Gaceta N° 15338 de Cundinamarca, 27-12-2019 - 27 de Diciembre de 2019 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870698757

Gaceta N° 15338 de Cundinamarca, 27-12-2019

Fecha27 Diciembre 2019
Fecha de publicación27 Diciembre 2019
Número 15.338 . Bogotá, D. C., viernes, 27 de diciembre de 2019 - AÑO CXXIII
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122. 7777
Editor: Imprenta nacIonal de colombIa
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS
(diciembre 17)
por el cual se otorga una condecoración.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,
especialmente las conferidas por el numeral 2 del artículo 305 de
la Constitución Política, la Ordenanza 8 de 1964 y el numeral 2 del
artículo 13 del Decreto 1379 del 23 de agosto de 1966, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Departamental número 00363 del 3 de
abril de 1965 se honró la memoria de Don Antonio Nariño y se
reglamentó la Ordenanza número 8 de 1964, mediante la cual se
creó la Orden Civil Cundinamarquesa en sus diferentes grados para
ser conferida a los colombianos y a las entidades que se hayan
distinguido por servicios eminentes a la República o al Departamento
de Cundinamarca.
Que el artículo 13 del Decreto 1379 del 23 de agosto de 1966,
estableció las categorías en que se debe conferir la Condecoración
Orden Civil Cundinamarquesa “Antonio Nariño”, indicando en el
numeral 2 el grado “Granadino”, equivalente a Gran Ocial, y la cual
corresponde la Cruz de Oro, que se otorgará a los Exgobernadores
de Cundinamarca, a los Ministros, Gobernadores, Prelados,
Embajadores y altos Ociales de las Fuerzas Armadas y rangos
similares; al igual que a los ciudadanos o entidades que se hayan
distinguido por servicios eminentes a la República o al Departamento.
Que la Fundación Internacional María Luisa de Moreno, es
constituida como una entidad sin ánimo de lucro, creada en el año
2000, desarrollando sus actividades en los 32 departamentos de
Colombia, y en Convenio con Fundaciones homólogas en 13 países.
Su Presidenta y Fundadora es la doctora María Luisa de Moreno,
mujer destacada y ejemplar, con una labor social de más de 50 años
al servicio de los más necesitados.
Que la Fundación tiene como misión, ofrecer a nivel mundial
una mano amiga para ayudar con transparencia y efectividad a los
más necesitados, mediante el diseño de modelos de intervención
social, productiva y de formación para lograr la transformación del
ser humano, basado en una cultura de valores y principios para el
mejoramiento de las condiciones de vida de la población vulnerable,
especialmente en el departamento de Cundinamarca.
Que la Fundación Internacional María Luisa de Moreno, que
compromiso y laboral social ha beneciado al departamento de
Cundinamarca desde el año 2011, beneciando a las poblaciones
más necesitadas, entre los que se encuentran los niños y niñas,
adultos mayores y la población vulnerable en varios municipios
del departamento: Agua de Dios, Arbeláez, Caparrapí, Cogua,
Cucunubá, Cajicá, Chía, Cota, El Rosal, Facatativá, Funza,
Fusagasugá, Fómeque, Guasca, Guaduas, La Calera, La Mesa,
La Vega, Machetá, Madrid, Mesitas del Colegio, Mosquera, Pacho,
Pandi, San Juan de Rioseco, Sasaima, San Bernardo, Sibaté,
Silvania, Soacha, Sopó, Tabio, Tenjo, Tocancipá, Ubaté, Villeta,
Viotá, Zipaquirá y Ubaque.
Que más de 23.000 personas de los citados municipios se han
beneciado a través de brigadas integrales, jornadas de apoyo y
proyectos de emprendimiento, proporcionando 48.585 atenciones
entre ayudas humanitarias, útiles escolares y juguetes, en el marco
de campañas que promueven la importancia de los valores. De igual
manera, durante el cuatrienio del actual Gobierno Departamental,
“Cundinamarca, unidos podemos más” a través de la Secretaría
de Gobierno, se ha apoyado y beneciado a 9.700 personas de
la población vulnerable brindando 45.343 atenciones médicas
y ofreciendo ayuda humanitaria, poniendo a disposición de la
población voluntarios, médicos, especialistas de las más altas
calidades, lo cual reeja el rme e indeclinable compromiso social
de su Presidenta al frente de la Fundación, por el desarrollo y el
mejoramiento de la calidad de vida de los cundinamarqueses.
