Gaceta N° 14939 de Cundinamarca, 12-11-2009 - 12 de Noviembre de 2009 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699459

Gaceta N° 14939 de Cundinamarca, 12-11-2009

Año2009
Fecha de publicación12 Noviembre 2009
Fecha12 Noviembre 2009
Número 14.939 - Bogotá, D.C., jueves 12 de noviembre de 2009 - AÑO CXIII
ÓRGANO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal De colombIa
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS DEPARTAMENTALES
DECRETO DEPARTAMENTAL NÚMERO 00000269 DE 2009
(noviembre 12)
por el cual se suprime la Empresa Social del Estado Hospital San
Juan de Dios de Zipaquirá, se ordena su liquidación y se dictan
otras disposiciones
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, en especial las
y en desarrollo de lo establecido en el artículo 2° de la Ordenanza No.
014 de agosto 31 del 2004, Decreto Ordenanzal 258 de 2008, Decreto
CONSIDERANDO
Que el Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá, fue transformado
mediante la Ordenanza Departamental número 021 de 1996, en una
Empresa Social del Estado prestadora de servicios de salud del II nivel
de atención, constituida como categoría especial de entidad pública
descentralizada del nivel departamental, dotada de personería jurídica,
patrimonio propio y autonomía administrativa adscrita a la Dirección
Departamental de Seguridad Social en Salud o quien haga sus veces,
integrante del Sistema General de Seguridad Social en Salud y so-
metida al régimen jurídico existente previsto en el Capítulo III, artículo
194,195 y 197 de la Ley 100 de 1993 y, modicada por el Decreto
Ordenanzal número 0279 de octubre 16 de 2008, en Empresa Social
del Estado prestadora de servicios de salud del III nivel de atención.
Que de acuerdo a la Información nanciera reportada por la ESE
Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá, disponible en la página Web
del Ministerio de la Protección Social, en cumplimiento del Decreto
Nacional 2193 de 2004, se evidencia, respecto de la ESE San Juan
de Dios de Zipaquirá, lo siguiente:
Que el Comportamiento de la ejecución presupuestal activa y pasiva
de los últimos tres años se resume a continuación:
Millones de $
Concepto 2006 2007 2008
Ingresos Recaudados 14.271.7 12.939.2 12.188.3
Gastos Comprometidos 16.677.2 15.243.8 16.085.2
Ingresos Recaudados – Gastos Com-
prometidos -2.405.5 -2.304.6 -3.896.9
Del comportamiento anterior se observa el aumento del décit
anual que pasa de $2.405.5 millones en la vigencia 2006 a $3.896.9
millones en la vigencia 2008, con un incremento del 62%, hecho que
genera traumatismos en la prestación de los servicios habilitados por
la referida Empresa Social del Estado.
PASIVOS
El valor total de la deuda a 30 junio de 2009, según balance General
asciende a la suma de $7.969.9 millones, reportado en la información
enviada al Ministerio de la Protección Social, conforme a lo establecido
en el Decreto 2193/2004, según el siguiente detalle:
Millones de $
Concepto Vigencia
anterior
Vigencia
actual Total
...SERVICIOS PERSONALES 2.627,5 293,0 2.920,4
......Nómina - 51,1 51,1
......Prestaciones sociales 2.627,5 241,9 2.869,4
...CUENTAS POR PAGAR 858,4 3.631,0 4.489,4
......Proveedores 714,0 625,6 1.339,6
......Aportes patronales y parascales - 68,3 68,3
......Servicios públicos - 11,4 11,4
......Otras cuentas por pagar 144,4 2.925,7 3.070,1
...PASIVOS ESTIMADOS 560,0 - 560,0
......Provisión para pensiones 560,0 - 560,0
TOTAL PASIVO 4.045,9 3.924,0 7.969,9
Fuente: Información nanciera reportada por la ESE Hospital San
Juan de Dios de Zipaquirá, Decreto 2193/2004.
CARTERA
La cartera a 30 de junio de 2009, asciende a la suma de $8.338.4
millones de los cuales el 55% corresponde a cartera mayor a 180
días, es decir, $4.589.5 millones y el 45% menor a 180 días $3.748.9
millones, hecho que incide en la gran reducción del capital de trabajo,
necesario para garantizar el oportuno pago a los proveedores y compra
de suministro para la oportuna operación de la institución, por lo cual
los pasivos de la institución se incrementan.
De los Balances Generales de las vigencias 2006 – 2008, se de-
ducen los siguientes indicadores nancieros que reejan el compor-
tamiento nanciero de la entidad en los últimos tres años.
