Gaceta N° 14880 de Cundinamarca, 26-07-2008 - 26 de Julio de 2008 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699291

Gaceta N° 14880 de Cundinamarca, 26-07-2008

Fecha de publicación26 Julio 2008
Fecha26 Julio 2008
Año2008
Número 14.880 - Sábado 26 de julio de 2008 - AÑO CXII
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal De colombIa
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS DEPARTAMENTALES
DECRETO DEPARTAMENTAL NÚMERO 00140 DE 2008
(julio 18)
por el cual se modica el Decreto 00163 de 2006
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales es-
pecialmente las señaladas en los artículos 209 y 305 numeral 2
CONSIDERANDO:
Que el artículo 22 de la Ordenanza 45 de 1998, Norma Orgánica
del Presupuesto del Departamento de Cundinamarca, establece
la composición del Consejo Superior de Política Fiscal de Cundi-
namarca, Conscun;
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo de la Ley 489
de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de
delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a los empleados
públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo
correspondiente, con el propósito de desarrollar los principios
enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política;
Que el Gobernador de Cundinamarca o su delegado asisten
en calidad de miembros principales, a las sesiones de las juntas
o consejos directivos de entidades de distinto orden, según los
estatutos orgánicos de las mismas;
Que en virtud de lo anterior, el representante legal de la enti-
dad territorial puede designar delegados en las juntas o consejos
directivos de los cuales hace parte;
Que mediante el artículo primero del Decreto 00163 de 2006 se
delegó al doctor Jerónimo Camilo Daza Daza como representante
del Gobernador ante el Consejo Superior de Política Fiscal de
Cundinamarca, Conscun;
Que por razones del servicio se hace necesario modicar la
delegación mencionada y en este sentido, delegar al doctor Ma-
nuel Alfonso Valderrama Carrillo, Secretario de Despacho, Código
020 de la Secretaría Privada, para que represente al Gobernador
ante el Consejo Superior de Política Fiscal de Cundinamarca,
Conscun;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero. Modicar el artículo 1° del Decreto 00163 de
2006, en el sentido de delegar al doctor Manuel Alfonso Valderrama
Carrillo, Secretario de Despacho, Código 020 de la Secretaría Pri-
vada, para que represente al Gobernador ante el Consejo Superior
de Política Fiscal de Cundinamarca, Conscun.
Artículo segundo. El funcionario que por este acto se delega,
deberá presentar informe de su gestión al Despacho del Gober-
nador con la periodicidad que se le señale.
Artículo tercero. El presente decreto rige a partir de la fecha de
su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de julio de 2008.
ANDRÉS GÓNZALEZ DÍAZ
Gobernador
* * *
DECRETO NÚMERO 00141 DE 2008
(julio 25)
por el cual se suprime la Empresa Social del Estado Hospital
Universitario San Rafael de Girardot y se ordena su liquidación.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales conferidas por
2° de la Ordenanza número 014 de fecha 31 de agosto de 2004,
el Decreto-ley 254 de 2000 y la Ley 1105 de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael de
Girardot de Cundinamarca, fue transformada mediante Ordenanza
Departamental número 041 de fecha 18 de julio de 1996, en una
categoría especial de entidad pública descentralizada del nivel
departamental, con personería jurídica, autonomía administrativa
y patrimonio propio, adscrita a la Secretaría de Salud de Cundi-
namarca, la cual tiene por objeto prestar servicios de salud, como
un servicio público esencial a cargo del Estado o como parte del
servicio público de la seguridad social, en los términos del artículo
Que por medio de la Ordenanza número 15 del 20 de diciembre
del 2005 la honorable Asamblea de Cundinamarca, modicó el ar-
tículo 2° de la Ordenanza número 41 de 1996 estableciendo como
nueva denominación de la entidad Hospitalaria la de “Empresa
Social del Estado Hospital Universitario San Rafael de Girardot
Cundinamarca”;
Que la Empresa Social del Estado Hospital Universitario San Ra-
fael de Girardot, fue intervenida por la Superintendencia Nacional
de Salud mediante la Resolución número 659 de fecha 4 de mayo
de 2007, la cual fue levantada por la misma Superintendencia;
Que el Departamento, ante la grave situación presentada por
la ESE Hospital Universitario San Rafael de Girardot, presentó al
Ministerio la propuesta técnica y nanciera de reorganización,
rediseño y modernización de la red departamental, indicando el
plan de ejecución, las fuentes y montos de los recursos que la
nanciarían, según la metodología denida por el Ministerio;
Que la propuesta de reorganización institucional de la red pública
de prestación de servicios de salud del Departamento, cuenta con
concepto de viabilidad emitido por el asesor designado por parte
del Ministerio de fecha 6 de diciembre de 2007, respectivamente,
y con conceptos de viabilidad por parte del Departamento Nacio-
nal, de Planeación, según Ocios DDS-SS-JCC- 101 DNP del 30
de septiembre de 2005, DNP-SS-SPC-078 del 22 de diciembre
de 2006, SS-2007-72920509261 del 16 de noviembre de 2007 y
SS-20072920578931 del 11 de diciembre de 2007 suscritos por
el Subdirector de Salud del DNP;
Que la Revisoría Fiscal de la Empresa Social del Estado
Hospital Universitario San Rafael de Girardot el 30 de abril del

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