Que la Fundación, han contribuido con un invaluable aporte
al desarrollo social del Departamento de Cundinamarca y de sus
habitantes, especialmente aquellos en evidente situación de
vulnerabilidad. Por ello, en agradecimiento a su trabajo y compromiso
se considera oportuno imponer la condecoración “Orden Civil
Cundinamarquesa “Antonio Nariño”, en el grado “Cruz de Oro” a
Fundación Internacional María Luisa de Moreno, resaltando además,
su excelente gestión con la comunidad cundinamarquesa.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero. Otorgar la condecoración, Orden Civil
Cundinamarquesa “Antonio Nariño”, en el grado “Cruz de Oro” a la
Fundación Internacional María Luisa de Moreno.
Artículo segundo. En ceremonia especial el Gobernador del
Departamento de Cundinamarca entregará la condecoración que
se otorga por el presente decreto, por intermedio de su Presidenta,
doctora María Luisa de Moreno.
Artículo tercero. El presente decreto rige a partir de la fecha de
su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2019.
JORGE EMILIO REY ÁNGEL
Gobernador
* * *
(diciembre 17)
por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto General del
Departamento para la vigencia scal 2019.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de la facultad que le conere el artículo 31 de la
Ordenanza 76 del 7 de diciembre de 2018, en concordancia del
artículo 91 de la Ordenanza 227 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 de la Ordenanza 76 del 7 de diciembre de 2018,
en concordancia con lo establecido en el artículo 91 de la Ordenanza
227 del 1° de agosto de 2014 “Estatuto Orgánico de Presupuesto del
Departamento de Cundinamarca”, establece que “las modicaciones
al anexo del decreto de liquidación que no modiquen en cada sección
presupuestal el monto total de la apropiación correspondiente a:
1. Gastos de funcionamiento.
GACETA DE CUNDINAMARCA
2No. 15.338
2. Servicio de la deuda y
3. Gastos de inversión a nivel de programas aprobados por la
Asamblea, se harán mediante Decreto expedido por el Gobernador”.
En el caso de la Contraloría y de la Asamblea por resolución expedida
por el Presidente de la Asamblea y el Contralor quienes responderán
por la legalidad de sus presupuestos. Estos actos administrativos
requieren para su validez el concepto favorable de la Dirección de
Presupuesto de la Secretaría de Hacienda.
Que mediante Acuerdo 040 del 4 de diciembre de 2019, el
Consejo Directivo del Instituto de Infraestructura y Concesiones de
Cundinamarca (ICCU), autoriza a la Gerente General del Instituto
de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca (ICCU), para
tramitar una modicación al presupuesto (…), por la suma de dos
millones de pesos ($2.000.000) moneda corriente.
Que la Directora Financiera de Presupuesto, expidió certicado
de disponibilidad presupuestal por la suma de dos millones de pesos
($2.000.000) moneda corriente.
CDP FECHA VALOR
7000108946 04-12-2019 2.000.000
Que mediante ocio radicado 2019239348 del 4 de diciembre de
2019, suscrito por la Gerente General del Instituto de Infraestructura
y Concesiones de Cundinamarca (ICCU), solicita traslado
presupuestal por la suma de dos millones de pesos ($2.000.000)
moneda corriente.
Que se hace necesario contracreditar recursos de gastos de
funcionamiento del Instituto de Infraestructura y Concesiones
de Cundinamarca (ICCU), por la suma de dos millones de pesos
($2.000.000) moneda corriente, de los rubros de “Gastos de
Funcionamiento - Gastos de Personal - Servicios Personales
Asociados a Nómina - Sueldo Personal de Nómina”, en virtud a que
se encuentran disponibles para ser trasladados ya que no se van a
utilizar en la presente vigencia.