Indicadores Financieros
Concepto 2006 2007 2008
Capital de Trabajo (millones de $ corrientes) 1.133 -3.322 -1.599
Índice de Solvencia 1.27 1.60 0.49
Prueba Ácida 1.18 -0.25 0.21
Nivel de Endeudamiento 0.33 0.33 0.30
Fuente: Información nanciera reportada por la ESE Hospital San Juan de
Dios de Zipaquirá Decreto 2193/2004
Que la Revisoría Fiscal de la Empresa Social del Estado Hospital
San Juan de Dios, en el dictamen de marzo 31 de 2009, efectuado a los
estados nancieros del Hospital señala: “(…) Los estados nancieros
muestran un aumento en la cartera y su principal pasivo lo consti-
tuyen las obligaciones laborales. (…)”. Y agrega “(…) Los estados
nancieros incluyen provisiones de cartera que resultan insucientes
frente a la morosidad de la cartera y existe incertidumbre sobre los
efectos que se deriven por el reconocimiento de obligaciones como el
pasivo pensional, la contingencia por los procesos judiciales en contra
y del pago que hubiere que hacerse de estos y de las obligaciones
laborales. (…)”.
Que la Secretaría de Salud -Departamento de Cundinamarca,
mediante el concepto técnico económico y nanciero sobre la pro-
puesta de liquidación de la Empresa Social del Estado Hospital San
2GACETA DE CUNDINAMARCA No. 14.939
Juan de Dios de Zipaquirá, de septiembre 15 de 2009, señala “(…)
En resumen, tenemos que al analizar la información contenida en el
presente documento se encuentra que la situación nanciera, contable
y de prestación de servicios de la E.S.E., en las condiciones actuales,
genera riesgos para la atención a la población objeto, ya que la ESE
no cuenta con la disponibilidad de los recursos para generar el sumi-
nistro permanente de insumos y la contratación de personal en forma
continua. (…)”. Y adiciona, que (…) se emite concepto FAVORABLE,
para que se lleve a cabo la liquidación de la ESE San Juan de Dios
del Municipio de Zipaquirá del departamento de Cundinamarca. (…)”.
Que de acuerdo con los estudios e informes presentados por
el Departamento de Cundinamarca al Ministerio de la Protección
Social y al Departamento Administrativo de Planeación Nacional en
cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Convenio No. 419
de diciembre 26 de 2007 y sus dos modicatorios; el primero de los
organismos señalados, emitió concepto favorable de fecha septiem-
bre 9 de 2009, para la reorganización de la red pública de Hospitales
del Departamento y, el segundo, por Ocio SS-20092920715701 de
noviembre 3 de 2009, emitió concepto favorable a la liquidación de
la E.S.E. Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá, Cundinamarca.
Que la situación presentada en la Empresa Social del Estado
Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá, impiden cumplir los objetivos
señalados en el acto de creación, de acuerdo con la evaluación de
la gestión administrativa.
como atribución del Gobernador, la de suprimir o fusionar las entidades
departamentales de conformidad con las ordenanzas;
Que el artículo 2° de la Ordenanza número 014 de agosto 31 de
2004, emanada de la Asamblea del Departamento y el artículo 69 del
Decreto Ordenanzal 258 del 2008, prevén, que el Gobernador podrá
suprimir o disponer la disolución y la consiguiente Liquidación de las
entidades y los organismos administrativos departamentales, cuando
se presenten al menos una de las siguientes causales:
“(…)
1…
2…
3. Las evaluaciones de la gestión administrativa, efectuadas
por el Gobierno Departamental, aconsejen su supresión o la
transferencia de funciones a otra entidad;
(…)”. (Negrilla fuera del texto).
Causal 3, que aplicaría a la Empresa Social del Estado Hospital San
Juan de Dios de Zipaquirá, para su supresión y, como consecuencia
de la misma, su liquidación.
Que el Gobierno Departamental representado por el señor Gober-
nador y la Nación representada por el Ministro de la Protección Social,
perfeccionaron el Convenio de desempeño No. 419 de diciembre 26
del 2007, con sus dos modicatorios para la ejecución del programa
de reorganización, rediseño y modernización de la red de prestación
de servicios de salud, en los cuales se incluye la Empresa Social del
Estado Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá.
Que para asegurar el cumplimiento de la obligación constitucional
de garantizar la Prestación de los servicios de salud a la población
de los diferentes regímenes del Sistema General de Seguridad Social
en Salud, se deben adoptar las medidas necesarias respecto de los
bienes muebles e inmuebles donde operan las Unidades Hospitalarias
de la Empresa Social del Estado Hospital San Juan de Dios de Zipa-
quirá, para que con dichos bienes se continúe prestando el servicio de
salud de mediana y alta complejidad en forma integrada en una red;
Que por los motivos expuestos,
D E C R E T A
TÍTULO I
GENERALIDADES
CAPÍTULO I
SUPRESION Y LIQUIDACION
Artículo 1º. Dispónese la transformación de la prestación del servi-
cio público de salud en el municipio de Zipaquirá, bajo los siguientes
principios:
A. El Departamento y la Secretaría de Salud, en coordinación con
el Ministerio de la Protección, con sujeción a la Ley, adelantarán
una transformación institucional que garantice una alta mejoría y
la continuidad en la prestación del servicio.
