Gaceta N° 15483 de Cundinamarca, 16-12-2022 - 16 de Diciembre de 2022 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 917937841

Gaceta N° 15483 de Cundinamarca, 16-12-2022

Fecha de publicación16 Diciembre 2022
Fecha16 Diciembre 2022
Número 15.483 - Bogotá, D. C., viernes 16 de diciembre de 2022 - AÑO CXXVI
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122 - 7777
Editor: 
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MINISTERIO DE TRANSPORTE
INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 4235 DE 2022
(noviembre 11)
por la cual se ceden a título gratuito unos inmuebles en favor
del departamento de Cundinamarca.
El DIRECTOR GENERAL (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS
En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 7.9 y
7.19 del artículo 7 del Decreto 1292 de 14 de octubre de 2021 y en
cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el Instituto Nacional
de Vías – INVÍAS frente al departamento de Cundinamarca en la
Cláusula Segunda numeral tercero de la modicación número uno al
Convenio Interadministrativo número 1711 de 2014, y,
CONSIDERANDO:
Que según el Decreto 1292 de 2021, el INSTITUTO NACIONAL
DE VÍAS – INVÍAS, establecimiento público del orden nacional, con
personería jurídica y autonomía administrativa y nanciera, tiene por
objeto “la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas
y proyectos de la infraestructura No concesionada de la red vial de
carreteras primaria y terciaria, férrea, uvial, marítima, y sus infraes-
tructuras conexas o relacionadas, de acuerdo con los lineamientos
dados por el Ministerio de Transporte”.
Que acorde con el Artículo 5º de la Ley 489 de 1998, los orga-
nismos administrativos ejercerán con exclusividad las potestades y
atribuciones inherentes, de manera directa e inmediata, respecto de
los asuntos que les hayan sido asignados expresamente por la ley, la
ordenanza, el acuerdo o el reglamento ejecutivo, entendiéndose que
los principios de la función administrativa y los principios de coordina-
ción, concurrencia y subsidiariedad consagrados por el artículo 288 de
la Constitución Política, deben ser observados en el señalamiento de
las competencias propias de los organismos y entidades de la rama
ejecutiva y en el ejercicio de las funciones de los servidores públicos.
Que el Artículo 95 de la misma ley, establece la posibilidad de
que las entidades públicas se asocien con el n de cooperar en el
cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente
servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de Con-
venios Interadministrativos de Cooperación.
Que con fundamento en lo anterior, EL INSTITUTO NACIONAL
DE VÍAS – INVÍAS, suscribió con el departamento de Cundinamarca,
el Ministerio de Transporte y el Instituto de Infraestructura de Conce-
siones de Cundinamarca – ICCU, el Convenio Interadministrativo de
Cooperación número 1711 de 2014, cuyo objeto consistió en “AUNAR
ESFUERZOS PARA ESTRUCTURAR, FINANCIAR Y EJECUTAR EL
PROYECTO: “AMPLIACIÓN DEL TRAMO DE INFRAESTRUCTURA
VIAL CHÍA – MOSQUERA – GIRARDOT SECTOR MOSQUERA –
ANAPOIMA””.
Que en la consideración número 21 del Convenio Interadminis-
trativo de Cooperación número 1711 de 2014, se estableció, en el
convenio “Que Las Partes encuentran conveniente aunar esfuerzos
con el propósito de adelantar las gestiones necesarias para estruc-
turar el proyecto de ampliación de la calzada existente en el corredor
Chía – Mosquera – Girardot, a través de la provisión de un tercer carril
vehicular continuo entre Anapoima y Balsillas excluyendo los pasos
urbanos de La Mesa y La Gran Vía y a través de la provisión de la
segunda calzada entre Balsillas y la intersección con la vía Fontibón
– Facatativá – Los Alpes teniendo en cuenta el proyecto de carriles de
adelantamiento estructurado por el ICCU en este tramo (en adelante
EL PROYECTO), con el propósito de dotar de mejores condiciones de
operación, tránsito de personas, seguridad vial y movilidad de carga
entre la ciudad de Bogotá y los municipios ubicados a lo largo de la
concesión y así mejorar la comunicación entre el centro y sur del país.”
