Giro en pérdida de investidura, campanazo para el Congreso - 9 de Marzo de 2018 - El Tiempo - Noticias - VLEX 704905585

Giro en pérdida de investidura, campanazo para el Congreso

redacción política - EL TIEMPO@PoliticaET redaccionpolitica@eltiempo.com.co

La inédita decisión del Consejo de Estado, que castigó con pérdida de investidura el ausentismo de una congresista a pesar de que esta demostró que había respondido los llamados a lista en varias plenarias, representa un golpe de fondo a uno de los vicios más recurrentes en esa corporación: volarse de los debates parlamentarios apenas se contesta a lista de verificación de quorum. El Consejo de Estado, en fallo de primera instancia, despojó de su investidura a la representante por ‘la U’ Luz Adriana Moreno –quien ya anunció que apelará la decisión– porque comprobó que la representante a la Cámara se ausentó en al menos seis plenarias en las que se votaron proyectos entre agosto y octubre de 2015, sin tener justificación válida. Usualmente, la ausencia del parlamentario es comprobaba porque no se registró en la sesión. Esta vez, sin embargo, el Consejo de Estado recogió una posición ya marcada en un caso del año pasado –que no terminó en pérdida de investidura– según la cual la asistencia a un debate implica no solo el registro, sino la plena participación en este, especialmente en las votaciones. Esto significa que para el alto tribunal un congresista no solo debe registrarse en la sesión, sino demostrar que participó en ella y que votó los proyectos en el orden del día. “La corporación consideró que el solo hecho de haber contestado a lista no prueba la asistencia de la congresista a las sesiones y encontró probado que después de registrar su asistencia no estuvo presente en las sesiones de la Cámara de Representantes los días 4, 11, 18 y 25 de agosto, y 15 de septiembre y 6 de octubre del 2015”, explicó el fallo del Consejo de Estado. La congresista caldense aseguró que los legisladores tienen el derecho de votar o no votar los proyectos. “Nos aterra que el Consejo de Estado esté avanzando en cambiar esta potestad”, aseguró. Consecuencias La consecuencia jurídica de la pérdida de investidura es lo que se denomina la ‘muerte política’. De acuerdo con el constitucionalista Darío Martínez, la persona sancionada “no puede volver a ser elegida a ningún cargo de elección popular de por vida”. Esto se traduce en que el congresista al que se le despoja de su investidura no puede aspirar a Congreso, asambleas departamentales, concejos municipales, gobernaciones, alcaldías ni Presidencia de la...

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