Decreto número 393 de 2009, por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Quinto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica número 59 suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, Países Miembros de la Comunidad Andina - 10 de Febrero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51912323

Decreto número 393 de 2009, por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Quinto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica número 59 suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, Países Miembros de la Comunidad Andina

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín47259

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el articulo 189 numerales 11 y 25 de la Constitucion Politica y con sujecion a lo previsto en las Leyes 6ª de 1971, 45 de 1981, de 1991, 1000 de 2005, y CONSIDERANDO:

Que el Tratado de Montevideo de 1980, que instituye la Asociacion Latinoamericana de Integracion, ALADI, fue aprobado por el Congreso de la Republica mediante la Ley 45 de 1981.

Que en desarrollo de los mecanismos previstos en el Tratado de Montevideo de 1980 y de lo dispuesto en la Resolucion numero 2 del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociacion Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), los Gobiernos de la Republica Argentina, de la Republica Federativa del Brasil, de la Republica del Paraguay y de la Republica Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur y los Gobiernos de la Republica de Colombia, de la Republica del Ecuador y de la Republica Bolivariana de Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad Andina, suscribieron el Acuerdo de Complementacion Economica numero 59.

Que el "Acuerdo de Complementacion Economica numero 59" fue aprobado por el Congreso de la Republica mediante la Ley 1000 de 2005.

Que en desarrollo de los mecanismos previstos en el Tratado de Montevideo 1980 y de lo dispuesto en la Resolucion numero 2 del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociacion Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), los Gobiernos de la Republica Argentina, de la Republica Federativa del Brasil, de la Republica del Paraguay y de la Republica Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur y los Gobiernos de la Republica de Colombia, de la Republica del Ecuador y de la Republica Bolivariana de Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad Andina, han suscrito en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el 21 de mayo de 2008, el Sexto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementacion Economica numero 59.

Que se hace necesario...

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