Que en el numeral tercero de la cláusula segunda de la modi-
cación número uno al Convenio Interadministrativo de Cooperación
número 1711 de 2014, se indicó como obligaciones a cargo del
INSTITUTO: “(…) 3. transferir al departamento a título gratuito de
las franjas de terreno que se llegaren a adquirir para la ejecución,
adelantando los trámites notariales y de registro correspondientes”.
Que en el numeral décimo de la cláusula tercera de la modicación
número uno al Convenio Interadministrativo Cooperación número 1711
de 2014, se estipuló como obligación del DEPARTAMENTO y del
ICCU, “10-Recibir las franjas de terreno que el INSTITUTO llegare a
adquirir para la ejecución del proyecto, una vez efectuados los trámites
notariales y de registro correspondiente”.
Que el artículo 36 de la Ley 1682 de 2013, regula la cesión de
inmuebles entre entidades públicas, en los siguientes términos:
“… Los predios de propiedad de entidades públicas que se re-
quieran para el desarrollo de proyectos de infraestructura deberán
ser cedidos a la entidad responsable del proyecto, a título oneroso
o como aporte de la respectiva entidad propietaria al proyecto de
infraestructura de transporte (...)”
Que en cumplimento de la obligación estipulada en el numeral
tercero de la cláusula segunda de la modicación número uno al
Convenio Interadministrativo de Cooperación número 1711 de 2014,
el INVÍAS en virtud del contrato 1686 de 2015, adquirió entre otros
los siguientes predios:
1. Una zona de terreno con área de MIL TRESCIENTOS OCHEN-
TA Y SEIS COMA CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS
(1.386,49m2), identicada con la cha predial número 001-D-T1-
ANMO, comprendida entre la abscisa inicial K56+176,16 y nal
K56+409,35 del referido proyecto, el cual se segregó de un predio
de mayor extensión, denominado HACIENDA LA CHICA, vereda La
Chica, Municipio de Anapoima, departamento de Cundinamarca,
cuyo predio objeto del presente acto se encuentra identicado con
       
Registro de Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula ca-
tastral 250350002000000111182000000000 (mayor extensión), con
los siguientes linderos especícos NORTE: En longitud de 233,40
m lindando con VÍA ANAPOIMA -MOSQUERA (PTS 49 AL 67 Y 1);
ORIENTE: En longitud de 5,93 m lindando con predio propiedad de
INVERSIONES SÁNCHEZ ORTEGA S. EN C. ISANORTE S. EN C.
(PTS 1 AL 2); SUR: En longitud de 273,87 m lindando con predio pro-
piedad de INVERSIONES SÁNCHEZ ORTEGA S. EN C. ISANORTE
S. EN C. (PTS 2 AL 49); NOR-OCCIDENTE: En longitud de 0,00 m
GACETA DE CUNDINAMARCA
2No. 15.483
lindando con predio propiedad de INVERSIONES SÁNCHEZ ORTEGA
S. EN C. ISANORTE S. EN C. (PT 49).
2. Una zona de terreno con área de OCHOCIENTOS CINCUENTA
Y SIETE COMA CERO SIETE METROS CUADRADOS (857,07m2),
identicada con la cha predial número 001-D-T2-ANMO, compren-
dida entre las abscisas inicial K58+228,51 y nal K58+344,12 del
referido proyecto, el cual se encontraba ubicado dentro del predio
denominado AÑORANZA Y/O EL PEDREGAL, vereda La Chica,
Municipio de Anapoima Departamento de Cundinamarca, cuyo predio
objeto del presente acto se encuentra identicado con la matrícula
inmobiliaria número 166-107014     
Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula catastral número
250350002000000110016000000000 (mayor extensión), cuyos
linderos especícos son: NOR-ORIENTE: En una longitud de 9,35
m con predio de HACIENDA EL PLACER (1 AL 2); SUR-ORIENTE:
En una longitud de 118,00 m con predio de PALACIOS RAMÍREZ
JAIRO Y OTROS (2 AL 16); SUR-OCCIDENTE: En una longitud de
7,42 m con predio del DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA Y
VÍA ANAPOIMA – MOSQUERA (16 AL 18); y OCCIDENTE: En una
longitud de 117,57 m con CARRETERA ANAPOIMA – MOSQUERA
(18 AL 33 Y 1).
