Gaceta N° 15055 de Cundinamarca, 26-12-2012 - 26 de Diciembre de 2012 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699085

Gaceta N° 15055 de Cundinamarca, 26-12-2012

Fecha de publicación26 Diciembre 2012
Fecha26 Diciembre 2012
Número 15.055 - Bogotá, D. C., miércoles 26 de diciembre de 2012 - AÑO CXVI
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal de colombIa
www.imprenta.gov.co
CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA
FISCAL DE CUNDINAMARCA
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 000179 DE 2012
(agosto 27)
por la cual se autoriza al Fondo de Pensiones Públicas de Cundina-
marca, la asunción de compromisos que afectan presupuestos de
vigencias futuras.
EL CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA FISCAL
DE CUNDINAMARCA “CONFISCÚN”
En uso de las atribuciones legales, en especial la conferida en el
artículo 20 de la Ordenanza número 45 de 1996 y el artículo 12 de
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley 819 de 2003 establece que las au-
torizaciones para comprometer vigencias futuras, en las entidades
territoriales, son impartidas por la Asamblea departamental, previa
aprobación del Cons territorial.
Que adicionalmente, el artículo 21 de la Ordenanza número 45 de
1996 y el artículo 12 de la Ley 819 de 2003 establecen los siguientes
condicionamientos:
* Que la ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en
curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de las
vigencias autorizadas.
* Que el monto máximo de vigencias futuras autorizadas, el plazo
y las condiciones de las mismas consulte las metas plurianuales del
Marco Fiscal de Mediano Plazo.
* Que las vigencias futuras que se soliciten cuenten como mínimo
con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia scal en
la que estas sean autorizadas.
* Que los proyectos objeto de la vigencia futura que se autoriza
estén consignados en el Plan de Desarrollo respectivo y que suma-
dos todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta mo-
dalidad y sus costos futuros de mantenimiento y/o administración,
no excedan la capacidad de endeudamiento de la entidad territorial.
* Que las vigencias futuras que se autoricen no superen el respec-
tivo período de gobierno, excepto en los casos en que el Consejo de
Gobierno previamente declare de importancia estratégica los pro-
yectos de gastos de inversión que se autoricen.
Que el Director de Pensiones-Secretaría de Hacienda, mediante
ocio número SH.F.P.P.C- CE 902 del 13 de agosto de 2012, solici-
ta adelantar los trámites necesarios para obtener autorización del
Conscún para comprometer el presupuesto de vigencias futuras,
de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ordenanza
número 45 de 1996 y el artículo 12 de la Ley 819 de 2003.
Que mediante certicación del 24 de agosto de 2012, el Consejo
de Administración en sesión del 24 de agosto de 2012, autorizó al
Secretario del Consejo de Administración del Fondo de Pensiones
Públicas de Cundinamarca.
Que en sesión del Conscún del 27 de agosto de 2012, se presen-
tó la siguiente documentación: i) relación del rubro para el cual se
solicita autorización de vigencias futuras incluyendo la apropiación
de la vigencia 2012, mediante Certicado de Disponibilidad número
7000041952 del 24 de agosto de 2012 por valor de $700.000.000; ii)
Justicación de solicitud de constitución de vigencias futuras (Estu-
dio Técnico); iii) Ocio del 27 de agosto de 2012, suscrito por el Jefe
de la Ocina de Análisis Financiero doctor José Eduardo Joya Rojas,
en el que indica “que de conformidad con la Ley 819 de 2003, esta
ocina certica que la solicitud de la Dirección de Pensiones no tiene
impacto scal, toda vez que ya está incluido en el Plan Financiero y
son consistentes con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
Que en sesión del Conscún del 27 de agosto de 2012, se aprobó
solicitud para asumir compromisos de vigencias futuras del Fondo
de Pensiones Públicas de Cundinamarca, para el rubro “Gastos Ad-
ministración Patrimonio Autónomo” por valor de tres mil novecientos
veintiséis millones ciento noventa mil ochocientos cincuenta pesos
($3.926.190.850) moneda corriente.
En mérito a lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1º. Autorízase al Fondo de Pensiones Públicas de Cundi-
namarca, asumir compromisos de vigencias futuras por valor de tres
mil novecientos veintiséis millones ciento noventa mil ochocientos
cincuenta pesos ($3.926.190.850) moneda corriente, distribuidos,
así:
RUBRO 2013 2014 2015 TOTAL
Gastos Administración Patri-
monio Autónomo
1.251.565.050 1.307.885.477 1.366.740.323 3.926.190.850
Artículo 2º. Las Direcciones de Presupuesto y Contabilidad, efec-
tuarán los registros que el cumplimiento de la presente resolución
demande.
Artículo 3º. La presente resolución rige a partir de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2012.
SANDRA JEANETTE FAURA VARGAS
Presidenta Delegada Conscún
LUIS ALFONSO GONZÁLEZ SAAVEDRA
Secretario de Hacienda
CLAUDIA MARCELA MANRIQUE PARRA
Secretaria Ejecutiva “Conscún”
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 000180 DE 2012
(agosto 27)
por la cual se aprueba una modificación al Programa Anual
Mensualizado de Caja PAC de la Vigencia scal 2012 de la Asamblea
Departamental.
EL CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA FISCAL
DE CUNDINAMARCA
En uso de las facultades legales, en especial la conferida en los
artículos 70, 73 y 74 de la Ordenanza número 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que le corresponde al Consejo Superior de Política Fiscal “Con-
scún” aprobar mediante Resolución las modicaciones al Programa
Anual Mensualizado de Caja PAC cuando se varíen los montos glo-
bales inicialmente aprobados por este Organismo.
2GACETA DE CUNDINAMARCA No. 15.055
Que el artículo 70 de la Ordenanza número 45 de 1996 establece
que el Programa Anual Mensualizado de Caja PAC es el instrumen-
to mediante el cual se dene el monto máximo mensual de fondos
disponibles en las cuentas de la Tesorería Departamental y que los
pagos se harán teniendo en cuenta el PAC y se sujetarán a los mon-
tos aprobados en él.
Que el doctor Rafael Tamayo Tamayo, Presidente de la Asamblea
de Cundinamarca, mediante comunicación radicada con el número
2012085298 del 14 de agosto de 2012 presentó a la Directora Finan-
ciera de Tesorería, solicitud de modicación del PAC de la vigencia
scal 2012, de la Asamblea Departamental.
Que la doctora Blanca Cecilia Martínez Rodríguez, Directora Fi-
nanciera de Presupuesto, con escrito del 27 de agosto de 2012,
“Conceptúa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
74 de la Ordenanza 045 de 1996, las políticas establecidas por
el Consejo Superior de Política Fiscal Conscún, a solicitud del
Ordenador del Gasto del Centro Gestor 1101 Asamblea Departa-
mental, es procedente y viable la modicación de PAC de Gastos
de funcionamiento 1-0100 Recurso Ordinario, contracréditando por
reprogramación de los meses de septiembre a diciembre la suma
de $82.000.000, los cuales se acreditan en los meses de agosto a
noviembre de 2012.”.
Que el Consejo Superior de Política Fiscal Conscún en Sesión
del 27 de agosto de 2012 previo análisis y estudio de la documen-
tación presentada, aprobó la modicación al PAC de la Asamblea
Departamental, de que trata la presente resolución.
En mérito a lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1º. Apruébese la siguiente modicación al Programa
Anual Mensualizado de Caja PAC de la vigencia 2012, de la Asam-
blea Departamental, así:
CENTRO GESTOR 1101
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 1-0100 ORDINARIO
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRA-
CRÉDITOS AJUSTADO
ENERO 248.476.993 0 0 248.476.993
FEBRERO 466.314.944 0 0 466.314.944
MARZO 244.625.642 0 0 244.625.642
ABRIL 99.418.340 0 0 99.418.340
MAYO 207.547.600 0 0 207.547.600
JUNIO 509.821.843 0 0 509.821.843
JULIO 414.405.246 0 0 414.405.246
AGOSTO 503.930.349 46.000.000 0549.930.349
SEPTIEMBRE 427.541.514 16.000.000 54.000.000 389.541.514
OCTUBRE 427.541.514 8.000.000 4.000.000 431.541.514
NOVIEMBRE 245.525.339 12.000.000 12.000.000 245.525.339
DICIEMBRE 909.151.278 012.000.000 897.151.278
TOTAL PAC 4.704.300.602 82.000.000 82.000.000 4.704.300.602
PRESUPUESTO 4.704.300.602 0 0 4.704.300.602
TOTAL MODIFICACIÓN 0 82.000.000 82.000.000 0
Artículo 2º. Las Direcciones de Presupuesto y Tesorería,
efectuarán los registros que el cumplimiento de la presente resolución
demande, de conformidad con los anexos que la soportan.
Artículo 3º. Las modicaciones al anexo de desagregación del
PAC que no modiquen las cifras globales que se aprueban en la
presente resolución serán aprobadas por el Tesorero General del
Departamento.
Artículo 4º. La presente resolución rige a partir de su expedición
y deberá ser publicada.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2012.
SANDRA JEANETTE FAURA VARGAS
Presidente Delegada Conscún
LUIS ALFONSO GONZÁLEZ SAAVEDRA
Secretario de Hacienda
CLAUDIA MARCELA MANRIQUE PARRA
Secretaria Ejecutiva “Conscún”
RESOLUCIÓN NÚMERO 000181 DE 2012
(agosto 27)
por la cual se aprueba una modificación al Programa Anual
Mensualizado de Caja PAC de la Vigencia scal 2012 de la Secre-
taría Jurídica.
EL CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA FISCAL
DE CUNDINAMARCA
En uso de las facultades legales, en especial la conferida en los
artículos 70, 73 y 74 de la Ordenanza número 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que le corresponde al Consejo Superior de Política Fiscal “Con-
scún” aprobar mediante Resolución las modicaciones al Programa
Anual Mensualizado de Caja PAC cuando se varíen los montos glo-
bales inicialmente aprobados por este Organismo.
Que el artículo 70 de la Ordenanza número 45 de 1996 establece
que el Programa Anual Mensualizado de Caja PAC es el instrumen-
to mediante el cual se dene el monto máximo mensual de fondos
disponibles en las cuentas de la Tesorería Departamental y que los
pagos se harán teniendo en cuenta el PAC y se sujetarán a los mon-
tos aprobados en él.
Que el doctor José Fernando Suárez Venegas, Secretario Jurídi-
co, mediante comunicación SJ-000525 del 13 de agosto de 2012,
radicado con el número 2012316965 del 13 de agosto de 2012, pre-
sentó a la Directora Financiera de Tesorería, solicitud de modica-
ción del PAC de la vigencia scal 2012.
Que la doctora Blanca Cecilia Martínez Rodríguez, Directora Fi-
nanciera de Tesorería, con escrito del 27 de agosto de 2012, “Con-
ceptúa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la
Ordenanza 045 de 1996, las políticas establecidas por el Consejo
Superior de Política Fiscal Conscún, a solicitud del Ordenador del
Gasto del Centro Gestor 1104 Secretaría Jurídica, es procedente y
viable la modicación de PAC de Gastos de Funcionamiento- Fondo
1-0100 Recursos Ordinarios vigencia 2012, contracreditando por re-
programación el valor de $36.932.000, del mes de agosto y acreditar
el mismo valor en el mes de diciembre de 2012.”.
Que el Consejo Superior de Política Fiscal Conscún en Sesión
del 27 de agosto de 2012 previo análisis y estudio de la documen-
tación presentada, aprobó la modicación al PAC de la Secretaría
Jurídica, de que trata la presente resolución.
En mérito a lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1º. Apruébese la siguiente modicación al Programa
Anual Mensualizado de Caja PAC de la vigencia 2012, de la Secre-
taría Jurídica, así:
CENTRO GESTOR 1104
SECRETARÍA JURÍDICA
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 1-0100 ORDINARIO
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRA-
CRÉDITOS AJUSTADO
ENERO 635.800 0 0 635.800
FEBRERO 1.776.150 0 0 1.776.150
MARZO 9.775.713 0 0 9.775.713
ABRIL 226.025.765 0 0 226.025.765
MAYO 2.753.066 0 0 2.753.066
JUNIO 203.369.266 0 0 203.369.266
JULIO 27.701.520 0 0 27.701.520
AGOSTO 2.869.185.798 0 36.932.000 2.832.253.798
SEPTIEMBRE 36.932.000 0 0 36.932.000
OCTUBRE 36.932.000 0 0 36.932.000
NOVIEMBRE 36.932.000 0 0 36.932.000
DICIEMBRE 6.408.000 36.932.000 0 43.340.000
TOTAL PAC 3.458.427.078 36.932.000 36.932.000 3.458.427.078
PRESUPUESTO 3.458.427.078 0 0 3.458.427.078
TOTAL MODIFICACIÓN 0 36.932.000 36.932.000 0
Artículo 2º. Las Direcciones de Presupuesto y Tesorería, efec-
tuarán los registros que el cumplimiento de la presente resolución
demande, de conformidad con los anexos que la soportan.
Artículo 3º. Las modicaciones al anexo de desagregación del
PAC que no modiquen las cifras globales que se aprueban en la
presente resolución serán aprobadas por el Tesorero General del
Departamento.
3
GACETA DE CUNDINAMARCA
No. 15.055
Artículo 4º. La presente resolución rige a partir de su expedición
y deberá ser publicada.
Comuníquese publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2012.
SANDRA JEANETTE FAURA VARGAS
Presidente Delegada Conscún
LUIS ALFONSO GONZÁLEZ SAAVEDRA
Secretario de Hacienda
CLAUDIA MARCELA MANRIQUE PARRA
Secretaria Ejecutiva “Conscún”
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 000182 DE 2012
(agosto 27)
por la cual se aprueba una modicación al Programa Anual
Mensualizado de Caja PAC de la Vigencia scal 2012
de la Secretaría de Educación.
EL CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA FISCAL
DE CUNDINAMARCA
En uso de las facultades legales, en especial la conferida en los
artículos 70, 73 y 74 de la Ordenanza número 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que le corresponde al Consejo Superior de Política Fiscal “Con-
scún” aprobar mediante Resolución las modicaciones al Programa
Anual Mensualizado de Caja PAC cuando se varíen los montos glo-
bales inicialmente aprobados por este Organismo.
Que el artículo 70 de la Ordenanza número 45 de 1996 establece
que el Programa Anual Mensualizado de Caja PAC es el instrumen-
to mediante el cual se dene el monto máximo mensual de fondos
disponibles en las cuentas de la Tesorería Departamental y que los
pagos se harán teniendo en cuenta el PAC y se sujetarán a los mon-
tos aprobados en él.
Que la doctora Piedad Caballero Prieto, Secretaria de Educación,
mediante comunicaciones DAF/SE Ocio número 2733 y 2734 del
6 de agosto de 2012, radicado con el número 2012316699 del 8 de
agosto de 2012, presentó al Director Financiero de Tesorería, solici-
tud de modicación del PAC de la vigencia scal 2012.
Que la doctora Blanca Cecilia Martínez Rodríguez, con escrito del
27 de agosto de 2012, “Conceptúa que de conformidad con lo dis-
puesto en el artículo 74 de la Ordenanza número 045 de 1996, las
políticas establecidas por el Consejo Superior de Política Fiscal Con-
scún, a solicitud del Ordenador del Gasto del Centro Gestor 1108
Secretaría de Educación, es procedente y viable la modicación de
PAC de Ingresos y Gastos de Inversión 1-0100, Recursos ordinarios,
vigencia 2012, adicionando el valor de $1.000.000.000, en el mes de
agosto de 2012, de conformidad con el Decreto número 239 del 11
de julio de 2012.”.
Que el inciso nal del artículo 74 de la Ordenanza número 045 de
1996, prevé que en las modicaciones al PAC de Inversión se ten-
drán en cuenta las recomendaciones de la Secretaría de Planeación,
y para el presente caso no formuló objeciones, según ocio PCDFP.
069 y 070 del 3 y 10 de agosto de 2012.
Que el Consejo Superior de Política Fiscal Conscún en Sesión
del 27 de agosto de 2012 previo análisis y estudio de la documenta-
ción presentada, aprobó la modicación al PAC de la Secretaría de
Educación, de que trata la presente resolución.
En mérito a lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1º. Apruébese la siguiente modicación al Programa
Anual Mensualizado de Caja PAC de la vigencia 2012, de la Secre-
taría de Educación, así:
CENTRO GESTOR 1108
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
GASTOS DE INVERSIÓN 1-0100
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRA-
CRÉDITOS AJUSTADO
ENERO 0 0 0 0
FEBRERO 28.913.840 0 0 28.913.840
MARZO 701.873 0 0 701.873
ABRIL 0 0 0 0
MAYO 144.873.890 0 0 144.873.890
PAC
APROBADO CRÉDITOS CONTRA-
CRÉDITOS AJUSTADO
JUNIO 624.000.000 0624.000.000
JULIO 5.896.201.078 0 0 5.896.201.078
AGOSTO 7.363.848.225 1.000.000.000 08.363.848.225
SEPTIEMBRE 1.225.224.820 0 0 1.225.224.820
OCTUBRE 611.875.900 0 0 611.875.900
NOVIEMBRE 258.000.000 0 0 258.000.000
DICIEMBRE 1.530.173.724 0 0 1.530.173.724
TOTAL PAC 17.683.813.350 1.000.000.000 0 18.683.813.350
PRESUPUESTO 17.683.813.350 0 0 17.683.813.350
TOTAL MODIFICACIÓN 0 1.000.000.000 0 1.000.000.000
Artículo 2º. Las Direcciones de Presupuesto y Tesorería, efec-
tuarán los registros que el cumplimiento de la presente resolución
demande, de conformidad con los anexos que la soportan.
Artículo 3º. Las modicaciones al anexo de desagregación del
PAC que no modiquen las cifras globales que se aprueban en la
presente resolución serán aprobadas por el Tesorero General del
Departamento.
Artículo 4º. La presente resolución rige a partir de su expedición
y deberá ser publicada.
Comuníquese publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2012.
SANDRA JEANETTE FAURA VARGAS
Presidente Delegada Conscún
LUIS ALFONSO GONZÁLEZ SAAVEDRA
Secretario de Hacienda
CLAUDIA MARCELA MANRIQUE PARRA
Secretaria Ejecutiva “Conscún”
* * *
(agosto 27)
por la cual se aprueba una modificación al Programa Anual
Mensualizado de Caja PAC de la Vigencia scal 2012 de la Secretaría
de Región Capital e Integración Regional.
EL CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA FISCAL
DE CUNDINAMARCA
En uso de las facultades legales, en especial la conferida en los
artículos 70, 73 y 74 de la Ordenanza número 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que le corresponde al Consejo Superior de Política Fiscal “Con-
scún” aprobar mediante Resolución las modicaciones al Programa
Anual Mensualizado de Caja PAC cuando se varíen los montos glo-
bales inicialmente aprobados por este Organismo.
Que el artículo 70 de la Ordenanza 45 de 1996 establece que el
Programa Anual Mensualizado de Caja PAC es el instrumento me-
diante el cual se dene el monto máximo mensual de fondos dispo-
nibles en las cuentas de la Tesorería Departamental y que los pagos
se harán teniendo en cuenta el PAC y se sujetarán a los montos
aprobados en él.
Que el doctor Fredy William Sánchez Mayork, mediante comuni-
cación SRC-242 del 22 de agosto de 2012, radicado con el número
2012317611 del 22 de agosto de 2012, presentó al Director Finan-
ciero de Tesorería, solicitud de modicación del PAC de la vigencia
scal 2012.
Que la doctora Blanca Cecilia Martínez Rodríguez, Directora Fi-
nanciera de Tesorería, con escrito del 27 de agosto de 2012, “Con-
ceptúa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la
Ordenanza número 045 de 1996, las políticas establecidas por el
Consejo Superior de Política Fiscal Conscún, a solicitud del Orde-
nador del Gasto del Centro Gestor 1117 Secretaría de Región Ca-
pital e Integración Regional, es procedente y viable la modicación
de PAC de Ingresos y Gastos de Inversión- Fondo 1-0100 Recursos
Ordinarios vigencia 2012, contracreditando por reprogramación el
valor de $28.750.000, de los meses de septiembre y noviembre y
acreditar el mismo valor en el mes de agosto de 2012.”.
Que el inciso nal del artículo 74 de la Ordenanza número 045 de
1996, prevé que en las modicaciones al PAC de Inversión se ten-
drán en cuenta las recomendaciones de la Secretaría de Planeación,
y para el presente caso no formuló objeciones, según ocio PCDFP.
0071 del 21 de agosto de 2012.

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