Gaceta departamental Nº 23.924 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Decreto - 16 de Febrero de 2023 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 923707053

Gaceta departamental Nº 23.924 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Decreto

Año2023
Fecha de publicación16 Febrero 2023
Número de Gaceta23.924
23.924 46
Medellín, jueves 16 de febrero de 2023
Secretaría de Suminis tros y Servicios
Dirección de Gestión Docum ental
UNIDOS
~
DEPARTAMENTAL
~egistrando la historia de Antioquia desde 19~~
*Registrado en
el
Ministerio de Gobierno por Resolución
000474 de junio de 1967 1 Tarifa postal reducida
2333 de la Administración Postal Nacional -Porte Pagado*
SC4887-1 rl
ORDEN
AL
MÉRITO
CÍVICO
Y EMPRESARIAL
MARISCALJORGEROBLEDO
CATEGOIÚA
ORO
GOBERNACIÓN
DE
ANTIOQUIA
2
SUMARIO DECRETOS FEBRERO 2023
Número
2023070000944
2023070000945
2023070000946
2023070000947
2023070000948
2023070000949
2023070000950
2023070000951
2023070000952
2023070000953
Fecha
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Página
3
5
7
9
11
13
15
17
19
21
Número
2023070000954
2023070000955
2023070000956
2023070000957
2023070000958
2023070000959
2023070000960
2023070000961
2023070000962
Fecha
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Febrero 15
Página
23
25
27
29
31
33
35
37
39
3
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACIÓN
DECRETO
No.
Radicado: D
202>070000944
Ftcha:
15
1
02/2023
--
;;::!~cmo
lll!ru;1111mn1ru~l!HI
Por el cual se traslada un (a) Docente (a) en la Planta
de
Cargos del Departamento de
Antioquia, pagada
con
Recursos
del
Sistema General
de
Participaciones
LA
SECRETARÍA
DE
EDUCACIÓN, en uso de las atribuciones legales, y
en
especial las
conferidas por
la
Ley 715 de 2001, el Decreto 2020070002567 del
05
de
noviembre de 2020,
modificado por
la
Ordenanza
23
del 6 de septiembre
de
2021, y
el
Decreto 648 del
19
de abril
de 2017, que modifica y adiciona
el
Decreto 1083
de
2015, Reglamentario Único del Sector de
la
Función Pública y
el
Decreto 1075 de 2015,
CONSIDERANDO
QUE:
Mediante el Decreto 2020070002567 del 5 de noviembre de 2020, modificado por
la
Ordenanza
23
del 06 de septiembre del 2021,
se
determina
la
estructura administrativa del Departamento y
se otorga funciones a
la
Secretaría de Educación del Departamento
de
Antioquia,
para
administrar las instituciones educativas y el personal docente, directivo docente y administrativo,
para
lo
cual podrá realizar nombramientos, trasladar, encargar, dar licencias, otorgar
comisiones, permisos, conocer y resolver
en
segunda instancia de los procesos disciplinarios y
demás novedades administrativas a los docentes, directivos docentes y personal administrativo
que labora en los diferentes Establecimientos Educativos de los municipios
no
certificados del
Departamento de Antioquia.
Por
el
Decreto Departamental 2021070001271 del 26 de marzo de 2021, se modificó
la
planta
de
cargos de personal docentes y directivos docentes y administrativos para
la
prestación del
servicio educativo
en
las instituciones educativas y centros educativos rurales
de
los
117
municipios
no
certificados del departamento
de
Antioquia, financiados con recursos del Sistema
General de Participaciones.
El
titulo 5 del Decreto 1075 de 2015, artículo 2.4.
5.1
.
5,
reguló los traslados
no
sujetos a proceso
ordinario.
"La
autoridad nominadora efectuará el traslado
de
docentes o directivos docentes
mediante acto administrativo debidamente motivado
en
cualquier época del año lectivo, sin
sujeción al proceso administrativo
de
que trata este Decreto; Cuando se originen
en:
1.
necesidades del servicio
de
carácter académico o administrativo,
que
deban ser resueltas
discrecionalmente para garantizar
la
continuidad
de
la
prestación del servicio educativo.
2.
Razones
de
salud del docente o directivo docente, previo dictamen médico del comité
de
medicina laboral del prestador del servicio
salud.
3.
Necesidad
de
resolver
un
conflicto
que
afecte seriamente
la
convivencia dentro
de
un
establecimiento educativo, por recomendación
sustentada del consejo directivo."
Las directivas de
la
Secretaría de Educación de Antioquia, tomaron
la
decisión de trasladar por
necesidad del servicio
al
señor
HUGO
ANDRES
HURTADO
PEREZ,
identificado con cédula
de
ciudadanía 98453881, Licenciado
en
Educación Física, Recreación y Deporte -Nivel Básica
Primaria, vinculado en Provisional Vacante Definitivo, como Docente
de
Aula,
en
el
nivel
de
Básica Primaria, para
la
l.
E. JOSE PRIETO ARANGO, sede LICEO JOSE PRIETO ARANGO
-SEDE PRINCIPAL, del municipio
de
TARSO, plaza 14924, en reemplazo de LUZ IDALBA
BUSTAMENTE VELASQUEZ, identificada con cédula de ciudadanía
21832321, quien pasó
a otra entidad territorial;
el
señor HURTADO
PEREZ
viene laborando como Docente
de
Aula,
en
el
nivel de Básica Primaria, en
la
l.
E.
DE
JESUS, sede
l.
E.
DE
JESUS -SEDE
PRINCIPAL, del municipio de CONCORDIA, plaza
13864.
Por
lo
anteriormente expuesto,
la
Secretaría de Educación,
1
de
2

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