Gaceta N° 14891 de Cundinamarca, 16-10-2008 - 16 de Octubre de 2008 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699427

Gaceta N° 14891 de Cundinamarca, 16-10-2008

Fecha de publicación16 Octubre 2008
Año2008
Fecha16 Octubre 2008
Número 14.891 - Bogotá, D.C., jueves 16 de octubre de 2008 - AÑO CXIII
ORGANO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal De colombIa
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 00198 DE 2008
(octubre 8)
por el cual se modica el Presupuesto General del Departamento
para la vigencia scal de 2008 y se abren unos créditos.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial
la conferida en el artículo 91 de la Ordenanza 045 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 91 de la Ordenanza 045 de 1996 “Por la cual
se expide la norma Orgánica del Presupuesto del Departamento
de Cundinamarca y de sus entidades descentralizadas”, faculta
al Gobierno para incorporar por Decreto al Presupuesto los
excedentes financieros, en una cuantía que no supere el 1%
del presupuesto vigente, previa distribución por el Consejo de
Gobierno;
Que a 30 de abril de 2008, según certicación del 27 de mayo
de 2008, expedida por la Directora Financiera de Presupuesto (E.),
certica que el Presupuesto vigente del Departamento asciende
a $1.327.708.652.344, por tanto, el 1% corresponde a la suma de
$13.277.086.523,44;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 91 de la
Ordenanza 45 de 1996, el Consejo de Gobierno en sesión del 7 de
octubre de 2008, distribuyó la suma de $590.000.000, correspondiente
a Excedentes nancieros 2007;
Que según Certicado de disponibilidad número SH-DGC- 039-
2008 del 6 de agosto de 2008, expedido por la Directora Financiera
de la Dirección General de Contaduría, existen recursos por valor de
$1.248.000.000, correspondiente a excedentes nancieros del Sector
Central del Departamento, de la vigencia 2007;
Que mediante ocios del 3 de octubre de 2008, y radicados con los
números 200800012536 y 200800012527 del 3 de octubre de 2008,
el Secretario de Cultura, Turismo y Deporte (E.) doctor Manuel Val-
derrama Carrillo y el Secretario de Tránsito y Transporte (E.), doctor
Juan Fernando Góngora Arciniegas, solicita se incorporen recursos
por valor de $590.000.000;
Que en sesión del 3 de octubre de 2008, el Conscun aprobó
la modicación del Plan Financiero incorporando los recursos de
que trata el presente decreto, según certicación del 3 de octubre
de 2008;
Que en sesión del 3 de octubre de 2008 el Consejo de Gobierno
aprobó la modicación del Plan Financiero incorporando los recursos
de que trata el presente decreto, según certicación del 3 de octubre
de 2008;
Que mediante Decretos números 00109 y 00184 del 30 de mayo
y 26 de septiembre de 2008, se adicionó la suma de $4.328.999.747
por concepto de excedente nanciero del Departamento, vigen-
cia 2007, quedando un saldo por incorporar mediante decreto
$8.948.086.776;
Que incluida la adición de que trata el presente decreto, se ha
incorporado, mediante Decreto, la suma de $4.918.999.747, por
concepto de excedentes nancieros;
Que en el presente decreto se incorpora la suma de $590.000.000,
correspondiente al excedente nanciero del departamento distribuido
por el Consejo de Gobierno;
Que la Directora Financiera de Presupuesto (E.), emitió concepto
favorable el 3 de octubre de 2008, en los términos del Parágrafo inciso
2° del artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996;
Que el Secretario de Planeación emitió Conceptos favorables números
084 y 085 del 29 de septiembre y 2 de octubre de 2008, en los términos
del parágrafo e inciso 2° del artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996;
Que el Director de Finanzas Públicas de la Secretaría de
Planeación, certicó la inscripción en el Banco Departamental de
Programas y Proyectos, así:
Dapc Certicado Fecha
236330/08 0824 18/09/08 Proyecto- Proyecto eventos especia-
les en el Departamento de Cundina-
marca.
271040/06 0878 29/09/08 Proyecto- Promoción y mercadeo tu-
rístico del Departamento de Cundina-
marca.
252070/07 0877 29/09/08 Proyecto- Formación de empresa y ca-
pacitación a los operadores turísticos
en el Departamento de Cundinamarca
II Etapa.
250370/08 0833 19/09/08 Proyecto- Apoyo al Desarrollo Turís-
tico en el Departamento de Cundina-
marca.
286890/08 0871 26/09/08 Proyecto- Instalación y mejoramiento
de la señalización turística en el Depar-
tamento de Cundinamarca.
284110/06 0900 02/10/08 Proyecto- Construcción y terminación
de puentes peatonales para garantizar
la seguridad vial en el Departamento
de Cundinamarca.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la
Ordenanza 045 de 1996, la Directora Financiera de la Dirección
General de Contaduría de la Secretaría de Hacienda, expidió el
Certicado de Disponibilidad número SH-DGC-039-2008 del 6
de agosto de 2008, según el cual existen recursos disponibles
para incorporarse al Presupuesto General del Departamento en
la suma de mil doscientos cuarenta y ocho millones de pesos
($1.248.000.000);
En mérito de lo anterior,
DECRETA:
Artículo primero. De conformidad con el Certicado de Disponibi-
lidad número SH-DGC-039-2008 del 6 de agosto de 2008, expedido
por la Directora Financiera de la Dirección General de Contaduría,
adiciónese al Presupuesto de Rentas del Departamento para la
vigencia scal 2008, en la suma de quinientos noventa millones de
pesos ($590.000.000) moneda corriente, así:
2GACETA DE CUNDINAMARCA No. 14.891
CENTRO GESTOR 1106
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO
POSPRE
ÁREA FUNCIONAL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
FONDO
DESCRIPCIÓN
VALOR
1 INGRESOS
2 RECURSOS DE CAPITAL 590.000.000
1-22 Recursos del Balance 590.000.000
001 99999 999999 1-0100 Excedentes nancieros 2007
(Recurso Ordinario) 590.000.000
SUMA EL NUEVO RECURSO 590.000.000
Artículo segundo. Con base en el recurso anterior, adiciónese el
Presupuesto de Gastos de la vigencia 2008, así:
SECCIÓN 1109
SECRETARÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
POSPRE
ÁREA FUNCIONAL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
FONDO
DESCRIPCIÓN
VALOR
0-
GASTOS
3
INVERSIÓN
09
CENTRO GESTOR
7
LINEA PROGRAMÁTICA-
CRECIMIENTO MODERNO
CON DESARROLLO HU-
MANO.
1
PROGRAMA- CUNDINA-
MARCA PRODUCTIVA Y
MODERNA
385.000.000
4
SUBPROGRAMA- Destinos
que apasionan
385.000.000
001 714 4809714001 1-0100
Proyecto- Proyecto eventos
especiales en el Departa-
mento de Cundinamarca.
80.000.000
002 714 4809714002 1-0100
Proyecto- Promoción y mer-
cadeo turístico del Departa-
mento de Cundinamarca.
130.000.000
003 714 4809714003 1-0100
Proyecto- Formación de em-
presa y capacitación a los
operadores turísticos en el
Departamento de Cundina-
marca II Etapa.
25.000.000
004 714 4809714004 1-0100
Proyecto- Apoyo al Desarro-
llo Turístico en el Departa-
mento de Cundinamarca.
100.000.000
005 714 4809714005 1-0100
Proyecto- Instalación y mejo-
ramiento de la señalización
turística en el Departamento
de Cundinamarca.
50.000.000
TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN 385.000.000
TOTAL SECRETARÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE 385.000.000
SECCIÓN 1115
SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
POSPRE
ÁREA FUNCIONAL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
FONDO
DESCRIPCIÓN
VALOR
0-
GASTOS
3
INVERSIÓN
15
CENTRO GESTOR
POSPRE
ÁREA FUNCIONAL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
FONDO
DESCRIPCIÓN
VALOR
7
LINEA PROGRAMÁTICA-
CRECIMIENTO MODERNO
CON DESARROLLO HU-
MANO
2
PROGRAMA- INFRAES-
TRUCTURA COMPETITIVA
205.000.000
1
SUBPROGRAMA- Infraes-
tructura de Transporte para
el Desarrollo.
205.000.000
002 721 4815721002 1-0100
Proyecto- Construcción y
terminación de puentes pea-
tonales para garantizar la
seguridad vial en el Depar-
tamento de Cundinamarca.
205.000.000
TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN 205.000.000
TOTAL SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 205.000.000
TOTAL ADICIÓN 590.000.000
Artículo tercero. Las Direcciones de Presupuesto y Contabilidad
de la Secretaría de Hacienda efectuarán los registros necesarios para
el cumplimiento de lo previsto en el presente decreto.
Artículo cuarto. Una vez expedido el presente decreto el orde-
nador del gasto presentará a la Tesorería General del Departamento
la solicitud de modicación del Programa Anual Mensualizado de
Caja, PAC.
Artículo quinto. El presente decreto rige a partir de la fecha de su
expedición y deberá ser publicado.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 8 de octubre de 2008.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador
MARIO HUMBERTO MARTÍNEZ PEÑA
Secretario de Hacienda (C)
MANUEL VALDERRAMA CARRILLO
Secretario de Cultura, Turismo y Deporte (E)
JUAN FERNANDO GÓNGORA ARCINIEGAS
Secretario de Tránsito y Transporte (E)
ALEX RODRÍGUEZ HERRERA
Secretario de Planeación
* * *
DECRETO DEPARTAMENTAL NÚMERO 00199 DE 2008
(octubre 9)
por el cual se nombra un Notario en propiedad.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, espe-
cialmente las conferidas por el artículo 161 del Decreto Nacional 960
de 1970, artículo 5° del Decreto Nacional 2163 de 1970 y artículos
CONSIDERANDO:
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo
de notario en propiedad debe proveerse por concurso;
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convo-
có a Concurso Público y Abierto para el nombramiento de Notarios
en Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en
propiedad el cargo de Notario en diferentes círculos notariales del
territorio nacional;
Que mediante Acuerdo 142 de 2008, el Consejo Superior conformó
la Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario
en los Departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Casanare,
Vichada, Meta, Guaviare, Caquetá, Amazonas, Putumayo y San An-
drés, la cual fue conformada por círculo notarial, con los nombres y
documentos de identidad de quienes en estricto orden descendente,
obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de la suma de las
calicaciones correspondientes a las distintas fases del concurso,
de acuerdo con el mínimo jado para la integración de las listas de
3
GACETA DE CUNDINAMARCA
No. 14.891
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero. Nombrar en propiedad a la doctora Yazmín So-
raya Franco García, identicada con la cédula de ciudadanía número
41687513, como Notaria Única del Círculo de Tenjo, Cundinamarca.
Artículo segundo. Para tomar posesión del cargo, la designada
deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro y
a este Despacho la documentación de ley.
Artículo tercero. El presente decreto rige a partir de la fecha de
su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, Distrito Capital, a 9 de octubre de 2008.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador
ROBERTO MOYA ÁNGEL
Secretario de Gobierno
* * *
DECRETO DEPARTAMENTAL NÚMERO 00201 DE 2008
(octubre 9)
por el cual se nombra un Notario en propiedad.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, espe-
cialmente las conferidas por el artículo 161 del Decreto Nacional 960
de 1970, artículo 5° del Decreto Nacional 2163 de 1970 y artículos
CONSIDERANDO:
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo
de notario en propiedad debe proveerse por concurso;
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convocó a
Concurso Público y Abierto para el nombramiento de Notarios en Propie-
dad y el Ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en propiedad el cargo
de Notario en diferentes círculos notariales del territorio nacional;
Que mediante Acuerdo 142 de 2008, el Consejo Superior conformó la
Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario en los
Departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Casanare, Vichada,
Meta, Guaviare, Caquetá, Amazonas, Putumayo y San Andrés, la cual
fue conformada por círculo notarial, con los nombres y documentos
de identidad de quienes en estricto orden descendente, obtuvieron
los mayores puntajes, como resultado de la suma de las calicaciones
correspondientes a las distintas fases del concurso, de acuerdo con el
mínimo jado para la integración de las listas de elegibles de sesenta (60)
Que el artículo 61 del Decreto 2148 de 1983, establece como facul-
tad del Gobernador nombrar los Notarios de los Círculos de Segunda
y Tercera Categoría;
Que mediante comunicación radicada bajo el número 003639
de fecha septiembre 30 de 2008, la doctora Lida Salazar Moreno,
Superintendente de Notariado y Registro remitió las hojas de vida de
los aspirantes a los cargos de notarios que deben ser nombrados y
posesionados en propiedad, dentro de los treinta (30) días siguientes
al recibo de esta comunicación;
Que el doctor Luis Fernando Castellanos Nieto, identicado con
la cédula de ciudadanía número 79297031, aspirante a la Notaría
Primera del Círculo de Ubaté, Cundinamarca, obtuvo un puntaje total
de 78,5833333 puntos, resultando elegible en ese círculo notarial;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero. Nombrar en propiedad al doctor Luis Fernando Cas-
tellanos Nieto, identicado con la cédula de ciudadaníamero 79297031,
como Notario Primero del Círculo de Ubaté, Cundinamarca.
Artículo segundo. Para tomar posesión del cargo, el designado
deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro y
a este Despacho la documentación de ley.
Artículo tercero. El presente decreto rige a partir de la fecha de
su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, Distrito Capital, a 9 de octubre de 2008.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador
ROBERTO MOYA ÁNGEL
Secretario de Gobierno
elegibles de sesenta (60) puntos. (Decreto 926 de 2007 y artículo 19
Que el artículo 61 del Decreto 2148 de 1983, establece como facul-
tad del Gobernador nombrar los Notarios de los Círculos de Segunda
y Tercera Categoría;
Que mediante comunicación radicada bajo el número 003639
de fecha septiembre 30 de 2008, la doctora Lida Salazar Moreno,
Superintendente de Notariado y Registro remitió las hojas de vida de
los aspirantes a los cargos de notarios que deben ser nombrados y
posesionados en propiedad, dentro de los treinta (30) días siguientes
al recibo de esta comunicación;
Que la doctora Gloria Cristina Martín Guzmán, identicada con la
cédula de ciudadanía número 41623224, aspirante a la Notaría Úni-
ca del Círculo de Ubalá, Cundinamarca, obtuvo un puntaje total de
73,2166667 puntos, resultando elegible en ese círculo notarial;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero. Nombrar en propiedad a la doctora Gloria
Cristina Martín Guzmán, identicada con la cédula de ciudadanía
número 41623224, como Notaria Única del Círculo de Ubalá, Cun-
dinamarca.
Artículo segundo. Para tomar posesión del cargo, la designada
deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro y
a este Despacho la documentación de ley.
Artículo tercero. El presente decreto rige a partir de la fecha de
su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, Distrito Capital, a 9 de octubre de 2008.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador
ROBERTO MOYA ÁNGEL
Secretario de Gobierno
* * *
DECRETO DEPARTAMENTAL NÚMERO 00200 DE 2008
(octubre 9)
por el cual se nombra un Notario en propiedad.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, espe-
cialmente las conferidas por el artículo 161 del Decreto Nacional 960
de 1970, artículo 5° del Decreto Nacional 2163 de 1970 y artículos
CONSIDERANDO:
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo
de notario en propiedad debe proveerse por concurso;
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convo-
có a Concurso Público y Abierto para el nombramiento de Notarios
en Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en
propiedad el cargo de Notario en diferentes círculos notariales del
territorio nacional;
Que mediante Acuerdo 142 de 2008, el Consejo Superior conformó
la Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario
en los Departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Casanare,
Vichada, Meta, Guaviare, Caquetá, Amazonas, Putumayo y San An-
drés, la cual fue conformada por círculo notarial, con los nombres y
documentos de identidad de quienes en estricto orden descendente,
obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de la suma de las
calicaciones correspondientes a las distintas fases del concurso,
de acuerdo con el mínimo jado para la integración de las listas de
elegibles de sesenta (60) puntos. (Decreto 926 de 2007 y artículo 19
Que el artículo 61 del Decreto 2148 de 1983, establece como facul-
tad del Gobernador nombrar los Notarios de los Círculos de Segunda
y Tercera Categoría;
Que mediante comunicación radicada bajo el número 003639
de fecha septiembre 30 de 2008, la doctora Lida Salazar Moreno,
Superintendente de Notariado y Registro remitió las hojas de vida de
los aspirantes a los cargos de notarios que deben ser nombrados y
posesionados en propiedad, dentro de los treinta (30) días siguientes
al recibo de esta comunicación;
Que la doctora Yazmín Soraya Franco García, identicada con
la cédula de ciudadanía número 41687513, aspirante a la Notaría
Única del Círculo de Tenjo, Cundinamarca, obtuvo un puntaje total de
85,7833333 puntos, resultando elegible en ese círculo notarial;

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