que
eran abordadas en las dos iniciativas, entre otras:
– Principio de corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia.
±,QFOXVLyQGHODYLROHQFLDVH[XDOGHQWURGHODGH¿QLFLyQGHYLROHQFLD
– Adopción de una perspectiva de género para la elaboración de todas
las políticas públicas por parte de las autoridades en salud, educación y
demás políticas sectoriales.
– Adopción de medidas de sensibilización en el tema de violencia con-
tra la mujer.
– Adopción de medidas para la erradicación de la violencia intrafa-
miliar.
– Capacitación del personal de líneas de emergencias para atender te-
mas de violencia contra la mujer.
– Fortalecimiento de los mecanismos de recolección de información en
el tema de violencia contra la mujer.
– Obligación de las autoridades de informar a las mujeres sobre sus
derechos en los casos de violencia.
– Promoción del acceso de las mujeres a educación y espacios labora-
les no tradicionales para ellas.
Por otra parte fue necesario descartar algunas normas del Proyecto 98
de 2006 teniendo en cuenta la imposibilidad jurídica de darles trámite en
el Congreso, entre ellas:
– Gratuidad en la representación legal y la asistencia profesional en los
procesos judiciales. Esta norma es una de aquellas que produce impacto
¿VFDO\DTXHLPSOLFDODDGRSFLyQGHPHGLGDVSRVLWLYDVTXHJHQHUDQSDUDHO
Estado un gasto nuevo no presupuestado. El artículo 7° de la Ley 918 de
RUGHQDTXH ORVSUR\HFWRVTXHJHQHUHQ LPSDFWR¿VFDODVtGHEHQKD-
cerlo explícito en la exposición de motivos y deberán señalarse las fuentes
GH¿QDQFLDPLHQWRHQWRGR FDVRTXHVHDFRPSDWLEOHFRQHO PDUFR)LVFDO
de mediano plazo. Esta disposición no se cumplía en el proyecto de ley
presentado, razón por la cual resultaba inviable jurídicamente incorporar
esta disposición.
– Creación de un sistema de información de violencia de género inter-
sectorial coordinado por el Ministerio de la Protección Social. Las mismas
consideraciones hechas en el punto anterior caben en este.
'LVFXVLyQHQ HO6HQDGRGHOD 5HS~EOLFD\PRGL¿FDFLRQHVLQWUR-
ducidas
En el transcurso del debate en la Comisión Primera como en la Ple-
QDULDGHO6HQDGRGHOD5HS~EOLFDVHLQWURGXMHURQODVVLJXLHQWHV PRGL¿-
caciones:

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