Gaceta del Congreso del 31-10-2017 - Número 993PPP (Contenido completo) - 31 de Octubre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 767269145

Gaceta del Congreso del 31-10-2017 - Número 993PPP (Contenido completo)

Fecha de publicación31 Octubre 2017
Número de Gaceta993
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 993 Bogotá, D. C., martes, 31 de octubre de 2017 EDICIÓN DE 27 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA POSITIVA
PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO
DE LE Y NÚM ERO 131 DE 2017 CÁ MARA
por medio de la cual se establece como política
de estado el programa familias en su tierra
y se dictan otras disposiciones.
Doctor
ÁNGEL MARÍA GAITÁN PULIDO
Presidente
Cámara de Representantes
E. S. D.
Asunto: Informe de ponencia positiva para
primer debate al Proyecto de ley número 131 de
2017 Cámara, por medio de la cual se establece
como política de Estado el programa familias en
su tierra y se dictan otras disposiciones.
Apreciado Presidente:
En cumplimiento del encargo que me hizo la
Mesa Directiva de la Comisión Quinta Constitu-
FLRQDO3HUPDQHQWHPHGLDQWHR¿FLRHQYLDGRHOGH
octubre de 2017 y recibido el día 9 de octubre de
la misma anualidad, en desarrollo de lo dispuesto
en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de
1992, me permito radicar el informe de ponencia
positivo al proyecto de ley referido en el asunto,
en los siguientes términos:
1. Objeto y Contenido
El presente proyecto de ley tiene por objeto
establecer de forma permanente y como una
obligación especial del Estado el Programa
Familias en su Tierra, dirigido a las familias
FDPSHVLQDVTXHKD\DQVLGRYtFWLPDV GHOFRQÀLFWR
interno colombiano y se encuentren en condición
GHSREUH]DRSREUH]DH[WUHPDFRQHO¿QGHPHMRUDU
la calidad de vida de las familias establecidas en
la ruralidad.
El proyecto de ley originalmente radicado
cuenta en total con nueve artículos, en los
FXDOHV VH HQFXHQWUDQ OD GH¿QLFLyQ REMHWLYRV
componentes del programa (Vivienda y Hábitat;
Soberanía alimentaria y seguridad nutricional;
Emprendimiento o fortalecimiento de negocio
productivo; Acompañamiento psicosocial; Infraes-
tructura social comunitaria y asociatividad), y
cómo debe hacerse la gestión institucional.
De igual manera el proyecto de norma legal crea
el Sistema de Información de Programas Sociales,
FRQWLHQHHOPRGRGHOD¿QDQFLDFLyQGHOSURJUDPD
la obligación por parte del Gobierno nacional la
obligación de reglamentar en un término máximo
GHVHLVPHVHVORVDVSHFWRVHVSHFt¿FRVGHOPLVPR
y su vigencia.
2. Marco Jurídico
El proyecto de ley cumple con lo establecido
cual estipula que, en principio, el Congreso de la
República, a través de cualquiera de sus dos cámaras
tiene la función y la facultad de incoar proyectos
de ley. Dicha posibilidad también la tienen los
ciudadanos, así como el 30% de los concejales y
diputados. Además, en materias relacionadas con
sus funciones, de acuerdo con los artículos 155 y
156 de la Constitución, también tendrán iniciativa
legislativa la Corte Constitucional, el Consejo de
Gobierno Judicial, la Corte Suprema de Justicia, el
Consejo de Estado, el Consejo Nacional Electoral,
el Procurador General de la Nación y el Contralor
General de la República. Cumple además con
los artículos 158, el cual establece que todos los
proyectos de ley deben versar sobre una misma
materia so pena de que el contenido que no guarde
relación con el objeto del proyecto, sea inadmitido.
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Asimismo, se acata el artículo 150 de la carta
política, que establece como función del Congreso
hacer las leyes.
De la misma forma, con este proyecto de
ley se desarrolla el artículo 5° constitucional el
cual reconoce a la familia y la ampara como la
LQVWLWXFLyQEDVHGHODVRFLHGDGORFXDOVHUHD¿UPD
en el artículo 42 de la misma norma. En el mismo
sentido con este proyecto se busca darle un mayor
alcance al artículo 13 inciso tercero de nuestra Carta
Política, donde se estipula que es responsabilidad
del Estado proteger especialmente a aquellas
personas que, por su condición económica,
física o mental, se encuentren en circunstancia de
GHELOLGDGPDQL¿HVWD
3. Consideraciones
Es de público conocimiento que a través de los
años la población rural colombiana ha padecido
JUDQGHV GL¿FXOWDGHV SRU FDXVD GH QR FRQWDU FRQ
ORVUHFXUVRVHFRQyPLFRVVX¿FLHQWHVSDUD VXIUDJDU
los gastos que exigen la satisfacción de sus
necesidades básicas. Además, los habitantes de
la ruralidad viven en condiciones de desigualdad
con respecto a las personas que habitan en
entornos urbanos: según cifras del Departamento
