Gaceta departamental Nº 24.350 de la gobernación de Antioquia, 2024 - Decreto - 2 de Febrero de 2024 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 1016807165

Gaceta departamental Nº 24.350 de la gobernación de Antioquia, 2024 - Decreto

Año2024
Fecha de publicación02 Febrero 2024
Número de Gaceta24.350
24.350 48
Medellín, viernes 2 de febrero de 2024
DEPARTAMENTAL
~egistrando
la
historia
de Antioquia desde 190~
*Registrado en
el
Ministerio de Gobierno por Resolución
000474 de junio de 1967 1 Tarifa postal reducida
2333 de la Administración Postal Nacional -Porte Pagado*
.
1
ORDEN
AL
MÉRITO
CivICOYEMPRESARIAL
MARISCALJORGEROBLEDO
CATEGORIA
ORO
GOBERNACIÓN
DE
ANTIOOUIA.
Rewttca
oe
Goloolbia
2
Número
2024070000607
2024070000608
2024070000609
2024070000610
2024070000611
2024070000612
2024070000613
2024070000614
2024070000615
2024070000616
2024070000617
Fecha
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Página
3
5
7
9
11
13
15
17
19
21
23
SUMARIO DECRETOS ENERO 2024
Número
2024070000618
2024070000619
2024070000620
2024070000621
2024070000622
2024070000623
2024070000624
2024070000625
2024070000626
2024070000627
Fecha
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Enero 31
Página
25
27
31
33
35
37
39
41
43
45
3
Radicado: D
2024070000607
dw
Fecha: 31/01/2024
-·-
~:."J!~CRETO
11íl111111111111H
1
01m1m1111111mrn1111
1
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACIÓN
DECRETO
"Por medio del cual
se
realiza
un
encargo
en
funciones
con
salario"
EL
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA,
en
uso de sus
facultades Constitucionales y Legales,
CONSIDERANDO QUE:
La
en
sus incisos 4 y 5 del artículo
24,
modificada por el artículo
de
la
Ley 1960 de 2019, expresa:
"Los cargos
de
libre nombramiento y remoción,
en
caso
de
vacancia temporal o
definitiva, podrán ser provistos a través del encargo
de
empleados
de
carrera o
de
libre nombramiento y remoción,
que
cumplan los requisitos y el perfil para
su
desempeño.
En
caso
de
vacancia definitiva el encargo será hasta por el término
de
tres
(3)
meses, prorrogable por tres
(3)
meses
más,
vencidos los cuales el empleo deberá
ser provisto
en
forma definitiva".
Por
su
parte,
el
artículo 2.2.5.5.44 del Decreto 648 de 2017,
el
cual modificó
el
en
cuanto a
la
diferencia salarial, determina que
el
empleado encargado tendrá derecho
al
salario señalado para
el
empleo que
desempeña temporalmente, siempre que
no
deba ser percibido por
su
titular.
Con
el
propósito de que el servicio público
se
preste eficientemente,
es
necesario
conceder encargo
en
funciones,
sin
separarse de
las
funciones propias del cargo
que viene desempeñando,
al
señor WALTER
DE
JESÚS CUARTAS VÁSQUEZ,
identificado
con
cédula de ciudadanía 71.608.861, titular del cargo de
SUBDIRECTOR CIENTÍFICO, Código
68,
Grado
1,
de
la
SUBDIRECCIÓN
CIENTÍFICA,
en
la
plaza de empleo DIRECTOR GENERAL, Nivel Directivo,
Código 050, ambos de
la
ESCUELA CONTRA
LA
DROGADICCIÓN
-LUIS
CARLOS GALÁN SARMIENTO-, a partir de
su
posesión y por
el
término de tres
(3)
meses, o hasta que se nombre y posesione
al
titular del
cargo.
En
mérito de
lo
expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Encargar
en
funciones,
sin
separarse de las funciones
propias del cargo que viene desempeñando,
al
señor WAL TER
DE
JESÚS
CUARTAS VÁSQUEZ, identificado
con
cédula de ciudadanía 71.608.861, titular
del cargo de SUBDIRECTOR CIENTÍFICO, Código
68,
Grado
1,
de
la
SUBDIRECCIÓN CIENTÍFICA,
en
la
plaza de empleo DIRECTOR GENERAL,

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