Que se hace necesario acreditar recursos de gastos de funcionamiento
del Instituto de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca
(ICCU), por la suma de dos millones de pesos ($2.000.000) moneda
corriente, con el n de dar cumplimiento a los rubros de “Gastos de
Funcionamiento - Gastos de Personal - Otros Gastos por Servicios
Personales - Sobresueldo 20%” y atender las necesidades de la entidad
para el normal desarrollo en la prestación del servicio.
Que en consecuencia una vez realizados los cálculos de los
saldos existentes en la apropiación presupuestal a la fecha en que
el funcionario realizó dicha solicitud, se evidenció que los valores
no eran sucientes para llevar a cabo el pago en su totalidad de
los meses de noviembre y diciembre de la presente vigencia. Esto
con el n de prevenir cualquier detrimento o perjuicio en el valor
correspondiente al salario del funcionario del Instituto.
Que la Directora Financiera de Presupuesto, emitió concepto
favorable del 6 de diciembre de 2019, en los términos del inciso
segundo del artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1° de agosto de 2014.
En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Efectúese traslado al Presupuesto General del
Departamento, Contracreditando el presupuesto de gastos de
funcionamiento del Instituto de Infraestructura y Concesiones de
Cundinamarca (ICCU), por la suma de dos millones de pesos
($2.000.000) moneda corriente, con base en el certicado de
disponibilidad 7000108946 del 4 de diciembre de 2019, que se
menciona en la parte motiva del presente decreto, expedido por la
Directora Financiera de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, así:
CONTRACRÉDITO
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1223
INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA Y CONCESIONES DE CUNDINAMARCA (ICCU)
POSPRE
AREA
FUNCIONAL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
FONDO CONCEPTO VALOR
GR:1 GASTOS DE FUNCI ONAMIENTO
GR:1:1 GASTOS DE PERSONAL
GR:1:1-01
Servicios Personales Asociados a
Nómina
2.000.000
GR:1:1-01-01 1.1.1.1 999999 1-0100
Sueldo personal de nómina 2.000.000
TOTAL GASTOS DE PERSONAL 2.000.000
2.000.000
TOTAL CONTRACREDITO INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA Y CONCESIONES DE CUNDINAMARCA -ICCU
Artículo 2°. Efectúese traslado al Presupuesto General del Departamento, acreditando el presupuesto gastos de funcionamiento del Instituto
de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca (ICCU), por la suma de dos millones de pesos ($2.000.000) moneda corriente, con base en
los recursos del artículo anterior, así:
CRÉDITO
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1223
INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA Y CONCESIONES DE CUNDINAMARCA (ICCU)
POSPRE
AREA
FUNCIONAL
FONDO CONCEPTO
PRESUPUESTO
2019
GR:1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
GR:1:1 GASTOS DE PERSONAL
GR:1:1-02 Otros Gastos por Ser vicios Personales 2.000.000
GR:1:1-02-02 1.1.1.25 999999 1-0100
Sobresueldo 20% 2.000.000
TOTAL GASTOS PERSONAL 2.000.000
2.000.000
TOTAL CRÉDITO INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA Y CONCESIONES DE CUNDINAMARCA -ICCU
Artículo 3°. Las Direcciones de Presupuesto y Contabilidad de la
Secretaría de Hacienda, efectuarán los registros necesarios para el
cumplimiento de lo previsto en el presente decreto.
Artículo 4°. Una vez expedido el presente decreto, el ordenador del
gasto presentará a la Tesorería General del Departamento la solicitud
de modicación del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2019.