B. El Departamento desarrollará alianzas y convenios con Empresas
Sociales del Estado, como el Hospital Universitario de la Samari-
tana, para garantizar los objetivos señalados en el anterior aparte;
C. Para el cumplimiento de la señalada transformación se procederá
a la supresión y liquidación prevista en la legislación vigente en
aras a la conformación de una nueva institucionalidad o unidad
funcional, de diferentes niveles de atención que garanticen la más
alta calidad y cobertura en la prestación del servicio.
Artículo 2º. Supresión y liquidación. Suprímase la Empresa
Social del Estado Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá, Entidad
Pública descentralizada del nivel Departamental, dotado de personería
jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la
Secretaría de Salud.
Para todos los efectos, utilizará la denominación “Empresa Social
del Estado Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá -en Liquidación”.
Artículo 3º. Régimen de liquidación. Por tratarse de una Empresa
Social del Estado del sector descentralizado del orden departamental,
la liquidación de la Empresa Social del Estado Hospital San Juan de
Dios de Zipaquirá, se someterá a las disposiciones del Decreto-ley
254 de 2000, modicado por la Ley 1105 de 2006 y a las normas que
lo modiquen, sustituyan o reglamenten; así como a la Ordenanza
No. 014 de agosto 31 de 2004, Decreto Ordenanzal 258 del 2008 y
las especiales del presente Decreto.
Los vacíos de dichas normas se llenarán con el Estatuto Orgánico
del Sistema Financiero y las normas que lo desarrollan.
PARÁGRAFO: La realización de activos y demás actos de gestión
que deba realizar el liquidador se regirá por las normas de derecho
privado.
Artículo 4º Duración del proceso de liquidación, terminación
de la existencia de la entidad y poscierre de la liquidación. El
proceso de liquidación deberá concluir a más tardar en un plazo de
nueve (9) meses contados a partir de la vigencia del presente De-
creto y tendrá un periodo de poscierre que será denido por la Junta
Asesora de la Liquidación.
Vencido el término de liquidación señalado, terminará para todos los
efectos la existencia jurídica de la Empresa Social del Estado Hospital
San Juan de Dios de Zipaquirá -en LIQUIDACION.
Artículo 5º. Prohibición para iniciar nuevas actividades. Como
efecto de la liquidación aquí ordenada, la “Empresa Social del Esta-
do Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá -en LIQUIDACION”, no
podrá iniciar nuevas actividades en desarrollo de su objeto social, por
lo tanto, conservará su capacidad jurídica únicamente para realizar
actos, operaciones y contratos necesarios en orden a efectuar su
pronta liquidación.
Parágrafo. Sin perjuicio de lo anterior, la Empresa Social del Estado
Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá -en LIQUIDACIÓN, adelantará
prioritariamente las acciones que permitan garantizar la terminación de
procesos de atención a pacientes hospitalizados o el traslado de los
mismos en condiciones de seguridad, a las Instituciones Prestadoras
de Servicios de Salud que determine las Entidades Administradoras de
Planes de Benecios a las cuales estén aliados, o a las que informen
el administrador u operador transitorio.
Artículo 6º. Terminación y subrogación de los Contratos. Como
consecuencia del inicio del proceso de liquidación de la Empresa So-
cial del Estado Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá, se terminarán
todos los contratos o convenios interadministrativos suscritos por la
entidad y se procederá a su liquidación.
Parágrafo 1º. Con el n de garantizar la continuidad de los servicios
de salud, a la comunidad y a las entidades que contrataron los ser-
vicios de salud con la Empresa Social del Estado Hospital San Juan
de Dios de Zipaquirá -en LIQUIDACIÓN, los contratos se subrogarán
en la entidad que se contratante o, que el ente rector -Secretaría de
Salud, determine o, se liquidarán si así se determina.
Parágrafo 2º. El Liquidador le comunicará a cada una de las enti-
dades con las que opere la subrogación, la fecha en que esta queda
perfeccionada.
CAPITULO II
ORGANOS DE DIRECCION, ADMINISTRACION
Y CONTROL DE LA LIQUIDACION
Artículo 7º. Órganos de dirección, administración y scaliza-
ción. La Empresa Social del Estado Hospital San Juan de Dios – en
LIQUIDACIÓN, tendrá como órganos de dirección y administración el
liquidador, la Junta Asesora y como órgano de scalización y control,
una revisoría scal.

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