¿Cuál es el hecho generador del Impuesto de Industria y comercio en Villavicencio? - Generales del impuesto - Impuesto. Industria, comercio y avisos - Cartilla ICA de Villavicencio. Impuestos de industria, comercio y predial unificado - Libros y Revistas - VLEX 454820182

¿Cuál es el hecho generador del Impuesto de Industria y comercio en Villavicencio?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Páginas4-9
Cartilla Impuesto de Industria, Comercio y Avisos ICA4
(003) ¿Cuál es el hecho generador del Impuesto de Industria y comercio en
Villavicencio?.
El Impuesto de Industria y Comercio y Avisos y tableros es un impuesto del orden
municipal que de conformidad con lo establecido en los artículos 47 y 48 del Acuerdo
030 de 2008, en concordancia con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 14 de
1983, grava el ejercicio o realización de cualquier actividad industrial, comercial o de
servicios en jurisdicción de la ciudad.
Tiene como características complementarias
- Que las actividades gravadas sean ejercidas por persona natural, persona jurídica
o sociedad de hecho, Patrimonios autónomos, Consorcios y Uniones Temporales,
Partícipes gestores en el contrato de cuentas en participación
- Que las actividades se desarrollen de manera directa o indirecta.
- Que las actividades gravadas se desarrollen o ejecuten de forma permanente u
ocasional,
- Que las actividades gravadas se desarrollen en inmueble determinado, con
establecimientos de comercio o sin ellos.
JURISPRUDENCIA, Hecho generador del impuesto de industria y comercio
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“...la existencia de una caseta de peajes en jurisdicción de un determinado municipio no es sí ninguna
actividad de servicios, pues al igual que la administración de los peajes, no encuadran ni como una de las
actividades enunciadas, ni como una actividad análoga a la misma, lo que se evidencia al tener en cuenta
las actividades de servicio que se consideran gravadas.
Adicionalmente, la actividad de la actora en virtud del contrato de obra pública No 001 del 30 de diciembre
de 1993, en su calidad de concesionaria, es la de construir, conservar, mantener, explotar, y operar la
1 Sentencia de octubre 29 de 1999, expediente 9557, C.P. Dr. Delio Gómez Leyva.

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