JORGE EMILIO REY ÁNGEL
Gobernador
LUIS ARMANDO ROJAS QUEVEDO
Secretario de Hacienda (e)
NANCY VALBUENA RAMOS
Gerente General
Instituto de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca
(ICCU)
(diciembre 17)
por el cual se incorporan recursos de Destinación Específica
al Presupuesto General del Departamento para la vigencia
fiscal de 2019.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de la facultad que le conere el artículo 49 de la
Ordenanza 76 del 7 de diciembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 49 de la Ordenanza 76 del 7 de diciembre de
2018, establece que: “El Gobierno Departamental podrá incorporar
mediante decreto al presupuesto de la vigencia scal respectiva, los
recursos con destinación especíca, donaciones, aportes y recursos
provenientes de convenios.”
GACETA DE CUNDINAMARCA 3No. 15.338
Que de conformidad con el artículo 93 de la Ordenanza 227 del
1° de agosto de 2014, el Director Financiero de la Dirección de
Contaduría del Departamento, expidió certicado por la suma de
cuatro mil trescientos treinta y siete millones novecientos sesenta
y nueve mil novecientos cuarenta y un pesos ($4.337.969.941)
moneda corriente, así:
CERTIFICADO FECHA VALOR$
SH- DFC- 126 - 2019 02-12-2019 4.337.969.941
Que mediante ocio radicado 2019344304 del 2 de diciembre
de 2019, suscrito por la Secretaria de Salud, solicita adición
presupuestal por la suma de cuatro mil trescientos treinta y siete
millones novecientos sesenta y nueve mil novecientos cuarenta y
un pesos ($4.337.969.941) moneda corriente, recursos del Fondo
Departamental de Salud – Fondo 3-2700, otros ingresos en Salud.
Que la Secretaria de Planeación (e), emitió Concepto Favorable
337 del 2 de diciembre de 2019, en los términos del inciso segundo
del artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1° de agosto de 2014, el cual
forma parte integral del presente decreto.
Que los recursos a adicionar y mencionados en los considerandos
anteriores no se encuentran incluidos en el presupuesto inicial, ni
se encontraban programados a la fecha de aprobación del mismo,
por la suma de cuatro mil trescientos treinta y siete millones
novecientos sesenta y nueve mil novecientos cuarenta y un pesos
($4.337.969.941) moneda corriente, serán destinados al proyecto
“Fortalecimiento de la Capacidad administrativa, nanciera,
técnica y operativa de la red pública de salud y EAPB Convida del
Departamento de Cundinamarca”.
Que se requiere adicionar recursos al presupuesto del Fondo
Departamental de Salud pertenecientes a Mayores recaudos de
la fuente de nanciación otros ingresos en salud por la suma de
cuatro mil trescientos treinta y siete millones novecientos sesenta
y nueve mil novecientos cuarenta y un pesos moneda corriente
($4.337.969.941), al proyecto del Fondo Departamental de Salud,
para cumplir la programación de la vigencia 2019 de la meta
asociada tal como se muestra a continuación:
PRODUCTO Servicio de apoyo nanciero para el fortalecimiento
de la prestación del servicio de salud en el nivel territorial: Al acreditar
$4.337.969.941 de los cuales $922.773.110 fueron recibidos entre
octubre y noviembre de 2019 por concepto de rentabilidad social del
contrato de concesión 002 de 2003, a este producto se cumplirá lo
programado para la vigencia 2019 porque con estos recursos se realizará
apalancamiento a hospitales de la red pública de Cundinamarca.
Que el Director de Finanzas Públicas de la Secretaría de
Planeación, certicó la inscripción en el Banco Departamental de
Programas y Proyectos, así:
SPC FECHA PROYECTO
297122 27-08-2019
Fortalecimiento de la Capac idad administrativa, financiera, técnica y
operativa de la red pública de salud y EAPB Convida del Departamento
de Cundinamarca
Que la adición presupuestal que trata el presente decreto modica
el Plan Financiero vigente, por lo tanto el Consejo Superior de
Política Fiscal de Cundinamarca (Conscún), en sesión ordinaria
realizada el 2 de diciembre de 2019, aprobó la adición por valor de
cuatro mil trescientos treinta y siete millones novecientos sesenta
y nueve mil novecientos cuarenta y un pesos ($4.337.969.941)
moneda corriente, según certicación de la Secretaria Ejecutiva de
este Órgano del 2 de diciembre de 2019.
Que la Directora Financiera de Presupuesto, emitió concepto
favorable del 2 de diciembre de 2019, en los términos del inciso
segundo del artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1° de agosto de 2014.
En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Incorpórese al Presupuesto de Rentas del
Presupuesto General del Departamento para la vigencia scal
comprendida del 1° de enero al 31 de diciembre de 2019, la suma
de cuatro mil trescientos treinta y siete millones novecientos sesenta
y nueve mil novecientos cuarenta y un pesos ($4.337.969.941)
moneda corriente, con base en el certicado expedido por el Director
Financiero de la Dirección de Contaduría del Departamento de
Cundinamarca, SH-DFC-126-2019 del 2 de diciembre de 2019, así:
INGRESOS DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1197
SECRETARÍA DE SALUD
SECCIÓN
PRESUPUESTAL
POS-PRE
AREA
FUNCIONAL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
FONDO DESCRIPCIÓN VALOR
TOTAL INGRESOS 4.337.969.941
1197
SECRETARIA DE SALUD 4.337.969.941
1197.B IR:3:3-B2
OTROS GASTOS EN SALUD 4.337.969.941
1197.B IR:3:3-B2-07 FSI.A.2.7.10.1 999999 3-2700
Otros Ingresos en Salud 4.337.969.941
4.337.969.941
TOTAL ADICIÓN
Artículo 2°. Incorpórese al Presupuesto de Gastos de inversión de la Secretaría de Salud, la suma de cuatro mil trescientos treinta y siete
millones novecientos sesenta y nueve mil novecientos cuarenta y un pesos ($4.337.969.941) moneda corriente, con base en el nuevo recurso
mencionado en el artículo anterior, así:
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1197
SECRETARÍA DE SALUD
POS PRE
(CÓDIGO PLAN)
AREA FUNCIONAL
(CODIGO FUT)
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO
(SPC+PRODUCTO)
FONDO
PRODUCTO
CODIGO META
TIPO DE META
CONCEPTO
META CUATRIENIO
UNIDAD DE MEDIDA
META ACUMULADA
META VIGENCIA
VALOR
GR:4
GASTOS DE INVERSIÓN 4.337.969.941
1197.B
SUBCUENTA - OTROS GAST OS EN SALUD 4.337.969.941
4
EJE - INTEGRACIÓN Y GOBERNANZA 4.337.969.941
06
PROGRAMA - CUNDINAMARCA A SU SERVICIO 4.337.969.941
087
Resultado
META RESULTADO - Incrementar del 75,6 a 86 puntos el índice de gobierno abierto
IGA, al finalizar el cuatrienio.
86
P
088
Resultado
META RESULTADO - Incrementar del 80% al 85% el índice de satisfacción de los
usuarios de la Gobernación de Cundinamarca durante el cuatrienio.
85
%
01
SUBPROGRAMA - GESTIÓN PÚBLICA EFICIENTE, MODERNA AL SERVICI O
DEL CIUDADANO
4.337.969.941
555
Producto
META PRODUC TO - Apoyar lages tión del100% deempresas soc iales del estado y
la EAPB Convida y creación de ESE,s del orden Departamental de acuerdo a los
resultados obtenidos en la red integrada de servicios de salud en el marco de la
atención primaria en salud.
100
%
72
25
4.337.969.941
PROYECTO -Fortalecimiento de la capacidad administrativa, financiera, técnica y
operativa de la red publica de salud y EAPB CONVIDA del Departamento de
Cundinamarca.
4.337.969.941
GR:4:4-06-01-555 A.2.4 29712208 3-2700 08
PRODUCTO - Servicio de apoyo financiero para el fortalecimiento de la prestación
del servicio de salud en el nivel territorial.
4.337.969.941
4.337.969.941
TOTAL ADICIÓN SECRETARÍA DE SALUD

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