Gaceta del Congreso del 30-07-2008 - Número 484AC (Contenido completo) - 30 de Julio de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766829805

Gaceta del Congreso del 30-07-2008 - Número 484AC (Contenido completo)

Fecha de publicación30 Julio 2008
Número de Gaceta484
GACETA DEL CONGRESO 484 Miércoles 30 de julio de 2008 Página 1
A C T A S D E C O M I S I O N
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVII - Nº 484 Bogotá, D. C., miércoles 30 de julio de 2008 EDICION DE 16 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
S E N A D O D E L A R E P U B L I C A
JESÚS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G ACETA DEL C ONGRESO
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
COMISION PRIMERA DEL HONORABLE
SENADO DE LA REPUBLICA
ACTA NUMERO 48 DE 2008
(junio 4)
Legislatura 2007-2008 - Segundo Período
Cuatrienio 2006-2010
Sesiones Ordinarias
En la ciudad de Bogotá, D. C., el cuatro (4)
de junio de dos mil ocho (2008), se reunieron
en el Salón Guillermo León Valencia del Ca-
pitolio Nacional, previa citación, los miem-
bros de la Comisión Primera del honorable
6HQDGRFRQHO¿QGHVHVLRQDU
I
/ODPDGRDOLVWD\YHUL¿FDFLyQ
GHOTXyUXP
/D3UHVLGHQFLD HMHUFLGD HQ RUGHQ DOID-
EpWLFRSRUHOKRQRUDEOH6HQDGRU-XDQ)HU-
QDQGR&ULVWR%XVWRVLQGLFDDOD6HFUHWDUtD
OODPDUDOLVWD\ FRQWHVWDURQORVKRQRUDEOHV
6HQDGRUHV
Cristo Bustos Juan Fernando
Cuéllar Bastidas Parmenio
García Valencia Jesús Ignacio
Parody D’Echeona Gina María
Rojas Jiménez Héctor Helí.
(QHOWUDQVFXUVRGHODVHVLyQVHKL]RSUH-
VHQWHHOKRQRUDEOH6HQDGRU
Cáceres Leal Javier Enrique.
'HMDURQGH DVLVWLUORV KRQRUDEOHV6HQD-
GRUHV
Andrade Serrano Hernán
Arrieta Buelvas Samuel
Benedetti Villaneda Armando
Enríquez Maya Eduardo
García Orjuela Carlos Armando
Gerléin Echeverría Roberto
Pérez Pineda Oscar Darío
Rodríguez Rodríguez Carlina
Quintero Villada Rubén Darío
Velasco Chaves Luis Fernando
Vélez Uribe Juan Carlos.
/RVWH[WRVGHODVH[FXVDVVRQODVVLJXLHQ-
WHV
La excusa del honorable Senador Luis Fer-
nando Velasco Chaves se encuentra transcrita
en el Acta número 29 (01-04-08).
***
La excusa del honorable Senador Rubén
Darío Quintero Villada se encuentra transcrita
en el Acta número 29 (01-04-08).
***
El siguiente documento fue radicado para
que cumpla los efectos de constancia y excusa
para las sesiones de los días 4, 5 y 10 de junio,
de conformidad con el último inciso del pre-
sente documento.
([FXVDSDUDYRWDUORVLPSHGLPHQWRV
Sesión del 4 de junio de 2008
Comisión Primera del Senado
Honorable Senador
HERNAN FRANCISCO ANDRADE
Presidente por orden alfabético Comisión
Primera Constitucional Permanente
Ciudad
Distinguido Presidente:
De manera atenta solicito a la Presidencia
de la Comisión para el Proyecto de acto legis-
lativo 14 de 2007 Senado, 47 de 2007 Cáma-
ra, denominado “Reforma Política”, se proce-
da a excusarme de participar en la decisión
de los impedimentos de los honorables Sena-
dores quienes así lo manifestaron por escrito
en la sesión del pasado 29 de mayo de 2007
para el debate y votación del proyecto de acto
legislativo de “Reforma Política”, excusa que
procede en virtud de lo ordenado por la hono-
rable Sala Plena de la Corte Constitucional en
la Sentencia C-337 de 2006, Folio 31, en con-
cordancia con el Reglamento del Congreso y
en consideración a los siguientes fundamen-
tos fácticos y jurídicos:
Aunque en medio de comunicación se insi-
nuó que mi declaración de impedimento para
el proyecto de acto legislativo de “Reforma
Política” fue elaborado por el Ministerio del
Interior, esa alusión debo rechazarla de plano,
aclarando que comparto el criterio del Minis-
terio del Interior manifestado en la Sentencia
C-1040 de 2005, Folio 89, cuando señala que
“la manifestación de los impedimentos y su
consideración por las Corporaciones debe
presentase en una fase previa al debate y vo-
tación del proyecto, lo que permite concluir
que la votación de impedimentos mal podría
equivaler a votación del proyecto”.
