Gaceta del Congreso del 31-10-2018 - Número 922IPPPPL (Contenido completo) - 31 de Octubre de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766721409

Gaceta del Congreso del 31-10-2018 - Número 922IPPPPL (Contenido completo)

Fecha de publicación31 Octubre 2018
Número de Gaceta922
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVII - Nº 922 Bogotá, D. C., miércoles, 31 de octubre de 2018 EDICIÓN DE 63 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 100 DE 2018 CÁMARA
por medio de la cual se dictan normas para la
regulación del ejercicio de las libertades económicas
y se establecen otras disposiciones.
Doctor
SAMUEL ALEJANDRO HOYOS MEJÍA
Presidente Comisión Primera
Honorable Cámara de Representantes
E.S.M.
Referencia: Proyecto de ley número 100 de
2018 Cámara, por medio de la cual se dictan
normas para la regulación del ejercicio de las
libertades económicas y se establecen otras
disposiciones.
Respetado señor Presidente:
De conformidad con la designación que nos
hizo la Mesa Directiva de la Comisión Primera
Constitucional Permanente de la Cámara de
Representantes, presentamos la ponencia para
primer debate al Proyecto de ley número 100
de 2018 Cámara, por medio de la cual se dictan
normas para la regulación del ejercicio de las
libertades económicas y se establecen otras
disposiciones.
I. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
DEL PROYECTO
El Proyecto de ley número 100 de 2018 Cámara,
fue presentado por iniciativa de los Honorables
Representantes a la Cámara Édward David
Rodríguez Rodríguez, Alfredo Rafael Deluque
Zuleta, Harry Giovanny González García, José
PONENCIAS
Daniel López Jiménez, Samuel Alejandro Hoyos
Mejía y Adriana Magali Matiz Vargas.
El proyecto de ley fue radicado el pasado 21
de agosto de 2018 ante la Secretaría General de la
honorable Cámara y se publicó en la Gaceta del
Congreso número 676 de 2018, en cumplimiento
de la Ley 5ª de 1992, y fue remitido y recibido
en la Comisión Primera de la Cámara de
Representantes el 14 de septiembre de 2018 para
su correspondientes estudio, discusión y debate.
II. OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY
El objetivo del Proyecto de ley número
100 de 2018 Cámara, es regular el ejercicio
de las actividades económicas, los requisitos
para la apertura y el funcionamiento de los
establecimientos de comercio, y establecer otras
disposiciones para fomentar la libre empresa y
la sostenibilidad de todo tipo de empresas. En
resumen, se busca otorgar seguridad jurídica a
las actividades que desarrollan los comerciantes
a efectos de materializar y dar vigor normativo
enuncia el principio de reserva legal para el
ejercicio de las libertades económicas, igualmente
expresando:
(…) La empresa, como base del desarrollo,
tiene una función social que implica obligaciones.
El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias
y estimulará el desarrollo empresarial.
(…) El Estado, por mandato de ley, impedirá
que se obstruya o restrinja la libertad económica y
evitará o controlará cualquier abuso que personas
o empresas hagan de su posición dominante en el
mercado nacional. (…)
Página 2 Miércoles, 31 de octubre de 2018 G 922
III. ANTECEDENTES Y
CONSIDERACIONES GENERALES
Ley 1801 de 2016, se expidió el pasado 29 de julio
de 2016, y entró en vigencia un año después. Este
nuevo régimen de policía buscaba derogar una
serie de normas de policía como el Decreto-ley
1355 de 1970, “por el cual se dictan normas sobre
policía” adoptado en ejercicio de las facultades

derogar otras, entre las cuales se encuentra la Ley
232 de 1995, sobre regulación del funcionamiento
de los establecimientos de comercio.
El propósito fundamental, básico, fue derogar
las normas de policía hasta ese momento vigentes,
y sustituirlas por otras, concentrando buena parte el
control del ejercicio de las libertades económicas
en cabeza de los miembros del cuerpo armado
de policía, disponiendo unos procedimientos de
aplicación inmediata de obligatorio cumplimiento.
Los anteriores cambios normativos

