Gaceta del Congreso del 31-05-2017 - Número 417AL (Contenido completo) - 31 de Mayo de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766726333

Gaceta del Congreso del 31-05-2017 - Número 417AL (Contenido completo)

Fecha de publicación31 Mayo 2017
Número de Gaceta417
A C T O S LEGISLATIVOS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 417 Bogotá, D. C., miércoles, 31 de mayo de 2017 EDICIÓN DE 8 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
(mayo 23)
por medio del cual se regula parcialmente el com-
ponente de reincorporación política del Acuerdo
)LQDO SDUD OD 7HUPLQDFLyQ GHO &RQÀLFWR \ OD
&RQVWUXFFLyQGHXQD3D](VWDEOH\'XUDGHUD
El Congreso de Colombia
En virtud del Procedimiento Legislativo
Especial para la Paz,
DECRETA:
siguientes nuevos artículos transitorios:
Artículo Transitorio 1°.8QDYH]¿QDOL]DGRHO
proceso de dejación de las armas por parte de las
FARC-EP, en los términos del “Acuerdo Final para
OD7HUPLQDFLyQGHO&RQÀLFWR\OD&RQVWUXFFLyQGH
una Paz Estable y Duradera”, suscrito el 24 de no-
viembre de 2016, se reconocerá de pleno derecho
personería jurídica al partido o movimiento políti-
co que surja del tránsito de las FARC-EP a la acti-
vidad política legal.
3DUDHVRVHIHFWRV¿QDOL]DGRHOSURFHVRGHGHMD-
ción de las armas, los delegados de las FARC-EP
en la Comisión de Seguimiento, impulso y Veri-
¿FDFLyQGH ODLPSOHPHQWDFLyQ GHO$FXHUGR)LQDO
manifestarán y registrarán formalmente ante el
Consejo Nacional Electoral o quien haga sus veces
la decisión de su transformación en partido o mo-
vimiento político, el acta de constitución, sus esta-
tutos, el código de ética, la plataforma ideológica y
la designación de sus directivos, así como su com-
promiso con la equidad de género conforme a los
criterios constitucionales de paridad, alternancia y
universalidad en el funcionamiento y organización
interna. En virtud de este acto formal, el partido
o movimiento político, con la denominación que
adopte, será inscrito para todos los efectos y en
igualdad de condiciones como un partido o movi-
miento político con personería jurídica.
El partido o movimiento político reconocido
deberá cumplir los requisitos de conservación de
la personería jurídica, y estará sujeto a las causales
de pérdida de la misma previstas para los demás
partidos y movimientos políticos de conformidad
con la Constitución y la ley, salvo la acreditación
GHXQGHWHUPLQDGRQ~PHURGHD¿OLDGRVODSUHVHQ-
tación a certámenes electorales y la obtención de
un umbral de votación, durante el tiempo com-
prendido entre la fecha de su inscripción en el re-
gistro único de partidos y movimientos políticos
y el 19 de julio de 2026. Después de esta fecha se
le aplicarán las reglas establecidas para todos los
partidos o movimientos políticos.
El reconocimiento de la personería jurídica
atribuirá al nuevo partido o movimiento políti-
co los mismos derechos de los demás partidos o
movimientos políticos con personería jurídica. Su
¿QDQFLDFLyQVH UHJLUi WUDQVLWRULDPHQWH SRUODV VL-
guientes reglas especiales:
1. Recibir anualmente para su funcionamiento,
entre la fecha de su inscripción en el registro único
de partidos y movimientos políticos ante el Con-
sejo Nacional Electoral o quien haga sus veces y
el 19 de julio de 2026, una suma equivalente al
promedio de lo que reciben durante cada año los
partidos o movimientos políticos con personería
jurídica para su funcionamiento. El uso de estos
recursos se hará acorde con las reglas que aplican
a todos los partidos y movimientos políticos.
 3DUD FRQWULEXLU D OD ¿QDQFLDFLyQ GHO &HQ-
tro de pensamiento y formación política del par-
tido, así como para la difusión y divulgación de

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