&RQORDQWHULRUPHUDWL¿FRHQTXHPLGHEHU
como Congresista es participar en la decisión
de los impedimentos de los otros Congresis-
tas que manifestaron por escrito un presunto
FRQÀLFWRGHLQWHUHVHV HQYLUWXGGHO SULQFLSLR
democrático en la formación de las leyes, que
VHPDQL¿HVWDHQTXHPLVHOHFWRUHV\HOSXHEOR
en general pueda pronunciarse mediante la
actividad legítima de uno de sus representan-
tes como lo es el suscrito, hasta tanto el Pre-
sidente de la Comisión proceda a excusarme
del deber de votar los impedimentos de mis
colegas.
Página 2 Miércoles 30 de julio de 2008 GACETA DEL CONGRESO 484
Debo señalar que agradezco la preocupa-
ción del ex Ministro y ex candidato Presiden-
cial, doctor Rafael Pardo Rueda, de algunos
medios de comunicación y de algunos colegas
de la Comisión, quienes en una invocación
VXSHU¿FLDOVLQHODQiOLVLVFUtWLFRGHVXVLJQL¿-
cado, es decir, sin auscultar los principios ge-
nerales o la “ratio decidendi” de la Sentencia
C-1040 de 2005, consideran que no debo per-
manecer en el recinto de la Comisión mientras
se delibera y deciden los impedimentos de los
otros Congresistas. No comparto tal interpre-
tación teniendo en cuenta que el Presidente
ad hoc de la Comisión, el honorable Senador
Hernán Francisco Andrade, es quien debe
manifestarse sobre el particular y proceder a
excusarme del deber constitucional y legal de
votar los impedimentos formulados por mis
colegas para esta reforma constitucional.
A la Sentencia 1040 la complementan y se
atiene a la misma el último pronunciamiento
de la Sala Plena de la Corte Constitucional,
Sentencia C-337 de 2006 en el Título 6.2 “El
procedimiento para resolución de los impedi-
mentos no vulnera la Constitución”, Folio 31
de 43.
“En efecto, en materia del procedimiento
de resolución de los impedimentos, ninguna
norma de la Carta Política como de la Ley 5ª
de 1992, expresamente prohíbe y de manera
general, que el Congresista que se ha decla-
rado impedido pueda participar en la decisión
de los impedimentos presentados por otros
Congresistas, pues lo que sí les está vedado
es participar en la decisión de su propia soli-
citud de impedimento, así como cuando se les
acepta un impedimento, procede excusar del
deber de votar que tienen. Un entendimiento
contrario de las disposiciones que regulan el
tema puede traer como consecuencia la im-
SRVLELOLGDG GH GH¿QLU ORV LPSHGLPHQWRV TXH
se presenten por varios Congresistas a la vez,
llegándose en la práctica a lo que se denomi-
nó un “callejón sin salida”, pues podría en
un momento dado reducirse el quórum deci-
sorio a un quantum inferior al necesario para
resolverlos. (Negrilla y subrayado fuera de
texto).
Ahora bien y retomando la Sentencia C-
1040 de 2005, debo reiterar a la Comisión y
a la opinión pública que manifesté por escrito
mi impedimento para el debate y votación del
Proyecto de acto legislativo “Reforma Políti-
ca”, pero no para la decisión de los impedi-
mentos de los otros Congresistas, entre otras,
porque la decisión sobre impedimentos es una
cuestión incidental, circunstancial y por eso
es que se desarrolla previamente al debate y
a la votación del proyecto de ley o de acto
legislativo. Este trámite incidental de resolu-
ción de impedimentos suspende el trámite del
proyecto que esté para el estudio de la Plena-
ria o Comisión respectiva, en este caso el del
DFWROHJLVODWLYROR D¿UPDOD6DOD 3OHQDGH OD
Corte Constitucional en el Folio 95 de la cita-
da Sentencia C-1040. “En segundo término,
la razón por la cual no se exige el anuncio
del proyecto desde el inicio mismo del deba-
te o de aquellas cuestiones incidentales que
puedan suspender su trámite, como lo sería
la resolución de los impedimentos, radica en
que existen…,” (negrilla y subrayado fuera de
texto).