3. Una zona de terreno con área de NUEVE MIL CIENTO
CUARENTA Y OCHO COMA NOVENTA METROS CUADRADOS
(9.148,90 m2), identicada con la cha predial número 002-D-T2-
ANMO, comprendida entre las abscisas inicial K58+344,12 y nal
K59+714,22 del referido proyecto, el cual se encontraba ubicado
dentro del predio denominado EL PLACER, en la vereda LA CHICA,
Municipio de ANAPOIMA, Departamento de CUNDINAMARCA,
cuyo predio objeto del presente acto se encuentra identicado con la
matrícula inmobiliaria número 166-105053   -
gistro de Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula catastral
número 250350002000000110014000000000 (mayor extensión),
cuyos linderos especícos son: ÁREA 1: Con un área de 6.048,10 m2,
localizada entre las abscisas inicial Km 58+344,12 y nal 59+136,07
se encuentra comprendida internamente dentro de los siguientes
linderos especiales: ÁREA 1: NORTE: En longitud de 7,46m lindando
con predio propiedad de ESCUELA RURAL EL HIGUERÓN (PTS 1
AL 2); ORIENTE: En longitud de 796,89m lindando con HACIENDA
EL PLACER LTDA. (PTS 2 AL 74); SUR: En longitud de 9,35m lindan-
do con predio propiedad de PALACIO RAMÍREZ JAIRO Y OTROS
(PTS 74 AL 75); OCCIDENTE: En longitud de 792m lindando con VÍA
ANAPOIMA -MOSQUERA (PTS 75 AL 127 Y 1); ÁREA 2: Con un área
de 3.100,80 m2, localizada entre las abscisas inicial Km 59+247,76
y nal 59+714,22 se encuentra comprendida internamente dentro de
los siguientes linderos especiales, consignados en la cha predial
número 002-D-T2-ANMO elaborada por el Consorcio Conexión del
Tequendama en el mes de julio de 2016: NOR-ORIENTE: En longitud
de 4,52m lindando con GIRALDO HENAO CAMILO Y OTROS (PTS
128 AL 129); SUR-ORIENTE: En longitud de 487,10m lindando con
HACIENDA EL PLACER LTDA. (PTS 129 AL 169); SUR -OCCIDENTE:
En longitud de 9,24m lindando con predio propiedad de ESCUELA
RURAL EL HUIGUERÓN (PTS 169 AL 170); NOR-OCCIDENTE: En
longitud de 468,17m lindando con VÍA ANAPOIMA -MOSQUERA
(PTS 170 AL 201 Y128).
4. Una zona de terreno con área de MIL TRESCIENTOS DIEZ
COMA CERO SIETE METROS CUADRADOS (1.310,07 m2), iden-
ticado con la cha predial número 005-D-T2-ANMO, comprendida
entre las abscisa inicial K59+854,21 y nal K60+017,23 del referido
proyecto, el cual se segregó de un predio de mayor extensión, ubicado
en la vereda La Chica, Municipio de ANAPOIMA, Departamento de
CUNDINAMARCA, cuyo predio objeto del presente acto se encuentra
identicado con la matrícula inmobiliaria número 166-107002 de
 y la
cédula catastral número 250350002000000110256000000000 (mayor
extensión), y sus linderos especícos son así: POR EL NORTE: En
una longitud de 8,11 m con predio de INVERSIONES MÚLTIPLES S.
A. Y OTROS (1 AL 2); POR EL ORIENTE: En una longitud de 52,78
m con predio de INVERSIONES MÚLTIPLES S. A. (2 AL 8); POR EL
SUR: En una longitud de 7,06 m con predio de GIRALDO HENAO
CAMILO Y OTROS (8 AL 10) y POR EL OCCIDENTE: En una longi-
tud de 49,33 m con VÍA ANAPOIMA – MOSQUERA (10 AL 14 Y 1).
