Gaceta N° 14707 de Cundinamarca, 30-09-2005 - 30 de Septiembre de 2005 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699117

Gaceta N° 14707 de Cundinamarca, 30-09-2005

Año2005
Fecha30 Septiembre 2005
Fecha de publicación30 Septiembre 2005
Número 14.707 - Bogotá, D.C., viernes 30 de septiembre de 2005 - AÑO CXI
G A C E T A D E
CUNDINAMARCA
ÓRGANO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO
ISSN 0122 - 7777
Editor: IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS
(septiembre 299(
por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto General del
Departamento para la vigencia f‌iscal de 2005
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
en ejercicio de la facultad que le conf‌iere el artículo 30 de la Orde-
nanza No. 03 de 2005 y del Decreto No. 00150 del 12 de agosto de
2005 y el parágrafo del artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 30 de la Ordenanza No. 03 de 2005 y del Decreto
00150 del 12 de agosto de 2005 dispone que “Las modif‌icaciones al
anexo del Decreto de liquidación que no modif‌iquen en cada sección
presupuestal el monto total de la apropiación correspondiente a: 1)
Gastos de funcionamiento; 2) Servicio de la Deuda y, 3) Gastos de
Inversión (programas) aprobados por la Asamblea, se harán mediante
decreto expedido por el Gobernador, y por resolución expedida por el
Presidente de la Asamblea y el Contralor quienes responderán por la
legalidad de estos actos...”
Que el parágrafo del artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996 es-
tablece que las modif‌icaciones al anexo del Decreto de liquidación
que no modif‌iquen en cada sección presupuestal el monto total de
sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión
aprobados por la Asamblea Departamental, se harán mediante de-
creto expedido por el Gobernador. En el caso de los establecimientos
públicos, estas modif‌icaciones al anexo del Decreto de liquidación se
harán por decreto del gobernador.
Que mediante of‌icio SE-GP-OF-0652 del 20 de septiembre de
2005, radicado con el No. 019001 del 21 de septiembre de 2005,
suscrito por la Secretaría de Educación, solicita se efectúe traslado
presupuestal.
Que se hace necesario contracreditar $200.000.000, en el PRO-
GRAMA 01 EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA EL DESARROLLO
HUMANO CUNDINAMARQUÉS- SUBPROGRAMA- 01 Garantía
de acceso y permanencia en el servicio educativo- Proyecto 001
“Implantación del proyecto educación superior en el Departamento
de Cundinamarca, por cuanto se estima que en el curso de este año,
no crecerá suf‌icientemente la cobertura en programas de educación
superior pero con las estrategias para aumentar cobertura a nivel
de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media, se están
generando nuevos cupos que garantizan ampliación de cobertura
Que se hace necesario acreditar $200.000.000, en el PROGRAMA
01 EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA EL DESARROLLO HUMANO
CUNDINAMARQUÉS- SUBPROGRAMA- 01 Garantía de acceso
y permanencia en el servicio educativo- Proyecto “Fortalecimiento
del deporte educativo en el Departamento de Cundinamarca”, para
garantizar la puesta en marcha de estrategias tendientes a brindar
espacios y oportunidades, contribuir en la formación integral de la
población estudiantil permitiéndoles desarrollar sus potencialidades
motrices, habilidades basadas en el mejoramiento de las inteligencias
múltiples a través de la práctica de la actividad física y de competen-
cias deportivas organizadas.
Que la Secretaría de Planeación, expidió el 16 de septiembre de
2005, concepto favorable No. 1020, para efectuar el contracrédito
que trata el presente decreto.
Que el Director © de Finanzas públicas de la Secretaría de
Planeación, certif‌icó la inscripción en el Banco Departamental de
Programas y Proyectos, así:
DAPC CERTIFI-
CADO
FECHA NOMBRE DEL PROYECTO
282510/04 1820 14/09/05 Proyecto- Fortalecimiento del deporte
educativo en el Departamento de
Cundinamarca.
Que el Director de Presupuesto (E.) emitió concepto favorable el
22 de septiembre de 2005, en los términos del Parágrafo inciso 2°
del artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996.
Que el Director de Presupuesto (E.) expidió el Certif‌icado de
Disponibilidad No. 35266 del 18 de julio de 2005 por valor de
$200.000.000.
Que en virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo primero. Contracredítese y trasládese la suma de DOS-
CIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000.000) , con base en
el Certif‌icado de Disponibilidad No. 35266 del 18 de julio de 2005,
expedido por el Director de Presupuesto (E.) en el Presupuesto de
Gastos de Inversión de la Secretaría de Educación, así:
CONTRACRÉDITOS
SECCIÓN 0801
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
3. GASTOS DE INVERSIÓN
01 PROGRAMA- EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA EL DESARRO-
LLO HUMANO CUNDINAMARQUÉS 200.000.000
01 SUBPROGRAMA- Garantía de acceso y permanencia en el servicio
educativo. 200.000.000
001 Proyecto- Implantación del proyecto Educación Superior en el De-
partamento de Cundinamarca. (R.O) 200.000.000
TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN 200.000.000
TOTAL SECRETARÍA DE EDUCACIÓN 200.000.000
TOTAL CONTRACRÉDITO 200.000.000
Artículo segundo. Acredítese el Presupuesto de Gastos de In-
versión de la Secretaría de Educación, con base en el contracrédito
anterior así:
CRÉDITOS
SECCIÓN 0801
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
3. GASTOS DE INVERSIÓN
01 PROGRAMA- EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA EL DESARRO-
LLO HUMANO CUNDINAMARQUÉS 200.000.000
01 SUBPROGRAMA- Garantía de acceso y permanencia en el servicio
educativo. 200.000.000
007 Proyecto- Fortalecimiento del deporte educativo en el Departamento
de Cundinamarca (R.O) 200.000.000
TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN 200.000.000
TOTAL SECRETARÍA DE EDUCACIÓN 200.000.000
TOTAL CRÉDITO 200.000.000

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