los establecimientos de comercio por dos razones
principales, en primer lugar, bajo la Ley 232 de
1995, el control a las actividades del comercio
estaba en cabeza de las alcaldías municipales, no
obstante lo anterior, bajo la Ley 1801 de 2016, los
comandantes, subcomandantes de estación y de
los CAI, o sus delegados, son quienes controlan la
actividad que ejerce el comercio.
Ahora a las tareas de vigilancia que por mandato
de la Constitución y la ley cumple la Policía
Nacional, para la protección de la ciudadanía en
su vida, honra y bienes, se suman otras, como
el control documental de los requisitos de los
establecimientos de comercio abiertos al público.
El anterior cambio de competencias, de
alcaldías a la Policía no es menor, porque el actual
Código de Policía estableció en el artículo 87
de la Ley 1801 de 2016, una serie de requisitos
para abrir los establecimientos de funcionamiento
y otros para el funcionamiento de los mismos.
Dichos requisitos son los siguientes:
Requisitos para la apertura
1. Las normas referentes al uso del suelo,


2. Mantener vigente la matrícula mercantil
de la Cámara de Comercio de la respectiva
jurisdicción donde se desarrolle la actividad.
3. La comunicación de la apertura del
establecimiento, al comandante de estación o
subestación de Policía del lugar donde funciona el
mismo, por el medio más expedito o idóneo, que
para tal efecto establezca la Policía Nacional.
4. Para la comercialización de equipos
terminales móviles se deberá contar con
el permiso o autorización expedido por el
Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones o su delegado.
Requisitos para el funcionamiento
1. Las normas referentes a los niveles de
intensidad auditiva.
2. Cumplir con los horarios establecidos para
la actividad económica desarrollada.
3. Las condiciones de seguridad, sanitarias
y ambientales determinadas en el régimen de
Policía.
4. El objeto registrado en la matrícula
mercantil y no desarrollar otra actividad diferente.
5. Para aquellos establecimientos donde se
ejecuten públicamente obras musicales causantes
de pago, protegidas por las disposiciones legales
vigentes sobre derechos de autor, mantener y
presentar el comprobante de pago al día.
6. Para ofrecer los servicios de alojamiento
al público u hospitalidad, se debe contar con el
registro nacional de turismo.
- El anterior régimen de apertura y
funcionamiento de los establecimientos de la
Ley 1801 de 2016 no implicaba un cambio de
fondo en relación a lo establecido en la Ley 232
de 1995, para la apertura y funcionamiento de los
establecimientos de comercio.
Aparte de estos, el Código Nacional de Policía
y Convivencia, Ley 1801 de 2016, estableció
una serie de requisitos adicionales en diferentes
normas del Código que se constituyen en más
de 50 causales para cerrar tanto temporal
como denitivamente los establecimientos de
comercio.
Esta situación ha desencadenado en varias
situaciones, inseguridad jurídica, en cuanto
a la falta de conocimiento por parte de estos
requisitos por las autoridades y la ciudadanía,
y la subjetividad para su exigencia, pues no
existen criterios uniformes al respecto, los
cuales cambian dependiendo del jefe de policía
que dirija cada departamento, municipio o
distrito.
El artículo 92 sobre comportamientos
relacionados con el cumplimiento de la actividad
económica, establece trece (13) comportamientos
contrarios a la convivencia cuya medida correctiva

El artículo 93 sobre comportamientos
relacionados con la seguridad y tranquilidad que
afectan la actividad económica, establece diez
y siete (17) comportamientos contrarios a la
convivencia cuya medida correctiva es el cierre

El artículo 94 sobre comportamientos
relacionados con la salud pública que afectan
la actividad económica, establece cuatro (4)
comportamientos contrarios a la convivencia
cuya medida correctiva es el cierre temporal o

El artículo 110 sobre comportamientos que
atentan contra la salud pública en materia de
G 922 Miércoles, 31 de octubre de 2018 Página 3
consumo, establece más de diez y seis (16)
comportamientos contrarios a la convivencia
cuya medida correctiva es el cierre temporal o

