Gaceta departamental Nº 18.981 de la gobernación de Antioquia, 2012 - 7 de Febrero de 2012 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 877803909

Gaceta departamental Nº 18.981 de la gobernación de Antioquia, 2012

Fecha de publicación07 Febrero 2012
Año2012
Número de Gaceta18.981
GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA
SECRETARÍA GENERAL
Imprenta Deptal. de Antioquía
Dr. Sergio Arroyave Maya
Director
Cerbficado N GP 0/1.1
ORDEN AL MÉRITO
CÍVICO Y EMPRESARIAL
MARISCAL JORGE ROBLEDO
CATEGORÍA ORO
Antioquia para todos
inlanos ala obra!
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MEDELLÍN, MARTES 7 DE FEBRERO DE 2012
EDICIÓN DE 62 PÁGINAS
'aceza
epartamental
No.18.981
Registrado en el Ministerio de Gobierno por Resol. No. 000474 de junio de 1967 - Tarifa postal inducida No. 2333 de la Admon Postal Nal. - Porte Pagado
SUMARIO RESOLUCIONES DICIEMBRE 2011
NUMERO
FECHA
PAGINA
NUMERO
FECHA
PAGINA
048933
Diciembre 13 de 2011
2
048980
Diciembre 14 de 2011
45
048934
Diciembre 13 de 2011
4
048981
Diciembre 14 de 2011
48
048935
Diciembre 13 de 2011
5
048982
Diciembre 14 de 2011
52
048940
Diciembre 13 de 2011
9
048983
Diciembre 14 de 2011
54
048941
Diciembre 13 de 2011
14
048984
Diciembre 14 de 2011
58
048958
Diciembre 14 de 2011
18
049022
Diciembre 14 de 2011
61
048964
Diciembre 14 de 2011
20
049023
Diciembre 14 de 2011
62
RESOLUCIONES
Diciembre de
2011
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
RESOLUCIÓN
C;
3 3
13 DiC 2011
POR MEDIO DE LA CUAL SE CONCEDE LICENCIA DE SALUD OCUPACIONAL A
UNA PERSONA JURÍDICA.
EL SECRETARIO SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL DE ANTIOQUIA
En ejercicio de las facultades legales que le confieren las Leyes 09 de 1979 y 10 de
1990 y en especial la Resolución No. 02318 de 1996 y
CONSIDERANDO:
1.Que mediante Resolución No. 02318 15 de julio de 1996, el Ministerio de Salud,
delegó en las Direcciones Seccionales y Locales de Salud la función de expedir,
renovar, vigilar y controlar las Licencias que autorizan a personas naturales y jurídicas
a prestar servicios en Salud Ocupacional.
2.Que la sociedad comercial GRUPO SEMCA S.A.S ubicada en la Carrera 78
4
Numero
34
1
-06 del municipio de Medellín, por intermedio de su Representante Legal
ALEJANDRO VINASCO GARCIA, con cédula de ciudadanía No.98.635.623, solicitó
Licencia para la prestación a terceros de Servicios en Salud Ocupacional como
persona jurídica, y para ello anexó la documentación exigida en la Resolución No.
02318 del 15 de julio de 1996.
3Que el Comité Seccional de Salud Ocupacional de Antioquia, después de revisar toda
la documentación presentada por la Dirección Seccional de Salud de Antioquia, emitió
concepto favorable para el otorgamiento de dicha licencia, según consta en la
respectiva Acta No.330 de junio 14 de 2011
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO:
Conceder Licencia de Salud Ocupacional a la sociedad
comercial GRUPO SEMCA S.A.S, como persona Jurídica, ubicada en la Carrera 781
Numero 34
1
-06 del municipio de Medellín, por medio de su Representante Legal
ALEJANDRO VINASCO GARCIA con cédula de ciudadanía No 98.635.623
ARTICULO SEGUNDO:
De acuerdo al perfil de los profesionales adscritos o vinculados
a, con licencia vigente para presentar servicios a terceros en Salud Ocupacional y
teniendo en cuenta sus recursos tecnológicos e infraestructura física, se le autoriza
para prestar servicios a terceros en las siguientes áreas de la Salud Ocupacional:
EDUCACIÓN-CAPACITACIÓN E INVESTIGACIÓN EN SALUD OCUPACIONAL, EL
DISEÑO, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE SALUD
OCUPACIONAL, LA ASESORIA EN SEGURIDAD OCUPACIONAL. SE EXCLUYEN
LAS ÁREAS DE: MEDICINA OCUPACIONAL, LA ERGONOMÍA, LA HIGIENE
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
OCUPACIONAL , LA SICOLOGÍA OCUPACIONAL Y LA MEDICIÓN DE FACTORES
DE RIESGO DE HIGIENE OCUPACIONAL..
ARTICULO TERCERO:
La licencia de que trata la presente Resolución, se concede por
el término de diez (10) años, contados a partir de su notificación y podrá ser renovada
por un término igual, previo trámite de la solicitud respectiva y el cumplimiento de los
requisitos legales vigentes, con sesenta (60) días de antelación a su vencimiento.
PARAGRAFO:
Esta
Licencia es válida en todo
el
territorio nacional, y su utilización
estará restringida a las condiciones y áreas en las que se le concedió.
ARTÍCULO CUARTO: Cuando la sociedad comercial GRUPO SEMCA S.A.S, modifique
algunas de las condiciones presentadas en el momento de obtener la licencia, deberá
informar por escrito en término de un mes ante la Dirección Seccional de Salud de
Antioquia, sobre los cambios o sustituciones realizadas, para hacer los ajustes
necesarios. En caso contrario, incurrirá en las sanciones previstas en las normas
legales vigentes.
ARTICULO QUINTO: Los profesionales adscritos o vinculados a GRUPO SEMCA
S.A.S, que prestan los servicios a terceros de Salud Ocupacional a nombre de GRUPO
SEMCA S.A.S, deben disponer de licencia de salud ocupacional vigente, como persona
natural e informar por escrito, en el término de un mes, a la Secretaria Seccional de
Salud y Protección Social de Antioquia, su desvinculación laboral o la cancelación de
sus servicios con la empresa GRUPO SEMCA S.A.S
ARTÍCULO SEXTO: Las Direcciones Seccionales y Locales de Salud vigilarán y
Controlarán el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución
y en caso de demostrarse su transgresión, impondrá la sanción correspondiente, de
conformidad con las normas legales vigentes, sin detrimento de las demás sanciones a
que haya lugar.
PARAGRAFO: Para garantizar la calidad en la prestación de los servicios, se aplicará
las normas sobre auditorias de servicios de Salud Ocupacional, vigentes.
ARTICULO SEPTIMO:
Contra la presente Resolución proceden los recursos de
reposición ante el Secretario Seccional de Salud de Antioquia y el de apelación ante el
Ministerio de Salud, los cuales debe interponer ALEJANDRO VINASCO GARCIA,, en
su calidad de Representante Legal de la sociedad comercial GRUPO SEMCA S.A.S,
estos recursos se deben presentar por escrito, en los cinco (5) días hábiles siguientes a
la notificación, en los términos y condiciones establecidos en el Código Contencioso
Administrativo (Decreto No. 01 de enero 2 de 1984)
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado
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Nlpdellín a los,
13
DIC 2011
CARLOS NfA`RiERA ESCOBAR
SECRETARIO SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL DE ANTIOQUIA

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