Garantías contingentes en contratos de compraventa internacional de mercaderías - Medios de pago y garantías - 360 de la compraventa internacional de mercaderías: memorias del II Congreso Iberoamericano de Derecho Internacional de los Negocios - Libros y Revistas - VLEX 950068488

Garantías contingentes en contratos de compraventa internacional de mercaderías

AutorEdgardo Muñoz, David Obey Ament-Güémez
Páginas221-257
edgardo mo*1
daid oey ament-gme**2
Garantías contingentes en contratos de
compraventa internacional de mercaderías
etracto
Una cláusula en un contrato que requiera la emisión de una garantía in-
dependiente crea la obligación para una parte (el solicitante) de hacer que
un garante emita dicha garantía a favor del beneficiario. Esta obligación de
emitir la garantía es exigible en base al derecho aplicable al contrato subya-
cente. Diversas preguntas surgen en relación a la exigibilidad y efectos de la
obligación del solicitante bajo dicho derecho. En particular, sobre si la falta
de provisión o la provisión de una garantía defectuosa da derecho a ejercer
ciertas acciones, pero excluye otras. Los autores postulan que la cisg ofrece
un marco legal efectivo para asegurar el cumplimiento de la obligación de una
parte de proporcionar una garantía independiente dentro de un contrato in-
ternacional de mercaderías. Los autores entablan un intenso debate y sugieren
muchas respuestas útiles con respecto a las acciones a ejercer conforme a la
cisg en caso de incumplimiento de la obligación contractual de proporcionar
una garantía independiente.
I. introdccin
Las garantías independientes son ahora un mecanismo habitual en el comer-
cio internacional. El uso de estas garantías comenzó en los años 19603 y su
frecuencia ha crecido exponencialmente a partir de entonces4. Las razones
detrás de dicho desarrollo son varias. Ante todo, las garantías independientes
han probado ser útiles en cualquier tipo de operación subyacente, por ejem-
plo, en transacciones financieras, en acuerdos de compraventa o en proyectos
industriales5. Segundo, las cantidades en juego en las transacciones moder-
nas se han hecho más grandes, por lo que el factor de riesgo de las partes
* Doctor en Derecho (Basel), maestro en Derecho (UC Berkeley), maestro en Derecho (Liverpool),
profesor de Derecho, Universidad Panamericana (Guadalajara, México); correo electrónico
Edgardo.munoz @up.edu.mx
** Graduado en Derecho, Universidad Panamericana (Guadalajara, México); correo elect rónico
david_ament@hotmail.com
3 F. dely, The UN Convention on Independent Guarantees and Stand-by Letters of Credit.
Foreign Law Year in Revi ew, 33(3), 1998.
4 M. kn ezevi y A. luki, Bank Guarantees and their Representation in Bank Business
Activities. Economic Insights -Trends & Challenges , 64(1), 2012, 42.
5 R. I. V. F. bertrams, Bank Guarantees in Inter national Trade, I. P. S. A., Kluwer Law
International, 1996.
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