Gaceta N° 14976 de Cundinamarca, 01-03-2011 - 1 de Marzo de 2011 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699293

Gaceta N° 14976 de Cundinamarca, 01-03-2011

Año2011
Fecha de publicación01 Marzo 2011
Fecha01 Marzo 2011
Número 14.976 - Bogotá, D. C., martes 1º de marzo de 2011 - AÑO CXIV
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal de colombIa
www.imprenta.gov.co
CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA
FISCAL DE CUNDINAMARCA
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 100 DE 2010
(junio 22)
por la cual se aprueba una modicación al Programa Anual
Mensualizado de Caja, PAC, de la vigencia 2010, de la Secretaría
de Región Capital e Integración Regional.
EL CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA FISCAL
DE CUNDINAMARCA
En uso de las facultades legales, en especial la conferida en los
artículos 70, 73 y 74 de la Ordenanza número 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que le corresponde al Consejo Superior de Política Fiscal “Con-
scún” aprobar mediante resolución las modicaciones al Programa
Anual Mensualizado de Caja, PAC, cuando se varíen los montos
globales inicialmente aprobados por este Organismo.
Que el artículo 70 de la Ordenanza 45 de 1996 establece que el Pro-
grama Anual Mensualizado de Caja, PAC, es el instrumento mediante
el cual se dene el monto máximo mensual de fondos disponibles en
las cuentas de la Tesorería Departamental y que los pagos se harán
teniendo en cuenta el PAC y se sujetarán a los montos aprobados en él.
Que la doctora Sonia Durán Smela, Secretaria de Región Capital
e Integración Regional, solicitó mediante Ocio D/SRC 124 del 27 de
mayo de 2010 y radicado con el número 2010107568 del 28 de mayo
de 2010, presentó a la Tesorera General del Departamento, solicitud
de modicación del PAC de la vigencia 2010.
Que la doctora Ruby Stella Caldas Barahona, Directora Financiera
de Tesorería (C), con Escrito SH-DFT del 22 de junio de 2010, “Con-
ceptúa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la
Ordenanza 045 de 1996, las políticas establecidas por el Consejo
Superior de Política Fiscal, Conscún, y a solicitud del Ordenador del
Gasto del Centro Gestor 1117 Secretaría de la Región Capital e Inte-
gración Regional, es procedente y viable la programación de Gastos
de Inversión 1-0100 Rec- Ordinario vigencia 2010, contracreditando
$50.000.000, del mes de julio, para acreditarlos en junio”.
Que el inciso nal del artículo 74 de la Ordenanza 045 de 1996
prevé que en las modicaciones al PAC de inversión se tendrán en
cuenta las recomendaciones de la Secretaría de Planeación, y para el
presente caso no formuló objeciones, según Ocio PDFP-00000493
del 27 de mayo de 2010.
Que el Consejo Superior de Política Fiscal, Conscún, en Sesión
extraordinaria del 22 de junio de 2010, previo análisis y estudio de
la documentación presentada, aprobó la modicación al PAC de la
Secretaría de Integración Región Capital e Integración Regional de
que trata la presente resolución.
En mérito a lo anterior,
RESUELVE:
Artículo primero. Apruébese la siguiente modicación al Progra-
ma Anual Mensualizado de Caja, PAC, de la vigencia 2010, de la
Secretaría de Integración Región Capital e Integración Regional, así:
CENTRO GESTOR 1117
SECRETARÍA DE REGIÓN CAPITAL E INTEGRACIÓN
REGIONAL
GASTOS DE INVERSIÓN
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRA-
CRÉDITOS
AJUSTADO
ENERO 0 0 0 0
FEBRERO 0 0 0 0
MARZO 0 0 0 0
ABRIL 0 0 0 0
MAYO 0 0 0 0
JUNIO 100.000.000 50.000.000 150.000.000
JULIO 250.000.000 0 50.000.000 200.000.000
AGOSTO 200.000.000 0 0 200.000.000
SEPTIEMBRE 200.000.000 0 0 200.000.000
OCTUBRE 150.000.000 0 0 150.000.000
NOVIEMBRE 150.000.000 0 0 150.000.000
DICIEMBRE 0 0 0 0
REZAGO 0 0 0 0
TOTAL PAC 1.050.000.000 50.000.000 50.000.000 1.050.000.000
PRESUPUESTO 1.050.000.000 0 0 1.050.000.000
TOTAL MODIFICACIÓN 0 50.000.000 50.000.000 0
Artículo segundo. Las Direcciones de Presupuesto y Tesorería,
efectuarán los registros que el cumplimiento de la presente resolución
demande, de conformidad con los anexos que la soportan.