5. Una zona de terreno de MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
NUEVE COMA VEINTITRÉS METROS CUADRADOS (1.889,23 m2)
identicada en la cha predial 008-D-T2-ANMO, comprendida entre la
abscisa Inicial K60+472,30 y nal K60+721,88 del referido proyecto, el
cual se segregó de un inmueble de mayor extensión denominado EL
JOBO, ubicado en la vereda LA CHICA, Municipio de ANAPOIMA, De-
partamento de CUNDINAMARCA; dicho inmueble objeto del presente
acto se identica con la matrícula inmobiliaria número 166-105137
 y
código catastral número 253860002000000070073000000000 (mayor
extensión) y sus linderos especícos son los consignados en la Ficha
Predial número 008-D-T2-ANMO así: NOR-ORIENTE: En longitud de
9,27m lindando con predio propiedad de GUZMÁN MORENO ÁNGELA
PATRICIA Y OTROS (PTS 1 AL 2); SUR-ORIENTE: En longitud de
248,88m lindando con MORENO RONCANCIO CARLOS ALFONSO
(PTS 2 AL 26); SUR-OCCIDENTE: En longitud de 16,81m lindando
con predio propiedad de MORENO RONCANCIO CARLOS ALFONSO
(PTS 26 AL 27); NOR-OCCIDENTE: En longitud de 244,16m lindando
con VÍA ANAPOIMA -MOSQUERA (PTS 27 AL 43 Y 1).
6. Una zona de terreno con área de DOS MIL SESENTA Y TRES
COMA SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (2.063,77 m2),
identicada con la cha predial número 009-D-T2-ANMO, compren-
dida entre las abscisas inicial K60+721,88 y nal K60+991,77 del
referido proyecto, el cual se segregó de un predio denominado LOTE
NÚMERO TRES (3) Y/O SAN DIMAS, de la vereda LAGUNA VERDE,
Municipio de LA MESA, Departamento de CUNDINAMARCA, cuyo
predio objeto del presente acto se encuentra identicado con la ma-
trícula inmobiliaria número 166-107222 
de Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula catastral número
253860002000000070270000000000 (mayor extensión), cuyos
linderos especícos son: NORTE: En longitud de 274,48 m., con VÍA
ANAPOIMA-MOSQUERA (30 AL 55 Y 1); ORIENTE: En longitud de
7,65 m., con predio de propiedad de GUZMÁN MORENO ÁNGELA
PATRICIA Y OTROS (1 AL 2); SUR: En longitud de 276,22 m., de
propiedad de GUZMÁN MORENO ÁNGELA PATRICIA Y OTROS (2 AL
29); OCCIDENTE: En longitud de 9,27 m., de propiedad de MORENO
RONCANCIO CARLOS ALFONSO (29 AL 30).
7. Una zona de terreno con área de CUATROCIENTOS OCHENTA
COMA TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (480,34 m2),
identicada con la cha predial número 011-I-T2-ANMO, comprendida
entre las abscisas inicial K59+169,06 y nal K59+232,66 del referido
proyecto, el cual se segregó de un predio de mayor extensión deno-
minado EL CURAL, ubicado en la vereda EL HIGUERÓN, Municipio
de LA MESA, Departamento de CUNDINAMARCA, cuyo predio
objeto del presente acto se encuentra identicado con la matrícula
inmobiliaria número 160-109310     
Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula catastral número
250350002000000100042000000000 (mayor extensión), compren-
dida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En longitud de 29,97
m lindando con propiedad de CAVIEDES PULIDO RODOLFO Y
OTRA (PTS 5 AL 10); ORIENTE: En longitud de 4,96 m lindando con
CAMINO REAL (PTS 10 Y 1); SUR: En longitud de 28.18 m lindando
con VÍA ANAPOIMA -MOSQUERA (PTS 1 al 4); OCCIDENTE: En
longitud de 4,50 m lindando con predio de propiedad de CAVIEDES
PULIDO RODOLFO (PTS 4 AL 5).
