Gaceta departamental Nº 24.150 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Decreto - 25 de Agosto de 2023 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 942017828

Gaceta departamental Nº 24.150 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Decreto

Año2023
Fecha de publicación25 Agosto 2023
Número de Gaceta24.150
24.150 48
Medellín, viernes 25 de agosto de 2023
Secretaría de Suminis tros y Servicios
Dirección de Gestión Docum ental
UNIDOS
~
DEPARTAMENTAL
~egistrando la historia de Antioquia desde 19~~
*Registrado en
el
Ministerio de Gobierno por Resolución
000474 de junio de 1967 1 Tarifa postal reducida
2333 de la Administración Postal Nacional -Porte Pagado*
!/!::!\
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Net
-
Q
SC4887
-1
rn
ORDEN
AL
MÉRITO
civICO
Y EMPRESARIAL
MARISCALJORGEROBLEDO
CATEGOIÚA
ORO
GOBERNACIÓN
DE
ANTIOQUIA
2
SUMARIO DECRETOS AGOSTO 2023
Número
2023070003791
2023070003792
2023070003793
2023070003794
2023070003795
2023070003796
2023070003797
2023070003798
2023070003799
2023070003800
Fecha
Agosto 24
Agosto 24
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Agosto 24
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Agosto 24
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Agosto 24
Agosto 24
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Página
3
5
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12
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16
18
20
22
Número
2023070003801
2023070003802
2023070003803
2023070003804
2023070003805
2023070003806
2023070003807
2023070003808
2023070003809
2023070003810
Fecha
Agosto 24
Agosto 24
Agosto 24
Agosto 24
Agosto 24
Agosto 24
Agosto 24
Agosto 24
Agosto 24
Agosto 24
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24
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42
3
Radicado:
D 2023070003791
Fecha:
24/08/2023
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACIÓN
DECRETO
Por medio del cual se efectúan unas modificaciones
al
Presupuesto General del
Departamento
EL
GOBERNADOR
DEL
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA,
en
ejercicio
de
las facultades
constitucionales y legales en especial de las que
le
confiere
la
Ley 2200
de
2022,
la
Ordenanza
32 del 14
de
diciembre
de
2022 y
la
Ordenanza 28 del
31
de
agosto de 2017, y
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Que
el
artículo 30 de la Ordehanza
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diciembre de 2022 establece: "Artículo 30.
Traslados Presupuesta/es
lnt~r}af
jccttifd#~~ad c9
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1b
dispuesto
en
el parágrafo 2 del
artículo 90 del Estatuto Org~n{co, del PreSápuest.
o;
' los movimientos presupuesta/es
consistentes en aumentar
una
partia~:.(cjéditofdis~ln~yendo otra (contracrédito), sin alterar
•.
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"
el monto total
de
los presupuestos
de
funcionamiento, inversión o servicio
de
la
deuda, en
cada sección presupuesta/, esto
es,
que sólo afectan el anexo del decreto
de
liquidación del
presupuesto,
se
denominan "traslados presupuesta/es internos" los cuales competen al
Gobernador, mediante decreto.
Para
la
expedición de estos actos administrativos
se
requiere
de
la solicitud del jefe
de
cada
Órgano que hace parte del Presupuesto General del Departamento a
la
Secretaría de
Hacienda -Dirección
de
Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión, se requiere el
concepto favorable del Departamento Administrativo
de
P/aneación Departamental."
b.
Que la Secretaría de Asuntos Institucionales, Paz y Noviolencia, solicitó traslado presupuesta!
entre los rubros de funcionamiento, mediante oficio con radicado
No.
2023020040340 del
10
de agosto del 2023.
c.
Que con fundamento en
el
artículo 95 de
la
Ordenanza
28
del
31
de agosto de 2017 , que
aprueba
el
Estatuto Orgánico del Presupuesto del Departamento de Antioquia y sus Entidades
Descentralizadas,
el
Director de Presupuesto certificó
la
disponibilidad de las apropiaciones a
contracreditar con
el
CDP No. 7100000040
d.
Que
el
objetivo de este decreto es poder ubicar
el
rubro de funcionamiento en concordancia
con los bienes y servicios que se planean adquirir,
en
este caso para
el
avance para
el
reconocimiento y pago de los gastos del peaje del Secretario de Despacho.
En
mérito
de
lo expuesto,
111201

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