La Registradora ad hoc de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San Martín, resuelve revocar la inscripción de la Escritura Pública número 364 del 18 de mayo de 2005 de la Notaría Única de San Martín-Meta, realizada con Turno de Radicación 2005-2224 de fecha 20/05/2005 en los Folios de Matrícula Inmobiliaria número 236-9016 - 3 de Febrero de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 248178671

La Registradora ad hoc de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San Martín, resuelve revocar la inscripción de la Escritura Pública número 364 del 18 de mayo de 2005 de la Notaría Única de San Martín-Meta, realizada con Turno de Radicación 2005-2224 de fecha 20/05/2005 en los Folios de Matrícula Inmobiliaria número 236-9016

EmisorVarios
Número de Boletín47972

Oficina de Registro del Circulo de San Martin - Meta, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el articulo 82 del Decreto-ley 1250 de 1970 y en los articulos 28 y siguientes del Codigo Contencioso Administrativo procede a resolver la actuacion administrativa iniciada por Auto del 28 de enero de 2010 sobre los Folios de Matricula Inmobiliaria numeros 236-9016 y sus segregados, cion RESUELVE:

Primero. Revocar la inscripcion de la escritura publica numero 364 del 18 de mayo de 2005 de la Notaria Unica de San Martin-Meta, realizada con turno de radicacion 20052224 de fecha 20/05/2005 en los Folios de Matricula Inmobiliaria numero 236-9016 en la Anotacion numero 04 y en el Folio de Matricula Inmobiliaria 236-56144 correspondiente a la Anotacion 01 la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de San Martin-Meta, por las razones consignadas en la parte motiva de esta providencia.

Segundo. Revocar la inscripcion de la Escritura Publica numero 094 del 29 de enero de 2009 de la Notaria Unica de Granada, realizada con Turno de Radicacion 2009-653 en el Folio de Matricula Inmobiliaria numero 236-9016 en la Anotacion numero 05 y en la 236-56144 la Anotacion numero 02 la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de San Martin-Meta, por las razones consignadas en la parte motiva de esta providencia. Tercero. Revocar el acto administrativo de registro realizado con el Turno de Radica2009-3355 en la Anotacion numero 03 del Folio de Matricula Inmobiliaria numero 236-56144, de la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de San Martin-Meta, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. Cuarto. Como consecuencia de lo anterior, cerrar el Folio de Matricula Inmobiliaria numero 236-56144 y abrir el Folio de Matricula Inmobiliaria numero 236-9016. Quinto. Que el Folio de Matricula Inmobiliaria 236-9016, continue con su naturaleza juridica de Falsa Tradicion o Dominio Incompleto, por reflejar unas mejoras en predio de Propiedad de la Nacion.

Sexto. Comunicar le presente decision y enviar copia de la misma, a la Fiscalia 39 Seccional de San Martin-Meta, a la Oficina de Control Interno Disciplinario y a la Superintendencia Delegada para el Registro para lo de sus respectivas competencias e investigaciones que hayan iniciado o decidan iniciar. Septimo. Notificar personalmente esta resolucion a la doctora Marcela Patricial Rey Bolivar, Procuradora 14 Judicial, Ambiental y Agraria del Meta, al doctor Alberto...

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