Administrativo Nacional de Estadística (DANE)
en el año 2016 el indicador de pobreza monetaria
en Colombia es del 27.8% de la población, es
decir, que una de cada cuatro personas es pobre;
no obstante es más gravosa la situación si hace un
ejercicio comparativo entre el campo con la ciudad:
mientras en la ciudad el 24.1% de las personas es
pobre, en el campo el 40.3% es pobre, es decir, dos
de cada cinco familias campesinas son pobres.
Y, según la Unidad de Atención y Reparación
Integral a Víctimas (Uariv) y de la Agencia de las
Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur),
publicadas el 20 de junio de 2016, muestran a
Colombia como el país con el mayor número de
personas con desplazamiento forzado interno en
el mundo, alcanzando la poco grata cifra de 6,9
millones de personas desplazadas.
Con respecto a los índices de pobreza extrema,
la brecha entre campo y ciudad se cuadruplica:
mientras en las ciudades la pobreza extrema es
del 4.9%, en el campo es del 18%, o sea que una
de cada cinco familias campesinas vive en la
pobreza extrema.
Si se analiza la pobreza multidimensional, en
las ciudades fue del 14.4% mientras que en el
campo fue del 40%, lo que equivale a casi tres
YHFHV OD SREUH]D XUEDQD HVWR VLJQL¿FD TXH dos
de cada cinco familias campesinas son pobres
multidimensionales.
Examinando la relación de pobreza - género,
esta se agudiza más cuando el jefe de hogar es
mujer, pues mientras la pobreza es del 38,6% con
cabeza de hogar masculino, se sube al 46,4 para
hogares con cabeza de hogar femenina. En otras
palabras, la mitad de las familias con cabeza de
hogar femenina en el campo son pobres.
El 37.5% de la población rural no tiene acceso
a fuentes de agua mejorada; el 37,8% presenta
rezago escolar, el 22.1% no saben leer ni escribir y
el 81, 6% tienen bajo logro educativo. En materia
de garantías laborales la situación no es diferente
pues el 90,6% desarrolla trabajo Informal, el 9%
tiene desempleo de larga duración y en materia de
salud hay un 8,5% de la población con barreras
de acceso a servicios de salud y un 11.2% sin
aseguramiento en salud.
En relación con la vivienda el 15,9% de las
familias campesinas aún tiene material inadecuado
de pisos, el 22,1% inadecuada eliminación de
excretas.
Para el caso de niños niñas y adolescentes un
7.5% presenta barreras a servicios para cuidado de
la primera infancia, el 5.6%, presenta inasistencia
escolar y un 6.4% desarrolla trabajo infantil.
En el informe presentado por el DANE, al cruzar
las variables de desplazamiento forzado y pobreza
se encuentran cifras absolutamente absurdas en
este nuestro país comprometido con la equidad:
Dos de cada tres desplazados se encuentran
en pobreza, pues solamente el 36.2% de los
hogares desplazados y registrados en el Registro
Único de Víctimas no son pobres. (Departamento
Administrativo Nacional de Estadística (DANE),
2016).
Es decir, que de los seis millones novecientas
mil víctimas, más de cuatro millones cuatrocientos
mil se encuentran en pobreza y aproximadamente
tres millones se encuentran en el área rural.
&RPR TXHGD VX¿FLHQWHPHQWH GHPRVWUDGR OD
población campesina se encuentra en una situación
de vulnerabilidad. En este sentido y como se
establece en la Constitución, es deber del Estado
colombiano proteger de manera especial a las
personas que estén en condiciones de debilidad
PDQL¿HVWD \ HV DVt FRPR HO 'HSDUWDPHQWR
Administrativo para la Prosperidad Social creó el
programa Familias en su tierra1.
Dicha estrategia de origen gubernamental
tiene como objetivo “Contribuir al arraigo, a la
estabilización socioeconómica, al goce efectivo de
derechos y a la reparación integral de la población
víctima retornada o reubicada, a través de un
esquema de acompañamiento a los hogares para
la entrega de incentivos condicionados en los
componentes de seguridad alimentaria, reducción
de carencias básicas habitacionales y apoyo a ideas
productivas, así como la realización de procesos
1 Es una estrategia liderada por El Departamento Para la
Prosperidad Social en coordinación con la Unidad para la
Atención y Reparación Integral a Víctimas, y se orienta
a implementar medidas rápidas de asistencia y acompa-
ñamiento a la población víctima del desplazamiento for-
zoso y se encuentra en proceso de retorno o reubicación
rural, dirigidas a la generación y/o potenciación de capa-
cidades para el auto sostenimiento y subsistencia digna
coadyuvando a su proceso de estabilización socio - eco-
nómica con enfoque reparador.

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