8. Una zona de terreno con área de CIENTO SIETE COMA CIN-
CUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (107,56 m2), identicada
con la cha predial número 013-I-T2-ANMO, comprendida entre las
abscisas inicial K58+997,79 y nal K59+050,21 del referido proyecto,
el cual se segregó de un predio de mayor extensión, denominado
LA CAMPIÑA, ubicado en la vereda EL HIGUERÓN, Municipio de
LA MESA, Departamento de CUNDINAMARCA, cuyo predio ob-
jeto del presente acto se encuentra identicado con la matrícula
inmobiliaria número      
Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula catastral número
250350002000000100207000000000 (mayor extensión), compren-
dida dentro de los siguientes linderos especícos: NORTE: En una
longitud de 2,02 m con predio de BERNARDO ANTONIO FORERO
GONZÁLEZ (1 AL 2); ORIENTE: En una longitud de 53,59 m con
VÍA ANAPOIMA -MOSQUERA (2 AL 10); SUR: En una longitud de
54,27 m con predio propiedad de FORERO GONZALES BERNARDO
ANTONIO; y OCCIDENTE: En una longitud de 2,00 m lindando con
predio de propiedad de FORERO GONZÁLEZ BERNARDO ANTONIO.
9. Una zona de terreno con área de NOVENTA Y SEIS COMA
SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (96,69 m2), identi-
cada con la cha predial 014-I-T2-ANMO, comprendida entre la
abscisa inicial K59+074,45 y nal K59+123,12, el cual se segregó
de un predio de mayor extensión denominado EL PLACER, de la
vereda EL HIGUERÓN, Municipio de LA MESA, Departamento de
GACETA DE CUNDINAMARCA 3No. 15.483
CUNDINAMARCA, cuyo predio objeto del presente acto se encuentra
identicado con la matrícula inmobiliaria número 166-110641 de
     y
cédula catastral número 250350002000000100283000000000 (mayor
extensión) y sus linderos especícos son: NORTE: En longitud de 1,93
m lindando con predio propiedad de CUBILLOS RIAÑO RICARDO
(PTS 1 AL 2); ORIENTE: En longitud de 31,39 m lindando con la VÍA
ANAPOIMA -MOSQUERA (2 AL 5); SUR: En longitud de 5,32 m lin-
dando con CARRETEABLE (PTS 5 AL 6); OCCIDENTE: En longitud
de 37,28 m lindando con predio propiedad de GILDARDO GÓMEZ
LEÓN (PTS 6 AL 10 Y 1).
10. Una zona de terreno con área de DOS MIL SEISCIENTOS
CUARENTA Y OCHO COMA SETENTA Y DOS METROS CUA-
DRADOS (2.648,72 m2), identicada con la cha predial número
002-D-T3-ANMO, comprendida entre las abscisas inicial K61+685,48
y nal K62+067,71 del referido proyecto, el cual se segrega de un
predio de mayor extensión, denominado LOTE 2 SAN JUAN Y/O
LOTE número 2 VILLA CAROLINA, ubicado en la vereda LAGUNA
VERDE, Municipio de LA MESA, Departamento de CUNDINAMARCA,
cuyo predio objeto del presente acto se encuentra identicado con la
matrícula inmobiliaria número 166-  -
gistro de Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula catastral
número 253860002000000070435000000000 (mayor extensión),
comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En longitud
de 8,48m lindando con MORENO MARTÍNEZ JOAQUÍN AUGUSTO Y
OTROS (PTS 1 al 2); ORIENTE: En longitud de 393,02m lindando con
predio de propiedad de RODRÍGUEZ CÓRDOBA CAROLINA (PTS 2 al
45); SUR: En longitud de 7,72m lindando con predio de propiedad de
RODRÍGUEZ CÓRDOBA CAROLINA (PTS 45 AL 46); OCCIDENTE:
En longitud de 382,70m lindando con predio de propiedad de VÍA
ANAPOIMA – MOSQUERA (PTS 46 AL 86 y 1).
