Gaceta departamental Nº 19.100 de la gobernación de Antioquia, 2012 - 17 de Abril de 2012 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 877795197

Gaceta departamental Nº 19.100 de la gobernación de Antioquia, 2012

Fecha de publicación17 Abril 2012
Número de Gaceta19.100
( ERTIFICADO
N I( CP1000
Ferlikado
N(GIO1.1
cenific(do
CERTIFICADO
ISO 0001
ORDEN AL MÉRITO
CWICO Y EMPRESARIAL
MARISCAL JORGE ROBLEDO
CATEGORÍA ORO
MEDELLÍN, MARTES 17 DE ABRIL DE 2012
aceta
partamental
EDICIÓN DE 62 PÁGINAS
No.19.100
Registrado en el Ministerio de Gobierno por Resol. No. 000474 de junio de 1967 - Tarifa postal reducida No. 2333 de la Admón Postal Nal. - Porte Pagado
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SUMARIO I
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RESOLUCIONES
I
Febrero de
2012
GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA
SECRETARIA GENERAL
Imprenta Deptal. de Antioquia
Dr.Sergio Arroyave Maya
Director
ANTIOQUIA - GACETA DEPARTAMENTAL
RESOLUCION NO
o 13295
Por medio de la cual se concede
-
Licencia a un TECNOLOGO EN SALUD
OCUPACIONAL
LA SECRETARIA SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL
DE ANTIOQUIA
En ejercicio de las facultades legales que le confieren las Leyes 09 de 1979 y 10
de 1990 y en especial la Resolución No. 02318 de 1996 y
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Resolución No. 02318 del 15 de julio de 1996, el Ministerio de
Salud, delegó en las Direcciones Seccionales y Locales de Salud la función de
expedir, renovar, vigilar y controlar las Licencias que autorizan a personas
naturales y jurídicas a prestar servicios en Salud Ocupacional a terceros.
2 Que SUSANA CORREA TAMAYO, con cédula No.1.037.619.065, solicitó
Licencia para la prestación a terceros de Servicios en Salud Ocupacional como
persona natural, acreditando el cumplimiento de las condiciones y requisitos
previstos en la Resolución No. 02318 del 15 de julio de 1996.
3. Que el Comité Seccional de Salud Ocupacional de Antioquia, después de
revisar toda la documentación presentada por la Secretaria Seccional de Salud
y Protección Social de Antioquia, emitió concepto favorable para el otorgamiento
de dicha licencia, según consta en la respectiva Acta No 337 del 14 de febrero
de 2012.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO:
Conceder la Licencia para Prestar Servicios a terceros
en Salud Ocupacional a SUSANA CORREA TAMAYO, con cédula No.
1.037.619.065, de acuerdo a su perfil profesional de TECNOLOGO EN SALUD
OCUPACIONAL EN LAS AREAS DE: SALUD OCUPACIONAL, EDUCACION,
CAPACITACION, ADMINISTRACION Y EJECUCION DE PROGRAMAS DE
SALUD OCUPACIONAL
ARTICULO SEGUNDO:
Esta licencia se concede por el término de diez (10) años,
contados a partir de la notificación de la presente Resolución y podrá ser renovada
por un término igual, previo diligenciamiento de la solicitud respectiva y el
cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en las normas legales
vigentes, con sesenta (60) días de antelación a su vencimiento.
PARAGRAFO: Esta Licencia es
válida en todo el territorio nacional
y tendrá un
carácter personal e intransferible.

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