Gaceta departamental Nº 24.206 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Decreto - 12 de Octubre de 2023 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 976287509

Gaceta departamental Nº 24.206 de la gobernación de Antioquia, 2023 - Decreto

Año2023
Fecha de publicación12 Octubre 2023
Número de Gaceta24.206
24.206 46
Medellín, martes 17 de octubre de 2023
UNIDOS
DEPARTAMENTAL
~egistrando
la
historia
de Antioquia desde 190~
*Registrado en
el
Ministerio de Gobierno por Resolución
000474 de junio de 1967 1 Tarifa postal reducida
2333 de la Administración Postal Nacional -Porte Pagado*
1
ORDEN
AL
MÉRITO
CivICOYEMPRESARIAL
MARISCALJORGEROBLEDO
CATEGORIA
ORO
GOBERNACIÓN
DE
ANTIOOUIA.
Rewttca
oe
Goloolbia
2
Número
2023070004560
2023070004561
2023070004562
2023070004563
2023070004564
2023070004565
Fecha
Octubre 12
Octubre 12
Octubre 12
Octubre 12
Octubre 12
Octubre 12
Página
3
5
8
10
12
17
SUMARIO DECRETOS OCTUBRE 2023
Número
2023070004566
2023070004567
2023070004568
2023070004569
2023070004570
2023070004571
Fecha
Octubre 12
Octubre 12
Octubre 12
Octubre 12
Octubre 12
Octubre 12
Página
19
21
25
28
31
35
3
Radicado:
D
2023070004560
Fecha:
12/10/2023
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACIÓN
DECRETO
Por medio del cual se causan novedades
en
la
Planta de Cargos de Docentes, Directivos Docentes
y Administrativos financiados con recursos del Sistema General de Participaciones.
LA
SECRETARIA DE EDUCACIÓN,
en
uso
de
las atribuciones legales, y
en
especial las conferidas por
la
de 2001, el Decreto 2020070002567 del
05
de noviembre
de
2020, modificado por la Ordenanza
23
del 6
de
septiembre
de
2021, y
el
2017, que modifica y adiciona
el
1083, e l Reglamentario Único del Sector
de
la Func i
ón
Pública y
El
2015.
CONSIDERANDO QUE:
De conformidad con la Resolución 6000 del
20
de
diciembre
de
1995,
el
Departamento
de
Antioquia fue
certificado
en
materia educativa. Por ello, ejerce las competencias descritas
en
el
artículo 6
de
2001. Y frente a los municipios
no
certificados tiene
la
competencia de : "6.2.
3.
Administrar, ejerciendo
las facultades señaladas
en
el
articulo 153
de
la Ley 115 de 1994, las instituciones educativas y
el
personal
docente y administrativo de los planteles educativos, sujetándose a
la
planta de cargos adoptada
de
conformidad
con
la
presente ley. Para ello, realizará concursos, efectuará los nombramientos del personal
requerido, administrará los ascensos,
sin
superar
en
ningún caso
el
monto
de
los recursos disponibles
en
el
Sistema General de Participaciones y trasladará docentes entre los municipios, preferiblemente entre
l
os
limítrofes,
sin
más requisito legal que
la
expedición
de
los respectivos actos administrativos
debidamente motivados."
Mediante
el
Decreto 2020070002567 del
05
de
noviembre
de
2020
se
determina
la
estructura
administrativa del Departamento y mediante Ordenanza
No
. 23 del 6 de septiembre
de
2021
se
otorga
funciones a
la
Secretaría de Educación del Departamento
de
Antioquia, para administrar las instituciones
educativas y
el
personal docente, directivo docente y admin istrativo, para
lo
cual podrá realizar
nombramientos, trasladar, encargar, dar licencias, otorgar comisiones, permisos, conceder y resolver
en
segunda instancia
de
los procesos disciplinarios y demás novedades administrativas a l
os
docentes,
directivos docentes y personal administrativo que laboran
en
los diferentes Establecimientos Educativos
de
los municipios no certificados del Departamento
de
Antioquia.
El
Decreto Departamental 2023070001195 del O 1/03/2023, modificó la planta
de
cargos docente, directivo
docente y administrativo para la prestación del servicio educativo
en
los Establecimientos adscritos a los
municipios
no
certificados
de
l Departamento
de
Antioquia, financiados
con
recursos del Sistema General
de
Participaciones.
El
artículo
de
la
Ley 715 de
2001
, establece que a los departamentos les compete administrar
la
planta
del personal docente, directivo docente y personal administrativo
en
los municipios
no
certificados, con
el
fin
de ejecutar, vigilar y evaluar
el
servicio educativo ; nombra
r,
remover, trasladar , sancionar, estimular,
dar licencias y permisos
de
acuerdo con las necesidades del servicio; orientar, asesorar y
en
general dirigir
la
educación; todo ello de acuerdo con
la
1994,
el
Estatuto Docente .
El
2015 determina los criterios generales para la organización de l
as
plantas docentes y
directivos docentes (Titulo
6,
Capítulo 1, Sección 1 ).
El
anterior Decreto permite
la
asignación de nuevas plazas docentes y directivos docentes
en
algunos
establecimientos educativos, de acuerdo
al
estudio técnico presentado por
la
Dirección
de
Permanencia
Escolar para
la
viabilización
de
la nueva planta de cargos docentes y directivos docentes.
ARTÍCULO
22
, Ley 715 de l
2001
Traslados. Cuando para la debida prestación del servicio educativo se
requiera
el
traslado
de
un
docente o directivo docente, este
se
eJecutará discrecionalmente y por acto
debidamente motivado por
la
autoridad nominadora departamental, distrital o del municipio certificado
cuando se efectúe dentro de la misma entidad territorial.
Mediante Formato 1 - Necesidades de Docentes 2023 establecido por
el
MEN
Ministerio
de
Educación
Nacional, configurándose como concepto técnico, el cual determina cuántas plazas requiere cada
establecimiento educativo
de
acuerdo a
la
matrícula registrada
en
SIMAT
al
31
de
marzo de 2023.
En
el
municipio
de
Yarumal se identificó que se deben realizar los movimientos que
se
describen a continuaci
ón:
Por disminución
en
la
matricula
en
la
I.E OCHALI sede I.E OCHALI del municipio
de
Yarumal,
se
identificó
que
se
debe de trasladar a
la
docente RAMOS ZAPATA ADÍELA AMPARO , identificada
con
cédula de

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