El Juzgado Tercero de Familia de Bogotá, Distrito Capital, avisa del proceso de designación de guardador provisional a Martha Cristina Vivanco Guerrero - 27 de Septiembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 67519592

El Juzgado Tercero de Familia de Bogotá, Distrito Capital, avisa del proceso de designación de guardador provisional a Martha Cristina Vivanco Guerrero

EmisorVarios
Número de Boletín47485

Bogota, Distrito Capital, HACE SABER:

Dentro del proceso de interdiccion de Elena Soler Fajardo el quince (15) de julio de dos mil ocho (2008), se dicto sentencia, que en su parte resolutiva dice: Primero. Declarar la interdiccion definitiva, por demencia, de la señorita Elena Soler Fajardo, nacida el 28 de febrero de 1950, por las razones expuestas en la motivacion de este proveido.

Segundo. Privar como consecuencia a la interdicta de la administracion de sus bienes.

Tercero. Nombrar como guardador de la interdicta a su hermano Jairo Enrique Soler Fajardo, quien debera tomar posesion del cargo y se le discernira el mismo, una vez presente el inventario solemne de bienes y presta la caucion correspondiente si a ello hubiere lugar.

Domingo 27 de septiembre de 2009 13 Cuarto. Inscribir la presente sentencia en el registro civil de nacimiento de Elena Soler Fajardo y notificar al publico por medio de aviso, que debe ser insertado por una vez en el Diario Oficial y en un periodico de amplia circulacion nacional, el cual pude ser "La Republica" o "El Nuevo Siglo" o "El Tiempo" o "El Espectador", preferiblemente el dia domingo.

Quinto. Notificar al agente del Ministerio Publico para lo de su cargo.

Sexto. Consultar la presente sentencia, con el honorable Tribunal Superior de Bogota, Sala de Familia. Enviese el expediente copiese, notifiquese y cumplase, la Juez, Gloria E. Ordoñez de Ibarra. El Tribunal Superior de Bogota, D. C., Sala de Familia, en decision del diecinueve (19) de diciembre de dos mil ocho (2008), RESUELVE:

Primero. Confirmar integramente la sentencia consultada, esto es la proferida por el Juzgado Tercero de Familia de esta ciudad, el quince (15) de julio de dos mil ocho (2008) dentro del proceso de la referencia.

Segundo. Sin costas en este grado jurisdiccional.

Tercero. Por secretaria una vez ejecutoriada esta sentencia, remitanse las diligencias al Juzgado de origen. Copiese, notifiquese y cumplase. Los Magistrados Carlos Alejo Barrera Arias, Ivan Alfredo Fajardo Bernal, Gloria Isabel Espinel Fajardo.

Para los efectos indicados en el articulo 659 numeral 7 del Codigo de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en lugar publico de la Secretaria por el termino de ley hoy 17 de septiembre de 2009 a las (8.00 a. m.). Se expiden copias para su publicacion.

El Secretario, Carlos Alberto Aguirre A.

La suscrita Secretaria del Juzgado Segundo de Familia de Barranquilla EMPLAZA:

Al señor Jorge Enrique Olmos Rincon, de conformidad...

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