11. Una zona de terreno con área de CINCO MIL CUARENTA
COMA SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (5.040,62 m2),
identicada con la cha predial número 003-D-T3-ANMO, compren-
dida entre las abscisas inicial K62+067,71 y nal K62+898,48 del
referido proyecto, el cual se segrega de un predio de mayor extensión,
denominado EL SAMÁN, ubicado en la vereda LAGUNA VERDE,
Municipio de LA MESA, Departamento de CUNDINAMARCA, cuyo
predio objeto del presente acto se encuentra identicado con la
matrícula inmobiliaria número 166-106586   -
gistro de Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula catastral
número 253860002000000070272000000000 (mayor extensión),
comprendida dentro de los siguientes linderos: ÁREA 1: Con un área
de 2.628,21 m2, localizada entre las abscisas inicial Km 62+067,71
y nal 62+474,09 se encuentra comprendida internamente dentro de
los siguientes linderos especiales, consignados en la cha predial
número 003-D-T3-ANMO elaborada por el Consorcio Conexión del
Tequendama en el mes de julio de 2016: NOR-ORIENTE: En longitud
de 7,10m lindando con predio propiedad de SOCIEDAD MESUNA DE
GANADEROS SOMEGAN (PTS 1 AL 3); SUR-ORIENTE: En longitud
de 398,99m lindando con MORENO MARTÍNEZ JOAQUÍN AUGUSTO
(PTS 3 AL41); SUR -OCCIDENTE: En longitud de 8,48m lindando con
predio propiedad de RODRÍGUEZ CÓRDOBA CAROLINA (PTS 41
AL 42); NOR-OCCIDENTE: En longitud de 398,16m lindando con VÍA
ANAPOIMA -MOSQUERA (PTS 42 AL 67 Y 1); ÁREA 2: Con un área
de 2.412,41 m2, localizada entre las abscisas inicial Km 62+590,24 y
nal 62+898,48 se encuentra comprendida internamente dentro de los
siguientes linderos especiales, consignados en la cha predial número
003-D-T3-ANMO elaborada por el Consorcio Conexión del Tequenda-
ma en el mes de julio de 2016: NOR-ORIENTE: En longitud de 11,38m
lindando con CARRETEABLE (PTS 68 AL 71); SUR-ORIENTE: En
longitud de 317,21m lindando con MORENO MARTÍNEZ JOAQUÍN
AUGUSTO (PTS 71 AL 104); SUR-OCCIDENTE: En longitud de
7,59m lindando con predio propiedad de SOCIEDAD MESUNA DE
GANADEROS SOMEGAN (PTS 104 AL 105); NOR-OCCIDENTE:
En longitud de 308,31m lindando con VÍA ANAPOIMA -MOSQUERA
(PTS 105 AL132 Y 68).
12. Una zona de terreno con área de NOVECIENTOS SEIS
COMA DIECINUEVE METROS CUADRADOS (906,19 m2), iden-
ticada con la cha predial número 004-D-T3-ANMO, comprendida
entre las abscisas inicial K62+474,09 y nal K62+590,24 del referi-
do proyecto, el cual se segrega de un predio de mayor extensión,
denominado LOTE PLANTA DE BENEFICIO, ubicado en la vereda
LAGUNA VERDE, Municipio de LA MESA, Departamento de CUN-
DINAMARCA, cuyo predio objeto del presente acto se encuentra
identicado con la matrícula inmobiliaria número 166-106604 de
     y
la cédula catastral número 253860002000000070497000000000
(mayor extensión), comprendida dentro de los siguientes linderos:
NOR-ORIENTE: En longitud de 7,60m lindando con predio propiedad
de MORENO MARTÍNEZ JOAQUÍN AUGUSTO (PTS 1 AL 2); SUR-
ORIENTE: En longitud de 125,07m lindando con SOCIEDAD MESUNA
DE GANADEROS SOMEGAN (PTS 2 AL 15); SUR -OCCIDENTE:
En longitud de 7,10m lindando con predio propiedad de MORENO
MARTÍNEZ JOAQUÍN AUGUSTO (PTS 15 AL 17); NOR-OCCIDENTE:
En longitud de 126,13m lindando con VÍA ANAPOIMA -MOSQUERA
(PTS 17 AL 33 Y 1).
13. Una zona de terreno con área de OCHOCIENTOS SE-
TENTA Y NUEVE COMA VEINTIDÓS METROS CUADRADOS
(879,22 m2), identicada con la cha predial número 006-D-T3-
ANMO, comprendida entre las abscisas inicial K62+934,97 y nal
K63+074,73 del referido proyecto, el cual se segrega de un predio
de mayor extensión, denominado LO número 1, ubicado en la vereda
LAGUNA VERDE, Municipio de LA MESA, Departamento de CUN-
DINAMARCA, cuyo predio objeto del presente acto se encuentra
identicado con la matrícula inmobiliaria número 166-105117 de
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la cédula catastral número 53860002000000070061000000000, y
253860002000000070471000000000 (mayor extensión), compren-
dida dentro de los siguientes linderos: ÁREA 1 así: NOR-ORIENTE:
En longitud de 6,93 m lindando con predio propiedad de GLORIA
ESPERANZA Y OTRO (PTS 1 AL 2); SUR-ORIENTE: En longitud
de 38,24 m lindando con CAVIEDES DE BERNAL NELLY (PTS 2 AL
7); SUR-OCCIDENTE: En longitud de 8,52 m lindando con predio
propiedad de CAVIEDES CRUZ ÓSCAR FABIÁN Y OTRO (PTS 7
AL 8); NOR-OCCIDENTE: En longitud de 38,80 m lindando con VÍA
ANAPOIMA -MOSQUERA (PTS 8 AL 11 Y 1); y ÁREA 2 así: NOR-
ORIENTE: En longitud de 8,01 m lindando con predio propiedad del
MUNICIPIO DE LA MESA (PTS 1 AL 2); SUR-ORIENTE: En longitud
de 77,22 m lindando con CAVIEDES DE BERNAL NELLY (PTS 2 AL
11); SUR -OCCIDENTE: En longitud de 7,68 m lindando con predio
propiedad de LEÓN MORENO GLORIA ESPERANZA Y OTRO (PTS
11 AL 12); NOR-OCCIDENTE: En longitud de 80 m lindando con VÍA
ANAPOIMA -MOSQUERA (PTS 12 AL 18 Y 1).
14. Una zona de terreno con área de CIENTO CINCUENTA COMA
VEINTINUEVE METROS CUADRADOS (150,29 m2), identicada
con la cha predial número 007-D-T3-ANMO, comprendida entre las
abscisas inicial K62+973,76 y nal K62+994,76 del referido proyecto,
el cual se segrega de un predio de mayor extensión, denominado
LO LA FORTUNA, ubicado en la vereda LAGUNA VERDE, Munici-
pio de LA MESA, Departamento de CUNDINAMARCA, cuyo predio
objeto del presente acto se encuentra identicado con la matrícula
inmobiliaria número 166-107148     
Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula catastral número
253860002000000070454000000000 (mayor extensión), com-
prendida dentro de los siguientes linderos así: NOR-ORIENTE: En
longitud de 7,68 m lindando con predio propiedad de CAVIEDES DE
BERNAL NALLY (PTS 1 AL 2); SUR-ORIENTE: En longitud de 20,31
m lindando con LEÓN MORENO GLORIA ESPERANZA Y OTRO
(PTS 2 AL 6); SUR-OCCIDENTE: En longitud de 6,93 m lindando
con predio propiedad de CAVIEDES DE BERNAL NELLY (PTS 6
AL 7); NOR-OCCIDENTE: En longitud de 21,80 m lindando con VÍA
ANAPOIMA-MOSQUERA (PTS 7 AL 9 Y 1).
15. Una zona de terreno con área de DOS MIL DOSCIENTOS
CUARENTA Y CINCO COMA SETENTA METROS CUADRADOS
(2.245,70 m2), identicada con la cha predial número 008-I-T3-
ANMO, comprendida entre las abscisas inicial K63+104,60 y nal
K63+456,77 del referido proyecto, el cual se segrega de un predio
de mayor extensión, denominado BELÉN, ubicado en la vereda SAN
ANDRÉS, Municipio de LA MESA, Departamento de CUNDINAMAR-
CA, cuyo predio objeto del presente acto se encuentra identicado
con la matrícula inmobiliaria número 166-108182 
Registro de Instrumentos Públicos de La Mesa y la cédula catastral
número 253860002000000090122000000000 (mayor extensión),
comprendida dentro de los siguientes linderos así: NOR-ORIENTE:
En longitud de 7,08 m lindando con predio propiedad de ÓSCAR GAR-
CÍA ZAMORA (PTS 1 AL 3); SUR-ORIENTE: En longitud de 347,82
m lindando con VÍA ANAPOIMA – MOSQUERA (PTS 2 AL 43); SUR
-OCCIDENTE: En longitud de 5,65 m lindando con predio propiedad
de EDUARDO RIAÑOS Y OTRO (PTS 43 AL 44); NOR-OCCIDENTE:

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