RESOLUCIÓN NUMERO 0334 DE 2008 , (octubre 8) , por la cual se autoriza la cesión a favor de Hoteles Decamerón Colombia S.A., 'Hodecol' de los derechos y obligaciones contenidos en la Resolución número 0002 del 06 de enero de 1995, a través de la cual, esta Dirección otorgó una concesión al señor Álvaro Javier Camacho López, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena . - 8 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50188784

RESOLUCIÓN NUMERO 0334 DE 2008 , (octubre 8) , por la cual se autoriza la cesión a favor de Hoteles Decamerón Colombia S.A., 'Hodecol' de los derechos y obligaciones contenidos en la Resolución número 0002 del 06 de enero de 1995, a través de la cual, esta Dirección otorgó una concesión al señor Álvaro Javier Camacho López, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena .

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín47202

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5 o del Decreto-ley 2324 de 1984 y numerales 1 y 3 del artículo 2 o del Decreto 1561 de 2002, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución número 0002 del 6 de enero de 1995, la Dirección General Marítima otorgó en concesión al señor Álvaro Javier Camacho López un área de bien de uso público de la Nación, ubicada en la Isla de Barú, corregimiento de Santa Ana, en el sitio denominado Boca de la Ciénaga de Portonaito y legalizó las construcciones existentes tanto en dicha área como en terreno consolidado bajo jurisdicción de esta Dirección para desarrollar actividades de recreación y turismo;

Que en el artículo de la mencionada resolución se fijó el término de veinte (20) años contados a partir del 30 de mayo de 1995, fecha en la cual quedó en firme y ejecutoriada, por cuanto contra la misma no se interpuso recurso alguno: Que el término de veinte (20) años otorgado en concesión se vence el 30 de mayo de 2015, quedando a la fecha siete (7) años de vigencia para el uso y goce del bien de uso público, sin perjuicio de que el beneficiario pueda tramitar o solicitar una nueva concesión, una vez vencido el tiempo inicialmente otorgado: Que el Área de Litorales de la Capitanía de Puerto de Cartagena, mediante concepto técnico del 31 de mayo de 2004, solicitó a la Oficina Jurídica iniciar la apertura de inves tigación administrativa contra el señor Álvaro Javier Camacho López por haber efectuado obras adicionales a las autorizadas en la resolución anteriormente relacionada: Que mediante Resolución número 0149 del 30 de diciembre de 2004, la Capitanía de Puerto de Cartagena falló la investigación adelantada contra el señor Álvaro Javier Ca macho López por haber realizado construcciones indebidas o no autorizadas sobre bienes de uso público y terreno consolidado bajo jurisdicción de esta Dirección y le impuso una multa de cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Que el señor Álvaro Javier Camacho López canceló el 14 de enero de 2005 el valor de la multa impuesta por la Capitanía de Puerto de Cartagena, según consta en recibo de consignación número 29532442 del Banco Popular: Que mediante Escritura Pública número 4128 del 26 de octubre de 2006, el señor Pedro Alonso Camacho López transfirió a título de venta real y efectiva a favor de Ho teles Decamerón Colombia S.

  1. "Hodecol", el derecho de posesión que tenía sobre el terreno consolidado colindante con el área otorgada en concesión al señor Álvaro Javier Camacho López: Que mediante oficio número 15200802983 MD-DIMAR-CP05-Litorales-610 del 25 de junio de 2008, la Capitanía de Puerto de Cartagena solicitó a Hoteles Decamerón Colombia S.

  2. "Hodecol" se aclararan los límites del terreno consolidado, teniendo en cuenta que la alinderación incluía playas y terrenos de bajamar: Que mediante Escritura Pública número 3670 de 25 de agosto de 2008, Hoteles Deca merón Colombia S.

    A.

    aclaró los límites y linderos del terreno consolidado, excluyendo de la Escritura Pública número 4128 las zonas de playas marítimas y terrenos de bajamar: Que mediante Acta de Acuerdo del 9 de mayo de 2004, los señores Álvaro Javier Camacho López, en su calidad de concesionario, y Jorge Humberto Ramírez Camacho, en su calidad de primer suplente del representante legal de Hoteles Decamerón Colombia S.

  3. "Hodecol", suscribieron un acuerdo con el fin de propiciar la cesión de la concesión otorgada por esta Dirección, a través de la Resolución número 0002 del 6 de enero de 1995;

    Que mediante oficio sin número del 12 de mayo de 2008, el doctor Jorge Humberto Ramírez Camacho, en su calidad de primer suplente del representante legal de Hoteles Decamerón Colombia S.

  4. "Hodecol", presentó solicitud formal de cesión de la conce sión otorgada al señor Álvaro Javier Camacho López mediante Resolución número 0002 del 6 de enero de 1995, de un área de bien de uso público ubicada en la Isla de Barú, corregimiento de Santa Ana, en el sitio denominado Boca de la Ciénaga de Portonaito en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena: Que mediante oficio número 271601R-DIMAR-CP5(e)-Litorales-511 del 27 de septiembre de 2008, la Capitanía de Puerto de Cartagena remitió a la Sede Central la documentación relacionada con la cesión de concesión del señor Álvaro Javier Camacho López, a favor de Hoteles Decamerón Colombia S.

  5. "Hodecol": Que con la solicitud...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR