Gaceta N° 14897 de Cundinamarca, 19-11-2008 - 19 de Noviembre de 2008 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870698767

Gaceta N° 14897 de Cundinamarca, 19-11-2008

Fecha19 Noviembre 2008
Fecha de publicación19 Noviembre 2008
Año2008
Número 14.897 - Bogotá, D.C., miércoles 19 de noviembre de 2008 - AÑO CXIII
ORGANO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal De colombIa
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 00291 DE 2008
(octubre 30)
por el cual se hace un nombramiento en interinidad.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y
reglamentarias, especialmente las conferidas por el numeral
ley 1222 de 1986, y
CONSIDERANDO:
Que la ESE Hospital General Universitario de La Samari-
tana, se transformó en Empresa Social del Estado, mediante
Ordenanza número 072 del 27 de diciembre de 1995.
Que mediante Ley 1122 del 8 de enero de 2007, el Pre-
sidente de la República estableció que el nombramiento de
los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado, debe
realizarse a través de un concurso público abierto.
Que el doctor Germán Augusto Guerrero Gómez, identica-
do con la cédula de ciudadanía número 3246509, concursó y
fue nombrado el tres (3) de noviembre de 2005, por un periodo
de tres (3) años, de conformidad con la normatividad vigente,
en el cargo de Gerente, código 085, de la ESE Hospital Ge-
neral Universitario de La Samaritana.
Que el periodo del doctor Germán Augusto Guerrero Gómez,
culmina el 2 de noviembre de 2008.
Que se hace necesario proveer en interinidad el cargo de
Gerente de la Empresa Social del Estado Hospital General
Universitario de La Samaritana.
Que en mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo primero. Nombrar en interinidad al doctor Ger-
mán Augusto Guerrero Gómez, identicado con la cédula de
ciudadanía número 3246509, en el cargo de Gerente, Código
085, de la Empresa Social del Estado Hospital General Uni-
versitario de La Samaritana, adscrito a la Secretaría de Salud
de Cundinamarca.
Artículo segundo. El presente acto administrativo rige a
partir de la fecha de su expedición y surte efectos scales
cuando la persona designada en el artículo anterior tome
posesión del cargo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de octubre de 2008.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador
ZORAYA LÓPEZ DÍAZ
Secretaria de Salud
DECRETO DEPARTAMENTAL NÚMERO 00292 DE 2008
(octubre 31)
por el cual se hace una delegación
y se asigna una función.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
especialmente las conferidas por el artículo 305 de la Consti-
tución Política, Ley 4ª de 1913 –Código de Régimen Político
y Municipal y, en desarrollo de lo previsto en la Ley 489 de
1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nacional número 2817 de 1974, establece:
Artículo tercero. Los demás Notarios de primera categoría
y Registradores de cabecera de círculo tomarán posesión de
sus cargos ante los Gobernadores, Intendentes y Comisarios
de los respectivos Círculos.
Artículo cuarto. La conrmación de los nombramientos de
los Notarios de segunda y tercera categoría corresponde a la
autoridad que hubiere hecho la designación. Tales funcionarios
y los Registradores de Instrumentos Públicos Seccionales
tomarán posesión de sus cargos ante la primera autoridad
política del respectivo lugar”.
sexagésimo primero.
Artículo sexagésimo primero. Los notarios serán nombra-
dos para períodos de cinco (5) años o iniciado el período para
el tiempo restante, así: los de círculos de la primera categoría
por el Gobierno Nacional y los de segunda y tercera por el
gobernador, intendente o comisario respectivo.
Artículo sexagésimo cuarto. El notario tomará posesión
del cargo dentro de los diez (10) días siguientes a aquel en
que reciba la conrmación del nombramiento si ya se inició el
período legal, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente
comprobado, o prórroga hasta de treinta días concedida jus-
ticadamente por quien hizo la designación.
Que de acuerdo con la normatividad enunciada es
competencia del Gobernador dar posesión a los Notarios
que ejercerán jurisdicción en el departamento de Cundi-
namarca.
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 prevé, que las
autoridades administrativas podrán mediante acto de dele-
gación, transferir el ejercicio de sus funciones a los emplea-
dos públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al
organismo correspondiente, con el propósito de desarrollar
los principios enunciados en el artículo 209 de la Constitu-
ción Política.
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece
que la función administrativa está al servicio de los intereses
generales y se desarrolla con fundamento, entre otros, en los
principios de ecacia, economía y celeridad.
2GACETA DE CUNDINAMARCA No. 14.897
Que con el propósito de imprimir celeridad en el trámite de
posesión de los Notarios con jurisdicción en el territorio de
Cundinamarca se considera pertinente efectuar la Delegación
en el Secretario de Despacho de la Secretaría de la Función
Pública del Departamento de Cundinamarca, para dar pose-
sión, cuando la agenda, los trámites y las funciones propias
del Gobernador le impida atender dicha formalidad.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero: Delegar en el Secretario de Despacho de
la Secretaría de la Función Pública del Gobierno Departamento
de Cundinamarca, la competencia para dar posesión a los
Notarios con jurisdicción en el territorio del departamento.
Artículo segundo: El funcionario delegado, deberá presen-
tar informe de su gestión al Despacho del Gobernador.
Artículo tercero: El presente decreto rige a partir de la
fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le
sean contrarias.
Dado en Bogotá, sede del Gobierno, a 31 de octubre de
2008.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador
***
DECRETO NÚMERO 00293 DE 2008
(noviembre 5)
por el cual se modica el Presupuesto General del Departa-
mento, para la vigencia scal 2008.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de la facultad que le conere el artículo 17 de
la Ordenanza número 009 del 11 de junio de 2008, artículo
octavo de la Ordenanza número 014 del 30 de julio de 2008 y
el parágrafo del artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 17 de la Ordenanza número 009 del 11
de junio de 2008, prevé dentro del nanciamiento del Plan
Plurianual de Inversiones, del Plan de Desarrollo 2008-2012
“Cundinamarca, Corazón de Colombia”, para el año 2008, un
nuevo cupo de endeudamiento por $100.000.000.000.
Que mediante Ordenanza número 014 del 30 de julio de
2008, la Asamblea Departamental autorizó al Gobernador de
Cundinamarca para abrir un Cupo de Endeudamiento, por
la suma de $283.255.000.000, o su equivalente en dólares
de los Estados Unidos de Norte América u otras monedas
para nanciar el Plan de Inversiones del Plan de Desarrollo
“Cundinamarca, Corazón de Colombia”, a ejecutarse durante
el periodo 2008-2012.
Que igualmente mediante Ordenanza número 014 del 30
de julio de 2008, artículo octavo, la Asamblea Departamental
autorizó al señor Gobernador de Cundinamarca para efectuar
por decreto las adiciones y/o modicaciones presupuestales
para dar cumplimiento a la autorización del cupo de endeu-
damiento aprobada.
Que según oficio SP/DFP, radicado con el número
200800013362 del 21 de octubre de 2008, el Secretario de
Planeación (E.) solicita se adicionen recursos por valor de
$1.000.000.000.
Que los recursos a adicionar, se orientan a fortalecer el
sistema de información geográca regional, en cumplimiento
de los lineamientos establecidos en el Plan Departamental
de Desarrollo “Cundinamarca, Corazón de Colombia”, 2008-
2012.
Que la Directora Financiera de Presupuesto (E.), emitió
concepto favorable el 21 de octubre de 2008, en los términos
del Parágrafo inciso 2° del artículo 87 de la Ordenanza 45
de 1996.
Que la Secretaría de Planeación, emitió concepto favorable
número 090 del 16 de octubre de 2008, en los términos del
Parágrafo e inciso 2° del artículo 87 de la Ordenanza 45 de
1996.
Que el Director de Finanzas Públicas de la Secretaría de
Planeación, certicó la inscripción en el Banco Departamental
de Programas y Proyectos, así:
DAPC CERTIFICADO FECHA CONCEPTO
291090/08 0832 19/09/08 Proyecto- Implemen-
tación y actualización
de los sistemas de in-
formación geográca y
estadística del Depar-
tamento de Cundina-
marca.
Que la adición de que trata el presente decreto modica el
Plan Financiero vigente, por lo tanto, el Consejo Superior de
Política Fiscal de Cundinamarca “CONFISCUN”, en sesión
del 24 de abril de 2008, aprobó el Plan Financiero - Plan de
Desarrollo 2008-2012 “Cundinamarca- Corazón de Colombia”,
según certicación de la Secretaria Ejecutiva de este órgano
del 24 de abril de 2008.
Que de conformidad con la constancia del 25 de abril de
2008, expedida por el Secretario del Consejo de Gobierno,
la modicación del Plan Financiero mencionada en el consi-
derando anterior se sometió a consideración del Consejo de
Gobierno en reunión del 25 de abril de 2008, quien conceptuó
favorablemente la adición mencionada.
Que los recursos mencionados en los considerandos
anteriores no se encuentran incluidos en el Presupues-
to inicial, ni se encontraban programados a la fecha de
aprobación del mismo, por lo tanto se trata de una partida
excepcional con destinación preestablecida, en consecuen-
cia para la ejecución y cumplimiento se debe adicionar el
Presupuesto de la Secretaría de Planeación, en la suma
de $1.000.000.000.
Que de conformidad con el artículo Nonagésimo de la Or-
denanza 045 de 1996, la Directora Financiera de la Dirección
General de Contaduría del Departamento de Cundinamarca,
expidió el Certicado de Disponibilidad número SH-DGC-
045-2008 del 5 de septiembre de 2008, según el cual existe
recurso para ser adicionados al Presupuesto General del
departamento, en la suma de cien mil millones de pesos
($100.000.000.000) moneda corriente.
En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo primero. Adiciónese el Presupuesto de Rentas del
Presupuesto General del Departamento para la vigencia scal
comprendida del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en
la suma de mil millones de pesos ($1.000.000.000) moneda
corriente, de conformidad con el Certicado de Disponibilidad
número SH-DGC-045-2008 del 5 de septiembre de 2008,
expedido por la Directora Financiera de la Dirección General
de Contaduría, así:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO
POSPRE
ÁREA FUNCIONAL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
FONDO
DESCRIPCIÓN
VALOR
1- INGRESOS
2
RECURSOS DE
CAPITAL 1.000.000.000
3
RECURSOS DEL
CRÉDITO 1.000.000.000
001 99999 999999 6-4400 Crédito Interno 1.000.000.000
TOTAL
ADICIÓN
1.000.000.000

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