Artículo tercero. Las modicaciones al anexo de desagregación
del PAC que no modiquen las cifras globales que se aprueban en
la presente resolución serán aprobadas por el Tesorero General del
Departamento.
Artículo cuarto. La presente resolución rige a partir de su expedi-
ción y deberá ser publicada.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de junio de 2010.
ÁLEX RODRÍGUEZ HERRERA
Presidente Delegado “Conscún”
MARIO HUMBERTO MARTÍNEZ PEÑA
Presidente Delegado “Conscún”
CLAUDIA MARCELA MANRIQUE PARRA
Secretaria Ejecutiva “Conscún”
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 101 DE 2010
(junio 22)
por la cual se aprueba una modicación al programa anual men-
sualizado de Caja, PAC, de la vigencia 2010, de la Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural.
2GACETA DE CUNDINAMARCA No. 14.976
EL CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA FISCAL DE
CUNDINAMARCA
En uso de las facultades legales, en especial la conferida en los
artículos 70, 73 y 74 de la Ordenanza número 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que le corresponde al Consejo Superior de Política Fiscal “Con-
scún” aprobar mediante resolución las modicaciones al Programa
Anual Mensualizado de Caja, PAC, cuando se varíen los montos
globales inicialmente aprobados por este Organismo.
Que el artículo 70 de la Ordenanza 45 de 1996 establece que
el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, es el instrumento
mediante el cual se dene el monto máximo mensual de fondos
disponibles en las cuentas de la Tesorería Departamental y que los
pagos se harán teniendo en cuenta el PAC y se sujetarán a los montos
aprobados en él.
Que el doctor Henry Guzmán Pinzón, Secretario de Agricultura y
Desarrollo Rural, mediante Ocio ADR/DS-786 del 8 de julio de 2010,
radicado con el número 2010108170 del 8 de junio de 2010, presentó
a la Tesorera General del Departamento, solicitud de modicación del
PAC de la vigencia 2010.
Que la doctora Ruby Stella Caldas Barahona, Directora Financiera
de Tesorería (C), con Escrito SH-DFT del 22 de junio de 2010, “Con-
ceptúa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la
Ordenanza 045 de 1996, las políticas establecidas por el Consejo
Superior de Política Fiscal, Conscún, y a solicitud del Ordenador del
Gasto del Centro Gestor 1120 Secretaría de Agricultura y Desarrollo
Rural, es procedente y viable la modicación de PAC, de Gastos de
Inversión- 1.-0100 Recurso Ordinario vigencia 2010, contracreditando
$2.891.788.000, de varios meses, para acreditarlos a partir de julio”.
Que el inciso nal del artículo 74 de la Ordenanza 045 de 1996,
prevé que en las modicaciones al PAC de Inversión se tendrán en
cuenta las recomendaciones de la Secretaría de Planeación, y para el
presente caso no formuló objeciones, según Ocio PCDFP.00000561
del 11 de junio de 2010.
Que el Consejo Superior de Política Fiscal, Conscún, en Sesión
del 22 de junio de 2010, previo análisis y estudio de la documenta-
ción presentada, aprobó la modicación al PAC de la Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural, de que trata la presente resolución.
En mérito a lo anterior,
RESUELVE:
Artículo primero. Apruébese la siguiente modicación al Programa
Anual Mensualizado de Caja, PAC, de la vigencia 2010 de la Secretaría
de Agricultura y Desarrollo Rural, así:
CENTRO GESTOR 1124
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
GASTOS DE INVERSIÓN- 1-0100
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRACRÉ-
DITOS AJUSTADO
ENERO 0 0 0 0
FEBRERO 0 0 0 0
MARZO 10.000.000 0 0 10.000.000
ABRIL 0 0 0 0
MAYO 173.210.000 0 0 173.210.000
JUNIO 1.675.790.000 0 1.206.580.000 469.210.000
JULIO 720.000.000 741.000.000 299.400.000 1.161.600.000
AGOSTO 234.000.000 1.663.634.000 0 1.897.634.000
SEPTIEMBRE 1.035.000.000 119.500.000 566.500.000 588.000.000
OCTUBRE 804.000.000 157.777.200 401.177.200 560.600.000
NOVIEMBRE 430.000.000 168.407.600 418.130.800 180.276.800
DICIEMBRE 0 41.469.200 0 41.469.200
REZAGO 0 0 0 0
TOTAL PAC 5.082.000.000 2.891.788.000 2.891.788.000 5.082.000.000
PRESUPUESTO 5.082.000.000 0 0 5.082.000.000
TOTAL MODIFICACIÓN 0 2.891.788.000 2.891.788.000 0
Artículo segundo. Las Direcciones de Presupuesto y Tesorería,
efectuarán los registros que el cumplimiento de la presente resolución
demande, de conformidad con los anexos que la soportan.
Artículo tercero. Las modicaciones al anexo de desagregación
del PAC que no modiquen las cifras globales que se aprueban en
la presente resolución serán aprobadas por el Tesorero General del
Departamento.
Artículo cuarto. La presente resolución rige a partir de su expedi-
ción y deberá ser publicada.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de junio de 2010.
ÁLEX RODRÍGUEZ HERRERA
Presidente Delegado “Conscún”
MARIO HUMBERTO MARTÍNEZ PEÑA
Presidente Delegado “Conscún” ©
CLAUDIA MARCELA MANRIQUE PARRA
Secretaria Ejecutiva “Conscún”
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 102 DE 2010
(junio 22)
por la cual se aprueba una modicación al Programa Anual
Mensualizado de Caja, PAC, Vigencia 2010, de la Secretaría de
Educación y del Fondo Departamental de Educación.
EL CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA FISCAL
DE CUNDINAMARCA
En uso de las facultades legales, en especial la conferida en los
artículos 70, 73 y 74 de la Ordenanza número 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que le corresponde al Consejo Superior de Política Fiscal “Con-
scún” aprobar mediante resolución las modicaciones al Programa
Anual Mensualizado de Caja, PAC, cuando se varíen los montos
globales inicialmente aprobados por este Organismo.
Que el artículo 70 de la Ordenanza 45 de 1996 establece que
el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, es el instrumento
mediante el cual se dene el monto máximo mensual de fondos
disponibles en las cuentas de la Tesorería Departamental y que los
pagos se harán teniendo en cuenta el PAC y se sujetarán a los montos
aprobados en él.
Que el doctor Álvaro Díaz Garavito, Secretario de Educación, me-
diante comunicaciones DFA/SE Ocios número 10-1611 y 10-1613
del 15 de junio de 2010, radicado con el número 2010108585 del 16
de junio de 2010, presentó a la Tesorería General del Departamento,
solicitud de modicación del PAC de la vigencia scal 2010.
Que el doctor Nilson Norbey Miranda, Director Financiero de Teso-
rería (E), con Escrito SH-DFT del 22 de junio de 2010 “Conceptúa que
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ordenanza
045 de 1996, las políticas establecidas por el Consejo Superior de
Política Fiscal, Conscún, y a solicitud del Ordenador del Gasto del
Centro Gestor 1198 Fondo Departamental de Educación, es proce-
dente y viable la modicación de PAC de Gastos de Inversión SGP
con Situación de Fondos- vigencia 2010, de acuerdo a la Resolución
número 00047 por medio de la cual el señor Secretario de Hacienda
del Departamento aclaró y corrigió errores aritméticos de clasicación
y codicación al Decreto número 336 de diciembre 28 de 2009, el
cual liquidó el Presupuesto General del Departamento, por valor de
$34.725.027.956, en el Proyecto 001 Atención de la prestación del
servicio educativo en el Departamento y modica el Presupuesto de
Gastos del Proyecto 000, concordante con la Resolución número
001447 del 4 de marzo de 2010”.
Que el doctor Nilson Norbey Miranda, Director Financiero de Teso-
rería (E), con Escrito SH-DFT del 22 de junio de 2010 “Conceptúa que
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ordenanza
045 de 1996, las políticas establecidas por el Consejo Superior de
Política Fiscal, Conscún, y a solicitud del Ordenador del Gasto del
Centro Gestor 1198 Fondo Departamental de Educación, es proce-
dente y viable la modicación de PAC de Gastos de Inversión SGP
sin Situación de Fondos- vigencia 2010, de acuerdo a la Resolución
número 00047 por medio de la cual el señor Secretario de Hacienda
del Departamento aclaró y corrigió errores aritméticos de clasica-
ción y codicación al Decreto número 336 de diciembre 28 de 2009,
el cual liquidó el Presupuesto General del Departamento, por valor
de $9.878.178.849, en el Proyecto 002 Atención de la prestación del
servicio educativo en el Departamento y modica el Presupuesto de
Gastos del Proyecto 002, concordante con la Resolución número
001447 del 4 de marzo de 2010”.
Que el doctor Nilson Norbey Miranda, Director Financiero de Teso-
rería (E), con Escrito SH-DFT del 22 de junio de 2010 “Conceptúa que
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ordenanza
3
GACETA DE CUNDINAMARCA
No. 14.976
045 de 1996, las políticas establecidas por el Consejo Superior de
Política Fiscal, Conscún, y a solicitud del Ordenador del Gasto del
Centro Gestor 1108 Secretaría de Educación es procedente y viable
la modicación de PA de gastos de inversión 6-4400 Recurso del
Crédito- Vigencia 2010, contracreditando $534.500.000, de varios
meses para acreditarlos a partir de agosto”.
Que el doctor Nilson Norbey Miranda, Director Financiero de Teso-
rería (E), con Escrito SH-DFT del 22 de junio de 2010 “Conceptúa que
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ordenanza
045 de 1996, las políticas establecidas por el Consejo Superior de
Política Fiscal, Conscún, y a solicitud del Ordenador del Gasto del
Centro Gestor 1108 Secretaría de Educación es procedente y viable la
modicación de PA de gastos de inversión 1-0100 Recurso Ordinario
vigencia 2010, contracreditando $3.750.000.000, de varios meses,
para acreditarlos a partir de junio, incluye decreto de traslado presu-
puestal número 0061 del 26 de abril de 2010 por $1.300.000.000”.
Que el inciso nal del artículo 74 de la Ordenanza 045 de 1996,
prevé que en las modicaciones al PAC de Inversión se tendrán en
cuenta las recomendaciones de la Secretaría de Planeación, y para el
presente caso no formuló objeciones, según Ocio PCDFP-00000584
del 16 de junio de 2010.
Que en Sesión Extraordinaria del 22 de junio de 2010, previo análisis
y estudio de la documentación presentada, aprobó la modicación al
PAC de la vigencia 2010 de la Secretaría de Educación y del Fondo
Departamental de Educación, de que trata la presente resolución.
En mérito a lo anterior,
RESUELVE:
Artículo primero. Apruébese la siguiente modicación al Programa
Anual Mensualizado de Caja, PAC, de la vigencia 2010 de la Secretaría
de Educación y del Fondo Departamental de Educación, así:
VIGENCIA 2010
CENTRO GESTOR 1198
FONDO DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN
GASTOS DE INVERSIÓN 4-3300 SGP - SIN SITUACIÓN DE
FONDOS
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRACRÉ-
DITOS AJUSTADO
ENERO 0 0 0 0
FEBRERO 9.086.654.350 0 0 9.086.654.350
MARZO 4.609.071.863 0 0 4.609.071.863
ABRIL 7.971.316.795 0 0 7.971.316.795
MAYO 10.058.282.992 0 0 10.058.282.992
JUNIO 6.432.830.000 3.000.000.000 0 9.432.830.000
JULIO 6.432.700.000 3.000.000.000 0 9.432.700.000
AGOSTO 5.792.600.000 3.000.000.000 0 8.792.600.000
SEPTIEMBRE 5.102.600.000 878.178.849 0 5.980.778.849
OCTUBRE 5.002.650.000 0 0 5.002.650.000
NOVIEMBRE 4.269.700.000 0 0 4.269.700.000
DICIEMBRE 1.898.415.151 0 0 1.898.415.151
REZAGO 0 0 0 0
TOTAL PAC 66.656.821.151 9.878.178.849 0 76.535.000.000
PRESUPUESTO 66.656.821.151 9.878.178.849 0 76.535.000.000
TOTAL MODIFICACIÓN 0 9.878.178.849 0 0
GASTOS DE INVERSIÓN 4-3300 SGP - CON SITUACIÓN
DE FONDOS
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRACRÉ-
DITOS AJUSTADO
ENERO 273.422.456 0 0 273.422.456
FEBRERO 36.419.166.557 0 0 36.419.166.557
MARZO 26.232.535.708 0 0 26.232.535.708
ABRIL 21.437.681.158 0 0 21.437.681.158
MAYO 74.181.514.121 0 0 74.181.514.121
JUNIO 32.689.871.864 8.000.000.000 0 40.689.871.864
JULIO 30.634.781.780 8.000.000.000 0 38.634.781.780
AGOSTO 19.245.976.000 8.000.000.000 0 27.245.976.000
SEPTIEMBRE 18.771.825.000 10.725.027.956 0 29.496.852.956
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRACRÉ-
DITOS AJUSTADO
OCTUBRE 13.007.625.000 0 0 13.007.625.000
NOVIEMBRE 4.996.380.400 0 0 4.996.380.400
DICIEMBRE 4.619.192.000 0 0 4.619.192.000
REZAGO 0 0 0 0
TOTAL PAC 282.509.972.044 34.725.027.956 0 317.235.000.000
PRESUPUESTO 282.509.972.044 34.725.027.956 0 317.235.000.000
TOTAL MODIFICACIÓN 0 34.725.027.956 0 0
CENTRO GESTOR 1108
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
GASTOS DE INVERSIÓN-6-4400 REC. DEL CRÉDITO
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRACRÉ-
DITOS AJUSTADO
ENERO 0 0 0 0
FEBRERO 0 0 0 0
MARZO 0 0 0 0
ABRIL 0 0 0 0
MAYO 0 0 0 0
JUNIO 477.000.000 0 247.000.000 230.000.000
JULIO 3.283.317.000 0 100.000.000 3.183.317.000
AGOSTO 386.000.000 257.000.000 0 643.000.000
SEPTIEMBRE 149.500.000 0 149.500.000 0
OCTUBRE 87.500.000 140.000.000 38.000.000 189.500.000
NOVIEMBRE 100.000.000 87.500.000 0 187.500.000
DICIEMBRE 0 50.000.000 0 50.000.000
REZAGO 0 0 0 0
TOTAL PAC 4.483.317.000 534.500.000 534.500.000 4.483.317.000
PRESUPUESTO 4.483.317.000 534.500.000 534.500.000 4.483.317.000
TOTAL MODIFICACIÓN 0 534.500.000 534.500.000 0
CENTRO GESTOR 1108
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
GASTOS DE INVERSIÓN-1-0100 RECURSO ORDINARIO
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRACRÉ-
DITOS AJUSTADO
ENERO 0 0 0 0
FEBRERO 0 0 0 0
MARZO 0 0 0 0
ABRIL 361.175.000 0 0 361.175.000
MAYO 8.075.000 0 0 8.075.000
JUNIO 10.238.745.000 1.300.000.000 1.875.000.000 9.663.745.000
JULIO 7.936.678.000 1.850.000.000 1.340.000.000 8.446.678.000
AGOSTO 68.075.000 205.000.000 0 273.075.000
SEPTIEMBRE 864.995.000 0 505.000.000 359.995.000
OCTUBRE 5.119.995.000 35.000.000 30.000.000 5.124.995.000
NOVIEMBRE 232.955.000 40.000.000 0 272.955.000
DICIEMBRE 28.990.000 320.000.000 0 348.990.000
REZAGO 0 0 0 0
TOTAL PAC 24.859.683.000 3.750.000.000 3.750.000.000 24.859.683.000
PRESUPUESTO 24.859.683.000 3.750.000.000 3.750.000.000 24.859.683.000
TOTAL MODIFICACIÓN 0 3.750.000.000 3.750.000.000 0
Artículo segundo. Las Direcciones de Presupuesto y Tesorería,
efectuarán los registros que el cumplimiento de la presente resolución
demande, de conformidad con los anexos que la soportan.
Artículo tercero. Las modicaciones al anexo de desagregación
del PAC que no modiquen las cifras globales que se aprueban en
la presente resolución serán aprobadas por el Tesorero General del
Departamento.

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