En el Folio 97 de la citada Sentencia 1040
se lee lo siguiente: ³«ORTXH TXLHUH VLJQL¿-
car es que el anuncio tan solo resulta exigible
SDUDODGHFLVLyQGH¿QLWLYDPHGLDQWHODFXDOVH
aprueba o no el texto de la ley y por extensión
de los Actos Legislativos, una vez haya cul-
minado el debate parlamentario y, por ende,
se encuentren debidamente resueltas todas
aquellas materias que le resultan circuns-
tanciales, como son la tramitación de los
impedimentos y las recusaciones” (negrilla y
subrayado fuera de texto) …, en el mismo Fo-
lio 97 termina la Sala Plena “En conclusión,
a juicio de esta Corporación, la exigencia del
último inciso del artículo 160 del Texto Su-
perior… sin que pueda llegar a resultar apli-
cable y menos aún exigible, para la resolu-
ción de los impedimentos o de cualquier otra
cuestión incidental que se presente durante
el desarrollo del proceso legislativo” (negri-
lla y subrayado fuera de texto).
Estos pronunciamientos jurisprudenciales
de la Sala Plena de la Corte Constitucional
citados hasta aquí son obligatorios para todos
los colombianos por tener efectos erga omnes
y el fallo produce efectos generales cuando es
obligatorio para todos los habitantes del país,
como se puede leer en el texto, Derecho Cons-
titucional y Constitución de Jaime Vidal Per-
domo, 5ª edición, Universidad Externado de
Colombia, página 42, sobre los efectos erga
omnes de las sentencias de constitucionalidad
encontramos abundante jurisprudencia sien-
do las más recientes las Sentencias: C-075 de
de 2007 y para terminar, citaré un extracto de
la última Sentencia sobre el tema, la C-308 de
³/DVSURYLGHQFLDVTXHSUR¿HUDOD&RUWH
en ejercicio del control constitucional son de
obligatorio cumplimiento y produce efectos
erga omnes. Pero para que ello tenga lugar, es
necesario que el fallo lo emita el órgano cons-
titucionalmente competente, en este caso, la
Sala Plena”.
Por otra parte, siento que algunos colegas
Congresistas, como ciertos medios de comu-
nicación, han tomado una dura crítica, fuerte
e injusta hacia mí, aseverando hechos no cier-
tos e interpretaciones que lesionan la transpa-
rencia y rectitud con que he pretendido actuar
amparado en mandatos constitucionales fren-
te al acto legislativo “Reforma Política”. No
HVFLHUWRFRPRORD¿UPDXQPHGLRHVFULWRGH
que he actuado como si no estuviera impedido.
No es cierto que regresé al recinto el jueves
29 de mayo para votar los impedimentos dife-
rentes al mío, ya que la discusión de los otros
colegas ni siquiera ha concluido. Tampoco es
cierto que haya agredido a ninguno de mis
colegas verbalmente. Mucho menos es cierto
que haya concertado un “show” que pudiera
perjudicarme. A lo largo de mi Presidencia en
la Comisión Primera he actuado de buena fe,
como lo demuestra el haberme apartado de la
designación de ponentes y de la Presidencia
misma. Mi formación profesional y personal
me impide cualquier accionar de este tipo. Mi
permanencia, tanto en el sector privado como
en el público, demuestra mi búsqueda cons-
tante de la rectitud. Por esta razón, el día de
hoy expreso un sinsabor ante el maltrato al que
he sido sometido por razones exclusivamente
mediáticas y la búsqueda constante de la rec-
titud. Por esta razón, el día de hoy expreso un
sinsabor ante el maltrato al que he sido some-
tido por razones exclusivamente mediáticas y
le solicito al señor Presidente me autorice
a no participar en la decisión de los impedi-
mentos de mis distinguidos colegas, para que
la Comisión decida libremente lo relacionado
FRQORVFRQÀLFWRVGHLQWHUpV\TXHPL SUHVHQ-
cia no se convierta en factor perturbador para
el tranquilo desarrollo del proceso de decisión
que Colombia está esperando.
Atentamente,
Juan Carlos Vélez Uribe,
Senador de la República.
* * *
Bogotá, D. C., junio 13 de 2008
Doctor
JUAN CARLOS VELEZ URIBE
Presidente
Comisión Primera
Senado de la República
Bogotá, D. C.
Honorable Presidente:
Comedidamente le solicito registrar mi
excusa para que se publique en el acta de la
Comisión del día 4 de junio, por encontrar-
me en la Corte Suprema de Justicia rindiendo
versión libre.
Anexo citación.
Atentamente,
Carlos García Orjuela,
Senador de la República.
* * *
Bogotá, D. C., 19 de mayo de 2008
Doctor
CARLOS ARMANDO GARCIA ORJUELA
Senador de la República
(GL¿FLR1XHYRGHO&RQJUHVR±0H]DQLQH6XU
7HOpIRQRV±
Ciudad
De manera atenta y conforme a lo ordena-
do mediante auto del diecinueve (19) de los
corrientes, me permito informarle que se se-
ñaló para escucharlo en diligencia de versión
libre el próximo cuatro (4) de junio del año en
curso, a partir de las nueve de la mañana (9:00

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