Gaceta departamental Nº 24.107 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Decreto - 18 de Julio de 2023 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 939242740

Gaceta departamental Nº 24.107 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Decreto

Año2023
Fecha de publicación18 Julio 2023
Número de Gaceta24.107
24.107 46
Medellín, martes 18 de julio de 2023
Secretaría de Suminis tros y Servicios
Dirección de Gestión Docum ental
UNIDOS
~
DEPARTAMENTAL
~egistrando la historia de Antioquia desde 19~~
*Registrado en
el
Ministerio de Gobierno por Resolución
000474 de junio de 1967 1 Tarifa postal reducida
2333 de la Administración Postal Nacional -Porte Pagado*
SC4887-1 rl
ORDEN
AL
MÉRITO
CÍVICO
Y EMPRESARIAL
MARISCALJORGEROBLEDO
CATEGOIÚA
ORO
GOBERNACIÓN
DE
ANTIOQUIA
2
SUMARIO DECRETOS JULIO 2023
Número
2023070003175
2023070003176
2023070003177
2023070003178
2023070003179
2023070003180
2023070003181
2023070003182
2023070003183
2023070003184
2023070003185
2023070003186
2023070003187
2023070003188
2023070003189
Fecha
Julio 14
Julio 14
Julio 14
Julio 14
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Página
3
5
7
9
13
15
18
19
20
21
22
23
24
25
26
Número
2023070003190
2023070003191
2023070003192
2023070003193
2023070003194
2023070003195
2023070003196
2023070003197
2023070003198
2023070003199
2023070003200
2023070003201
2023070003202
2023070003203
Fecha
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Julio 17
Página
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
3
Radicado: D 2023070003175
Fecha: 14/07/2023
~i
~~
~~~CRETO
1111111111111!111
1
11
HI
11111
I~
H
111
~I
1g
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
DECRETO
Por
el
cual se concede una licencia no remunerada a una Docente de Aula, pagada con
Recursos del Sistema General de Participaciones
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN , y
en
uso de las atribuciones legales, y
en
especial las
conferidas por
la
Ley 715 de
2001
,
el
Decreto 2020070002567 del 5 de noviembre de 2020,
modificado por
la
Ordenanza 23 del 6 de septiembre de
2021
, y
el
de 2017, que modifica y adiciona
el
Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de
la
Función Pública
y,
CONSIDERANDO QUE:
De
conformidad
con
la
Resolución Nacional 6000 del 20 de diciembre
de
1995,
el
Departamento de Antioquia fue certificado
en
materia educativa . Por ello, ejerce las
competencias descritas
en
el
artículo 6 de
la
Ley 715 de 2001. Y frente a los municipios
no
certificados tiene
la
competencia de: "6.2.
3.
Administrar, ejerciendo las facultades señaladas
en
el artículo 153 de
la
1994, las instituciones educativas y el personal docente y
administrativo de los planteles educativos, sujetándose a
la
planta de cargos adoptada de
conformidad con
la
presente
ley.
Para ello, realizará concursos, efectuará los nombramientos
del personal requerido, administrará los ascensos, sin superar
en
ningún caso el monto
de
los
recursos disponibles
en
el Sistema General de Participaciones y trasladará docentes entre los
municipios, preferiblemente entre los limítrofes, sin más requisito legal que
la
expedición
de
los
respectivos actos administrativos debidamente motivados."
Mediante
el
Decreto 2020070002567 del 5
de
noviembre de 2020, modificado por
la
Ordenanza
23 del 6 de septiembre de 2021,
se
determina
la
estructura administrativa de
la
Administración
Departamental y se otorga funciones a
la
Secretaría de Educación del Departamento de
Antioquia, para realizar nombramientos, trasladar, encargar, dar licencias, otorgar comisiones,
permisos, conocer y resolver
en
segunda instancia de los procesos disciplinarios y demás
novedades administrativas a los docentes , directivos docentes y personal administrativo que
laboran
en
los diferentes Establecimientos Educativos de los municipios
no
certificados del
Departamento de Antioquia.
Por
el
Decreto Departamental 2023070001195 del
01
de marzo de 2023, se modificó
la
planta
de cargos del personal docente, directivo docente y administrativos, adscritos
al
Departamento
de Antioquia, pagados con recursos del Sistema General de Participaciones.
Que
el
artículo 59 del Decreto Ley 1278 de 2002 , otorga
el
derecho a los docentes y directivos
docentes estatales a licencia
no
remunerada hasta por tres (3) meses por cada año calendario,
en
forma continua o discontinua , según
lo
solicite
el
interesado. Esta licencia
no
es
revocable
ni
prorrogable por quien
la
concede, pero es renunciable por
el
beneficiario.
El
nominador
la
concederá teniendo
en
cuenta las necesidades del servicio. Durante
el
término de
la
licencia
no
se podrá desempeñar otro cargo público retribuido, y
el
tiempo
de
servicio
no
se
contabiliza
para ningún efecto.
Mediante solicitud escrita y radicada
No.
ANT2023ER029783 del
11
de julio
de
2023,
la
señora
GISELA A
YOLA
OQUENDO
, identificada
con
cédula de ciudadanía 1.214.718.201, Licenciada
en
Educación Básica
con
Énfasis
en
Matemáticas, vinculada
en
provisionalidad
en
vacante
definitiva, regida por
el
Estatuto Docente 1278
de
2002, quien labora como Docente
de
Aula,
área de Matemáticas,
en
la
l.
E.
MONSEÑOR GERARDO PATIÑO, Sede , LICEO CACERES -
SEDE PRINCIPAL, del municipio de CÁCERES,
No
.
de
plaza 1484, población mayoritaria,
1
de
3

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR