Gaceta N° 15114 de Cundinamarca, 26-12-2013 - 26 de Diciembre de 2013 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699170

Gaceta N° 15114 de Cundinamarca, 26-12-2013

Fecha26 Diciembre 2013
Año2013
Fecha de publicación26 Diciembre 2013
Número 15.114 - Bogotá, D. C., jueves 26 de diciembre de 2013 - AÑO CXVII
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122 - 7777
Editor:
Imprenta nacIonal de colombIa
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0585 DE 2013
(agosto 14)
por la cual se da cumplimiento a un fallo.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en es-
pecial de las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
y
CONSIDERANDO:
Que el Juzgado Octavo Administrativo de Descongestión del
Circuito Judicial de Bogotá prorió fallo del 13 de junio de 2011 en
contra del Departamento de Cundinamarca y en favor de la señora
Nubia Lozano Ospina y en el mismo dispuso:
“(…)
Segundo. Declarar la nulidad de la Resolución número 00570
del 24 de agosto de 2005, por medio de la cual se declaró insubsis-
tente el nombramiento de la accionante”.
“Tercero. En consecuencia de la anterior declaración y a título de
restablecimiento del derecho, el Departamento de Cundinamarca re-
integrará a la señora Nubia Lozano Ospina, a un cargo igual o supe-
rior categoría al que venía ocupando al 25 de agosto de 2005, fecha
en que fue retirada del servicio y pagará los salarios y prestaciones
sociales dejados de devengar desde la fecha de la desvinculación y
hasta que se haga efectivo su reintegro, sin solución de continuidad,
sumas que serán actualizadas conforme a lo señalado en la parte
motiva de este proveído”.
Que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Se-
gunda Subsección “E” Sala de Descongestión, conoció en segun-
da instancia el recurso de apelación, conrmando y adicionando la
sentencia proferida por el Juzgado Octavo (8°) Administrativo de
Descongestión del Circuito Judicial de Bogotá, el 9 de octubre de
2012, en el sentido de declarar impróspera la excepción de inepta
demanda y adicionar el fallo proferido el 13 junio de 2011, por el Juz-
gado Octavo Administrativo de Descongestión del circuito judicial de
Bogotá, para indicar que el reintegro de la señora Nubia Lozano Os-
pina, se dispone en provisionalidad en un cargo de igual o superior
categoría al que venía ejerciendo al momento de proferirse el acto
administrativo acusado.
Que mediante ocio radicado en la Secretaría de la Función Pú-
blica con el número 2013300956, de fecha 14 de enero de 2013, la
Directora de Defensa Judicial y Extrajudicial de la Secretaría Jurí-
dica remitió copia de la sentencia y solicitó se surtan los trámites
correspondientes.
Que para dar cumplimiento al fallo proferido por el Juzgado Oc-
tavo (8°) Administrativo de Descongestión del Circuito Judicial de
Bogotá, de fecha 13 de junio de 2011 y conrmado por el Tribunal
Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda Subsección “E”
Sala de Descongestión, mediante fallo de fecha 9 de octubre de
2012, por Resolución número 0465 del 16 de julio de 2013, la Secre-
taría de la Función Pública dio por terminado el nombramiento provi-
sional del señor Álvaro Enrique Cruz Atahualpa, del cargo de Auxiliar
Administrativo Código 407 Grado 01, igual al que desempeñaba la
señora Nubia Lozano Ospina al momento del retiro del servicio, dis-
tribuido en la Subdirección de Impuesto de Registro de la Dirección
de Rentas y Gestión Tributaria de la Secretaría de Hacienda.
Que el reintegro de la señora Nubia Lozano Ospina, identicada
con la cédula de ciudadanía número 20905029, en el empleo de
Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01, en la Planta Global de
Empleos del Sector Central de la Administración Pública Departa-
mental, se hará con nombramiento de carácter provisional y pre-
servando sus derechos salariales y prestacionales que ostentaba al
momento de la supresión del empleo.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero. Reintegrar a la señora Nubia Lozano Ospina,
identicada con la cédula de ciudadanía número 20905029, en el
empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01, en la Planta
Global de Empleos del Sector Central de la Administración Pública
Departamental, distribuido en la Subdirección de Impuesto de Regis-
tro de la Dirección de Rentas y Gestión Tributaria de la Secretaría de
Hacienda, con nombramiento de carácter provisional y preservando
sus derechos salariales y prestacionales que ostentaba al momento
de la supresión del empleo.
Artículo segundo. Remitir a la Secretaría Jurídica del Depar-
tamento, la liquidación de la sentencia, con el propósito de que se
proceda a efectuar el reconocimiento y pago de los derechos sala-
riales y prestacionales, a que tiene derecho la señora Nubia Lozano
Ospina.
Artículo tercero. Contra el presente acto administrativo no pro-
cede recurso alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo
74 del C.P.A. y C.A.
Artículo cuarto. La presente resolución rige a partir de su expe-
dición y surte efectos legales desde su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 14 de agosto de 2013.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
LINA MARCELA MELO RODRÍGUEZ
Secretaria de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0879 DE 2013
(octubre 31)
por la cual se acepta una renuncia.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
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En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en es-
pecial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
RESUELVE:
Artículo 1°. Aceptar, a partir del 7 de noviembre de 2013, la re-
nuncia presentada por el doctor Rafael Forero Quintero, identicado
con cédula de ciudadanía número 17306413, al empleo de Gerente
General de Entidad Descentralizada Código 050, de la Unidad Admi-
nistrativa Especial de Bosques de Cundinamarca.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de
su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 31 de octubre de 2013.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0890 DE 2013
(noviembre 6)
por la cual se revoca un encargo de funciones.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en
especial la conferida por el artículo 45 del Decreto 1950 de 1973, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 0882 del 31 de octubre de
2013, se encargó al doctor Fredy William Sánchez Mayork, identi-
cado con cédula de ciudadanía número 19242249, de las funciones
del empleo de Gerente General de Entidad Descentralizada Código
050, de la Unidad Administrativa Especial de Bosques de Cundina-
marca.
Que el contenido de la Resolución número 0882 del 31 de octu-
bre de 2013 no ha sido comunicado al doctor Fredy William Sánchez
Mayork.
Que el artículo 45 del Decreto número 1950 de 1973 establece
que la autoridad nominadora podrá o deberá, según el caso, modi-
car, aclarar, sustituir, revocar o derogar una designación en cual-
quiera de las siguientes circunstancias: literal c) Cuando aún no se
ha comunicado.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Revocar la Resolución número 0882 del 31 de octu-
bre de 2013, por la cual se encargó al doctor Fredy William Sánchez
Mayork, de las funciones del empleo de Gerente General de Entidad
Descentralizada Código 050, de la Unidad Administrativa Especial
de Bosques de Cundinamarca.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de
su expedición.
Cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 6 de noviembre de 2013.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
LINA MARCELA MELO RODRÍGUEZ
Secretaria de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0893 DE 2013
(noviembre 6)
por medio de la cual se hace un encargo.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que dentro de la planta global del sector central de la Admi-
nistración Pública Departamental, se encuentra vacante de manera
denitiva el empleo de Conductor Mecánico Código 482 Grado 04,
distribuido en la Dirección de Servicios Administrativos - Secretaría
General.
Que se cumplió con el procedimiento establecido en el título 2
de la Circular 005 de 2012, expedida por la Comisión Nacional del
Servicio Civil, para la provisión transitoria del empleo mencionado.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Ocio
0-2013 EE-39482 del 31 de octubre de 2013, autorizó la provisión
mediante encargo del empleo de Conductor Mecánico Código 482
y Grado 04, distribuido en la Dirección de Servicios Administrativos
- Secretaría General, por un término no superior a seis (6) meses.
Que Filemón Gómez Rojas, identicado con cédula de ciudada-
nía 3246535, titular del empelo de conductor mecánico Código 482
y Grado 03, ostenta derechos de carrera administrativa, acreditó el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 24 de la
Ley 909 de 2004, para desempeñar el empleo de Conductor Mecá-
nico Código 482 y Grado 04, distribuido en la Dirección de Servicios
Administrativos - Secretaría General.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Encargar a Filemón Gómez Rojas, identicado con
cédula de ciudadanía 3.246.535, Conductor Mecánico Código 482
y Grado 03, para desempeñar el empleo de Conductor Mecánico
Código 482 y Grado 04, distribuido en la Dirección de Servicios Ad-
ministrativos - Secretaría de General, por un término no superior a
seis (6) meses.
Artículo 2°. Vencido el término del encargo, el señor Filemón
Gómez Rojas deberá reintegrarse al empleo del cual es titular.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 6 de noviembre de 2013.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
LINA MARCELA MELO RODRÍGUEZ
Secretaria de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0894 DE 2013
(noviembre 6)
por medio de la cual se hace un encargo.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que dentro de la planta global del sector central de la Admi-
nistración Pública Departamental, se encuentra vacante de manera
denitiva el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado
03, distribuido en la Dirección de Bienes e Inventarios - Secretaría
General.
Que se cumplió con el procedimiento establecido en el título 2
de la Circular 005 de 2012, expedida por la Comisión Nacional del
Servicio Civil, para la provisión transitoria del empleo mencionado.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Ocio
0-2013 EE-39482 del 31 de octubre de 2013, autorizó la provisión
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mediante encargo del empleo de Profesional Universitario Código
219 Grado 03, distribuido en la Dirección de Bienes e Inventarios
- Secretaría General, por un término no superior a seis (6) meses.
Que Isia Mercedes Viatela Segura, identicada con cédula de
ciudadanía 52500197, titular del empleo de Técnico Operativo Códi-
go 314 Grado 01 ostenta derechos de carrera administrativa, acre-
ditó el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 24
de la Ley 909 de 2004, para desempeñar el empleo de Profesional
Universitario Código 219 Grado 03, distribuido en la Dirección de
Bienes e Inventarios - Secretaría General.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Encargar a Isia Mercedes Viatela Segura, identica-
da con cédula de ciudadanía 52500197, Técnico Operativo Código
314 Grado 01 de la Dirección de Servicio al Ciudadano y Gestión
Documental - Secretaría General, para desempeñar el empleo de
Profesional Universitario Código 219 Grado 03, distribuido en la Di-
rección de Bienes e Inventarios - Secretaría General, por un término
no superior a seis (6) meses.
Artículo 2°. Vencido el término del encargo, la señora Isia Mer-
cedes Viatela Segura deberá reintegrarse al empleo del cual es
titular.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 6 de noviembre de 2013.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
LINA MARCELA MELO RODRÍGUEZ
Secretaria de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0895 DE 2013
(noviembre 6)
por medio de la cual se hace un encargo.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que dentro de la planta global del sector central de la Admi-
nistración Pública Departamental, se encuentra vacante de manera
denitiva el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado
03, distribuido en la Dirección de Orden Público y Convivencia Ciu-
dadana - Secretaría Gobierno.
Que se cumplió con el procedimiento establecido en el título 2
de la Circular 005 de 2012, expedida por la Comisión Nacional del
Servicio Civil, para la provisión transitoria del empleo mencionado.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Ocio 0-2013
EE - 39482 del 31 de octubre de 2013, autorizó la provisión mediante
encargo del empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 03,
distribuido en la Dirección de Orden Público y Convivencia Ciudadana
- Secretaría Gobierno, por un término no superior a seis (6) meses.
Que Henry Francisco Rojas Ardila, identicado con cédula de
ciudadanía 79487380, titular del empleo de Auxiliar Administrativo
Código 407 Grado 04 ostenta derechos de carrera administrativa,
acreditó el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo
24 de la Ley 909 de 2004, para desempeñar el empleo de Profesio-
nal Universitario Código 219 Grado 03, distribuido en la Dirección
de Orden Público y Convivencia Ciudadana - Secretaría Gobierno.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Encargar a Henry Francisco Rojas Ardila, identica-
do con cédula de ciudadanía 79487380, Auxiliar Administrativo Có-
digo 407 Grado 04 de la Secretaría General - Dirección de Bienes e
Inventarios, para desempeñar el empleo de Profesional Universitario
Código 219 Grado 03, distribuido en la Dirección de Orden Público
y Convivencia Ciudadana - Secretaría Gobierno, por un término no
superior a seis (6) meses.
Artículo 2°. Vencido el término del encargo, el señor Henry Fran-
cisco Rojas Ardila deberá reintegrarse al empleo del cual es titular.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 6 de noviembre de 2013.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
LINA MARCELA MELO RODRÍGUEZ
Secretaria de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0896 DE 2013
(noviembre 6)
por medio de la cual se hace un encargo.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que Pablo Emilio Rozo Gavilán, identicado con cédula de ciu-
dadanía 19.312.050, Profesional Universitario Código 219 Grado 01
de la Secretaría de Transporte y Movilidad - Dirección de Servicios
de la Movilidad Sedes Operativas en tránsito, fue Encargado por el
termino de seis (6) meses.
Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado
01 de la Secretaría de Transporte y Movilidad - Dirección de Ser-
vicios de la Movilidad Sedes Operativas en tránsito, se encuentra
temporalmente vacante, hasta por el término que dure el encargo
conferido a Pablo Emilio Rozo Gavilán; razón por la cual se hace
necesario proveerlo mediante encargo.
Que de acuerdo con la Circular 005 de 2012 expedida por la
Comisión Nacional del Servicio Civil, no se requiere autorización para
efectuar un encargo en razón a que es una vacancia temporal, procedi-
miento que se agotó con fundamento en el título 2 de la citada circular.
Que Alejandro Velásquez Díaz Granados, identicado con cédula
de ciudadanía 79.639.088, Técnico Operativo Código 314 Grado 04
de la Secretaría de la Función Pública - Dirección de Talento Humano
acreditó el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Encargar a Alejandro Velásquez Díaz Granados,
identicado con cédula de ciudadanía 79639088, Técnico Operativo
Código 314 Grado 04 de la Secretaría de la Función Pública - Direc-
ción de Talento Humano, para desempeñar el empleo de Profesional
Universitario Código 219 Grado 01 de la Secretaría de Transporte y
Movilidad - Dirección de Servicios de la Movilidad Sedes Operativas
en tránsito, hasta por el término que dure el encargo conferido a
Pablo Emilio Rozo Gavilán, titular del cargo.
Artículo 2°. Vencido el término del encargo, Alejandro Velás-
quez Díaz Granados deberá reintegrarse al empleo del cual es ti-
tular.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
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