Gaceta departamental Nº 24.339 de la gobernación de Antioquia, 2024 - Decreto - 22 de Enero de 2024 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 1016814974

Gaceta departamental Nº 24.339 de la gobernación de Antioquia, 2024 - Decreto

Año2024
Fecha de publicación22 Enero 2024
Número de Gaceta24.339
24.339 46
Medellín, miércoles 24 de enero de 2024
DEPARTAMENTAL
~egistrando
la
historia
de Antioquia desde 190~
*Registrado en
el
Ministerio de Gobierno por Resolución
000474 de junio de 1967 1 Tarifa postal reducida
2333 de la Administración Postal Nacional -Porte Pagado*
.
1
ORDEN
AL
MÉRITO
CivICOYEMPRESARIAL
MARISCALJORGEROBLEDO
CATEGORIA
ORO
GOBERNACIÓN
DE
ANTIOOUIA.
Rewttca
oe
Goloolbia
2
Número
2024070000454
2024070000455
2024070000456
2024070000457
2024070000458
2024070000459
2024070000460
Fecha
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Página
3
6
9
12
15
17
20
SUMARIO DECRETOS ENERO 2024
Número
2024070000461
2024070000462
2024070000463
2024070000464
2024070000465
2024070000466
2024070000467
Fecha
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Enero 22
Página
22
25
28
31
33
40
42
3
Radicado· D 2024020000454
Fecha: 22/01/2024
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DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
DECRETO
Por el cual se Inscribe en
el
Escalafón a
un
Docente, pagado con Recursos del
Sistema General de Participaciones
EL SECRETARIO
DE
EDUCACIÓN,
en
uso
de
las atribuciones legales, y
en
especial
las conferidas por
la
el
Decreto 2020070002567 del
05
de
noviembre
de
2020, modificado por
la
Ordenanza
23
del 6 de septiembre
de
2021, y
el
de abril de 2017, que modifica y adiciona
el
Decreto 1083 de 2015 , Reglamentario
Único del Sector de
la
Función Pública y
el
2015,
CONSIDERANDO QUE:
De
conformidad
con
la
Resolución Nacional 6000
del
20
de diciembre de 1995,
el
Departamento
de·
Antioquia fue certificado
en
materia educativa. Por ello, ejerce las
competencias descritas
en
el
artículo 6 de
la
Ley 715
de
2001
. Y frente a los municipios
no
certificados tiene
la
competencia de:"6.2.3. Administrar, ejerciendo las facultades
señaladas en el artículo
153
de
la
Ley 115 de 1994, las instituciones educativas y el
personal docente y administrativo de los planteles educativos, sujetándose
a
la
planta
de cargos adoptada de conformidad con
la
presente
ley.
Para ello, realizará concursos,
efectuará los nombramientos del personal requerido, administrará los ascensos, sin
superar en ningún caso el monto de los recursos disponibles en el Sistema General
de
Participaciones y trasladará docentes entre los municipios, preferiblemente entre los
limítrofes, sin más requisito legal que la expedición de los respectivos actos
administrativos debidamente motivados."
* Mediante
el
Decreto 2020070002567 del 5
de
noviembre
de
2020, modificado por
la
Ordenanza 23 del 6
de
septiembre del
2021
se
determina
la
estructura
de
la
Secretaría de Educación del Departamento de Antioquia, para realizar nombramientos,
trasladar, encargar, dar licencias, otorgar comisiones, permisos, conocer y resolver en
segunda instancia
de
los procesos disciplinarios y demás novedades administrativas a
los docentes, directivos docentes y personal administrativo que laboran
en
los
diferentes
Establecimientos Educativos de los Municipios
no
certificados
del
Departamento de
Antioquia.
* Por
el
Decreto Departamental 2023070005416 del
13
de diciembre
de
2023,
se
modificó
la
Planta
de
cargos de Personal Docentes, Directivos Docentes y
Administrativos para
la
prestación
del
Servicio Educativo
en
los Municipios
no
certificados del Departamento
de
Antioquia, financiados
con
recursos del Sistema
General de Participaciones.
*
La
Comisión Nacional del Servicio Civil de conformidad con
lo
consagrado
en
el
artículo
130
de
la
es
responsable
de
la
administración y
vigilancia
de
los sistemas de carrera
de
los servidores públicos y
es
un
órgano
de
garantía y protección del sistema
de
mérito
en
el
empleo público.
La
Carrera Docente
es
considerada como
un
Sistema Especial
de
origen legislativo y
en
la
de 2006
la
Corte Constitucional determinó que
su
administración y vigilancia
corresponde a
la
Comisión Nacional del Servicio Civil.
* Por
la
Circular
01
del
11
de enero de
2011
la
comisión Nacional del Servicio Civil fijó
los criterios para Inscripción
en
el
Registro Público
de
Carrera Docente,
en
aplicación de
la
Resolución 0249 del 19 de mayo de 2008 por
la
cual
se
delegó
en
los Secretarios de
Educación
la
administración del Registro Público del Sistema Especial de Carrera
Docente.

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