Gaceta N° 14948 de Cundinamarca, 08-02-2010 - 8 de Febrero de 2010 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870698817

Gaceta N° 14948 de Cundinamarca, 08-02-2010

Fecha08 Febrero 2010
Fecha de publicación08 Febrero 2010
Número 14.948 - Bogotá, D.C., lunes 8 de febrero de 2010 - AÑO CXIV
ORGANO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal De colombIa
www.imprenta.gov.co
GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 00000004 DE 2010
(enero 6)
por medio del cual se hace una delegación.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y legales, en
especial las consagradas en el numeral 10 del artículo 305 de la
Constitución Política, artículo 95 del Decreto-ley 1222 de abril 18 de
1986 y en el artículo 9° de la Ley 489 de diciembre 29 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la Ley 489
de diciembre 29 de 1998, las autoridades administrativas podrán
mediante acto de delegación, trasferir el ejercicio de sus funciones a
los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados
al organismo correspondiente, con el propósito de desarrollar los
principios enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política.
Que el Gobernador de Cundinamarca o su delegado asisten en
calidad de miembros principales, a las sesiones de las juntas o con-
sejos directivos de entidades de distinto orden, según los estatutos
orgánicos de las mismas.
Que el día siete (7) de enero de dos mil diez (2010), en la Sala
de Juntas de la Secretaría de Desarrollo Social, 4 piso de la Torre
Central a las 10 a. m., de la sede administrativa de la Gobernación
del departamento se llevará a cabo la reunión de Junta Directiva Ex-
traordinaria de la Empresa Promotora de Proyectos Agroindustriales S.
A., en Liquidación “Empoagro S. A., en Liquidación” a la cual ha sido
invitado el señor Gobernador del Departamento de Cundinamarca.
Que en virtud de lo anterior, el representante legal de la entidad
territorial puede designar delegados para efectos de asistir a dichas
reuniones.
Que por razones del servicio, se hace necesario delegar al doctor
Gonzalo Gutiérrez, Director de Desarrollo Rural de la Secretaría de
Agricultura del departamento, identicado con la cédula de ciudadanía
número 3024971 de Funza, Cundinamarca, para que asista con voz
y voto a la reunión de Junta Directiva Extraordinaria de la Empre-
sa Promotora de Proyectos Agroindustriales S. A., en Liquidación
“Empoagro S. A. en Liquidación”, en la hora y fecha estipuladas,
conforme a la invitación hecha por el Gerente Liquidador Juan Carlos
Hoyos Rodríguez, según ocio de fecha enero 5 de 2010, radicación
Sistema de Gestión Documental Mercurio número 2010000888 de
enero 6 de 2010.
En mérito de lo expuesto, El Gobernador de Cundinamarca.
DECRETA:
Artículo primero. Delegar al doctor Gonzalo Gutiérrez, Director
de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura del Departamento,
identicado con la cédula de ciudadanía número 3024971 de Funza,
Cundinamarca, para que asista con voz y voto a la reunión de Junta
Directiva Extraordinaria de la Empresa Promotora de Proyectos
Agroindustriales S. A., en Liquidación “Empoagro S. A. en Liqui-
dación”, el día siete (7) de enero de 2010 a las 10 a. m., en la Sala
de Juntas de la Secretaría de Desarrollo Social, 4° piso Torre Central
de la sede administrativa de la Gobernación del departamento.
Artículo segundo. El funcionario delegado que por este acto se
designa, deberá presentar informe de su gestión al despacho del
gobernador con la periodicidad que se le señale.
Artículo tercero. El presente decreto rige a partir de la fecha de su
expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de enero de 2010.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador.
* * *
DECRETO DEPARTAMENTAL 00000007 DE 2010
(enero 15)
por el cual se otorga una condecoración “Antonio Nariño” en el
“Grado Granadino” a un miembro del Ejército Nacional.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas
en el Decreto Departamental 02819 del 6 de octubre de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 02819 del 6 de octubre de 1995,
la Gobernación de Cundinamarca creó la condecoración “Servicios
Distinguidos” en sus diferentes categorías para ser conferida a las
personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que hayan
prestado servicios sobresalientes al departamento de Cundinamarca.
Que con ocasión del Aniversario 191 del Ejército Nacional, el Go-
bierno Departamental considera oportuno reconocer públicamente
la labor realizada por el personal de Ociales que hacen parte de la
institución del Ejército Nacional, quienes han contribuido a alcanzar
y consolidar los niveles de seguridad que actualmente evidencia el
departamento.
Que el ocial del Ejército Nacional, relacionado en el presente
decreto, se destaca por su profesionalismo y dedicación, en la acción
táctica, operativa, de inteligencia, de acción integral y administrativa,
orientada a la salvaguarda de la institucionalidad preservando el orden
público y garantizando seguridad en el Departamento.
En mérito de lo expuesto, el Gobernador de Cundinamarca.
DECRETA:
Artículo primero. Conérase la condecoración “Antonio Nariño” en
el Grado Granadino, a: TC. Juan Carlos Forero Briceño.
Artículo segundo. La imposición de la condecoración que se con-
ere por el presente decreto se hará en ceremonia especial.
Artículo tercero. El presente decreto rige a partir de la fecha de
su expedición.
Publíquese comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de enero de 2010.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador.
2GACETA DE CUNDINAMARCA No. 14.948
DECRETO DEPARTAMENTAL 00000008 DE 2010
(enero 18)
por el cual se designa al Gerente de la ESE Hospital San Martín de
Porres de Chocontá, en cumplimiento de un fallo de tutela.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en
especial las facultades conferidas por el numeral 5 del artículo 305
CONSIDERANDO:
Que el Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá, D. C., en
fallo de tutela de fecha diciembre 15 de 2009, noticado al señor
Gobernador con el Ocio número 01325 el día 22 de diciembre del
año en curso, radicado bajo el número 2009095889, dispuso en su
parte resolutiva lo siguiente:
“Primero. Tutélanse los derechos fundamentales de la accionante
Gloria Yaneth Manrique Abril, por lo manifestado en la parte motiva
de esta providencia.
Segundo. Dejar sin efectos el Decreto mediante el cual el Gober-
nador de Cundinamarca nombró en el cargo de Gerente del Hospital
San Martín de Porres de Chocontá ESE, al señor Óscar Alberto
Pernia Maldonado.
Tercero. Ordenar a la Junta Directiva de la Empresa Social del
Estado, Hospital San Martín de Porres de Chocontá para que dentro
de las siguientes 48 horas a partir de la noticación de este fallo,
conforme la terna que haya de ser enviada al Gobernador, con base
en los mejores puntajes de la lista de elegibles obtenidos dentro del
concurso.
Cuarto. Ordenar al Gobernador de Cundinamarca que una vez le
sea remitida la terna por parte de la Junta Directiva de la Empresa
Social del Estado, Hospital San Martín de Porres de Chocontá, nombre
en el cargo de Gerente del Hospital San Martín de Porres de Cho-
contá ESE, a la persona que tenga la mejor calicación. Lo anterior
igualmente en el término de 48 horas a partir del recibo de la terna a
la que se haya hecho alusión”.
Que la Junta Directiva de la Empresa Social del Estado Hospital
San Martín de Porres de Chocontá, en cumplimiento del fallo de tu-
tela antes citado, dirigió al señor Gobernador el ocio de fecha 14 de
enero del año en curso, radicado bajo el número 2010100433 del 15
del mismo mes y año, bajo el cual remiten el acuerdo número 121 de
fecha 5 de enero de 2010, por medio de la cual ese órgano colegiado,
integra la terna conformada por: Gloria Yaneth Manrique Abril con un
puntaje de 80.96; Tomás Prasca Cepeda con un puntaje de 80.57 y
Jorge Arturo Suárez Suárez con un puntaje de 80.47.
Que por las razones expuestas y en cumplimiento del fallo de
tutela emanado del Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá,
D. C., se hace necesario designar como Gerente de la Empresa
Social del Estado Hospital San Martín de Porres de Chocontá a la
persona que logró la mejor calicación, en este caso a la doctora
Gloria Yaneth Manrique Abril con un puntaje de 80.96, según lo
manifestado por la Junta Directiva en el acuerdo número 121 de
fecha 5 de enero de 2010.
De acuerdo con los motivos expuestos.
DECRETA:
Artículo primero. Nombrar a la doctora Gloria Yaneth Manrique
Abril, identicada con la cédula de ciudadanía número 24099505, en
el cargo de Gerente Código 085, de la Empresa Social del Estado
Hospital San Martín de Porres de Chocontá, adscrito a la Secretaría de
Salud de Cundinamarca, en cumplimiento del fallo de tutela emanado
Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá, D. C., por el tiempo
que falta para cumplir el periodo institucional, como lo prevé el artículo
Artículo segundo. El presente acto administrativo rige a partir de
la fecha de su expedición y surte efectos scales cuando la persona
designada en el artículo anterior tome posesión del cargo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de enero de 2010.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador.
ZORAYA LÓPEZ DÍAZ
Secretaria de Salud.
DECRETO NÚMERO 00000009 DE 2010
(enero 18)
por el cual se modica parcialmente el artículo 1° del Decreto
Departamental número 0040 del 27 de febrero de 2008.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales espe-
cialmente las señaladas en los artículos 209 y 305 numeral 2 de la
Constitución Política, de la Ley 489 de 1998 y el artículo 95 del
Decreto-ley 1222 de 1986, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la Ley 489
de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de
delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a los empleados
públicos de los niveles directivos y asesor vinculados al organismo
correspondiente, con el propósito de desarrollar los principios enun-
Que el Gobernador de Cundinamarca o su delegado asisten en ca-
lidad de miembros principales, a las sesiones de las juntas o consejos
directivos de entidades de distinto orden, ya que así lo disponen los
diferentes estatutos orgánicos de las mismas.
Que en virtud de lo anterior, el representante legal de la entidad
territorial puede designar delegados en las juntas o consejos directivos
de los cuales hace parte.
Que mediante el artículo primero del Decreto Departamental 0040
del 27 de febrero de 2008, se delegaron representantes del Gober-
nador de Cundinamarca, entre otros, ante el Consejo Directivo de la
Universidad Nacional Abierta y a Distancia, “UNAD”.
Que por razones del servicio, se hace necesario modicar la dele-
gación efectuada a la doctora Fanny Álvarez Jiménez, Secretaria de
Despacho, Código 020 del Despacho del Gobernador y en su lugar
designar al doctor Álvaro Díaz Garavito, en su condición de Secretario
de Educación de Cundinamarca.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero. Modicar parcialmente el artículo 1° del Decre-
to Departamental 0040 del 27 de febrero de 2008, en el sentido de
designar como delegado del Gobernador ante el Consejo Directivo
de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia “UNAD”, al doctor
Álvaro Díaz Garavito, en su condición de Secretario de Educación
de Cundinamarca.
Artículo segundo. El funcionario que por este acto se delega,
deberá presentar informe de su gestión al Despacho del Gobernador
con la periodicidad que se le señale.
Artículo tercero. El presente decreto rige a partir de su expedición
y modica parcialmente el Decreto Departamental 0040 del 27 de
febrero de 2008.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de enero de 2010.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador.
* * *
DECRETO NÚMERO 00000010 DE 2010
(enero 18)
por el cual se modica parcialmente el artículo 1° del Decreto
Departamental número 00099 del 20 de mayo de 2008.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales espe-
cialmente las señaladas en los artículos 209 y 305 numeral 2 de la
Constitución Política, de la Ley 489 de 1998 y el artículo 95 del
Decreto-ley 1222 de 1986, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 9º de la Ley 489
de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de
delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a los empleados
públicos de los niveles directivos y asesor vinculados al organismo
correspondiente, con el propósito de desarrollar los principios enun-
Que el Gobernador de Cundinamarca o su delegado asisten en ca-
lidad de miembros principales, a las sesiones de las juntas o consejos

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