Al existir más de 50 causales para cerrar los
establecimientos de comercio, se debe concluir
necesariamente que existe un alto nivel de
inseguridad jurídica para el comercio y quienes
desarrollan las actividades económicas, porque se
pasó de un régimen sencillo (Ley 232 de 1995)
donde los requisitos para operar eran claros y
simples, a un nuevo régimen de policía, donde los
establecimientos de comercio se ven expuestos
diariamente a múltiples causales para que sean
cerrados. Si bien es cierto, el Estado debe brindar
las herramientas a las autoridades de Policía para

de la sociedad y, mantener un control, esto no
puede terminar por traducir una inseguridad para
los comerciantes que cumplan con lo establecido
por la ley.
Verbigracia, el artículo 92 numeral 16:
Desarrollar la actividad económica sin cumplir
cualquiera de los requisitos establecidos en
la normatividad vigente”, sirve a la fecha para
englobar en uno solo tipo la exigencia de todos
estos requisitos difusos, dispersos, haciendo
posible sancionar un establecimiento de comercio
en la praxis, sin la mayor posibilidad de ejercer los
derechos de contradicción e impugnación, dado
que el recurso de apelación se surte en el efecto
devolutivo, donde primero se aplica la sanción
y luego se resuelve la apelación en un término
de tres días, que en la práctica no se cumplen
dado el alto cúmulo de trabajo que manejan los
inspectores de policía.
Aunado a lo anterior, al analizar el Instructivo
005 DISEC-ARCOS-70 de 2017 en el numeral
4 sobre “Orientación sobre algunos medios
de prueba a recaudar en la atención de
comportamientos contrarios a la actividad
económica para la imposición de la medida
correctiva de suspensión temporal”, según la
Policía Nacional, hay 98 causales que conllevan
al cierre temporal de establecimientos.
Causales según el Instructivo 005 de la Policía
Nacional para el cierre temporal:
- Artículo 30 numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6.
- Artículo 34 numerales 1, 2, 3, 4 y 5.
- Artículo 38 numerales 1 a), b), c), d), e) y
f); 2, 3, 4, 5 a), b), c), d); 6 a), b), c), d); 7, 8, 9, 10
y 11.
- Artículo 44 numerales 1, 2, 3, 4, 5 a), b),
c).
- Artículo 92 numerales 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9,
10, 13, 14, 16 y 17.
- Artículo 93 numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8,
9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17.
- Artículo 94 numerales 1, 2, 3, 4.
- Artículo 94 numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8,
9, 10.
- Artículo 100 numerales 1, 2, 3, 4, 5.
- Artículo 101 numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7,
8, 9.
- Artículo 102 numeral 1.
- Artículo 105 numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7,
8, 9, 10, 11, 12.
      
busca brindar una mayor seguridad jurídica a los
establecimientos de comercio que desarrollan
actividades comerciales, porque las normas
vigentes y en especial el control y vigilancia
que ejercen las autoridades de policía, entran en
contradicción con la cláusula del artículo 333
donde el Estado debe promover la actividad
económica y la iniciativa privada.
Este proyecto de ley no busca derogar ni debilitar
Ley 1801 de 2016, al considerarla una excelente
herramienta para garantizar la convivencia, en
especial, en los comportamientos que se realizan
en el espacio público, en las relaciones entre
vecinos, en materia de minería ilegal, y otros
comportamientos que requieren de la acción de
las autoridad de policía. No obstante lo anterior, lo
que se busca con esta iniciativa de ley es fortalecer
y fomentar la actividad comercial, de tal forma
      
de funcionamiento y un procedimiento que sea
garantista.
Tener aproximadamente cien (100) causales
para cerrar establecimientos de comercio no sólo
genera inseguridad jurídica sino que son normas
que restringen la libertad económica.
No favorece a la generación de nuevos
emprendimientos, empresas y actividades, tener
todas estas normas que de un lado acrecientan
el control policial a los establecimientos de
comercio, y de otro disminuyen el número de
policiales de vigilancia, con lo cual se afecta la
labor preventiva de la institución; las falencias
de orden documental en que puedan incurrir los
establecimientos de comercio, no generan per se
una afectación del orden público en materia de
seguridad, por lo tanto dicho control documental
debe regresar a autoridades administrativas.
Como se mencionó anteriormente, lo que
se busca es armonizar el Código de Policía con
la presente iniciativa de ley, de tal forma que
el sector comercio siga cumplimiento con una
serie de requisitos para funcionar, sin que se
vea permanentemente expuesto a cierres por las
más de cien causales que trae el Código. Tener
aproximadamente cien (100) causales para cerrar
establecimientos de comercio puede generar que
se estén aplicando medidas correctivas sin haber
reales alteraciones al orden público, lo cual afecta
el emprendimiento y la generación de empleo,
obstaculizándose el ciclo productivo.

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